Publicaciones mes de octubre
Considerandos
- 1.Que el 24 de septiembre de 2009 se emiti6 el Acuerdo Ejecutivo No. A-024-2009 que contiene fas disposiciones para la importaci6n y comercializaci6n de productos lacteos y se crea el registro de Importadores y la Licencia de Importaci6n de Productos Lacteos y preparaciones alimenticias que contengan productos Lacteos. CONSIDHRANDO: Que elArticulo 3 delAcuerdo Ej6cutivo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009, reformado mediante Articulo 3 del Acuerdo Ejecutivo No. 41-2009 del dieciocho de noviembre de dos mil nueve, establece que para efectos de importaci6n de productos lacteos comprendidos en las posiciones arancelarias del 04.01 a 04.06 y 1901.10. I y 1901.90.20, 1901.90.90 y 2106.90.60, los importadores deberin contar con una Licencia de Importaci6n emitida por la Secretaria de Industria y Comercio por intemedio de la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial. Las solicitudes para la emisi6n de las Licencias deberin presentarse a la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial.
- 2.Que el Articulo 2 del Decreto No. 251 - 2013 del 07 de junio de 2013, establece que la Secretaria de StJMARIO Se`cci6n A Decretos y Acuerdos SECRETARiA DE DESARROLL0 ECON6MIC0 Acuerdos Miristeriales Nos.106-2018, 107-2018 y 108-2018. PODER LEGISLATIV0 Decreto No. 51 -2018 AVANCE A.I Secci6n a Avisos Legales 8.1- CONSIDERANDO.. Que corresponde a los Secreta[ de Estado las atribuciones comu.nes previstas en el Artie 36 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblica ::feogcim::nct:nyo:::oileunctio6nd:ea`=?bauscui:tnoessd::5:c|:;::dei:, Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Genera CONSIDERANDO.. Que de conformidad con la I de Procedimiento Administrativo la competencia pu ser delegada del 6rgano superior a un 6rgano inferior determinadas materias. CONSIDERANDO.. Que, con el objeto de agilizal administraci6n pdblica, los Secretarios de Estado pod delegar en los funcionarios y empleados, el ejercicio dt potestad de decidir en deteminadas materias o en ca concretos, la fima de ciertos documentos.
- 3.Que la Secretaria de Esta( Desarrollo Econ6mico mediante Acuerdo Ministeria 009-2015 del 21 de enero de 2015 emiti6 Disposic para "Emisi6n de Licencias para Importaci6n de Cebc asimismo, para efectos de las importaciones de ceboll importadores deberin contar con una licencia de import emitida por la Secretaria de Desarrollo Econ6mici intermedio de la Direcci6n General de lntegraci6n Ecom y Politica Comercial. CONSIDERANDO.. Que, con el objeto de agili: administraci6n pdblica, los Secretarios de Estado p delegar en los funcionarios .y empleados, el ejercicio potestad de decidir en determinadas materias o en concretos, la firma de ciertos documentos. £a gaceta DIAPllo OFICIAL DE LA PIEPUBLICA DE HONDUFIAS DECANO DE LA PBENSA HONDUREflA P`ARA MEJOB SEGUFllDAD DE SUS F'UBLICAcloNES ABOG. CESAFI AUGuSTO CACEFIES CANO JORGE ALBERTO F`lc0 SALINAS Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE AflTES GflAFICAS ENJue Coth- -- 2 of 20 -- REPUBLICA DE HONDURAS - CONSIDERANDO.. Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en el Articulo 36 (19) de la Ley General de la Administr-aci6n Pdblica el conocimientoyresoluci6ndelosasuntosdelramo,pudiendo delegar el conocimiento de atribuciones especificas en los Subsecretarios,SecretariosGeneralesyDil.ectoresGenerales.
- 4.Que con fecha 03 de marzo de '2 mediante Decreto No. 10-2005 el Congreso Naciona Honduras, aprob6 el Tratado de Libre Comercio e Reptiblica Dominicanaca- Centroamerica- Estados Unii (RD-CAFTA) el cual entr6 en vigencia el I de abril de 2(
- 5.Que elArtieulo 2 delAcuerdo Ejecu No.I6-2006del20demarzode2006designacomoautori competente a la Secretan'a.de Industria y Comercio, comi 6rg.ano responsable de distribuir, asignar y administrar contingentes de importaci6n.
- 6.Que el Articulo 2 del Decreto No. 2 2013 del 07 dejunio de 2013, establece que la Secretan'a EstadoenlosDespachosdelndustriayComercio,subrogz en sus funciones por la Secretan'a de Estado en el Despa( de Desarrollo Econ6mico es la instituci6n responsable dc administraci6n e implementaci6n del Tratado. -- 3 of 20 -- REptJBLICA DE HONDURAS - i\I. D. C.. 6 DE OCTL'BR[ Generaldelntegraci6nEcon6micayPoliticaComercialcomo launidadEspecializadaparalaAsignaci6nyAdministraci6n de los contingentes.
- 7.Que elArti'culo 4 delACuerdo. Ejecutivo No.16-2006 del 20 de marzo de 2006 establece que para gozar de los beneficios de arancel cero por ciento (%) para los productos importados bajo contingentes al amparo del Tratado los importadores deberan contar con un. certificado de importaci6n valido y vigente emitido por la Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico. CONSIDERANDO.. Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en el Articulo 36 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblica el conocimientoyresoluci6ndelosgsuntlsdelramo,pudiendo delegar el conocimiento de atribuciones especificas en los Subsecretarios,SecretariosGenerales,yDirectoresGenerales. CONSIDERANDO.. Que de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo la competencia puede ser delegada del 6rgano superior a un 6rgano inferior en deteminadas materias. CONSIDERANDO.. Que, con el objeto de agilizar la administraci6n ptiblica, los Secretarios de Estado podran delegar en los funcionarios y empleados, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos, la firma de ciertos doc.umentos. CONSIDHRANDO.. Que debido al crecimiento del volunen de emisi6n de certificados de importaci6n regulados por el Acuerdo Ejecutivo No. 16-2006 del veinte de marzo de dos mil seis, se hace necesario autorizar firma de otros funcionarios para agilizar la emisi6n de los ceriificados. PORTANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicaci6n de los Ar[iculos 36 numerales8)}19),116yll8nunerall)delaLeyGeneralde la Administraci6n Pilblica; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: D[L2018 `-o.3J.762 delegando a partir de la fecha la firma del ciudadano C^\.` JOSH ALMENDARES QUINONEZ, Subdirector G€ de la Direcci6n de Integraci6n Econ6mica y Po Comercial, queda acreditada y el sello autorizado I SecretariadeEstadoenelDespachodeDesarrolloEcon€ deHondurasparafirmarloscertificadosdeimportaci6nt productosestab`1ecidosenelAcuerdoEjecutivoNo.16- del 20 de marzo de 2006. SEGUNDO: Para efectos de autenticidad del certifi enunciad6 en el ordinal primero de este Acuerdo Minist la firma y sello autorizados por la Secretan'a de Estado Despacho de Desarrollo Econ6mico son los siguientes: TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial es de e inmediato, y debera de hacerse del conocimiento I Direcci6nAdjuntadeRentasAduaneras,debiendopublii en el Diario Oficial "La Gaceta" y en el sitio web t Secretan'adeEstadoenelDespachodeDesarrolloEcon6I www.sde.gob.hn Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintihn del mes de septiembre de dos mil dieciocho. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. ARNALD0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico -- 4 of 20 -- -- 5 of 20 -- DIARIO 0FICIAL DE LA REPUB LICA DE HONDUF]AS LaprimerainprentaIIog6aHondilrasen1829,slendo instalada 8n Tegucigalpa. en el cuartel Sam Fran- cisco, Io primero que se lmprimL6 fue una proclama del General Morazan, con (echa 4 de diclembre de 1829. #_`€ey46 ' E_PffkG-E.N.A.G- Alto CXL TEGuCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. secrctarfe Despues se impriml6 el primer peri6dico oficial del Gobierno con fecha 25 de mayo do 1830, conocido hay, coma Diario Oficlal nLe Gacela". LUNES29 DE OCTUBRE DEL 2018. NUN.34,7 Secci6n A •Desarroife Econ6mrfe ACUERDO MINISTERIAL No. 120-2018 22 DE OCTUBRE DEL ANO 2018 LA SHCRETARIA DE HSTADO EN EL DESPACH0 DH DESARROLL0 ECONdMICO
- 8.Que el Tratado de Libre Comercio entre Repdblica Dominicana, Centroam6rica y los Estados Unidos(RD-CAFTA)fueaprobadoporelcongresoNacionaI mediante Decreto No. 10-2005 del 03 de marzo de 2005 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 02 de julio del mismo afro. CONSIDHRANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 16-2006 publicado el 24 de marzo de 2006, fue emitido el Reglamento sobre la Distribuci6n y Asignaci6n de Contingentes Arancelarios de Importaci6n de Productos AgropecuariosacordadosenlasNotasGeneralesdelaslistas arancelarias de Honduras comprendidas en el Anexo No.3 del Tratado RD-CAFTA, siendo la Secretaria de Desarrollo Econ6mico el 6rgano responsable de distribuir, asignar y administrar los contingentes arancelarios de importaci6n de conformidad con el citado Acuerdo. CONSIDFRANDO: Que para gozar del beneficio del arancel cero por ciento (0%) para los productos importados bajo contingentes al amparo del Tratado de Libre Comercio suMAmQ_ Secci6n A Decretos y Acuerdos SECRE-TARiA DE DESARROLLO ECON6MICO Acuerdos Ministeriales Nos.120-2018,121- 2018,122-2018,123-2018,124-2018 INSTITUT0 NACIONAL DE CONSERVAC16N Y DESARROLLO FokESTAL, AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE Acuerdo ntimero-030-2018 AVANCE Secci6n a Avisos Legates 8. PORTANTO: La Secretaria de Estado en el Despacho de Des€ Econ6mico, con fundamento en los Articulos 1, 7, 116 de la Ley General de la Administraci6n Phblica; Artic` 19, 23, 60 y 72 de la Ley de Procedimiento Administ 54 del Decreto Ejecutivo No. 08-97, literal a) cont del Reglamento de Organizaci6n y Competencias del Ejecutivo, Articulos 1: 2, 4, 6, 8, 9,11,12,131ite 15,18,19, 20 y 23 del Acuerdo Ejecutivo No.16-2 fecha 20 de marzo del 2006 y su reforma mediante At Ejecutivo No. 126-2011 y Ordinales primero, segu tercero del Acuerdo Ejecutivo No. 119-2006 del 11 d€ del 2006. ACUERDA: -- 6 of 20 -- Contingente • Clasificati6| AraDcelaria Arance] Cenfroamericano a la J` Volumendel Conthgente en `'Toneladas Mthcas Carne de Cerdo 0203. I I.cO.00: 0203.12.00.00; 0203.19.00.00:0203.21.00.00; 0203.22.00.cO: 0203.29.00.00 4,loo Pollo (muslos, piemas, incluso unidos) 0207.13.93.00;0207.13.94.00; 0207.14.93.00; 0207.14.94.00; 1602.32.10.00 5.587 Leche en Polvo 0402.10.00.cO;0402.21.11.00; 0402.21.12.00; 0402.21.21.00; 04.02.21.22.00; 0402.29.00.00 0405.10.00.00;0405.20.00; 0405.90-90 0406.10.10.00;0406.10.90.00; 040620.20.00; 0406.20.90.00; 0406.30.00.00; 0406.90.20.00; 0406.90.90.00 Helados 2105.00.00.00 Otros Productos Lacteos 2202.99.90.00 Arroz en Granza 1006.10-90.00 115.200 Arroz Pilado lco6.20.00.00; 1006.30.10.00; 1006.30.90.00; 1006.40.00.00 14.4sO Maiz Amarillo lco5.90.20.00 308.443 Maiz Blanco 1005.90.30.00 SEGUNDO: Para las importaciones del contingente de pollo (muslos, piemas, incluso unidos), segtin lo estae Acuerdo No. 32-2007 del 28 de diciembre del 2007. bnicamente debefan presentar solicitud de Registro de lmpm- el caso de nuevos importadores. El correspondiente certificado de importaci6n sera asignado en regimen de subas- I por la Central American Poultry Export Quota lnc. (CA-PEQ) de los Estados Unidos de Norteamerica, las cuales sc I en las siguientes fechas: Volumen a Subastar en T} Fecha de Subasta Del 26 de noviembre al 7 de diciembre de 2018 Del 25 de febrero al 8 de marzo de 2019 Del 15 al 26 de ulio de 2019 1,862 TERCERO: Las Personas naturales y juridicas cuya documentaci6n este dii± en csra Secretaria de Estado intc -- 7 of 20 -- REPUBLICA DE HONDURAS - a) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con 61 articulo 20 del De6reto Legislativo 113-2011 que contiene la Ley de Eficiencia en los lngresos y el Gasto Publico, la cua[ debera estar vigente a la fecha de la presentaci6n de la solicitud. b) ` Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisi6n de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentaci6n de la solicitud. c) Losinteresadosenimportarcamedecerdo,deberan presentar tinicamente el C:ertificado de Registro de Importador de Productos Camicos extendido por la Secretaria de Agricultura y Gan.aderia (SAG) vigente al memos al 31 de diciembre del afro 2018. d) CopiadelR.T.N. e) Todas las fotocopias deberin estar debidamente autenticadas. CUARTO: Las.personas naturales yjuridicas interesadas en participar por primera vez en el proceso de asignaci6n de contingentes arancelarios de importaci6n, deberan presentar ante la Secretari'a General de la Secretan'a de Desarrollo. Econ6mico (SDE) por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 01 al 15 de noviembre del afro 2018 en el horario de 8:00 a.in. a 4:00 p.in., una solicitud por escrito que contenga la infomaci6n que a continuaci6n se detalla: a) Identificaci6n del solicitante conforme a su RTN, • incluyendo una descripci6n de su actividad econ6mica; b) Direcci6n fisica o fax, correo electr6nico desiinado para efectuar las notificaciones; c) En el caso de las personas naturales, fotocopia de la Tarjeta de Identidad, Registro Tributario y copia M. D. C., 29 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34.7 d) En el caso de las personas jun'dicas, fotocopia d escritura de constituci6n y de su Registro Tribut Nacional; e) En el caso de las solicitudes de carne de cerdo requiere dnicamente el Certificado de Registro Importador de Productos Carnicos extendido la Secretan'a de Agricultura y Ganaden'a (S4 vigente al memos al 31 de diciembre de 2018. I) Constancia de ?star solvente con sus obligacio tributarias de conformidad con el articulo 20 DecretoLegislativo113-2011quecontienelaLey Eficiencia en los lngresos y el Gasto Ptiblico, la c deberi estar vigente a I.a fecha de la presentaci6n la solicitud. g) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, I concepto de la emisi6n de constancias, licencia§ certificaciones, vigente a la fecha de la presentaci de la solicitud. h) Todas las fotocopias deberdn estar debidamel autenticadas. Las personas naturales y jun'dicas interesadas en solicil asignaciones de 16s contingentes en referencia, deber cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; I origen, otros requisitos contenidos en la Ley de Proteccit al Consumidor, asi como otras Leyes, que son aplicab fa gaceta DIABlo OFICIAL DE LA BEP0BLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PPIENSA HONDUBENA PAPA MEJOB SEGUBIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CESAR AUGuSTO CACEFIES CANO Jol]GE ALBERT0 RICO SALINAS Coordinador y Supervisor EMPBESA NAGIONAL DE AFITES GPIAFICAS E.N.A.a. I-_G~zzxLes ., -- 8 of 20 -- REP0BLICA DE HONDURAS - a la importaci6n de productos animales y vegetales, de no cumplir con los requisitos supra mencionados no se otorgara el certificado de importaci6n. QUINTO: Para las mercancias, leche en polvo, mantequilla, queso, helados, otros productos lacteos y pollo (muslos, piemas, incluso unidos) no es necesario. la presentaci6n de solicitud en la Secretan'a de Desarrollo Econ6mico, ya que el Tratado establece primer llegado primer servido en la aduana de ingreso, en los productos lacteos y subasta en la importaci6n de pollo no obstante para la importaci6n de lecheenpolvo,mantequilla,quesp,heladosyotrosproductos lacteos, deberan solicitar e.n la Secretaria de Desarrollo Econ6mico el Registro de Importador de Productos Lacteos (NRIPL) y posteriormente la correspondiente licencia de importaci6n de productos lacteos para cada importaci6n que se realice, de conformidad con el Acuerdo A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009 y 41-2009 del 18 de noviembre de 2009. SEXTO: La asignaci6n de arroz pilado y maiz blanco para el afro 2019 se asignara el 95°/o correspondiente a las empresas hist6ricas y el 5% restante para las empresas nuevas se asignara en el proceso de reasignaci6n de conformidad al Acuerdo013-2016yAcuerdo014-2016 SEPTIMO: Los importadores beneficiados con una cuota de contingente de importaci6n de Came de cerdo, arroz granza, arrozpilado,maizblancoymaizamarill`oselesentregaraun certificadodeimportaci6nquetendfavigenciadeloldeenero hasta el 31 de diciembre del afro 2019, por lo que deberin tomar las previsiones necesarias para que los productos al amparo de los certificados de importaci6n, ingresen al pals dentro del periodo de vigenci.a de los mismos. C., 29 DE 0CTl-ERE I)EL 2018 \-o. 34.780 de Estado y el retire de Ills certificados en la ventani la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y P( Comercial, ambos procedimientos deberin hacers( medio de un apoderado legal debidamente acreditado. NOVENO: Para efectos del Articulo 19 literal b Acuerdo Ejecutivo No.16-2006 del 20 de marzo del esta Secretaria de Estado se reserva el derecho de ajustes a todas las personas naturales o jun'dicas a quiel leshubiereasignadouncertificadounavezquesecomp en la base de datos SARAH-DARA, la no utilizaci6n ( Certificados de Importaci6n emitidos para el afro 2019. DECIMO: Proceder a la Publicaci6n del aviso me( el cual se pone a dispo§ici6n de los agentes econ6] interesados, los contingentes de importaci6n para e 2019 detallados en el ordinal primero, en dos diarii circulaci6n nacional. DECIMO PRIMERO: El presente Acuerdo es de e inmediato y debera publicarse en el Diario Oficial Gaceta" y/o en la pagina web de esta Secrefaria de Esta •Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 22 di mes de octubre del afro-2018. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico -- 9 of 20 -- secretarfe DesarrQubi .. { 1,,i #iaa ` Corlo ACUERD0 MINISTERIAL No. 121-2018 22 in OcTUBRE DEL ANO 2018 LA SFCRETARIA DE ESTADO EN HL DESPACHO DE DHSARROLL0 ECONdMICO
- 9.Que el Tratado de Libre Comercio entre la Repdblica de Honduras y Canada, en adelante fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto N° 251-2013 del 10 de diciembre del 2013 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de junio del 2014.
- 10.Que mediante Nota N° 337-EMC-14, de fecha 12 de agosto de 2014 y nota No. JLI-0073 del 28 de agosto de 2014, esta Secretaria de Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Comercio y Desarrollo de Canada, acordaronel1deoctubrede2014,comofechadeentr;daen vigor del Tratado.
- 11.Que para efectos de la aplicaci6n intema, mediante Acuerdo Ministerial N° 357-2014 del 29 Contingente Came bovina de ti 2 Came bovina de ti de septiembre del afro 2014. se estableci6 el 01 de ac dei a;fro 2014, coma fecha ds €atreda en irigor del Tiata`
- 12.Que en el Anexo I del Acu Ministerial N° 357-2014 en la Secci6n Primera, Or( Tercero, aprueba las "Regulaciones para la Administra delosContingentesArancelariosdelmportaci6n,conten en el Anexo 3.4.2 y Medidas de Salvaguardia Agn'col: Anexo 3.15 del Tratado de Libre Comercio entre Honc y Canada".
- 13.Que para gozar del beneficio arancel cero por ciento (0%) para los productos impotl tlajo contingentes al amparo del Tratado, 1os impomi deberan contar con un certificado de importaci6n `'al vigente,emitidoporlaSecretariadeDesarrolloEcon6I PORTANTO: La Secretaria de Estado en el Despacho de Des€ Econ6mico, en aplicaci6n de los Articulos I, 7,116 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblica; 1,1 60y72delaLey.deProcedimientoAdministrativo;D N° 251-2013 del 10 de diciembre del afro 2013; Acuei 357-2014 del 29 de septiembre del afro 2014. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar para el periodo comprendido de enero al 31 de diciembre del afro 2019, 1os contil ar.ancelarios de importaci6n que a continuaci6n se de Clasificaci6n Arancelaria ACI 0201.20.00.00; 0202.20.00.00; 0201.20.00.00; 0202.20.00.00; 0203.11.00.00; 0201.30.00.00; 0202.30.00.00 0201.30.00.00; 0202.30.00.00 0203.12..00.00; Volumen Tonelada{ - M€tricas -- 10 of 20 -- REPUBLICA DE HONI)URAS - M.D. SEGUNDO: Los interesados en participar e-n la asignaci6n de contingentes de importaci6n, establecidos en el numeral I del presente Acuerdo, deberin presentar una solicitud de reserva de cuota previo a la presentaci6n de una solicitud de emisi6n de Certificado de lmportaci6n, ante la Direcci6n General de Administraci6n y Negociaci6n de Tratados, se reserve un deteminado monto dentro de un contingente arancelario especifico, de acuerdo con la disponibilidad al momento de la solicitud de reserva, que adjunte la factura proforma original debidamente sellada y firmada o documento equivalente que demuestre el compromiso de 6ompraventa entre el importador y un proveedor extranjero. Para la importaci6n de came de bovino, se debefa indicar en la factura proforma, el tipo de came a importar torime, AAA, AA y A). La reserva del contingente arancelario dnicamente sera valida por treinta (30) dias a partir de la fecha de recepci6n de la solicitud de reserva. TERCERO: Para la solicitud de un certificado` de importaci6n . de Contingentes Arancelarios, deberin presentar una solicitud, por medio de apoderado legal, ante la Secretan'a General de la SDE, expresando claramente el monto solicitado en toneladas metricas y kilogramos de confomiidad a la solicitud de reserva, acompafiada de la siguiente documentaci6n : (i) Identificaci6n del solicitante, incluyendo una breve descripci6n de su actividad econ6mica; (ii) En el caso de las personas naturales, ntimero de Tajeta de Identidad y del Registro Tributario Nacional, y en el caso de extranjeros fotocopia del came de residencia; (iii) Direcci6n fisica, tel5fono, fax y correo electr6nico designado para recibir notificaciones; (iv) Nombre del representante legal y certificaci6n de punto de acta de su nombramiento cuando se trate de personas juridicas; C., 29 DE OCTUBRE DEL 2018 _\-o.34,780 (vi) Registro de importador de productos camicos \-ig emitidoporlaSe;retariadeAgriculturayGanaden'a(S (vii) Permiso zoosanitario de importaci6n vigentt productos de origen animal, emitido por SEN/ dependencia de la Secretaria de Agricultura y Ganai (SAG); (viii) Licencia sanitaria vigente, emitida por la Secretar Salud; (ix) .Recibo oficial de la Tesoreria General de la Repdl TGR-1 por L.200.00 en el c6digo 12121 para solicitud, por concepto de pago de la emisi6n de los € administrativos; (x) Constancia de solvencia de las obligaciones tribut vigentealafechadelapresentaci6ndelasolicituddeconfom con el Articulo 20 del Decreto Legislativo 113-2011 ; (xi) Solicitud original de reserva de cohtingente firma, selladaderecibidoporlaDirecci6nGeneraldeAdministra y Negociaci6n de Tratados como Autoridad Competentt la cual estard indicado el volumen a importar en kilogral (xii) Conocimiento de embarque (B/L) o docum equivalente, en el caso que la importaci6n sea terrest a6rea; (xiii) Para la importaci6n de came de bovino, se del acreditar expresamente si se trata de los tipos de came pn AAA, AA y A sestn se define en el Tratado. CUARTO: Que para efectos de facilitaci6n de los tram sucesivos, los agentes econ6micos interesados que hz realizadounaprimera.importaci6nbajolapresenteRegulat y sometan nuevas solicitudes de emisi6n de Certific€ de lmportaci6n y cuyas generales de Icy est6n disponi en la SDE, podrin presentar las mismas tinicamente co documentaci6n indicada en los subparrafos (vi) al (xiii) Articulo 3 (a). -- 11 of 20 -- REptJBLICA DE HONDURAS - THGUCIGALPA, M. D. SEXTO: Que la SDE entregara al apode`rado legal, de las personas naturales o jun'dicas que cumplieron con los requisitos establecidos, un Certificado de lmportaci6n valido y vigente, el que debefan acreditar ante la Direcci6n Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), previo a la realizaci6n de la importaci6n, a fin de ser registrado en el Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (SARAH). SEPTIMO: Proceder a la publicaci6n del aviso mediante el cual se pone a disposici6n de los agentes econ6micos i.nteresados, los contingentes arancelarios de importaci6n para el afro .2019, detallados en el ordinal Primero de este Acuerdo, en 2 diarios de circulaci6n nacional y/o en la pagina web de esta Secretaria de Estado. OCTAVO: El presente Acuerdo es de efecto irmiediato y deberd publicarse en el Diario Oficial La Gaceta y en la pagina web de esta Secretaria de Estado. Dado ell la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., al 22 de octubre del afro 2018. ARNALD 0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico C., 29 DE OCTUBRE DEL 2018 S5ngcretariade No. 34. Desattotl EEsrort6ndco ACUERI)O MINISTERIAL No. 122-2018 22 DE OCTUBRE DEL ANO 2018 LA SHCRETARIA DE ESTADO EN EL DESPAC DE DESARROLLO ECON6MICO
- 14.Que el Congreso Nacional medi Decreto N° 188-2007 de fecha 10 de enero de 2008, ap] en todas sus partes el Tratado de Libre Comercio entr€ Reptiblicas de EI Salvador, Guatemala y Honduras co Repdblica de Colombia, suscrito en Medellin, ColoiT el 09 de agosto de 2007, acordando correcci6n del AI 3.4 del Capfulo 3 relativo al "Trato Nacional y Act de Mercancias al Meieado, Secci6n Agricola - List€ Desgravaci6n de Colombia para EI Salvador, Guater y Honduras", mediante Canje de Notas del 15 de ener( 2008. CONSIDHRANDO: Que mediante Acuerdo Minist( No. 402-2010 de fecha 18 de marzo de 2010, la Secrel de Desarrollo Econ6mico, estableci6 el 26 de marzc 2010, como fecha de entrada en vigor del Tratado de L Comercio entre las Repdblicas EI Salvador, Guatema Honduras con la Reptiblica de Colombia.
- 15.Que el arancel aplicable para las cantidades importadas dentro del contingente de importaci6n que se establece, sera del cero por ciento (0%).
- 16.Que el AcuerdQ por el que se establece una Asociaci6n entre Centroam6rica, por un lado y la Union Europea y sus Estados Miembros, por otro, en adelante "Acuerdo de Asociaci6n" fue aprobado en todas y cada una de sus partes mediante Decreto No. 210-2012 de fecha 18 de enero del 2013 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 25 de junio de 2.013.
- 17.Que con fecha 26 de julio de 2013, el Consejo de la Union Europea notific6 al Gobiemo de Honduras, su anuencia para que a partir del 1 de agosto de 2013, se iniciara la vigencia del Acuerdo de Asociaci6n entre la Uni6n Europea y Honduras.
- 18.Que en el Articulo 2 del Decreto No. 210-2012, se establece. que la Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico, es la Instituci6n responsable de la administraci6n e implementaci6n de la parte IV (Comercio), sus anexos, ap6ndices,. declaracione y protocolo de cooperaci6n cultural contenida en el Acuerdo de Asociaci6n.
- 19.Que mediante Acuerdo No.119-2006 del 11 de mayo del 2006, se design6 a la Direcci6n General de lntegraci6n Econ6mica y Politica Comercial c.omo la -- 14 of 20 -- REpbBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.
- 20.Que en el marco del `Acuerdo de Asociaci6n, las Partes se otorgaron entre si contingentes aplicables a la importaci6n de mercancias, para lo que, de conformidad con las disposiciones aplicables se hace necesario definir los controles para el ingreso a Honduras de tales contingentes. CONSIDHRANDO: Que mediante Resoluci6n No. 315- 2013 (COMIECO EX) de fecha 05 de julio del 2013, se aprob6 el Reglamento Centroamericano para Admini straci6n de los Contingentes Regionales del Acuerdo de Asociaci6n.
- 21.Que en el apendice 1 al Anexo I del Acuerdo de Asociaci6n, se establecen los contingentes arancelarios de importaci6n otorgados por las Reptiblicas de la Parte Centroamericana para los productos originarios procedentes de la Union Europea.
- 22.Que la Repbblica de Panama incoxpor6 al Subsistema de Integraci6n Econ6n Centroamericana mediante el Protocolo de Incorporaci6r el cual y de conformidad con lo establecido en el Articulc del Ti'tulo VI (Disposiciones Transitorias) del Protocol( Tratado General de Integraci6n Centroamericana (Protoc de Guatemala) ;uscrito el 29 de octubre de 1993, queda definidos los tininos, plazos, condiciones y modalida de su incoxporaci6n.
- 23.Que mediante Anexo de la Resoluci No.331-2013 del 12 de diciembre del 2013, se incoxporan Anexo "A" del Tratado General de lntegraci6n Econ6mi Centroamericana, los regfmenes bilaterales de excepci6n libre comercio de las mercanci'as de cada uno de los Estad Partes del Subsisteria de Integraci6n Econ6mica con Reptiblica de Panama.
- 24.Que en el Apendice I (Contingenti Arancelarios) de la lista al Anexo .3.04 (Programa ( Desgravaci6n Arancelaria, Secci6n A: Desgravaci€ Arancelaria de Honduras` del TTatadn rlp I :hrp r^ma-n; -- 16 of 20 -- REPUBLICA DE HONI)URAS - M: P: C:j29 PE OCTUBRE PEI]2018 `'o.34,780 fueron a su vez incoxporadas en el AP6ndice aJos Anexos 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporaci6n de Panama al Subsistema Econ6mico de Integraci6n Centroamericana, constituyendo asi los contingentes de importaci6n bilaterales aplicables de la Repdblica de Panama a Honduras, siendo en lo aplicable, el Protocolo de incorporaci6n de Panama la nomativa aplicable al regimen de contingentes a partir de la vigencia del mismo.
- 25.Que parq gozar del beneficio del arancel cero por ciento para los productos importados bajo contingentes al amparo de los instrumentos aplicables, los importadores deberin contar con un certificado de importaci6n valido y vigente, emitido por la Secretaria de Desarrollo Econ6mico.
Articulos
Articulo 3
(a). -- 11 of 20 -- REptJBLICA DE HONDURAS - THGUCIGALPA, M. D. SEXTO: Que la SDE entregara al apode`rado legal, de las personas naturales o jun'dicas que cumplieron con los requisitos establecidos, un Certificado de lmportaci6n valido y vigente, el que debefan acreditar ante la Direcci6n Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), previo a la realizaci6n de la importaci6n, a fin de ser registrado en el Sistema Automatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (SARAH). SEPTIMO: Proceder a la publicaci6n del aviso mediante el cual se pone a disposici6n de los agentes econ6micos i.nteresados, los contingentes arancelarios de importaci6n para el afro .2019, detallados en el ordinal Primero de este Acuerdo, en 2 diarios de circulaci6n nacional y/o en la pagina web de esta Secretaria de Estado. OCTAVO: El presente Acuerdo es de efecto irmiediato y deberd publicarse en el Diario Oficial La Gaceta y en la pagina web de esta Secretaria de Estado. Dado ell la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., al 22 de octubre del afro 2018. ARNALD 0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico C., 29 DE OCTUBRE DEL 2018 S5ngcretariade No. 34. Desattotl EEsrort6ndco ACUERI)O MINISTERIAL No. 122-2018 22 DE OCTUBRE DEL ANO 2018 LA SHCRETARIA DE ESTADO EN EL DESPAC DE DESARROLLO ECON6MICO CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional medi Decreto N° 188-2007 de fecha 10 de enero de 2008, ap] en todas sus partes el Tratado de Libre Comercio entr€ Reptiblicas de EI Salvador, Guatemala y Honduras co Repdblica de Colombia, suscrito en Medellin, ColoiT el 09 de agosto de 2007, acordando correcci6n del AI 3.4 del Capfulo 3 relativo al "Trato Nacional y Act de Mercancias al Meieado, Secci6n Agricola - List€ Desgravaci6n de Colombia para EI Salvador, Guater y Honduras", mediante Canje de Notas del 15 de ener( 2008. CONSIDHRANDO: Que mediante Acuerdo Minist( No. 402-2010 de fecha 18 de marzo de 2010, la Secrel de Desarrollo Econ6mico, estableci6 el 26 de marzc 2010, como fecha de entrada en vigor del Tratado de L Comercio entre las Repdblicas EI Salvador, Guatema Honduras con la Reptiblica de Colombia. CONSIDERANDO:Quedeconformidadalasdisposici( delacategoriadedesgravaci6n"H"delAnexo3.4querel al Programa de Desgravaci6n Arancelaria del Tratado establece un contingente de importaci6n de 500 Tonel€ M6tricas, de Alimentos para perros o gatos acondiciona para la venta al por menor, excepto para los alimei presentados en latas herm6ticas, clasificados en la par arancelaria 2309.10.00.00 del Arancel Centroamericanc -- 12 of 20 -- REptJBLICA DE HONDURAS - `1. D. C., 29 DE OCTl-ERE I)[L 2018 importados bajo contingentes, los importadores deberan Contar con un certificado de importaci6n valldo y vigente, emitido por la Secretan'a de Desarrollo Econ6mico. CONSIDERANDO: Que el arancel aplicable para las cantidades importadas dentro del contingente de importaci6n que se establece, sera del cero por ciento (0%). POR TANTO: La Secretaria de Estado en el Despachd de Desarrollo Econ6mico, con fundamento en los Articulos 1, 7, 116 y 122 de I; Ley General de la Administraci6n Ptiblica; \-o. 34.780 Articulos I,19. 23. 60. 6J }' 72 de la Ley de Procedimiel Administrativo, 54 del Decreto Ejecutivo No. 08-97, litera contentivo del Reglamento de Organizaci6n y Competenc del Poder Ejecutivo, Decreto No.188-2007 de fecha 10 enero de 2008 y el Acuerdo Ministerial No. 402-2010 fecha 18 de marzo de 2010. ACUERDA: PRIMERO: Aperturar para el periodo comprendido del de enero al 31 de diciembre del afro 2019 el continge arancelario de importaci6n que a continuaci6n se detalla: Contingente Clasiricaci6nArancelariaACI Volumen de] .ContingenteenToneladasM6tricas Alimentos para peITos o gatos 2309.10.00.00 5oo TM acondicionados para la venta al por menor, excepto para los alimentos presentados en latas herm6ticas. SHGUNDO: Las personas naturales y juridicas cuya documentaci6n est6 disponible en esta Secretaria de Estado interesadas en participar en la asignaci6n de los contingentes arancelarios de importaci6n de Alimentos para perros o gatos acondicionados para la venta al por menor, excepto para los alimentos presentados en latas he.rm6ticas, debefan presentar ante la Secretan'a General. de la Secretan'a de Desarrollo Econ6mico, por medio de su apoderado legal, durante el periodo comprendido del 01 al 15 de noviembre del afro 2018 en el horario de 8:00 a.in. a 4:00 p.in., una solicitud por escrito que debefa estar acompafiada de los siguientes ocumentos: a) Constancia de estar solvente con .sus obligaciones tributarias de confomidad con el articulo 20 del Decreto Legislativo 113-2011. que contiene la Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Pdblico, la cual debera estar vigente a la fecha de la presentaci6n de la solicitud. certificaciones, vigente a la fecha de la presentacii de la solicitud. c) CopiadelRTN.. d) Todas las fotocopias deberdn estar debidamente a tenticadas. TERCERO: Las personas naturales y juridicas interesad en participar por primera vez en el proceso de asignaci6n I contingentes arancelarios de importaci6n, deberan presem ante la Secretaria General de la Secretaria de Desarrollo Ec n6mico, por medio de su apoderado legal, durante el peno comprendido del 01 al 15 de noviembre del afro 2018 en horario de 8:00 a.in. a 4:00 p.in., una solicitud por escri que contenga la informaci6n que a continuaci6n se detalla a) Identificaci6n del solicitante conforme a su RT incluyendo una descripci6n de su actividad econ -- 13 of 20 -- REpiTBi.Ic.i DE Hor`'DURAs -TEGuclG.\Lp.1. }I. D. c., 29 DE ocTL'BIRE DEL zoi8 `-a. 34.780 c) En el caso de las personas naturales, fotocopia de la Tarieta de Identidad, Registro Tributario y copia de la Escritura de Declaraci6n de Co-merciante Individual. d) En el caso de las personas juridicas, fotocopia de la Escritura de constituci6n y de su Registro Tributario Nacional; e) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el articulo 20 del • Decreto Legislativo 113-2011 que contiene la Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Ptolico, la cual deberi estar vigente a la fecha de la presentaci6n de la solicitud. I) Recibo originalycopiadeTGR-1 porL. 200.00, por concepto de la emisi6n de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentaci6n • de la solicitud. g) Todas las fotocopias deberfu estar debidamente autenticadas. Las personas naturales y juridicas interesadas en solicitar asignaciones de contingente, previamente deben cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios aplicables a la importaci6n de productos animales. No se aceptarin solicitudes que no evidencien el cumplimiento de tales requisitos. CUARTO: Proceder a la publicaci6n del aviso mediante el cual se pone a disposici6n de los agentes econ6micos interesados, los. contingentes de importaci6n para el afro 2019 detallados en el ordinal primero, en dos diarios de circulaci6n nacional. QUINTO: El presente Acuerdo es de efec`t6 inmediato y debera publicarse en EI Diario Oficial "La Gaceta" y/o en la pagina web de esta Secretaria de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C„ a los 22 dias del mes de octubre del afro 2018. ARNALD0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo con6mico Secretcwia de Desarrouo Econ6"ieo ACUERDO MINISTERIAL No. 123-2018 22 DE OCTUBRE DEL ANO 2018 LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACH0 DE DESARROLL0 ECONOMICO. CONSIDERANDO: Que el AcuerdQ por el que se establece una Asociaci6n entre Centroam6rica, por un lado y la Union Europea y sus Estados Miembros, por otro, en adelante "Acuerdo de Asociaci6n" fue aprobado en todas y cada una de sus partes mediante Decreto No. 210-2012 de fecha 18 de enero del 2013 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 25 de junio de 2.013. CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de julio de 2013, el Consejo de la Union Europea notific6 al Gobiemo de Honduras, su anuencia para que a partir del 1 de agosto de 2013, se iniciara la vigencia del Acuerdo de Asociaci6n entre la Uni6n Europea y Honduras. CONSIDERANDO: Que en el Articulo 2 del Decreto No. 210-2012, se establece. que la Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico, es la Instituci6n responsable de la administraci6n e implementaci6n de la parte IV (Comercio), sus anexos, ap6ndices,. declaracione y protocolo de cooperaci6n cultural contenida en el Acuerdo de Asociaci6n. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.119-2006 del 11 de mayo del 2006, se design6 a la Direcci6n General de lntegraci6n Econ6mica y Politica Comercial c.omo la -- 14 of 20 -- REpbBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. CONSIDERANDO: Que en el marco del `Acuerdo de Asociaci6n, las Partes se otorgaron entre si contingentes aplicables a la importaci6n de mercancias, para lo que, de conformidad con las disposiciones aplicables se hace necesario definir los controles para el ingreso a Honduras de tales contingentes. CONSIDHRANDO: Que mediante Resoluci6n No. 315- 2013 (COMIECO EX) de fecha 05 de julio del 2013, se aprob6 el Reglamento Centroamericano para Admini straci6n de los Contingentes Regionales del Acuerdo de Asociaci6n. CONSIDERANDO: Que en el apendice 1 al Anexo I del Acuerdo de Asociaci6n, se establecen los contingentes arancelarios de importaci6n otorgados por las Reptiblicas de la Parte Centroamericana para los productos originarios procedentes de la Union Europea. POR TANTO: En uso de las facultades de que esta investido y de conformidad con los Articulos 29 numeral 9; 36 numeral 8; D. C., 29 DE OCTUBRE DEL 2018 \-o. 34'780 116 y 118 de la Ley General de la Administraci6n Ptiblic
Articulo 2
del Decreto No. 210-2012 y Resoluci6n N 315-2013 (COMIECO-EX) del Consejo de Ministros { Integraci6n Econ6mica del 5 de julio de 2013, que contie] el Reglamento Centroamericano para la .Administraci( de los Contingentes del Acuerdo de Asociaci6n ent Centroam6rica, por un lado y la Union Europea y sus Estad( Miembros, por otro. ACUERDA: PRIMERO: De conformidad al Ap6ndice I al Anexo aperturar los contingentes bilaterales de importaci6n en marco del Acuerdo por el que se establece una Asociacit entre Centroam6rica, por un lado y la Uni¢n Europea y s Estados Miembros, por otro, para el pen'odo comprendii de enero a diciembre del afro 2019, que a continuaci6n detallan: No. Contingente de Clasificaci6n Arancelaria Volumen delContingenteen Arancel Centroamericano a la Importaci6n Toneladas iM6tricas( Importaci6n 1. Leche en Polvo 0402.10.00.00; 0402.21.11.00; 520 0402.21..12.00;0402.21.21.00; 0402.21.22.00; 0402.29.00.000 2. Queso 0406.20.90.00; 0406.30.00.00; 650 0406.90.20.00; 0406.90.90.00 SEGUNDO: El volumen dentro del contingente bajo los c6digos arancelarios establecidos, estarin libres de aranceles aduaneros en cualquier momento del afro calendario y no TERCHRO: Las personas naturales y juldicas interesad en importar los contingentes en referencia, deberdn cump con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; otros requisit -- 15 of 20 -- REPUBLICA DE HO`'DURAS - General de la Secretaria de Desarrollo Econ6mico el respectivo Registro de Importador de Productos Lacteos OVRIPL) y posteriormente solicitar ante la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial, la cortespondientelicenciadeimportaci6ndeproductoslacteos para cada importaci6n que se realice, de conformidad con el Acuerdo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009 y 41-2009 del 18 de noviembre de 2009. Asimismo deberdn presentar el Recibo oficial de la Tesoren'a General de la Rephblica TGR-1 por L.200.00 en el c6digo 12121 para cada solicitud, por concepto de pago de la emisi6n de actos administrativos, CUARTO: Remitir a la Direcci6n Adjuntas de Rentas Aduaneras (DARA) para que proceda de confomidad a sus competencias. QUINTO: El presente Acuerdo es de efecto inmediato y deberd publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y/o en la pagina Web de esta Secretan'a de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 22 dias del mes de octubre del afro 2018. ARNALD0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico M. D. C ' 29 DE OCTUBRE DEL 2018 ^`-o.34. ACUERDO MINISTERIAL No. 124-2018 22. DE OCTUBRE DEL ANO 201 8 LA SECRETARiA DE ESTAI)0 EN EL DESPAC DE DESARROLLO ECON6MICO CONSIDERANDO: Que la Repbblica de Panama incoxpor6 al Subsistema de Integraci6n Econ6n Centroamericana mediante el Protocolo de Incorporaci6r el cual y de conformidad con lo establecido en el Articulc del Ti'tulo VI (Disposiciones Transitorias) del Protocol( Tratado General de Integraci6n Centroamericana (Protoc de Guatemala) ;uscrito el 29 de octubre de 1993, queda definidos los tininos, plazos, condiciones y modalida de su incoxporaci6n. CONSIDERANDO: Que mediante Anexo de la Resoluci No.331-2013 del 12 de diciembre del 2013, se incoxporan Anexo "A" del Tratado General de lntegraci6n Econ6mi Centroamericana, los regfmenes bilaterales de excepci6n libre comercio de las mercanci'as de cada uno de los Estad Partes del Subsisteria de Integraci6n Econ6mica con Reptiblica de Panama. CONSIDERANDO: Que en el Apendice I (Contingenti Arancelarios) de la lista al Anexo .3.04 (Programa ( Desgravaci6n Arancelaria, Secci6n A: Desgravaci€ Arancelaria de Honduras` del TTatadn rlp I :hrp r^ma-n; -- 16 of 20 -- REPUBLICA DE HONI)URAS - M: P: C:j29 PE OCTUBRE PEI]2018 `'o.34,780 fueron a su vez incoxporadas en el AP6ndice aJos Anexos 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporaci6n de Panama al Subsistema Econ6mico de Integraci6n Centroamericana, constituyendo asi los contingentes de importaci6n bilaterales aplicables de la Repdblica de Panama a Honduras, siendo en lo aplicable, el Protocolo de incorporaci6n de Panama la nomativa aplicable al regimen de contingentes a partir de la vigencia del mismo. CONSIDERANDO: Que parq gozar del beneficio del arancel cero por ciento para los productos importados bajo contingentes al amparo de los instrumentos aplicables, los importadores deberin contar con un certificado de importaci6n valido y vigente, emitido por la Secretaria de Desarrollo Econ6mico. POR TANTO: La Secretari'a de Estado. en el Despacho de Desarrollo Econ6mico, con fundamento en los Articulos 1, 7, 116, y 122 de la Ley General de la Administraci6n Pfrolica; Articulos I, 19, 23, 60 y 72 de la Ley de Procedimien Administrativo, 54 del Decreto Ejecutivo No. 08-97, literal a contentivo del Reglamento de Organizaci6n y Competencia del Poder Ejecutivo, Tratado General de Integraci6 Econ6mica Centroamericana, Protocolo de Incorporaci6 de la Reptlblica de Panama al Subsistema de lntegraci6 Econ6mica Centroamericana, Resoluci6n No. 331 -2013, d 12 de diciembre de 2013. ACUHRDA: PRIMERO: Implementar y administrar los contingente arancelarios de importaci6n de Panama a' Honduras. d conformidad a lo establecido en el Ap6ndice a los Anexo 4.2 y 4.3 del Protocolo de Incorporaci6n de Panama a Subsistema de Integraci6n Econ6mica Centroamericana. SHGUNDO: Aperturar para el periodo comprendido del 0 de enero al 31 de diciembre del afro 2019, los contingen(c arancelarios de importaci6n que a continuaci6n se detallan: Contingente Clasificaci6n Arancelaria ACI Volumen de] Contin Unidad de Medida Came de Bovino 0201.10.00.00; 0201.20.00.00; 0201.30.00.00; 0202.10.00.00; 0202.20.00.00 0202.30.00.00 684.6 Toneladas M6tricas Came de Cerdo 0203.11.00.00; 0203.12.00.00; 0203 .19.00.00; 0203.21.00.00; 0203.22.00.00 0203.29.00.00 155.4 Toneladas Metricas Leche Fluida Exclusivamente del Ti o conocido como UHT 0401.20.00.00 298,410.18 Litros Queso Fundido Excepto el Rallado en Polvo 0406.30.00.00 Toneladas M6tricas Aceite de Palma en Bruto 1511.10.00.00 Toneladas M6tricas 6115.10.90.00 D; 6115.10.90.00 E; Docenas de -- 17 of 20 -- REPUBLICA DE HO`-Dl-RAS - TERCERO: Las personas naturales y juridicas cuya documentaci6n este disponible en esta Secretan'a de Estado interesadasenparticiparenlaasignaci6ndeloscontingentes arancelarios de importaci6n de came de bovino, came de cerdo, leche fluida exclusivamente del tipo conocido como UHT, queso fundido excepto el rallado en polvo, aceite de palmaenbmto,deberanpresentarantelaSecretan'aGeneral deestaSecretariadeEstado,atrav6s.desuapoderadolegal, durante el periodo co`mprendido del 01 del I 5 de noviembre del afro 2018 en el horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M., rna solicitud por escrito que debera estar acompafiada de los siguientes documentos : a) Constancia de estar solvente con sus obligaciones tributarias de conformidad con el articulo 20 del . Decreto Legislativo 113-2011 que contiene la Ley de Eficiencia en los lngre.sos y el Gasto Pdblico, la cual debera estar vigente a la fecha de la presentaci6n de la sblicitud. b) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, por concepto de la emisi6n de constancias, licencias y certificaciones, vigente a la fecha de la presentaci6n de la solicitud. c) Los interesados en importar came de bovino y came de cerdo, deberfu presentar el correspondiente Certificado de Registro de importador de Productos Cinicos vigente al memos al 3 1 de diciembre del afro 2ol8. d) Copia de R.T.N. e) Todas las fotocopias deberan estar debidamente au- tenticadas. M. I). C.' 29 OCTUBRE DEL 2018 \-o. 34 contingentes arancelarios de importaci6n, debefan pres ante la Secretan'a General de la Secretan'a de Desa Econ6mico(SDE)pormediodesuapoderadolegal,du el periodo comprendido del 01 al 15 de noviembre de 2018 en el horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M., una soli por escrito que contenga la informaci6n que a continu: se detalla: a) Identificaci6n del solicitante conforme a su F incluyendounadescripci6ndesuactividadecon6n b) Direcci6n fisica o fax, correo electr6nico desigl para efectuar las notificaciones; c) En el caso de las personas naturales, fotocopia d Taljeta de Identidad, Registro Tributario y copia { Escritura de Declaraci6n de Comerciante lndividi d) En el caso de las personas jun'dicas, fotocopia d Escritura de Constituci6n y de. su Registro Tribut Nacional; e) Enel caso de las solicitudes de came de ;erdoyc€ de bovino se requiere el correspondiente Certific de Registro de importador extendido por la Secreti de Agricultura y Ganaden'a (SAG) vigente al me al 31 de diciembre de 2018. D Constancia de estar solvente con sus obligacio tributarias de confomidad con el articulo 20 Decreto Legislativo 113-2011 que contiene la Ley Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Pdblico, la c debera estar vigente a la fecha de la presentaci6n d{ solicitud. g) Recibo original y copia de TGR-1 por L. 200.00, I concepto de la emisi6n de constancias, licencias certificaciones, vigente a la fecha de la presentaci de la solicitud. -- 18 of 20 -- REpbBLICA DE HONDURAS - M. D. C.. 29 D[ OCTUBRE Las personas naturales y jun'dicas interesadas en solicitar asignaciones de los contingentes en referencia, deberan cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; de origen, otros requisitos contenidos en la Ley de Protecci6n al Consumidor, asi como otras Leyes, que son aplicables a la importaci6n de productos animales y vegetales, de no cumplirconlosrequisitossupramencionadosnoseotorgara el certificado de importaci6n. QUINTO: Para las mercancias, leche fluida exclusivamente del tipo concicido como UHT y queso fundido excepto el ralladoenpolvo,deberinsolicitarelNinerodeRegistrode ImportadordeProductosLacteosOVRIPL)yposteriormente solicitar una licencia de importaci6n de productos lacteos por cada importaci6n de conformidad con el Acuerdo A-024-2009del24qeseptiembrede2009y41-2009dell8 de noviembre de 2009. SEXTO: Para la importaci6n de medias y calcetines, no deberan presentar solicitud de certificado de importaci6n, ya que se asignarfu bajo la modalidad de primer llegado primer servido en la aduana de ingreso. SEPTIMO: Proceder a la publicaci6n del aviso mediante el cual se pone a disposici6n de los agentes econ6micos interesados, los contingentes de importaci6n para el afro 2019 detallados en el ordinal segundo, en dos diarios de circulaci6n nacional. OCTAVO: El presente Acuerdo es de efecto inmediato y DEL2018 _`-o.3J.-8tl Dado en la ciudad de Tegucigalpa. \lDC. a los ]2 dias de mes de octubre del afro 2018. ARNALD0 CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRAFICAS le ofrece los siguientes servicios : LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORivIAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTAclt)N CARATULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS -- 19 of 20 -- REPUBLICA DE HONDURAS - M. D. C.. 29 D[ OCTUBRE Las personas naturales y jun'dicas interesadas en solicitar asignaciones de los contingentes en referencia, deberan cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios; de origen, otros requisitos contenidos en la Ley de Protecci6n al Consumidor, asi como otras Leyes, que son aplicables a la importaci6n de productos animales y vegetales, de no cumplirconlosrequisitossupramencionadosnoseotorgara el certificado de importaci6n. QUINTO: Para las mercancias, leche fluida exclusivamente del tipo concicido como UHT y queso fundido excepto el ralladoenpolvo,deberinsolicitarelNulmerodeRegistrode ImportadordeProductosLacteosOVRIPL)yposteriormente solicitar una licencia de importaci6n de productos lacteos por cada importaci6n de conformidad con el Acuerdo A-024-2009del24qeseptiembrede2009y41-2009del18 de noviembre de 2009. SEXTO: Para la importaci6n de medias y calcetines, no deberan presentar solicitud de certificado de importaci6n, ya que se asignarfu bajo la modalidad de primer llegado primer servido en la aduana de ingreso. SEPTIMO: Proceder a la publicaci6n del aviso mediante el cual se pone a disposici6n de los agentes econ6micos interesados, los contingentes de importaci6n para el afro 2019 detallados en el ordinal segundo, en dos diarios de circulaci6n nacional. OCTAVO: El presente Acuerdo es de efecto inmediato y DEL2018 _`o..u.'8tl Dado en la ciudad de Tegucigalpa, MDC. a los 22 dfas de mes de octubre del afro 2018. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desanollo Econ6mico DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General La EMPRESA NACI0NAL DE ARTES GRAFICAS le ofrece los siguientes servicios : LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORivIAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTAC16N CARATULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS -- 20 of 20 --