Acuerdo Ejecutivo No. 5-2022 — Aprobación del Contrato No. SAR-DNAF-023-2021 de Enlace de Datos e Internet Secundarios
Resumen
El Estado de Honduras contrata a Redes y Telecomunicaciones S. de R.L. para proporcionar servicios de internet y datos secundarios a las oficinas del Servicio de Administración de Rentas durante 2022. La empresa debe instalar conexiones de fibra óptica en Tegucigalpa y San Pedro Sula con disponibilidad garantizada del 99%, soporte técnico 24/7 y recibirá L1,414,500 en 12 pagos mensuales.
Articulos
Articulo 5
Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONTRATO NO. SAR-DNAF-023-2021 ENTRE LA SAR Y EL SEÑOR ABEL ARMANDO ERAZO UMAÑA EN SU CONDICIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD MERCANTIL REDES Y TELECOMUNICACIONES S. DE R.L DE C.V, que literalmente dice: CONTRATO No. SAR-DNAF-023-2021 CONTRATO DE SERVICIO DE ENLACE DE DATOS E INTERNET PARA EL SAR Nosotros, ÁNGELA MARÍA MADRID LÓPEZ, mayor de edad, soltera, hondureña, Abogada, de este domicilio, con Tarjeta de Identidad Número 0501-1977-10322, actuando en mi condición de Subdirectora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), nombrada mediante Acuerdo No. SAR-005-2017 de fecha 03 de enero de 2017 y con facultades para firmar todos los actos y contratos que se deriven del ejercicio de las funciones administrativas financieras en cumplimiento al Acuerdo de Delegación No. SAR-1664-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará “LA CONTRATANTE” y por otra parte, ABEL ARMANDO ERAZO UMAÑA, mayor de edad, casado, hondureño, Licenciado en Informática Administrativa, con Tarjeta de Identidad número 0401-1976-01233 y Registro Tributario Nacional número 04011976012331, quien actúa como Representante Legal de la sociedad mercantil denominada REDES Y TELECOMUNICACIONES S. DE R.L DE C.V., quien en adelante se denominará “EL PROVEEDOR” acreditando su representación a través del Testimonio número 204 de fecha 21 de enero de 2020, inscrito según matrícula 39869 del Registro Mercantil de San Pedro Sula en fecha 27 de enero de 2020, ambos en pleno goce de nuestros derechos civiles por medio del presente manifestamos que hemos convenido celebrar como al efecto lo hacemos el presente Contrato para el servicio de “ENLACE DE DATOS E INTERNET PARA EL SAR” el que se regirá por las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA. – APROBACIÓN DEL CONTRATO POR EL CONGRESO NACIONAL: Para garantizar la certeza y estabilidad más allá de los cambios en la dirección del Estado, los Contratos cuya ejecución o efectos se prolonguen al siguiente período de gobierno deben ser aprobados por el Congreso Nacional y publicado el decreto de aprobación en el Diario Oficial La Gaceta, caso contrario no se entenderán perfeccionados, ni podrán surtir efectos. (arts. 205.19, Constitución de la República; 13 Ley de Contratación del Estado; 116 de las Disposiciones Generales del Presupuesto de la República para el año 2021.) CLÁUSULA SEGUNDA. - ANTECEDENTES: “LA CONTRATANTE” declara que en fecha 01 de junio de 2021 mediante el lanzamiento en la plataforma de Honducompras 2, dio inicio al proceso de la Licitación Pública Nacional No. SAR-LPN-GC-UC-004-2021-04 para la Adquisición de “Enlaces de Datos e Internet para el SAR, Gestión 2022”, adjudicando dicho proceso mediante la Resolución SAR- DNAF-021-2021 de fecha 24 de septiembre de 2021 a la sociedad mercantil REDES Y TELECOMUNICACIONES S. DE R.L DE C.V., específicamente los lotes No.2 Enlace de Internet Secundario y No.3 Enlace de Datos Secundario -- 55 of 220 -- y notificándosela a “EL PROVEEDOR” en fecha 18 de octubre de 2021. CLÁUSULA TERCERA. - OBJETO DEL CONTRATO: Este contrato tiene como objeto por parte de “EL PROVEEDOR” la prestación de los servicios de Enlace de Internet Secundario y Enlace de Datos Secundario distribuidos en las oficinas de “LA CONTRATANTE” a nivel nacional, de acuerdo con lo descrito en la Cláusula Sexta del presente Contrato; y por parte de “LA CONTRATANTE”, el pago de los servicios una vez que éstos hayan sido recibidos a entera satisfacción. CLÁUSULA CUARTA. - VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá vigencia desde el 01 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022, siempre y cuando el Decreto de aprobación del presente contrato por parte del Congreso Nacional haya sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta. CLÁUSULA QUINTA. – CLÁUSULA CUARTA. - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO: Forman parte del presente Contrato: a) Expediente del Proceso de Licitación Pública Nacional No. SAR-LPN-GC-UC-004-2021-04 para la Adquisición de “Enlaces de Datos e Internet para el SAR, Gestión 2022”; b) Oferta presentada por la sociedad mercantil REDES Y TELECOMUNICACIONES S. DE R.L DE C.V., junto con las especificaciones técnicas; c) Los Anexos 2 Escalamiento de Soporte Basado en el SLA y 3 Acuerdo de Nivel de Servicio, de la oferta; d) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al 15% del valor del contrato a favor de “LA CONTRATANTE”; y e) La correspondencia que se gire entre las partes. CLÁUSULA SEXTA. – SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: - 74 - siempre y cuando el Decreto de aprobación del presente contrato por parte del Congreso Nacional haya sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta. CLÁUSULA QUINTA. – CLÁUSULA CUARTA. - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO: Forman parte del presente Contrato: a) Expediente del Proceso de Licitación Pública Nacional No. SAR-LPN-GC-UC-004- 2021-04 para la Adquisición de “Enlaces de Datos e Internet para el SAR, Gestión 2022”; b) Oferta presentada por la sociedad mercantil REDES Y TELECOMUNICACIONES S. DE R.L DE C.V., junto con las especificaciones técnicas; c) Los Anexos 2 Escalamiento de Soporte Basado en el SLA y 3 Acuerdo de Nivel de Servicio, de la oferta; d) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al 15% del valor del contrato a favor de “LA CONTRATANTE”; y e) La correspondencia que se gire entre las partes. CLÁUSULA SEXTA. – SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA CONTRATANTE”, en el lugar y dentro del plazo establecido en el mismo los siguientes servicios: ENLACE DE INTERNET SECUNDARIO Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” 7 Condiciones de redundancia 7.1 “EL PROVEEDOR” que gane este lote no puede ser el mismo que gane el Lote 1, de modo que exista redundancia a nivel de proveedores de Internet. 8 Sitio de Entrega 8.1 Centro de Datos del “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” Edificio Gabriel A. Mejía. – Col. Palmira, Costado oeste de la Embajada Americana, en Tegucigalpa. 8.2 Centro de Datos del “SERVICIO DE -- 56 of 220 -- - 75 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” Boulevard Morazán, Primera Calle y Primera Avenida, en San Pedro Sula. 8.3 En dos sitios se recibirá la última milla, entregables en equipo con interfaces GigaEthernet para enlaces de internet. 9 Enlace 3.1 El enlace deberá ser instalado en ambos Centro de Datos del "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" ubicado en Edificio Gabriel A. Mejía. - Col. Palmira, Costado oeste de la Embajada Americana, en Tegucigalpa y Boulevard Morazán, Primera Calle y Primera Avenida, en San Pedro Sula. 3.2 El Enlace de Internet debe de poseer redundancia de última milla para ingresar al Centro de Datos del "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" y se debe acreditar esta funcionalidad al momento de hacer la Instalación y Validación del enlace de Internet, las cuales se harán mediante pruebas de saturación de enlaces de descarga y publicación de cualquier contenido en internet. (Ping, DNS, http, enrutamiento). 3.3 Enlace a internet dedicado de relación 1:1 (Subida: Descarga), sin control de contenido, “EL PROVEEDOR” no deberá aplicar restricciones de contenido, ni -- 57 of 220 -- - 76 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” conceptos o protocolos de calidad de servicio. 3.3.1 La conexión entre “El PROVEEDOR” y el SAR deberá ser mediante protocolo BGP, anunciando a través de su red la Direcciones IP Públicas propiedad del SAR. 3.3.2 Se requiere que las últimas millas de cada Centro de Datos permanezcan configuradas en esquema activo/pasivo y entre Centros de Datos activo/activo, ya que la publicación de servicios será de manera simultánea desde los dos Centros de Datos, unificando el ancho de banda contratado y que se garantice la habilitación automática en caso de falla. 3.3.3 Las últimas millas de ambos Centros de Datos que estén funcionando como enlace “activo” deberán mantenerse en el esquema “activo/activo” entre ellas, de manera que sea posible el balanceo de tráfico entre los dos Centros de Datos. 3.3.4 El esquema que se implementara es un BGP Dual Multi-Homed. -- 58 of 220 -- - 77 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” 3.4 Equipo requerido que “EL PROVEEDOR” instale: 3.4.1 Media Converter: Equipo requerido para la recepción del enlace de internet para el esquema activo/activo en los Centros de Datos del SAR, deberá entregar equipos con interfaces Gigabit Ethernet. 3.4.2 “EL PROVEEDOR” debe entregar en un medio físico totalmente independiente el servicio de enlace de datos e internet de última milla. 4 Ancho de banda 4.1 El ancho de banda de los enlaces de internet será de 220 Mbps y deberá ser provisto con garantía de salida al NAP de la américas desde dos rutas diferentes, este servicio se unificará en base a los expuesto en el numeral 3.3.3 de esta especificación. “EL PROVEEDOR” deberá presentar documentación soporte que acredite este punto. 5 Tipo de Medio de Transmisión última milla 5.1 Fibra Óptica, tipo de conector a entregar en el "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" Giga Ethernet, se deberá garantizar el switcheo automático de última milla instalando equipo con soporte de L2 y L3 en cada Centro de Datos. 5.2 “EL PROVEEDOR” deberá cumplir con lo -- 59 of 220 -- - 78 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” siguiente: El Tiempo de restablecimiento del servicio en caso de caída simultánea de todos los enlaces interurbanos, no excederá de 2 horas en tiempo acumulado durante el mes. 5.3 “EL PROVEEDOR” deberá detallar en su propuesta una tabla de escalamiento indicando los nombres de los contactos de su organización en caso de existir problemas con el servicio contratado. Ver Ejemplo de Tabla de Escalamiento en Anexo 2. 6 Direccionamiento IP público del servicio de Internet 6.1 Para el enlace de internet “EL PROVEEDOR” deberá entregar al Servicio de Administración de Rentas los segmentos punto a punto públicos necesarios para la interconexión. 7 Servicios de Internet 7.1 Enlaces de Internet con relación 1:1(Subida/Descarga), con un ancho de banda de 220 Mbps ampliable a 270 Mbps si fuese requerido. A través de infraestructura y equipos de “EL PROVEEDOR”. 7.2 “EL PROVEEDOR” deberá acreditar mediante documentación, que cuenta con una Ruta Alterna de salida hacia el NAP de las Américas, garantizando con esto la salida internacional, de igual manera deberá acreditar mediante documentación (Diagramas de POP) la redundancia del -- 60 of 220 -- - 79 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” servicio a través de anillos interurbanos que garanticen la alta disponibilidad del servicio. 7.3 “EL PROVEEDOR” deberá cumplir con lo siguiente: • El Tiempo de restablecimiento del servicio en caso de caída simultánea de todos los enlaces interurbanos, no excederá de 2 horas en tiempo acumulado durante el mes. 7.4 “EL PROVEEDOR” deberá detallar en su propuesta una tabla de escalamiento indicando los nombres de los contactos de su organización en caso de existir problemas con el servicio contratado. • Ver Ejemplo de Tabla de Escalamiento en Anexo 2. 7.5 “EL PROVEEDOR” deberá hacer los registros de nombres de Dominio, en los DNS propios, configurándolos como DNS Secundarios, a fin de garantizar los servicios de acceso a páginas web de la institución contratante. 8 Disponibilidad de Sistema Alterno de Energía 8.1 En interrupciones de energía eléctrica comercial NO Previstas, “EL PROVEEDOR” deberá contar con fuente de energía regulada en su NOC y en sus nodos desde donde se entregan los servicios urbanos y regionales, capaz de mantener en operación los equipos de comunicaciones en los nodos que dan servicio a las instituciones, por el tiempo que -- 61 of 220 -- - 80 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” dure la interrupción del servicio eléctrico. 8.2 “EL PROVEEDOR” deberá contar con sistemas de generación de energía de su propiedad, instalados y configurados de tal manera que el fluido eléctrico sea restaurado en un tiempo máximo de <= 1 minuto, después de la interrupción NO Prevista de la energía comercial. 8.3 “EL PROVEEDOR” deberá presentar información que acredite este punto (Fotografías de las plantas generadoras de energía). 8.4 “EL PROVEEDOR” deberá contar con sistema propietario de generación de energía, capaz de operar durante un período de 7 días de manera continua, garantizando la operación de sus nodos. • “EL PROVEEDOR” deberá presentar información que acredite este punto. (Fotografías de las plantas generadoras de energía a nivel nacional). Las cuales quedarán anexadas al presente documento. 9 Topología de Red 9.1 Medio de Transporte en Fibra Óptica. 9.1.1 "EL PROVEEDOR" garantizará la entrega del servicio, construyendo dos redes de última milla desde dos -- 62 of 220 -- - 81 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” nodos diferentes, a fin de garantizar alta disponibilidad del servicio 24/7 para cada Centro de Datos del SAR. Se requiere que los dos enlaces por cada última milla permanezcan configurados en esquema activo /pasivo y que se garantice la habilitación automática en caso de falla. 9.1.2 Las últimas millas de ambos Centros de Datos que estén funcionando como enlace “activo” deberán mantenerse en el esquema “activo/activo” entre ellas, de manera que sea posible el balanceo de tráfico entre los dos Centros de Datos. 9.2 Conexión de última milla en Fibra Óptica. 9.3 "EL PROVEEDOR" deberá entregar al "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" una interfaz de conexión en los Centros de Datos en conector RJ45 o fibra según lo requiera el SAR al momento de la instalación 9.4 Cada canal de comunicaciones deberá ser de uso exclusivo para el “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” y “EL PROVEEDOR” no establecerá controles sobre el tipo de tráfico que se transmita al “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” por los canales de internet. -- 63 of 220 -- - 82 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” 9.5 “EL PROVEEDOR” deberá presentar el esquema topológico de la red y de los servicios contratados. (Documentación – Diagramas de Red de la Interconexión Propuesta para proporcionar el servicio). 9.6 Se requiere que la tecnología de red a utilizar sea BGP. 9.7 "EL PROVEEDOR" deberá realizar la fusión de la fibra óptica en el cuarto "Terceros" del Centro de Datos ubicado en el edificio "Gabriel A. Mejía", en Tegucigalpa y el cuarto de “Telecomunicaciones del Centro de Datos ubicado en Boulevard Morazán, Primera Avenida y Primera Calle en San Pedro Sula, o en dónde el "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" considere necesario; delimitando en ese punto la separación entre la fibra óptica de exterior e interior. 10 Disponibilidad y Monitoreo 10.1 “EL PROVEEDOR” deberá Contar con una disponibilidad mínima de servicio del 99.00%, 24 horas al día, por el tiempo de vigencia del contrato, de los servicios ofertados. 10.2 El incumplimiento del tiempo de disponibilidad definido en el SLA (Anexo 3) para la contratación de este servicio dará como resultado penalidades y estas se cobrarán según lo que se defina en el contrato de servicios firmado por ambas -- 64 of 220 -- - 83 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” partes. 10.3 El personal de soporte efectivo deberá estar disponible 24/7, durante el tiempo de duración del contrato. 10.4 Tiempo de respuesta del personal de soporte al reporte de una falla, no deberá exceder 20 minutos. (Indicar en la tabla de escalamiento). Se requiere que en el Anexo 2 se detallen distintos niveles de soporte técnico y tiempo de respuesta para escalamiento y solución del problema, a fin de especificar el orden de escalamiento en caso de ser necesario. “EL PROVEEDOR” deberá incluir los contactos (Puestos funcionales), a quien remitirse en caso de fallas del servicio y la ubicación del centro de servicio más cercano a la institución contratante. 10.5 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en equipos de comunicaciones, comunicación de redes, energía o similares no deberá exceder de 2 horas de tiempo acumulado en el mes. 10.6 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en medios de -- 65 of 220 -- - 84 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” comunicación (fibra óptica.) con los cuales se interconecta el segmento de la última milla, no deberá exceder de 6 horas de tiempo acumulado en el mes. 10.7 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en medios de comunicación (fibra óptica, radio enlace, microonda) con los cuales se interconectan los troncales, el backbone de la red del “EL PROVEEDOR”, o los anillos a nivel metropolitano o interurbano, no deberá exceder de 8 horas de tiempo acumulado en el mes. 10.8 Contar con una herramienta de software para monitoreo de operación del enlace, que muestre el estado operativo, Ancho de Banda disponible, cantidades de bits recibidos y transmitidos, recuento estadístico por día y hora, del tráfico en la red. 10.9 “EL PROVEEDOR” deberá permitir el acceso vía web a la institución contratante a dicha herramienta a fin de que este pueda tener un monitoreo y control de los enlaces contratados en un servicio 24/7, durante el tiempo de duración del contrato. 10.10 Se requiere se mantenga las bitácoras del enlace, con el fin de consultar los niveles de disponibilidad de los servicios recibidos durante la vigencia del contrato. -- 66 of 220 -- - 85 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “EL PROVEEDOR” 10.11 Garantizar que los periodos de mantenimiento preventivo de sus sistemas, equipos, etc., serán realizados en días y horas inhábiles debiendo comunicar previamente al “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” con cinco (5) días de antelación a tal labor y detallar el tiempo que durará el mantenimiento, responsables, actividad a desarrollar y contactos. De acuerdo con lo estipulado en el SLA (Anexo 3). 10.12 Los mantenimientos de emergencia que se presenten en días hábiles que no hayan sido aprobados por el SAR serán considerados como falla. 11 Tiempo de prueba del servicio 11.1 El tiempo de prueba del servicio será de 3 días. 12 Atención en fechas Crítica 12.1 “EL PROVEEDOR” pondrá a disposición del SAR personal que atienda los requerimientos en las fechas de cumplimiento de obligaciones tributarias, en base al calendario fiscal del año en curso. ENLACE DE DATOS SECUNDARIO Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” 1 Condiciones 1.1 “EL PROVEEDOR” que gane este lote no puede ser el -- 67 of 220 -- - 86 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” de redundancia mismo que gane el Lote 3, de modo que exista redundancia a nivel de proveedores de enlace de datos. 2 Sitio de Entrega 2.1 Centro de Datos del “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” Edificio Gabriel A. Mejía. – Col. Palmira, Costado oeste de la Embajada Americana, en Tegucigalpa. 2.2 Centro de Datos del “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” Boulevard Morazán, Primera Calle y Primera Avenida, en San Pedro Sula. 2.3 En dos sitios se recibirá la última milla, entregables en equipo con interfaces GigaEthernet para enlaces de datos. 3 Enlace 3.1 El enlace deberá ser instalado en ambos Centro de Datos del "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" ubicado en Edificio Gabriel A. Mejía. - Col. Palmira, Costado oeste de la Embajada Americana, en Tegucigalpa y Boulevard Morazán, Primera Calle y Primera Avenida, en San Pedro Sula. *Observación: “EL PROVEEDOR” no deberá realizar ningún cobro sobre los Enlaces de Datos del Centro de Datos ubicado en el edificio "Gabriel A. Mejía" y edificio ubicado en Boulevard Morazán de San Pedro Sula, debido a que estos son los puntos de concentración de todos los enlaces remotos. 3.2 El ancho de banda de la última milla de los Centro de Datos, debe ser igual a la sumatoria de todos los enlaces de datos restantes. 5.3 Enlaces de Datos con relación de carga y descarga 1:1 (Subida: Descarga). 5.4 Equipo requerido que “EL PROVEEDOR” instale: -- 68 of 220 -- - 87 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” 5.4.1 Convertidor de Medios. 5.4.1.1 Para últimas millas de los Centros de Datos se requiere equipo con interfaz Giga Ethernet. 5.4.1.2 Para últimas millas de Sitios Remotos FastEthernet. 3.5 "EL PROVEEDOR" deberá entregar el servicio de última milla para enlace de datos desde dos nodos diferente en los Centros de Datos. 4 Ancho de banda 4.1 Los anchos de banda de los enlaces de datos serán los siguientes: 4.1.1 Para oficinas Departamentales con un ancho de banda 7 Mbps: • Santa Rosa de Copan: frente al parque central contiguo a HONDUTEL y esquina opuesta a Banco Occidente. • Choluteca: 2 cuadras al oeste de la escuela Dionisio de Herrera. • Juticalpa: ubicado en Olancho, Barrio La Hoya contiguo a laboratorio Molina. • Danlí: ubicado frente Hotel Family, Barrio El Centro • Santa Bárbara: contiguo a Presidio de Santa Bárbara. • Comayagua: contiguo Barrio El Centro frente a HONDUTEL a una cuadra de la Catedral • Tocoa: Barrio Las Flores, edificio de 3 niveles más -- 69 of 220 -- - 88 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” terraza, fachadas de vidrio en el primer y segundo nivel, pintada en color blanco la fachada del tercer nivel, ubicado frente a la calle pavimentada. 4.1.2 Para conexiones con terceros un ancho de banda de 5 Mbps: • Aduanas: Puerto Cortes, Barrio La Laguna, frente a la Laguna de Alvarado, contiguo a la zona libre, salida hacia San Pedro Sula • Registro Nacional de las Personas RNP: Edificio IPM, Blvd. Centroamérica, Tegucigalpa 4.1.3 Para Oficinas Tributarias con un ancho de banda 5 Mbps: • Marcala: La Paz, Barrio Concepción a un costado de COFFEE SER, frente a la Cooperativa RAOS. • Ocotepeque: Sinuapa Ocotepeque, en Barrio El Calvario, zona conocida como El Triángulo, exactamente a la par de Banrural. • Puerto Cortés: Edificio Aida, color azul, amarillo y rojo, ubicado en Puerto Cortés, barrio el Centro, primera calle, segunda avenida, esquina opuesta a Bac, frente edificio Banco de Occidente. • El Progreso: Plaza el Obelisco, locales 6 y 7, Salida a Tela. Frente al monumento La Paloma. • Gracias, Lempira: Barrio Las Mercedes, Calle principal, una cuadra abajo de Comercial “Lo ´ -- 70 of 220 -- - 89 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” Principal” frente a puesto de frutas. 4.1.4 Para Oficinas Regionales con un ancho de banda de: • Edificio Centro Cívico Gubernamental Cuerpo Bajo A: Tegucigalpa, entre Blvd Juan Pablo II y Hotel Marriot, con un Ancho de Banda de 150 Mbps. • Edificio Héctor V. Medina: Tegucigalpa, Barrio El Centro, avenida Jerez, frente a Larach y Cía, con un Ancho de Banda de 20 Mbps. • La Ceiba: Edificio Premier Cubículo #6. Con un Ancho de Banda de 25 Mbps. 4.1.5 Para Oficinas en Puntos Fronterizos con un ancho de banda 3 Mbps: • Aduana El Amatillo: Carretera CA1 entre Agencia Aduanera Arteaga y Restaurante Ling Lang. • Aduana Agua Caliente: Carretera CA10 entre frontera de Honduras y Guatemala. • Aduana Corinto: Carretera CA13 en edificio Banrural entre frontera de Honduras y Guatemala. • Aduana Florido: Carretera CA11 entre frontera de Honduras y Guatemala. 5 Tipo de Medio de Transmisión última milla 5.1 Fibra Óptica, tipo de conector a entregar en la "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" Giga Ethernet, se deberá garantizar el switcheo automático de última milla instalando equipo con soporte de L2 o L3 en cada Centro de -- 71 of 220 -- - 90 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” Datos. 5.2 Fibra Óptica, tipo de conector a entregar en la “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” Fast Ethernet para Sitios Remotos. 5.3 “EL PROVEEDOR” deberá cumplir con lo siguiente: 5.3.1.1 El Tiempo de restablecimiento del servicio en caso de caída simultánea de todos los enlaces interurbanos, no excederá de 2 horas en tiempo acumulado durante el mes. 5.4 “EL PROVEEDOR” deberá detallar en su propuesta una tabla de escalamiento indicando los nombres de los contactos de su organización en caso de existir problemas con el servicio contratado. 5.4.1.1 Ver Ejemplo de Tabla de Escalamiento en Anexo 2. 5.5 Se solicita que "EL PROVEEDOR" realice la instalación de la última milla del Centro Cívico Gubernamental; "EL PROVEEDOR" deberá suministrar la red de fibra óptica interna que ingresará a la canaleta que pertenece a Centro Cívico Gubernamental, hasta llegar al Cuarto de Proveedores en Centro de Datos, finalizando con fusiones en la bandeja de distribución de fibra óptica donde se hará la interconexión con patchcord de fibra conector LC-LC y así conectarse a la fibra óptica existente entre Cuarto de Proveedores y el Cuarto MDF del nivel 2 que pertenece al Edificio Cuerpo Bajo A . “EL PROVEEDOR” deberá realizar el ingreso de las fibras ópticas por las siguientes rutas: 5.5.1 Ruta principal Boulevard Juan Pablo II, -- 72 of 220 -- - 91 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” requisitos para instalación de acometida: • EL PROVEEDOR será responsable de la instalación de un poste que servirá para el tendido de la fibra óptica que colinda en la caja de registro proporcionada por el Centro Cívico Gubernamental. (Ver anexo 4, Diagrama de Interconexión SAR-ISP en CCG). • EL PROVEEDOR deberá instalar un cierre en poste donde bajará la fibra proveniente de la última milla de EL PROVEEDOR hacia la caja de registro denominada "Juan Pablo II". (Ver anexo 4, Diagrama de Interconexión SAR-ISP en CCG). • EL PROVEEDOR deberá instalar la última milla proveniente de su nodo y realizar fusiones en el cierre instalado del poste ubicado en el Boulevard Juan Pablo II, que limita entre el "Hotel Marriot" y edificio Centro Cívico Gubernamental. • EL PROVEEDOR deberá instalar la fibra óptica interna que bajará desde el cierre instalado en poste hacia la caja de registro "Juan Pablo II" que se transportará por ducto proporcionado por Centro Cívico Gubernamental. A continuación, los requerimientos de fibra óptica interna: > Tipo monomodo de 4 hilos de fibra. > Tipo de Cable: "loose tube" con características de polietileno de media densidad. 5.5.2 Ruta secundaria calle diagonal República de Corea, requisitos para instalación de -- 73 of 220 -- - 92 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” acometida: • EL PROVEEDOR deberá instalar un cierre en poste donde bajará la fibra proveniente de la última milla de EL PROVEEDOR hacia la caja de registro denominada "Interconexión Terceros". (Ver anexo 4, Diagrama de Interconexión SAR-ISP en CCG). • EL PROVEEDOR deberá instalar la última milla proveniente de su nodo y realizar fusiones en el cierre instalado del poste ubicado al otro lado de la calle diagonal República de Corea. • EL PROVEEDOR será responsable de construir la obra civil subterránea que cruza la calle entre la caja de registro que se denomina "Interconexión Terceros" hasta la caja de registro denominada "Corea" donde la caja de registro "Corea" será proporcionada por Centro Cívico Gubernamental. ((Ver anexo 4, Diagrama de Interconexión SAR- ISP en CCG). • EL PROVEEDOR deberá instalar la fibra óptica interna que bajará desde el cierre instalado en poste ubicado al otro lado de la calle diagonal República de Corea, que se transportará de forma subterránea desde la caja de registro "Interconexión Terceros" hacia la caja de registro "Corea" ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, la ruta de fibra óptica deberá recorrer el ducto proporcionado por el Centro Cívico Gubernamental hasta llegar al cuarto de Proveedores. A continuación, los requerimientos de la fibra óptica interna: > Tipo monomodo de 4 -- 74 of 220 -- - 93 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” hilos de fibra.> Tipo de cable: "loóse tube" con características de polietileno de media densidad. Aclaración: Sera responsabilidad del proveedor la construcción de caja registro de ruta Blvd. Juan Pablo II y de la calle República de Corea al igual que instalación de postes requeridos para el acceso por la caja de registro interna perteneciente a Centro Cívico Gubernamental hasta el Cuarto de Proveedores para hacer la interconexión hacia el Cuarto MDF del nivel 2 en Cuerpo Bajo A; serán propiedad del Servicio de Administración de Rentas. 6 Disponibilidad de Sistema Alterno de Energía 6.1 “EL PROVEEDOR” deberá contar con sistemas de generación de energía de su propiedad, instalados y configurados de tal manera que el fluido eléctrico sea restaurado en un tiempo máximo de <= 1 minuto, después de la interrupción NO Prevista de la energía comercial en cada nodo desde donde le presta servicio a las Oficinas Regionales, Departamentales, Oficinas Tributarias. “EL PROVEEDOR” deberá presentar información que acredite este punto (Fotografías de las plantas generadoras de energía a nivel nacional). 6.1 En interrupciones de energía eléctrica comercial NO Previstas, “EL PROVEEDOR” deberá contar con fuente de energía regulada en su NOC y en sus nodos desde donde se entregan los servicios urbanos y regionales, capaz de mantener en operación los equipos de comunicaciones en los nodos que dan servicio a las oficinas, por el tiempo que dure la interrupción del servicio eléctrico. 6.2 “EL PROVEEDOR” deberá contar con sistemas de generación de energía de su propiedad, instalados y -- 75 of 220 -- - 94 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” configurados de tal manera que el fluido eléctrico sea restaurado en un tiempo máximo de <= 1 minuto, después de la interrupción NO Prevista de la energía comercial en cada nodo desde donde le presta servicio a las Oficinas Regionales, Departamentales, Oficinas Tributarias. 6.3 “EL PROVEEDOR” deberá contar con sistema propietario de generación de energía, capaz de operar durante un período de 7 días de manera continua, garantizando la operación de sus nodos. 7 Topología de Red 7.1 Medio de Transporte en Fibra Óptica. 7.1.1 “EL PROVEEDOR” garantizará la entrega del servicio construyendo dos redes de última milla desde dos nodos diferentes, a fin de garantizar alta disponibilidad del servicio 24/7 para cada Centro de Datos del SAR y para las siguientes oficinas: 4. Edificio Centro Cívico Gubernamental Cuerpo Bajo 5. Edificio Héctor V. Medina 6. Oficina Regional La Ceiba. Se requiere que los dos enlaces por cada última milla permanezcan configurados en esquema activo/pasivo y que se garantice la habilitación automática en caso de falla. 7.1.2 Las últimas millas de ambos Centros de Datos que estén funcionando como enlace “activo” deberán mantenerse en el esquema “activo/activo” entre ellas, de manera que sea posible el balanceo de tráfico entre los dos Centros de Datos. 7.1.3 "EL PROVEEDOR" deberá garantizar al "SERVICIO DE -- 76 of 220 -- - 95 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)", la conectividad de los enlaces remotos por medio de enlaces de respaldo cuando sus enlaces interurbanos primarios fallen deberá presentar documentación que acredite y respalde su cumplimiento. 7.2 Conexión de última milla en Fibra Óptica. 7.3 “EL PROVEEDOR” deberá entregar al “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” una interfaz de conexión en los Centro de Datos en conector RJ45 o fibra según lo requiera el SAR al momento de la instalación. 7.4 “EL PROVEEDOR” podrá entregar los enlaces en protocolos de capa 2 ó 3. 7.5 “EL PROVEEDOR” deberá presentar el esquema topológico de la red y de los servicios contratados. (Documentación – Diagramas de Red de la Interconexión Propuesta para proporcionar el servicio). 7.6 Se requiere que la tecnología de red a utilizar sea MPLS o Metro Ethernet. 7.7 "EL PROVEEDOR" deberá realizar la fusión de la fibra óptica en el cuarto "Terceros" del Centro de Datos ubicado en el edificio "Gabriel A. Mejía", en Tegucigalpa y el cuarto de “Telecomunicaciones del Centro de Datos ubicado en Boulevard Morazán, Primera Avenida y Primera Calle en San Pedro Sula, o en dónde el "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR)" considere necesario; delimitando en ese punto la separación entre la fibra óptica de exterior e interior. -- 77 of 220 -- - 96 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” 8 Disponibilidad y Monitoreo 8.1 “EL PROVEEDOR” deberá Contar con una disponibilidad mínima de servicio del 99.00%, 24 horas al día, 365 días al año, de los servicios ofertados. 8.2 El incumplimiento del tiempo de disponibilidad definido en el SLA (Anexo 3) para la contratación de este servicio dará como resultado penalidades y estas se cobrarán según lo que se defina en el contrato de servicios firmado por ambas partes. 8.3 El personal de soporte efectivo deberá estar disponible 24/7, por el tiempo de la duración del contrato. 8.4 Tiempo de respuesta del personal de soporte al reporte de una falla, no deberá exceder 20 minutos. (Indicar en la tabla de escalamiento). Se requiere que en el Anexo 2 se detallen distintos niveles de soporte técnico y tiempo de respuesta para escalamiento y solución del problema, a fin de especificar el orden de escalamiento en caso de ser necesario. “EL PROVEEDOR” deberá incluir los contactos (Puestos funcionales), a quien remitirse en caso de fallas del servicio y la ubicación del centro de servicio más cercano a la institución contratante. 8.5 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en equipos de comunicaciones, comunicación de redes, energía o similares no deberá exceder de 2 horas de tiempo acumulado en el mes. -- 78 of 220 -- - 97 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” 8.6 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en medios de comunicación (fibra óptica.) con los cuales se interconecta el segmento de la última milla, no deberá exceder de 6 horas de tiempo acumulado en el mes. 8.7 Tiempo de restablecimiento de servicio, producto de falla en medios de comunicación (fibra óptica, radio enlace, microonda) con los cuales se interconectan los troncales, el backbone de la red de “EL PROVEEDOR”, o los anillos a nivel metropolitano o interurbano, no deberá exceder de 8 horas de tiempo acumulado en el mes. 8.8 Contar con una herramienta de software para monitoreo de operación del enlace, que muestre el estado operativo de cada nodo, Ancho de Banda disponible, recuento estadístico por día y hora, del tráfico en la red. 8.9 “EL PROVEEDOR” deberá permitir el acceso vía web a la institución contratante a dicha herramienta a fin de que este pueda tener un monitoreo y control de los enlaces contratados en un servicio 24/7, durante el tiempo de duración del contrato. 8.10 Se requiere se mantenga las bitácoras del enlace, con el fin de consultar los niveles de disponibilidad de los servicios recibidos durante la vigencia del contrato. 8.11 Garantizar que los periodos de mantenimiento preventivo de sus sistemas, equipos, etc., serán realizados en días y -- 79 of 220 -- - 98 - Descripción Requerimientos mínimos para cumplir por “El PROVEEDOR” horas inhábiles debiendo comunicar previamente a “SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS (SAR)” con cinco (5) días de antelación a tal labor y detallar el tiempo que durará el mantenimiento, responsables, actividad a desarrollar y contactos. De acuerdo con lo estipulado en el SLA (Anexo 2). 8.12 Los mantenimientos preventivos y de emergencia que se presenten en días hábiles que no hayan sido aprobados por el SAR serán considerados como falla. 9 Tiempo de prueba del servicio 9.1 El tiempo de prueba del servicio será de 3 días. 10 Agregación y Disminución de Sitios Remotos 10.1 El SAR podrá agregar o disminuir los sitios en base a la demanda que se tenga para ampliar o reducir los servicios tributarios. 11 Atención de Fechas Críticas 11.1 “EL PROVEEDOR” pondrá a disposición del SAR personal que atienda los requerimientos en las fechas de cumplimiento de obligaciones tributarias. Respecto a lo anterior, los servicios objeto de este contrato deberán ser prestados y/o entregados por el “EL PROVEEDOR” en su totalidad, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en los documentos que han formado parte -- 80 of 220 -- Respecto a lo anterior, los servicios objeto de este contrato deberán ser prestados y/o entregados por el “EL PROVEEDOR” en su totalidad, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en los documentos que han formado parte del proceso, así como los detallados en el cuadro anterior. CLÁUSULA SEPTIMA. - TIEMPO DE ENTREGA: “EL PROVEEDOR” tendrá un tiempo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La GACETA de la autorización del presente contrato por parte del Congreso Nacional de la República, para realizar la instalación de los puntos de red y demás conexiones que sean necesarias a nivel nacional. CLÁUSULA OCTAVA. - VALOR DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” pagará en total la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L1,414,500.00), valor que incluye la retención del 15% de Impuesto Sobre Ventas, por un equivalente a CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L184,500.00), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L1,230,000.00). CLÁUSULA NOVENA. - FORMA DE PAGO: - “LA CONTRATANTE” hará efectivo el pago de la siguiente manera: por el servicio de ENLACE DE INTERNET SECUNDARIO pagará doce (12) mensualidades cada una por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTICINCO LEMPIRAS EXACTOS (L43,125.00), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO LEMPIRAS EXACTOS (L5,625.00), por consiguiente el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L37,500.00); por el servicio de ENLACE DE DATOS SECUNDARIO pagará doce (12) mensualidades cada una por la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (L74,750.00), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (L9,750.00), por consiguiente, el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de SESENTA Y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L65,000.00); valores que al ser sumados representan la cantidad mensual de CIENTO DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO LEMPIRAS EXACTOS (L117,875.00), valor que incluye la retención del Impuesto Sobre Ventas, equivalente a QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO LEMPIRAS EXACTOS (L15,375.00), por consiguiente el valor que se le depositará a la cuenta de “EL PROVEEDOR” será de CIENTO DOS MIL QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L102,500.00). Los pagos se harán de forma mensual entre el 25 y el 30 del mes correspondiente, sin embargo, dichos pagos procederán una vez que “LA CONTRATANTE” haya recibido los servicios a entera satisfacción, asimismo “EL PROVEEDOR” deberá presentar a la Dirección Nacional Administrativa Financiera de “LA -- 81 of 220 -- CONTRATANTE” la factura de los servicios brindados, recibo extendido por él, a nombre de la Tesorería General de la República por el valor mensual incluyendo el Impuesto Sobre Ventas, constancia de solvencia fiscal vigente, y que la Dirección Nacional de Tecnología del SAR remita a la Dirección Nacional Administrativa Financiera del SAR el Acta de Recepción del servicio mediante la cual valide y confirme que los servicios han sido recibidos a entera satisfacción. CLÁUSULA DECIMA.- MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ENLACE DE DATOS E INTERNET: “EL PROVEEDOR” se compromete a prestar un servicio de calidad óptima, brindando pronta asistencia al momento que los servicios de Enlace de Datos e Internet presenten fallas, por lo que el “EL PROVEEDOR” deberá realizar las correcciones de forma oportuna en el momento que “LA CONTRATANTE” lo notifique, los períodos de mantenimiento preventivo de sus sistemas, equipos entre otros, serán realizados en días y horas inhábiles debiendo comunicar previamente a “LA CONTRATANTE” con dos (2) días de antelación a tal labor y detallar el tiempo que durará el mantenimiento o reparación del servicio de Enlace de Datos e Internet. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. – MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” puede ordenar cambios dentro del alcance general del contrato, consistentes en adiciones, cancelaciones u otras modificaciones, en base a lo establecido por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Cualquier aumento o disminución en la cuantía de las prestaciones previstas originalmente en el contrato, siempre que no excedan del diez por ciento (10%) de su valor, se harán mediante órdenes de cambio emitidas por “LA CONTRATANTE”, previa la reserva presupuestaria correspondiente en el caso de incremento del valor original. Si la modificación total excediere del porcentaje indicado, o variare el plazo contractual, las partes suscribirán una modificación al contrato mediante un adendum, que se someterá a las mismas formalidades de este contrato. Toda modificación deberá ser fundamentada y procederá cuando concurran circunstancias imprevistas al momento de la contratación o necesidades nuevas, de manera que esa sea la única forma de satisfacer el interés público perseguido. El valor de las modificaciones acumuladas no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) del valor inicial del contrato o referirse a objeto o materia diferente al originalmente previsto. Modificación de Plazo: Si “EL PROVEEDOR” tiene atraso en cualquier momento durante la ejecución del contrato por cualquier acto o negligencia atribuible a “LA CONTRATANTE”, éste podrá aprobar modificaciones para reajustar el plazo de ejecución en los siguientes casos: a) cuando las modificaciones representen variaciones del presupuesto del contrato, b) cuando existan causas suficientemente justificadas y certificadas, c) las demás permitidas por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. “EL PROVEEDOR” deberá solicitar por escrito la modificación del plazo de entrega de las prestaciones objeto del contrato, dirigida a “LA CONTRATANTE” dentro de un plazo no menor de diez (10) días calendario antes del vencimiento del plazo contractual. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - GARANTÍAS: “EL PROVEEDOR” constituirá una Garantía de Cumplimiento -- 82 of 220 -- de Contrato conforme a lo establecido en los artículos 100 y 101 de la Ley de Contratación del Estado, equivalente al quince por ciento (15%) del monto estipulado en este contrato y deberá estar vigente mínimo tres (3) meses después de la vigencia de los servicios objeto del presente contrato. Dicha garantía se entregará a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la aprobación del presente contrato por parte del Congreso Nacional, dicha garantía será ejecutada en los casos de incumplimiento de los plazos y de los servicios consignados en los Pliegos de Condiciones y en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - CLÁUSULA PENAL: De conformidad con el artículo 3-B de la Ley de Contratación del Estado, en caso de demora no justificada en la entrega del servicio objeto de este contrato, “EL PROVEEDOR” será sancionado con multa por cada día de retraso equivalente al punto treinta y seis por ciento (0.36%) conforme al artículo 76 de las Disposiciones Generales para la Ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y de las Instituciones Descentralizadas del año 2021, teniendo “LA CONTRATANTE” el derecho de deducirlo del precio pactado. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: “LA CONTRATANTE” podrá resolver el Contrato mediante una comunicación por escrito dirigida a “EL PROVEEDOR” fundamentada en el artículo 127 de la Ley de Contratación del Estado, no obstante lo anterior cuando dicha resolución se deba a causa de “EL PROVEEDOR” se deberá aplicar lo establecido en el artículo 128 de la misma Ley, además podrá resolverse, por cualquiera de las causas siguientes: a) Por mutuo consentimiento entre las partes; b) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; c) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato a cargo de “EL PROVEEDOR” dentro del plazo correspondiente; d) El incumplimiento a la Cláusula de Integridad, e) Cuando haya recortes presupuestarios por razones de la situación económica y financiera del país; y, f) Las demás causas que señale la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento que sean aplicables. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - CONTROVERSIAS: Cualquier controversia entre las partes a causa de la aplicación, interpretación, cumplimiento o terminación del contrato, serán resueltas en forma amistosa y conciliatoria entre las partes contratantes, y si ello no fuere posible se someterán a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de Francisco Morazán de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Contratación del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.-INTEGRIDAD: Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad, y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las Leyes de la República, así como los valores de: -- 83 of 220 -- INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. 3. Que durante la Ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado autorizado o no Realizará: a) Prácticas corruptivas: entendiendo éstas como aquellas en las que se ofrece dar, recibir o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte, b) Prácticas Colusorias: entendiendo éstas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o consultor contrate, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquéllos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante; i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, -- 84 of 220 --