Reglamento — Reglamento de Préstamos Hipotecarios del INPREUNAH
Articulos
Articulo 32
En aquellos casos en que el préstamo sea mancomunado y muera uno de los dos prestarios estando en mora el préstamo, éste será cubierto por el prestario sobreviviente.
Articulo 33
En el contrato de financiamiento se deberá incorporar una cláusula de especial renuncia del prestario al derecho de ejercer el trámite en el juicio ejecutivo. De igual manera, el prestario deberá renunciar al derecho de reducción de la garantía, establecido en el artículo 2113 del Código Civil.
Articulo 34
Si el prestario falleciere y al momento de su deceso la obligación de éste fuese inferior al monto pagado por la compañía aseguradora por razón del seguro de vida del prestario, la diferencia que resultare a favor de los beneficiarios del causante, será transferida de oficio a éstos.
Articulo 35
La no deducción por planillas no exime la responsabilidad del pago del Préstamo Hipotecario.
Articulo 36
Se deroga el Reglamento anterior de Préstamos Hipotecarios del INPREUNAH. DISPOSICION ESPECIAL
Articulo 37
Las reformas realizadas en la fecha (4) cuatro de Julio de dos mil catorce (2014), surtirán efectos para los préstamos que se otorguen a partir de su entrada en vigencia. DE LA VIGENCIA
Articulo 38
El presente Reglamento aprobado por Junta Directiva entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta". Licda. Celeste Aida Rubio Presidenta, por Ley Lic. Wilmer Javier Montalván Secretario a.i. INPREUNAH Llamado de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS [INPREUNAH] Contratación de Seguro Colectivo de Vida e Invalidez y Seguro Colectivo Contra Incendio y Líneas Aliadas para los Prestarios Hipotecarios del INPREUNAH. LPN-002-2014 INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS [INPREUNAH] 1.- Invita a las empresas legalmente constituidas, habilitadas e interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 002-2014- a presentar ofertas selladas para la Contratación de: a.- Seguro de Colectiva de Vida e Invalidez para grupo de prestarios hipotecarios del INPREUNAH. b.- Seguro de Colectivo Contra Incendio y Líneas Aliadas de prestarios hipotecarios del INPREUNAH. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos privados. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los pliegos de condiciones de manera gratuita a partir de la fecha de esta publicación accediendo al sistema de Honducompras.gob.hn y www.inpreunah.hn o mediante solicitud escrita en la que se indiquen los datos generales del solicitante y la dirección de correo electrónico a la cual desee se le envíen los mismos. Dicha solicitud deberá estar dirigida a la gerencia general del INPREUNAH en las oficinas ubicadas en la Col. Alameda, Ave. Tiburcio Carías Andino, sendero Subirana, edificio Warren Valdemar Ochoa, Tegucigalpa M.D.C., con los teléfonos 2235-3261 y 22353265. 4. Las ofertas deberán presentarse en la recepción del INPREUNAH, a más tardar el 16 de septiembre de 2014, a las 10:30 A.M. y se abrirán en el mismo lugar y fecha a las 11:00 A.M. en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Tegucigalpa, M.D.C., julio, 2014. WILMER JAVIER MONTALVÁN Gerente General Interino