D.2 DIARIO OFICIAL LA GACETA
Considerandos
- 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras en su numera] 11, establece que es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley.
- 2.Que el Artículo J l de la Ley General de la Administración Pública estatuye que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.
- 3.Que mediante DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-006-2018 de fecha veintiocho (28) de febrero del dos mil dieciocho (2018) en su ARTÍCULO l.- Declara Estado de Emergencia en todo el Sistema Educativo Público del país, incluyendo centros educativos de nivel superior y escuelas agricolas y técnicas, por el plazo de un (l ) año, en virtud que el mismo requiere de modificacíones estructurales y administrativas urgentes, sobre todo en lo referente al aumento y mejoramiento de la infraestructura educativa con el propósito de no afectar la continuidad o la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos en materia de educación; para lo cual se autoriza entre otros, al Instituto Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (lDECOAS), Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Susteniblé (PRONADERS) y al Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) para que puedan realizar contrataciones directas para estudios, construcción, reposición, reparación, ampliación yfo mantenimiento de infraestructura escolar, supervisión. compra de mobiliario y equipamiento y gastos operativos así como la construcción, reposición, reparación y ampliación y/o mantenimiento de cualquier obra de infraestructura fuera de un Centro Educativo para asegurar el buen funcionamiento del mismo, las cuales serán financiadas con fondos provenientes del Fideicomiso denominado de Inversiones y Asignaciones (FINA}, Fondo de Inversiones en Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FIIT) y de cualquier otro que dichas Instituciones dispongan o se les asigne.
- 4.Que mediante DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-008- 2019, de fecha cinco (5) de febrero de dos mil diecinueve (2019) en su
- 5.Que los Contratos suscritos en Situación de Emergencia requieren la aprobación posterior del Presidente de la República.
- 6.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No 023-2018 de fecha 16 de abril de 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 20 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó la firma en la Subsecretaria Coordinadora General de Gobierno, M...\RTHA VICENTA DOBLADO ANDARA, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción.
- 7.Que la Constitución de la República en su Artículo 151, establece que la educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, La cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza.
- 8.Que en el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación crea al Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la Política Educativa Nacional; así como articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación. CONSIDERA.1'100: Que el Consejo Nacional de Educación a través de su Secretaria Técnica ha identificado la necesidad de obtener el desarrollo de experiencias y el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser; agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas. sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional etc.
- 9.Que el Consejo Nacional de Educación cuenta con presupuesto propio y el respectivo plan operativo anual de actividades administrado por su Secretaria Técnica la que está a cargo de una Secretaria( o) Ejecutiva(o) tal como, lo contempla el artículo 29 del Reglamento del Consejo Nacional de Educación. CONSIDERA1''DO: Que a través de contactos directos se ha identificado como destino para la obtención de las experiencias acorde a las necesidades identificadas la República de Chile.
- 10.Que el artículo de las Disposiciones Generales del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2019, regula -- 9 of 10 -- REPÚBLICA DE HONDURAS -TEGUCIGALP M. D. C DE JUNIO DEL2019 No. la realización de los viajes por parte de los funcionarios, fuera de la República y al efecto establece párrafo tres "cuando se trate de misiones especiales que se realice en representación del país no habrá limites en representación, siempre y cuando sean autorizados por la Presidencia de la República, mediante acuerdo ejecutivo".
- 11.Que la Asesora Jurídica <le la Secretaría General de Coordinación de Gobierno mediante memorándum No. AJ-CGG-204-2019 en fecha cinco de junio emitió opinión legal a la solicitud de viaje realizada por la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y es del parecer procedente la autorización de la misión especial de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, integrada por tres personas para que realice un viaje a la ciudad de Santiago Chile del O I al 06 de julio. POR LO TANTO La Secretaria de Estado por Ley en el Despacho de Coordinación General de Gobierno en aplicabilidad de los artículos de la Constitución de la República; 28 de la Ley Fundamental de Educación; 1, 421,29, 30, 31. 32,33 numeral del Reglamento del Consejo Nacional de Educación: de las Disposiciones Generales del Presupuesto Decreto Legislativo No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. ACUERDA PRIMERO: Autorizar a los ciudadanos SAl"IDRA MARIBEL SÁNCHEZ RIVERA, con Tarjeta de Identidad número 1519-1968-00135, en su condición de Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Educación, ROSA MA.RÍA J\fONCADA FLORES, con Tarjeta de Identidad 0801-1964-0085 en su condición de Analista en Política, Planeamiento y Evaluación de la Gestión Educativa de la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y JOSÉ DARÍO CRUZ ZELAYA, con Tarjeta de Identidad 1501-1978-02516 en su condición de coordinar del Comité Técnico Consultivo del Consejo Nacional de Educación y representante de la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán para que viajen a la República de Chile con el objetivo de obtener el desarrollo de experiencias sobre procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser: agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas, sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional y demás temas de interés, a partir del O l al 06 de julio del año 2019. SECUNDO: El Consejo Nacional de Educación a través de la Secretaría Técnica, financiará de su estructura presupuestaria, de los objetos de viáticos al exterior y otros gastos de viaje de conformidad con el reglamento de viáticos y otros gastos de viaje para funcionarios y empleados públicos del Poder Ejecutivo según Acuerdo No. 0696-2008, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el de noviembre del 2008 y artículo del Decreto No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. TERCERO.- La responsabilidad por la liquidación de los viáticos y gastos autorizados en el presente acuerdo, corresponderá estrictamente a cada funcionario autorizado para viajar al exterior, ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, siguiendo los lineamientos establecidos para tal fin. CUARTO: Este Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado t!n la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los días del mes de junio del afio dos mil diecinueve. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MARTBA VICENTA DOBLADO ANDARA Secretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por Ley Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia -- 10 of 10 --
Articulos
Articulo 2
Los demás artículos mantendrán su ) vigencia. El presente Acuerdo Ejecutivo será de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ACUERDO N0.12-2018 CESAR VIRGILIO ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL Acuerdo No.0795-2012 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 151, establece que la educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, La cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO: Que en el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación crea al Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la Política Educativa Nacional; así como articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación. CONSIDERA.1'100: Que el Consejo Nacional de Educación a través de su Secretaria Técnica ha identificado la necesidad de obtener el desarrollo de experiencias y el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser; agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas. sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional etc. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación cuenta con presupuesto propio y el respectivo plan operativo anual de actividades administrado por su Secretaria Técnica la que está a cargo de una Secretaria( o) Ejecutiva(o) tal como, lo contempla el artículo 29 del Reglamento del Consejo Nacional de Educación. CONSIDERA1''DO: Que a través de contactos directos se ha identificado como destino para la obtención de las experiencias acorde a las necesidades identificadas la República de Chile. CONSIDERANDO: Que el artículo de las Disposiciones Generales del Presupuesto para el ejercicio fiscal 2019, regula -- 9 of 10 -- REPÚBLICA DE HONDURAS -TEGUCIGALP M. D. C DE JUNIO DEL2019 No. la realización de los viajes por parte de los funcionarios, fuera de la República y al efecto establece párrafo tres "cuando se trate de misiones especiales que se realice en representación del país no habrá limites en representación, siempre y cuando sean autorizados por la Presidencia de la República, mediante acuerdo ejecutivo". CONSIDERANDO: Que la Asesora Jurídica <le la Secretaría General de Coordinación de Gobierno mediante memorándum No. AJ-CGG-204-2019 en fecha cinco de junio emitió opinión legal a la solicitud de viaje realizada por la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y es del parecer procedente la autorización de la misión especial de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, integrada por tres personas para que realice un viaje a la ciudad de Santiago Chile del O I al 06 de julio. POR LO TANTO La Secretaria de Estado por Ley en el Despacho de Coordinación General de Gobierno en aplicabilidad de los artículos de la Constitución de la República; 28 de la Ley Fundamental de Educación; 1, 421,29, 30, 31. 32,33 numeral del Reglamento del Consejo Nacional de Educación: de las Disposiciones Generales del Presupuesto Decreto Legislativo No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. ACUERDA PRIMERO: Autorizar a los ciudadanos SAl"IDRA MARIBEL SÁNCHEZ RIVERA, con Tarjeta de Identidad número 1519-1968-00135, en su condición de Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Educación, ROSA MA.RÍA J\fONCADA FLORES, con Tarjeta de Identidad 0801-1964-0085 en su condición de Analista en Política, Planeamiento y Evaluación de la Gestión Educativa de la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Educación y JOSÉ DARÍO CRUZ ZELAYA, con Tarjeta de Identidad 1501-1978-02516 en su condición de coordinar del Comité Técnico Consultivo del Consejo Nacional de Educación y representante de la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán para que viajen a la República de Chile con el objetivo de obtener el desarrollo de experiencias sobre procesos de articulación del Sistema Educativo Nacional en temas específicos como ser: agencias de evaluación y acreditación de entidades educativas, sistemas de formación docente, funcionalidad de marco de cualificaciones desde la perspectiva de la formación técnica profesional y demás temas de interés, a partir del O l al 06 de julio del año 2019. SECUNDO: El Consejo Nacional de Educación a través de la Secretaría Técnica, financiará de su estructura presupuestaria, de los objetos de viáticos al exterior y otros gastos de viaje de conformidad con el reglamento de viáticos y otros gastos de viaje para funcionarios y empleados públicos del Poder Ejecutivo según Acuerdo No. 0696-2008, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el de noviembre del 2008 y artículo del Decreto No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 20 de diciembre del año 2018. TERCERO.- La responsabilidad por la liquidación de los viáticos y gastos autorizados en el presente acuerdo, corresponderá estrictamente a cada funcionario autorizado para viajar al exterior, ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, siguiendo los lineamientos establecidos para tal fin. CUARTO: Este Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado t!n la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los días del mes de junio del afio dos mil diecinueve. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MARTBA VICENTA DOBLADO ANDARA Secretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por Ley Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia -- 10 of 10 --