VigenteCategoria: Administrativo

Reglamento — Reglamento de Junta Administradora de Agua y Saneamiento - Artículos sobre gobierno, funciones y comités

Articulos

Articulo 13

La Junta Directiva podrá la administración de las funciones: a.- Mantener en presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Fiscalizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Proporcionar las funciones provenientes de las recaudaciones de cobro de tarifa y demás ingresos en efectivo para proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Atender a aquellas inquietudes y servicio útil a la vigilancia y proteger las fuentes de abastecimiento de agua. Evaluando en comunicación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuencas. i.- Vigilar el mantenimiento de las redes sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 14

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en la comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestral mente en forma Ordinaria y cuando de urgencias en forma Extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Articulo 15

Desde de la Junta Administradora desempeña un papel importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de control y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. a.- Comptroller la exactitud de los investigados y estados financieros. b.- Verificar el dinero de cada cuota que asigna conveniente. c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.- Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y reportes las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Con gasto los abonados. g.- Verificar trabajo realizado por los Tesorería y/o mano de obra utilizados y oportunidad. h.- Ordenar los documentos administrativos que den fe de acuerdo de lo que ha hecho. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 10

Es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, agrupación colectiva de la abonados, debidamente convocados.

Articulo 11

Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir y destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o Comités de Apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 12

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelecto por otro período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros 1.- Un (Presidenta) 2.- Un Vicepresidenta(o) 3.- Secretario(a) 4.- Un Tesorera(o) 5.- Un Fiscal. 6.- Un Vocal Primero; 7.- Un Vocal Segundo. DE LOS COMITES DE APOYO

Articulo 16

La Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.

Articulo 17

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de los sistemas de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los A 6 A 1

Leyes relacionadas

Reglamento — Reglamento General de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la Policía Nacional
Este reglamento organiza y regula el funcionamiento de la Secretaría de Seguridad y la Policía Nacional de Honduras. Establece la estructura administrativa, las competencias de cada dependencia, los procedimientos para nombrar y disciplinar personal, y cómo deben coordinarse las instituciones para garantizar seguridad ciudadana, prevenir delitos y proteger los derechos de la población.
Decreto | 2019
Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto (Decreto 157-2009)
Este reglamento establece las normas operativas para ejecutar el presupuesto general de Honduras en 2009. Define términos clave, regula cómo se recaudan ingresos, se realizan pagos, se contratan servicios, se administran recursos humanos y se supervisan instituciones descentralizadas. Afecta a todas las entidades públicas centrales y descentralizadas.
Decreto 157-2009 | 2009
Reglamento de Vacaciones, Asuetos y Licencias de Funcionarios y Empleados del Poder Judicial (Decreto 91-95)
Este reglamento establece que los funcionarios y empleados del Poder Judicial tienen derecho a un mes de vacaciones pagadas al año, divididas en dos períodos (julio y diciembre). También regula licencias remuneradas por enfermedad, duelo, matrimonio y comisiones especiales, además de licencias sin pago por asuntos personales. Garantiza descanso y protección laboral sin interrumpir la administración de justicia.
Decreto | 1995
Reglamento — Reglamento de Exoneraciones del Decreto Legislativo No. 100-2020
Decreto | 2021
Reglamento de la Ley de Jubilaciones para el Ramo Justicia (07)
Este reglamento establece cómo funcionan las jubilaciones y pensiones para magistrados, jueces y empleados del Poder Judicial que no están en el sistema del Poder Ejecutivo. Define quiénes tienen derecho, cuánto aportan (7% empleados, 11% la Corte), cómo solicitar jubilación a los 58 años, y crea una junta para administrar el fondo de jubilaciones.
Decreto | 1954