VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 7-2022 | 3 de enero de 2017 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,994

Acuerdo del Congreso Nacional No. 7-2022 — Aprobación del Contrato No. SAR-DNF-025-2021 de Renovación de Soportes Informáticos para el SAR

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

El Congreso Nacional aprueba un contrato entre el SAR y Representaciones Lufergo para renovar licencias y soportes informáticos (Cisco, Oracle, VMware y otros) por L6.4 millones durante un año. El proveedor debe activar estos servicios en tres días hábiles tras la publicación y proporcionar soporte técnico en horario laboral, siendo obligatorio constituir una garantía del 15% del contrato.

Articulos

Articulo 7

Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato N.SAR-DNF-025-2021, DE RENOVACIÓN DE SOPORTES INFORMÁTICOS PARA EL SAR, suscrito en fecha 18 de Noviembre del año 2021, que literalmente dice: CONTRATO No. SAR-DNAF-025-2021 RENOVACIÓN DE SOPORTES INFORMATICOS PARA EL SAR Nosotros, ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ, mayor de edad, soltera, hondureña con Tarjeta de Identidad Número 0501-1977-10322, Abogada y de este domicilio, actuando en mi condición de Subdirectora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), nombrada mediante Acuerdo No. SAR-005-2017 de fecha 03 de enero de 2017 y con facultades para firmar todos los actos y contratos que se deriven del ejercicio de las funciones administrativas financieras en cumplimiento al Acuerdo de Delegación ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ MADLYN YAXAL MARCELA AGUILAR MORENO LA CONTRATANTE EL PROVEEDOR En fe de lo anterior, ambas partes de común acuerdo, firmamos el presente Contrato en dos (2) ejemplares originales, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los ______________________ (_____) días del mes de _________________ año dos mil ____________ (20_____). No. SAR-1664-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, quien en adelante y, para los efectos de este contrato, se denominará “LA CONTRATANTE” y por otra parte, LUIS FERNANDO GOMEZ AMADOR, mayor de edad, casado, de nacionalidad hondureña, Doctor en Economía, con Tarjeta de Identidad número 1501-1969-00709 y Registro Tributario Nacional número 15011969007096, actuando en mi condición de Representante Legal de la sociedad mercantil denominada REPRESENTACIONES LUFERGO S. DE R.L DE C.V., quien en adelante se denominará “EL PROVEEDOR” acreditando su representación a través del Testimonio de la Escritura Pública número 70 de fecha 13 de junio del 2002, inscrita bajo el número 38 del tomo 513 del Libro de Comerciantes Sociales de Tegucigalpa M.D.C., en fecha 13 de agosto del 2002; ambos en pleno goce de nuestros derechos civiles por medio del presente manifestamos que hemos convenido celebrar, como al efecto lo hacemos, el presente Contrato para la “RENOVACIÓN DE SOPORTES INFORMATICOS PARA EL SAR” , el que se regirá por las cláusulas siguientes: -- 91 of 220 -- CLÁUSULA PRIMERA. – APROBACIÓN DEL CONTRATO POR EL CONGRESO NACIONAL: Para garantizar la certeza y estabilidad más allá de los cambios en la dirección del Estado, los Contratos cuya ejecución o efectos se prolonguen al siguiente período de gobierno deben ser aprobados por el Congreso Nacional y publicado el decreto de aprobación en el Diario Oficial La Gaceta, caso contrario no se entenderán perfeccionados, ni podrán surtir efectos. (arts. 205.19, Constitución de la República; 13 Ley de Contratación del Estado; 116 de las Disposiciones Generales del Presupuesto de la República para el año 2021.) CLÁUSULA SEGUNDA. - ANTECEDENTES: “LA CONTRATANTE” declara que en fecha 07 de julio de 2021 mediante el lanzamiento en la plataforma de Honducompras 1 y la publicación del Aviso de Licitación Pública en Diario El Heraldo, dio inicio al proceso de la Licitación Pública Nacional LPN-SAR-005-2021 para la Renovación de “Licencias y Soportes Informáticos para el SAR”, adjudicando dicho proceso mediante la Resolución SAR- DNAF-022-2021 de fecha 26 de octubre de 2021 a la sociedad mercantil REPRESENTACIONES LUFERGO S. DE R.L DE C.V., específicamente los Ítems No. 2.4 Soporte Smartnet Cisco; No. 3.1 Soporte Toad For Oracle Development Suite; No. 3.2 Soporte Spotlight on Oracle professional W/RAC; No. 3.3 Soporte Toad DBA Suite for Oracle-RAC Edition; No. 4.1 Soporte Data Protection Suite para VMware; No. 4.2 Soporte Data Protection SuiteBack Up Enterprise por front End por TeraByte y No. 4.3 Soporte Networker notificada a “EL PROVEEDOR” en fecha 9 de noviembre de 2021. CLÁUSULA TERCERA. - OBJETO DEL CONTRATO: Este contrato tiene como objeto por parte de “EL PROVEEDOR” la renovación de los Soportes Informáticos, de acuerdo con lo descrito en la Cláusula Sexta del presente Contrato; y por parte de “LA CONTRATANTE”, el pago de los servicios objeto de este contrato una vez que los mismos hayan sido renovados a entera satisfacción de “LA CONTRATANTE”. CLÁUSULA CUARTA. - VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá vigencia de un (1) año contado a partir de la publicación del Decreto de aprobación por parte del Congreso Nacional en el Diario Oficial La Gaceta. CLÁUSULA QUINTA. - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO: Forman parte del presente Contrato: a) Expediente del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SAR-005-2021 para la Renovación de “Licencias y Soportes Informáticos para el SAR”; b) Oferta presentada por la sociedad mercantil REPRESENTACIONES LUFERGO S. DE R.L DE C.V., junto con las especificaciones técnicas; c) La Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al 15% del valor del contrato a favor de “LA CONTRATANTE”; y d) La correspondencia que se gire entre las partes. CLÁUSULA SEXTA. – SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: -- 92 of 220 -- equivalente al 15% del valor del contrato a favor de “LA CONTRATANTE”; y d) La correspondencia que se gire entre las partes. CLÁUSULA SEXTA. – SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: ITEM 2.4 SOPORTE SMARTNET CISCO Características Requerimiento técnico mínimo Características Generales País de origen Estados Unidos de América Soporte requerido SmartNet Total Care 8x5xNBD- 116 - Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América. Plazo de suscripción Un (1) año a partir del 01 de marzo 2022 hasta 01 de marzo 2023. Lugar de entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. El número de contrato para el soporte debe aparecer como “SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS” Forma de Pago 100% contra entrega y recepción a conformidad de la habilitación del soporte. Descripción del equipo Número de Serie WS-C2960X-24TD-L FOC2234V330 WS-C2960X-24TD-L FCW2234A40D WS-C2960X-24TD-L FOC2234S1UM WS-C2960X-24TD-L FOC2234S1U0 WS-C2960X-24TD-L FOC2234S1TS WS-C2960X-24TD-L FOC2234S1U9 WS-C2960X-24TD-L FOC2234S1TW WS-C2960X-24TD-L FOC2234V318 WS-C2960X-24TD-L FOC2234V319 WS-C2960X-24TD-L FOC2234V31X WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2VT WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2VR WS-C2960X-24TS-L FCW2238B2MD Descripción del equipo Número de Serie WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2W6 WS-C2960X-24TS-L FCW2239A1S6 WS-C2960X-24TS-L FCW2238A3RP WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7K3 WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7D9 WS-C2960X-24TS-L FCW2238B3F2 WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7KH WS-C2960X-24TS-L FCW2238B2YB WS-C2960X-24TS-L FCW2238B2GF WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2WG WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2WF WS-C2960X-24TS-L FOC2239V1WF -- 93 of 220 -- - 117 - WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2WA WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2W4 WS-C2960X-24TS-L FOC2239V2VZ WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7DU WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7KD WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7KC WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7KR WS-C2960X-24TS-L FCW2133B7HD WS-C2960X-48TS-L FOC2133T34N WS-C2960X-48TS-L FCW2133A32B WS-C2960X-48TS-L FOC2133T33S WS-C2960X-48TS-L FCW2133A30Q WS-C2960X-48TS-L FCW2231B2YY WS-C2960X-48TS-L FCW2133A32K WS-C2960X-48TS-L FCW2133A33D WS-C2960X-48TS-L FCW2133A33C WS-C2960X-48TS-L FCW2231B47K WS-C2960X-48TS-L FCW2133A33H WS-C2960X-48TS-L FOC2133T34C WS-C2960X-48TS-L FCW2133A322 WS-C2960X-48TS-L FCW2132B1F1 WS-C2960X-48TS-L FOC2133T32B WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45L WS-C2960X-48TS-L FCW2231B47A Descripción del equipo Número de Serie WS-C2960X-48TS-L FCW2231B2TL WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45A WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45D WS-C2960X-48TS-L FOC2231T47F WS-C2960X-48TS-L FCW2231B34K WS-C2960X-48TS-L FCW2231B2H1 WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45S WS-C2960X-48TS-L FCW2231B476 WS-C2960X-48TS-L FOC2231T44Z WS-C2960X-48TS-L FOC2231T468 WS-C2960X-48TS-L FCW2231B3CR WS-C2960X-48TS-L FOC2231T463 WS-C2960X-48TS-L FOC2231T459 WS-C2960X-48TS-L FCW2231B33U WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45M WS-C2960X-48TS-L FOC2231V2G1 WS-C2960X-48TS-L FOC2231T45Q WS-C2960X-48TS-L FCW2231B46A -- 94 of 220 -- - 118 - WS-C2960X-48TS-L FCW2231B2GR WS-C2960X-48TS-L FOC2231T49J WS-C2960X-48TS-L FOC2231T46M ISR4321/K9 FLM2240V095 ISR4321/K9 FLM2140V0RN ISR4321/K9 FLM2240V099 ISR4321/K9 FLM2140V0RT ISR4321/K9 FLM2240V08Z ISR4321/K9 FLM2140V0RE ISR4321/K9 FLM2240V09A ISR4321/K9 FLM2140V0RR ISR4321/K9 FLM2240V091 ISR4321/K9 FLM2140V0RG ISR4321/K9 FLM2240V090 ISR4321/K9 FLM2140V0RJ ISR4321/K9 FLM2240V093 ISR4321/K9 FLM2140V0RL ISR4321/K9 FLM2240V092 Descripción del equipo Número de Serie ISR4321/K9 FLM2240V08X ISR4321/K9 FLM2240V098 ISR4321/K9 FLM2140V0RQ ISR4321/K9 FLM2240V096 ISR4321/K9 FLM2140V0RK ISR4321/K9 FLM2240V094 ISR4321/K9 FLM2140V0RD ISR4321/K9 FLM2240V097 ISR4321/K9 FLM2140V0RF ISR4321/K9 FLM2240V08Y ISR4321/K9 FLM2140V0RH ISR4321/K9 FLM2027W1BK ISR4321/K9 FLM2140V0RS ISR4321/K9 FLM2140V0RM ISR4331/K9 FLM2241W0BK ISR4331/K9 FLM2241W0BG ISR4331/K9 FLM2241W0BH ISR4331/K9 FLM2241W0BF ISR4331/K9 FLM2241W0BJ ISR4331/K9 FLM2241W0BL ASR1001-HX TTM22173579 ASR1001-HX TTM22174010 ASR1001-HX TTM22174015 ASR1001-HX TTM22174011 -- 95 of 220 -- - 119 - C9396TX FDO213903X8 C9396TX FDO21390099 C93108TC-EX FDO21410V8H C93108TC-EX FDO21410W4T Firepower 4110 Threat Defense JMX2144L03W Firepower 4110 Threat Defense JMX2144L03T ASA5525 FTX1809102F ASA5525 FTX180510SL ASA5525 FTX180510SJ ASA5525 FTX181610G9 C6807-XL FGE21432SRW C6807-XL FGE21432SY1 Descripción del equipo Número de Serie AIR-AP1832I-B-K9 KWC22370A0J AIR-AP1832I-B-K9 KWC223709UK AIR-AP1852I-B-K9 KWC221402EM AIR-AP1852I-B-K9 KWC2214029V AIR-CT3504-K9 FCW2224M0EL AIR-CT3504-K9 FCW2244M0MP ITEM 3.1 SOPORTE TOAD FOR ORACLE DEVELOPMENT SUITE Características Requerimiento Técnico Mínimo Características Generales Renovación requerida Toad for Oracle Development Suite Cantidad 33 Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América Plazo de soporte Un (1) año a partir del 30 de octubre de 2021 al 30 de octubre de 2022 -- 96 of 220 -- - 120 - Incluir El proveedor realizará las siguientes actividades: • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, asistencia remota en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. • Acceso a nuevas actualizaciones y parches de seguridad. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras ITEM 3.2 SOPORTE SPOTLIGHT ON ORACLE PROFESSIONAL W/RAC Características Requerimiento técnico mínimo Características Generales País de origen Estados Unidos de América Renovación requerida Spotlight on Oracle professional W/RAC Cantidad 2 Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América. Plazo de soporte Un (1) año a partir del 30 de octubre 2021 al 30 de octubre Incluir El proveedor realizará las siguientes actividades: • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, asistencia remota en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. • Acceso a nuevas actualizaciones y parches de seguridad. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras. -- 97 of 220 -- - 121 - ITEM 3.3 SOPORTE TOAD DBA SUITE FOR ORACLE-RAC EDITION Características Requerimiento técnico mínimo Características Generales País de origen Estados Unidos de América Renovación requerida Toad DBA Suite for Oracle-RAC Edition Cantidad 2 Beneficiario directo Servicio de Administración de Rentas – Honduras, Centro América Plazo de soporte Un (1) año a partir del 30 de octubre de 2021 al 30 de octubre de Incluir El proveedor realizará las siguientes actividades: • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, asistencia remota en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. • Acceso a nuevas actualizaciones y parches de seguridad. Lugar de Entrega Dirección Nacional de Tecnología, Edificio Gabriel A. Mejía, Séptimo Piso, Tegucigalpa, Honduras ITEM 4.1 SOPORTE DATA PROTECTION SUITE PARA VMWARE Características Requerimientos técnicos mínimos Generales Soporte requerido Renovación de soporte Data Protection Suite para VMware Titular de la licencia Servicio de Administración de Rentas Cantidad 68 Servicios por contratar • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. -- 98 of 220 -- - 122 - Características Requerimientos técnicos mínimos • Administración de solicitudes de servicio en línea. • Últimas actualizaciones de software y parches de seguridad transcurridos desde la fecha de vencimiento hasta la de contratación del soporte. Vigencia Un año a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta del Decreto de aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. Lugar de Entrega Oficinas del SAR, ubicadas en la colonia Palmira, edificio Gabriel A. Mejía, costado oeste de la Embajada Americana. ITEM 4.2 SOPORTE DATA PROTECTION SUITEBACK UP ENTERPRISE POR FRONT END POR TERABYTE Características Requerimientos técnicos mínimos Generales Soporte requerido Renovación de soporte Data Protection SuiteBack Up Enterprise por front End por TeraByte Titular de la licencia Servicio de Administración de Rentas Cantidad 5 Servicios por contratar • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. • Administración de solicitudes de servicio en línea. • Últimas actualizaciones de software y parches de seguridad transcurridos desde la fecha de vencimiento hasta la de contratación del soporte. -- 99 of 220 -- - 123 - Características Requerimientos técnicos mínimos Generales Vigencia Un año a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta del Decreto de aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. Lugar de Entrega Oficinas del SAR, ubicadas en la colonia Palmira, edificio Gabriel A. Mejía, costado oeste de la Embajada Americana. ITEM 4.3 SOPORTE NETWORKER Características Requerimientos técnicos mínimos Generales Soporte requerido Renovación de soporte Networker. Titular de la licencia Servicio de Administración de Rentas Cantidad 2 Servicios por contratar • Recurso técnico de soporte disponible, a partir de la activación del soporte, en horario laboral de 8:00 a 16:00 hora de Honduras. • Administración de solicitudes de servicio en línea. • Últimas actualizaciones de software y parches de seguridad transcurridos desde la fecha de vencimiento hasta la de contratación del soporte. Vigencia Un año a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta del Decreto de aprobación del contrato por parte del Congreso Nacional. Lugar de Entrega Oficinas del SAR, ubicadas en la colonia Palmira, edificio Gabriel A. Mejía, costado oeste de la - 124 - Características Requerimientos técnicos mínimos Embajada Americana. CLÁUSULA SEPTIMA. - TIEMPO DE ENTREGA: “EL PROVEEDOR” tendrá un tiempo máximo de tres (3) días hábiles siguientes a la publicación en el Diario Oficial la Gaceta de la autorización del presente contrato por parte del Congreso Nacional de la República, para activar la renovación del Licenciamiento objeto del -- 100 of 220 -- CLÁUSULA SEPTIMA. - TIEMPO DE ENTREGA: “EL PROVEEDOR” tendrá un tiempo máximo de tres (3) días hábiles siguientes a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la autorización del presente contrato por parte del Congreso Nacional de la República, para activar la renovación del Licenciamiento objeto del presente contrato. CLÁUSULA OCTAVA. - VALOR DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” pagará en total la cantidad de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO LEMPIRAS CON 85/100 (L6,420,195.85), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS LEMPIRAS CON 85/100 (L837,416.85), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE LEMPIRAS EXACTOS (L5,582,779.00). CLÁUSULA NOVENA. - FORMA DE PAGO: - “LA CONTRATANTE” hará pagos parciales de la siguiente forma: por la RENOVACIÓN DEL SOPORTE SMARTNET CISCO pagará la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 35/100 (L3,367,279.35), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIEZ LEMPIRAS CON 35/100 (L439,210.35), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE LEMPIRAS EXACTOS (L2,928,069.00); por la RENOVACIÓN DEL SOPORTE TOAD FOR ORACLE DEVELOPMENT SUITE pagará la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 50/100 (L898,276.50), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a CIENTO DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 50/100 (L117,166.50), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO DIEZ LEMPIRAS EXACTOS (L781,110.00); por la RENOVACIÓN DEL SOPORTE SPOTLIGHT ON ORACLE PROFESSIONAL W/ RAC pagará la cantidad de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE LEMPIRAS CON 40/100 (L33,437.40), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN LEMPIRAS CON 40/100 (L4,361.40), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de VEINTINUEVE MIL SETENTA Y SEIS LEMPIRAS EXACTOS (L29,076.00); por la RENOVACIÓN DEL SOPORTE TOAD DBA SUITE FOR ORACLE-RAC EDITION pagará la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO LEMPIRAS CON 80/100 (L148,685.80), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES LEMPIRAS CON 80/100 (L19,393.80), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de CIENTO VEINTINUEVE -- 101 of 220 -- MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS (L129,292.00); por la RENOVACIÓN DEL SOPORTE DATA PROTECTION SUITE PARA VMWARE, SOPORTE DATA PROTECTION SUITEBACK UP ENTERPRISE POR FRONT END POR TERABYTE y SOPORTE NETWORKER pagará la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECISEIS LEMPIRAS CON 80/100 (L1,972,516.80), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, equivalente a DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON 80/100 (L257,284.80), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de UN MILLON SETECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS (L1,715,232.00). Dicho pago procederá una vez que “EL PROVEEDOR” presente a la Dirección Nacional Administrativa Financiera de “LA CONTRATANTE” las facturas correspondientes a cada una de las renovaciones de los referidos soportes, recibo extendido por él, a nombre de la Tesorería General de la República, uno por cada factura incluyendo el Impuesto Sobre Ventas, constancia de Solvencia Fiscal vigente, y que la Dirección Nacional de Tecnología del SAR remita a la Dirección Nacional Administrativa Financiera del SAR la Certificación mediante la cual valide y confirme que los referidos soportes han sido renovados a entera satisfacción de “LA CONTRATANTE”. CLÁUSULA DÉCIMA. – MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” puede ordenar cambios dentro del alcance general del contrato, consistentes en adiciones, cancelaciones u otras modificaciones, en base a lo establecido por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Cualquier aumento o disminución en la cuantía de las prestaciones previstas originalmente en el contrato, siempre que no excedan del diez por ciento (10%) de su valor, se harán mediante órdenes de cambio emitidas por “LA CONTRATANTE”, previa la reserva presupuestaria correspondiente en el caso de incremento del valor original. Si la modificación total excediere del porcentaje indicado, o variare el plazo contractual, las partes suscribirán una modificación al contrato mediante un adendum, que se someterá a las mismas formalidades de este contrato. Toda modificación deberá ser fundamentada y procederá cuando concurran circunstancias imprevistas al momento de la contratación o necesidades nuevas, de manera que esa sea la única forma de satisfacer el interés público perseguido. El valor de las modificaciones acumuladas no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) del valor inicial del contrato o referirse a objeto o materia diferente al originalmente previsto. Modificación de Plazo: Si “EL PROVEEDOR” tiene atraso en cualquier momento durante la ejecución del contrato por cualquier acto o negligencia atribuible a “LA CONTRATANTE”, este podrá aprobar modificaciones para reajustar el plazo de ejecución en los siguientes casos: a) cuando las modificaciones representen variaciones del presupuesto del contrato, b) cuando existan causas suficientemente justificadas y certificadas, c) las demás permitidas por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - GARANTÍAS: “EL PROVEEDOR” constituirá una Garantía de Cumplimiento de Contrato conforme a lo establecido en los artículos 100 y 101 de la Ley de Contratación del Estado, equivalente -- 102 of 220 -- al quince por ciento (15%) del monto estipulado en este contrato y deberá estar vigente mínimo tres (3) meses después de la vigencia de los servicios objeto del presente contrato. Dicha garantía se entregará a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la aprobación del presente contrato por parte del Congreso Nacional, dicha garantía será ejecutada en los casos de incumplimiento de los plazos y de los servicios consignados en los Pliegos de Condiciones y en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA - CLÁUSULA PENAL: De conformidad con el artículo 3-B de la Ley de Contratación del Estado, en caso de demora no justificada en la activación de los servicios objeto de este contrato, “EL PROVEEDOR” será sancionado con multa por cada día de retraso equivalente al punto treinta y seis por ciento (0.36%) conforme al artículo 76 de las Disposiciones Generales para la Ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y de las Instituciones Descentralizadas del año 2021, teniendo “LA CONTRATANTE” el derecho de deducirlo del precio pactado. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” podrá resolver el Contrato mediante una comunicación por escrito dirigida a “EL PROVEEDOR” fundamentada en el artículo 127 de la Ley de Contratación del Estado, no obstante lo anterior cuando dicha resolución se deba a causa de “EL PROVEEDOR” se deberá aplicar lo establecido en el artículo 128 de la misma Ley, además podrá resolverse, por cualquiera de las causas siguientes: a) Por mutuo consentimiento entre las partes; b) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; c) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato a cargo de “EL PROVEEDOR” dentro del plazo correspondiente; d) Cuando haya recortes presupuestarios por razones de la situación económica y financiera del país; y, e) El incumplimiento de la Cláusula de Integridad f); Las demás causas que señale la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento que sean aplicables. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CONTROVERSIAS: Cualquier controversia entre las partes a causa de la aplicación, interpretación, cumplimiento o terminación del contrato, serán resueltas en forma amistosa y conciliatoria entre las partes contratantes, y si ello no fuere posible se someterán a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de Francisco Morazán de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Contratación de Estado. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.-INTEGRIDAD: Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad, y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las Leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación -- 103 of 220 -- del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. 3. Que durante la Ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado autorizado o no realizará: a) Prácticas corruptivas: entendiendo éstas como aquellas en las que se ofrece dar, recibir o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte, b) Prácticas Colusorias: entendiendo éstas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o consultor contrate, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante; i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifestamos la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Contrato, firmando voluntariamente para constancia. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. -ACEPTACIÓN DE LAS PARTES: “LA CONTRATANTE” y “EL PROVEEDOR” declaramos que aceptamos las condiciones establecidas en las cláusulas precedentes y nos obligamos a cumplirlas. En fe de lo anterior, ambas partes de común acuerdo, firmamos el presente Contrato en dos (2) ejemplares originales, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ___________________ (_____) días del mes de _________________ año dos mil ____________ (20_____). ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ LA CONTRATANTE LUIS FERNANDO GOMEZ AMADOR EL PROVEEDOR -- 104 of 220 --

Leyes relacionadas

Acuerdo del Congreso Nacional No. 8-2022 — Aprobación del Contrato No. SAR-DNAF-026-2021 de Renovación del Soporte SAN HITACHI
El Congreso Nacional aprueba un contrato entre el Servicio de Administración de Rentas (SAR) y la empresa CESA DE HONDURAS S.A. para renovar el soporte técnico del sistema informático SAN HITACHI. El servicio cuesta L981,364.00 y se entregará en un único pago después de activar el soporte, con vigencia hasta noviembre de 2022.
Decreto 8-2022 | 2022
Acuerdo del Congreso Nacional No. 13-2022 — Aprobación del Contrato SAR-BID-3541-B-010-2021 entre el SAR y Representaciones Lufergo S. de R.L. de C.V.
El Congreso Nacional aprueba un contrato entre el SAR y Representaciones Lufergo S. de R.L. de C.V. por L. 14,440,199.00 para suministrar equipo de firma electrónica (certificados digitales), instalación y soporte técnico. Este contrato financia un proyecto del BID para fortalecer la administración tributaria con sistemas de seguridad digital en transacciones electrónicas.
Decreto 13-2022 | 2022
Acuerdo del Congreso Nacional — Autorizar al Licenciado Wilfredo Rafael Cerrato Rodríguez y/o Licenciada Rocio Izabel Tábora Morales para suscribir Financiamiento Adicional al Proyecto Protección Social con el Banco Mundial
El Congreso autoriza a dos funcionarios del Ministerio de Finanzas para firmar un acuerdo de financiamiento adicional con el Banco Mundial destinado al Proyecto de Protección Social de Honduras. Esta autorización permite que representen al gobierno en la negociación y firma de este préstamo internacional.
Decreto | 2015
Acuerdo del Congreso Nacional No. 041-2014 — Promoción y fomento de organizaciones cooperativas
Decreto 041-2014 | 2015
Acuerdo del Congreso Nacional — Ratificación de Decreto Ejecutivo PCM-100-2020 sobre restricción a derechos fundamentales y reapertura económica
Decreto | 2020