VigenteCategoria: Tributario
2 de septiembre de 2022 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 36,018

Diario Oficial La Gaceta No.36,018 publicado el dí­a Viernes 02 de Septiembre del año 2022

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Resumen

Este acuerdo permite importar 60,000 toneladas métricas de arroz sin cascarilla con arancel 0% hasta diciembre 2022 para garantizar abastecimiento nacional y mantener precios accesibles. Beneficia a 16 empresas arroceras que compraron arroz nacional en 2021, distribuyendo cuotas según sus compras anteriores para evitar escasez y proteger el mercado interno.

Considerandos

  1. 1.Que en Consejo de Ministros se aprobó el Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 17 de abril de 2012, que contempla el procedimiento para la apertura de los contingentes de desabasto de arroz granza (SAC. 1006.10.90.00) para cada año.
  2. 2.Que la apertura de los contingentes por Desabasto de Arroz Granza se ha hecho al amparo del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, a fin de contribuir con el abastecimiento adecuado al mercado interno, tomando en consideración la protección a la producción nacional el sostenimiento de precios, tanto al productor como al Consumidor final del arroz promoviendo la armonía, balance y equidad en la cadena de comercialización.
  3. 3.Que en fecha 05 de abril de 2022, la Agroindustria Arrocera Nacional (ANAMH), presentó solicitud para la apertura de un Contingente de Desabasto de Arroz Granza para el año 2022, para garantizar el abastecimiento del arroz marcado nacional, asimismo mantener el precio al consumidor final; por consiguiente la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), procedieron hacer el análisis técnico de las condiciones de oferta y la demanda nacional estimada de arroz granza para el año 2022.
  4. 4.Que en fecha 15 de agosto de 2022, se reunió la Comisión de Seguimiento de Desabasto de Arroz Granza, establecida en el Artículo 2, del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, misma que conoció el informe análisis técnico de oferta y demanda de arroz granza en el mercado nacional, realizando por la SAG y SDE, tal como consta en la Acta No. 001-2022. -- 1 of 28 -- EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: La SAG y SDE después de haber conocido las recomendaciones de la Comisión de Seguimiento supra mencionada y sugerencias técnicas, aprueban la apertura de un contingente por desabasto de Sesenta Mil Toneladas Métricas (60,000 TM) de arroz granza para el año 2022, con base a los históricos de oferta y demanda nacional, sin perjuicio de la producción nacional a fin de mantener el adecuado abastecimiento en el país y evitar el alza al precio del arroz al consumidor final.
  5. 5.Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería, mediante OFICIO-SAG-1045-2022 de fecha 19 de agosto de 2022, remite a esta Secretaría de Estado el Acuerdo No. SAG-219-2022 de fecha 17 de agosto de 2022, mediante el cual solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico establecer el contingente de desabasto por Sesenta Mil Toneladas Métricas (60,000 TM) de arroz granza, clasificado en el inciso arancelario 1006.10.90.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario a la Importación (DAI) del cero por ciento (0%), con una vigencia comprendida del 17 de agosto al 31 de diciembre de 2022. CONSIDERANDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, la asignación del contingente de desabasto de arroz granza se hará en base a los porcentajes de compra nacional de la cosecha nacional anterior (2021).
  6. 6.Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería indica en el Ordinal Tercero del Acuerdo No. SAG- 219-2022, que las empresas ARROZ Y DERIVADOS, S.A., UNION GUAYMAS, BENEFICIO GUAYAPE, ARROCERA ELENITA GUZMAN, HONDURICE, BEPROAGRO Y ARROPAC, no se incluye en la distribución del contingente de desabasto de arroz granza para el año 2022, en vista que no realizaron compras de arroz granza nacional durante la cosecha 2021, según informe emitido por AGROBOLSA; por consiguiente, no cumplieron con lo establecido en el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012.
  7. 7.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Administra los Contingentes de tal manera que se permita la utilización total de los contingentes de importación para asegurar el abastecimiento adecuado de bienes de primera necesidad.
  8. 8.Que en la República de Honduras con fecha veintiocho de noviembre del dos mil veintiuno, se practicaron Elecciones Generales para elegir al Presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y Miembros de las Corporaciones Municipales.
  9. 9.Que de conformidad al resultado de las elecciones generales practicadas, fue electo el ciudadano ROLANDO CONTRERAS MENDOZA, como Alcalde de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, Departamento de Cortés.
  10. 10.Que el Partido Libertad y Refundación (LIBRE) a través del señor José Manuel Zelaya Rosales, en su condición de Coordinador General del Partido Libertad y Refundación, presentó solicitud ante esta Secretaría de Estado la cual consta en el expediente número V-09022022-50 de fecha nueve de febrero del dos mil veintidós, para nombrar a los Ciudadanos ROBERTO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973- 00329 como Alcalde; OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971- 01136 como Vice Alcalde, de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en sustitución de los ciudadanos ROLANDO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973- 00326, OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971-01136 quienes renunciaron a sus cargos como Alcalde y Vice Alcalde de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, departamento de Cortés, tal y como consta en las Certificaciones de los puntos de Acta No. 5 y 6 contenidos en el Acta No. 4 de fecha tres de febrero del dos mil veintidós.-
  11. 11.Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
  12. 12.Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numeral 8 establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
  13. 13.Que la Ley General de laAdministración Pública en su artículo 118, numeral 1) establece que se emitirán por Acuerdo: Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.
  14. 14.Que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos, concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración que forman parte el superior y el inferior.
  15. 15.Que mediante Acuerdo actual número 500-A-2022 de fecha primero (1) de julio del año 2022, se nombró al ciudadano SERGIO PATRICIO VELEZ BARAHONA con Documento Nacional de Identificación 0801-1983-13724, en el cargo de Especialista de Informático III, en esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
  16. 16.Que, con el objeto de fortalecer, temporalmente las funciones de apoyo en comunicación institucional en esta área de relaciones públicas y estrategias en la Unidad de Estrategia y Comunicación Institucional de esta Secretaría de Estado, es necesario delegar las funciones en un servidor público, para aquellas acciones correspondientes con las responsabilidadcs del cargo.
  17. 17.Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.
  18. 18.Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numeral 8 establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
  19. 19.Que la Ley General de laAdministración Pública en su artículo 118, numeral 1) establece que se emitirán por Acuerdo: Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida. por la fórmula. “ACUERDA”.
  20. 20.Que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración que forman parte el superior y el inferior.
  21. 21.Que mediante Acuerdo actual número 10-B-2019 de fecha primero (1) de enero del 2019, se nombró al ciudadano KEVIN JOSUÉ IZAQUIRRE RODAS, en el cargo de Oficial de Personal II, en esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
  22. 22.Que, con el objeto de no paralizar las funciones en la Subgerencia de Recursos Humanos de esta Secretaría de Estado, es necesario delegar las funciones en un servidor público, para aquellas acciones correspondientes con las responsabilidades del área de Recursos Humanos.
  23. 23.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente.
  24. 24.Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas. CONSIDERANDO: Qué el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior.
  25. 25.Que, en caso de ausencia del Secretario General, es necesario delegar las funciones en un inferior, con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos en la Secretaría General.

Articulos

Articulo 4

del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, la asignación del contingente de desabasto de arroz granza se hará en base a los porcentajes de compra nacional de la cosecha nacional anterior (2021). CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería indica en el Ordinal Tercero del Acuerdo No. SAG- 219-2022, que las empresas ARROZ Y DERIVADOS, S.A., UNION GUAYMAS, BENEFICIO GUAYAPE, ARROCERA ELENITA GUZMAN, HONDURICE, BEPROAGRO Y ARROPAC, no se incluye en la distribución del contingente de desabasto de arroz granza para el año 2022, en vista que no realizaron compras de arroz granza nacional durante la cosecha 2021, según informe emitido por AGROBOLSA; por consiguiente, no cumplieron con lo establecido en el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Administra los Contingentes de tal manera que se permita la utilización total de los contingentes de importación para asegurar el abastecimiento adecuado de bienes de primera necesidad. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 80 de la Constitución de la República; 36 Numeral 8); 116 y 118 de la Ley de Administración Pública, 54 del Decreto Ejecutivo No. 08- 97, literal a) contentivo del Reglamento de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo, Decreto PCM-007-2012, Acuerdo No. SAG-219-2022 de fecha 17 de agosto de 2022. -- 2 of 28 -- ACUERDA: PRIMERO: Aperturar un contingente arancelario de desabasto de arroz granza por un volumen de Sesenta Mil Toneladas Métricas (60,000 TM), clasificado en el inciso arancelario SAC. 1006.10.90.00, del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un DAI del cero ciento (0%), con una vigencia a partir de la fecha de suscripción del presente Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2022, en aplicación del Acuerdo No. SAG-219-2022, de fecha 17 de agosto de 2022, de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, el contingente de desabasto de arroz granza se distribuirá de la siguiente forma: ACUERDA: PRIMERO: Aperturar un contingente arancelario de desabasto de arroz granza por un volumen de Sesenta Mil Toneladas Métricas (60,000 TM), clasificado en el inciso arancelario SAC. 1006.10.90.00, del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un DAI del cero ciento (0%), con una vigencia a partir de la fecha de suscripción del presente Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2022, en aplicación del Acuerdo No. SAG-219-2022, de fecha 17 de agosto de 2022, de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, el contingente de desabasto de arroz granza se distribuirá de la siguiente forma: COMPRAS NETAS ARROZ GRANZA NACIONAL COSECHA 2021 No. RTN IMPORTADOR Volumen TM Volumen KG 1 05019020234799 GRANEROS SAN MIGUEL, S.A. 706.80 706,800.00 2 18041966029075 FRIDA EMILIA HANDAL BENDECK / BENEFICIO SAN JORGE 126.65 126,650.00 3 04011956001559 ALEXIS TABORA TABORA / BIPROCE 342.36 342,360.00 4 08901979026740 MIGUEL ABRAHAM HILSACA / BENEFICIO DE ARROZ LA UNION 4,536.54 4,536,540.00 5 01019998018880 GRANOR, S. DE R.L. DE C.V. 2,682.97 2,682,970.00 6 04019995444017 BENEFICIO MAYA, S.A. DE C.V. 349.70 349,700.00 7 05119995190534 EMPRESA DIECK Y DIECK, S. DE R.L. DE C.V. 10,957.81 10,957,810.00 8 18049995003408 BENEFICIO DE ARROZ PROGRESO, S.A. (BAPROSA). 9,759.10 9,759,100.00 9 05019995187568 BENEFICIO DE ARROZ BLANCA NIEVES. 852.27 852,270.00 10 08019007068267 BENEFICIO DE ARROZ MATURAVE, S.A. 4,701.13 4,701,130.00 11 15019011434790 GRANEROS CALANTERIQUE / JOSE DAVID SIERRA 2,175.48 2,175,480.00 12 05019995107041 INDUSTRIAS MOLINERAS, S.A. DE C.V. 12,776.30 12,776,300.00 13 05019012536059 INVERSIONES Y DESARROLLO DE CENTROAMERICA, S.A. (INDECASA). 47.66 47,660.00 14 08019004474180 AGROINDUSTRIAL ELIM, S. DE R.L. 1,543.86 1,543,860.00 15 05019016884386 ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. (ALBECASA) 5,159.52 5,159,520.00 16 05019020197220 AGRO ALIMENTOS VICTORIA, S.A DE C.V. (AGRAVIC, S.A. DE C.V.) 3,281.85 3,281,850.00 TOTAL 60,000.00 60,000,000.00 SEGUNDO: : Para la emisión de los certificados del contingente de importación, las empresas nominadas en el Ordinal Primero del presente Acuerdo, deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, de conformidad a los requisitos y procedimientos de Ley: a) Identificación del solicitante conforme a su Registro Tributario Nacional (R.T.N.) y fotocopia del mismo, incluyendo una breve descripción de la actividad económica; b) Fotocopia de la tarjeta de identidad y registro de comerciante individual en el caso de persona natural; -- 3 of 28 -- SEGUNDO: Para la emisión de los certificados del contingente de importación, las empresas nominadas en el Ordinal Primero del presente Acuerdo, deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, de conformidad a los requisitos y procedimientos de Ley: a) Identificación del solicitante conforme a su Registro Tributario Nacional (R.T.N.) y fotocopia del mismo, incluyendo una breve descripción de la actividad económica; b) Fotocopia de la tarjeta de identidad y registro de comerciante individual en el caso de persona natural; c) Fotocopia de la Escritura de constitución, en el caso de persona jurídica; d) Carta de poder debidamente autenticada; e) Dirección física, Teléfono y correo electrónico del apoderado legal y de la empresa a fin de efectuar las notificaciones pertinentes; f) Constancia de solvencia de las obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-052-2013; g) Recibo oficial de la Tesorería General de República TGR-1 por L. 200.00 en el código 12121, a nombre de la Secretaría de Desarrollo Económico, para cada solicitud, por concepto de pago de la emisión de los actos administrativos; h) Todas las copias deben de estar debidamente autenticadas; i) toda solicitud debe presentar una copia en formato digital (CD o USB). TERCERO: Una vez emitidos los certificados de importación, no podrán ser endosados, ni cedidos, ni transferidos a terceros. CUARTO: Para efectos de control y supervisión, la Administración Aduanera de Honduras (AAH) presentará un reporte quincenal a los Secretarios de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería y Desarrollo Económico respectivamente, sobre las importaciones de arroz granza inciso (SAC 1006.10.90.00), realizadas bajo el contingente de desabasto establecido. QUINTO: Remitir el presente Acuerdo a la Administración Aduanera de Honduras (AAH) y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería para que procedan de conformidad a sus competencias. SEXTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” y/o en la página web de esta Secretaría de Estado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a los veinticinco (25) días del mes de agosto de dos mil veintidós (2022). NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MELVIN ENRIQUE REDONDO Subsecretario de Integración Económica y Comercio Exterior Acuerdo de Delegación No. 022-2022 JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General -- 4 of 28 -- Tegucigalpa, M.D.C., 09 de febrero del 2022 CONSIDERANDO: Que en la República de Honduras con fecha veintiocho de noviembre del dos mil veintiuno, se practicaron Elecciones Generales para elegir al Presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y Miembros de las Corporaciones Municipales. CONSIDERANDO: Que de conformidad al resultado de las elecciones generales practicadas, fue electo el ciudadano ROLANDO CONTRERAS MENDOZA, como Alcalde de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, Departamento de Cortés. CONSIDERANDO: Que el Partido Libertad y Refundación (LIBRE) a través del señor José Manuel Zelaya Rosales, en su condición de Coordinador General del Partido Libertad y Refundación, presentó solicitud ante esta Secretaría de Estado la cual consta en el expediente número V-09022022-50 de fecha nueve de febrero del dos mil veintidós, para nombrar a los Ciudadanos ROBERTO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973- 00329 como Alcalde; OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971- 01136 como Vice Alcalde, de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en sustitución de los ciudadanos ROLANDO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973- 00326, OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971-01136 quienes renunciaron a sus cargos como Alcalde y Vice Alcalde de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, departamento de Cortés, tal y como consta en las Certificaciones de los puntos de Acta No. 5 y 6 contenidos en el Acta No. 4 de fecha tres de febrero del dos mil veintidós.- POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 46-2022 en uso de las facultades de que está investido y en aplicación del Artículo primero literal b) del Decreto Ejecutivo 002- 2002 de fecha 28 de enero de 2002. Por el cual, el señor Presidente de la República, le delega competencia al señor Secretario de Estado del Ramo, para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo y 16 de la Ley General de la Administración Pública, 33 párrafo segundo y 34 del Reglamento de la Ley de Municípalídades, Acuerdo No. 01-2022 de fecha veintisiete de enero del dos mil veintidós; Acuerdo de Delegación No. 28-2022, de fecha veintiséis de enero del dos mil veíntidós. ACUERDA PRIMERO: Nombrar a los Ciudadanos ROBERTO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973-00329 como Alcalde; OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971-01136 como Vicealcalde, de la Corporación Municipal de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en sustitución de los ciudadanos ROLANDO CONTRERAS MENDOZA, con documento nacional de identificación número 0505-1973- 00326, OMAR MENJIVAR ROSALES con documento nacional de identificación número 1503-1971-01136 quienes renunciaron a sus cargos como Alcalde y ViceAlcalde de la Corporación Municipal de San Sula, departamento de Cortés, tal y como consta en las Certificaciones de los puntos de Acta No 5 y 6 contenidos en el Acta No. 4 de fecha tres de febrero del dos mil veintidós.- SEGUNDO: Instruir al señor Gobernador del Departamento de Cortés para que proceda a la juramentación correspondiente. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta misma fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNÍQUESE. TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN GERMAN JAVIER PADILLA VALLADARES SECRETARIO GENERAL, POR DELEGACIÓN -- 5 of 28 -- Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 599-2022 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numeral 8 establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO: Que la Ley General de laAdministración Pública en su artículo 118, numeral 1) establece que se emitirán por Acuerdo: Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”. CONSIDERANDO: Que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos, concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración que forman parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo actual número 500-A-2022 de fecha primero (1) de julio del año 2022, se nombró al ciudadano SERGIO PATRICIO VELEZ BARAHONA con Documento Nacional de Identificación 0801-1983-13724, en el cargo de Especialista de Informático III, en esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CONSIDERANDO: Que, con el objeto de fortalecer, temporalmente las funciones de apoyo en comunicación institucional en esta área de relaciones públicas y estrategias en la Unidad de Estrategia y Comunicación Institucional de esta Secretaría de Estado, es necesario delegar las funciones en un servidor público, para aquellas acciones correspondientes con las responsabilidadcs del cargo. POR TANTO: En aplicación de los artículos 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 7, 28, 29, numeral 2), 33, 36 numeral 8), 116, 118, 119, 122 y 123 de la Ley Gcneral de Administración Pública; 1, 3, 4, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 2 de la Ley Simplificación Administrativa. ACUERDA: PRIMERO: Delegar al ciudadano SERGIO PATRICIO VELEZ BARAHONA, Especialista Informático III, como Encargado de la Unidad de Estrategia y Comunicación Institucional, a partir del primero (1) de agosto al 31 de octubre del año dos mil veintidós (2022), para realizar las funciones de planificación, organización y dirección inherentes a las actividades de la Unidad de esta Secretaría de Estado. SEGUNDO: El ciudadano, es responsable del ejercicio de las facultades que le hayan sido encomendadas, en observancia de las buenas prácticas de trasparencia y ética en la realización de las funciones asignadas. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo, a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial LA GACETA. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a un día (1) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ Secretario General -- 6 of 28 -- Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 664-2022 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Y EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL ACUERDO EJECUTIVO No. 1-2022 CONSIDERANDO: Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numeral 8 establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO: Que la Ley General de laAdministración Pública en su artículo 118, numeral 1) establece que se emitirán por Acuerdo: Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida. por la fórmula. “ACUERDA”. CONSIDERANDO: Que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración que forman parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo actual número 10-B-2019 de fecha primero (1) de enero del 2019, se nombró al ciudadano KEVIN JOSUÉ IZAQUIRRE RODAS, en el cargo de Oficial de Personal II, en esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CONSIDERANDO: Que, con el objeto de no paralizar las funciones en la Subgerencia de Recursos Humanos de esta Secretaría de Estado, es necesario delegar las funciones en un servidor público, para aquellas acciones correspondientes con las responsabilidades del área de Recursos Humanos. POR TANTO: En aplicación de los artículos 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 7, 28, 29, numeral 2), 33, 36 numeral 8), 116, 118, 119, 122 y 123 de la Ley General de Administración Pública; 1, 3, 4, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 2 de la Ley Simplificación Administrativa. ACUERDA: PRIMERO: Delegar al ciudadano KEVIN JOSUE IZAQUIRRE RODAS, Oficial de Personal II, como Encargado de la Subgerencia de Recursos Humanos, a partir del veinticinco (25) de agosto al ventiséis de septiembre del año dos mil veintidós (2022), para realizar las siguientes: 1. Aprobar acciones en el sistema de información de la plataforma de la Dirección General de Servicio Civil, como ser: Las actividades de creación de puestos relacionados con la administración de personal, ascensos, cesantías, dictámenes, cálculos de prestaciones, nuevas contrataciones y recontrataciones y otras actividades similares a la antes relacionadas. 2. Aprobación en el sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH) de estructuras organizacionales, como ser: estructura de personal y estructura administrativa y de personal, fichas de datos obligatorios y complementarios, planillas, generar deducciones de las contribuciones de INJUPEMP y otras actividades similares con el sistema. SEGUNDO: El ciudadano KEVIN JOSUE IZAQUIRRE RODAS, es responsable del ejercicio de las facultades que le hayan sido encomendadas, en observancia de las buenas prácticas de trasparencia y ética en la realización de las funciones asignadas. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo, a partir del veinticuatro (24) de agosto del dos mil veintidós (2022) y deberá publicarse en el Diario Oficial LA GACETA. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 7 of 28 -- Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 669-2022 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas. CONSIDERANDO: Qué el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que, en caso de ausencia del Secretario General, es necesario delegar las funciones en un inferior, con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos en la Secretaría General. POR TANTO: En aplicación de los artículos 246, 247 y 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 7, 36 numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en la ciudadana DIGLINA NOHEMI RAMÍREZ PADILLA, quien se desempeña como Oficial Jurídico, como Encargada de la Secretaría General, así como la firma de Oficios y Memorandos, durante el período comprendido del veintinueve (29) al treinta y uno (31) de agosto del año dos mil veintidós (2022. SEGUNDO: La ciudadana Ramírez Padilla, será responsable por el ejercicio de la facultad de funciones que le ha sido delegada. TERCERO: Hacer la transcripción correspondiente y comunicar formalmente a la ciudadana Diglina Nohemi Ramírez Padilla, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 8 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Sección “B” Poder Judicial Aviso de Cancelacion de TítuloValor Exp. 0501-2022-01677-LCV La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Cortés; al público en general y para efectos de la Ley. HACE SABER: Que el día veinticinco (25) de Abril del año dos mil veintidós (2022), se presentó SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TITULO VALOR; registrada bajo número 0501-2022-01677-LCV, presentada por el Abogado CESAR AUGUSTO AGUILAR CASTAÑEDA, en su condición de Apoderado Legal de la señora SHEILA PATRICIA AGUILAR, solicitud de reposición de título valor consistente en un Certificado de Depósito a Plazo número 12542, emitido por el Banco Lafise en fecha siete (07) de Abril del año dos mil dieciséis (2016). San Pedro Sula, Cortés, 29 de Agosto del Año 2022 ABG. MARCELA NICOLLE PAVON GARCIA SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 _________ Poder Judicial AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, al público en general y para efectos de la Ley establecidos en el artículo 634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio HACE SABER: Que en este Juzgado en fecha veintiséis de julio del año dos mil veintidós (2022), el abogado GIOVANNI ALEXANDER PEÑA URBINA, en su condición de apoderado judicial de la señora NANCY DEL CARMEN RIVERA MARADIAGA, también conocida como NANCY RIVERA VDA. DE FERNANDEZ, presentó Solicitud de Cancelación y Reposición de un Título Valor consistente en un título de valor nominal número 194-195 (acciones de empresa), CORPORACION INDUSTRIAL DEL NORTE, S.A, favor de la señora NANCY DEL CARMEN RIVERA MARADIAGA, también conocida como NANCY RIVERA VDA. DE FERNANDEZ, el cual se encuentra inscrito en el libro de accionista bajo el folio No. 56, que al efecto lleva el consejo de administración de la referida sociedad, equivalente a CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS LEMPIRAS (L.50,400.00), debiendo dicha Sociedad Mercantil proceder a Cancelar y Reponer el Título Valor antes mencionado.- Juzgado de Letras Civil, San Pedro Sula, Cortés, 29 de agosto del 2022 ABG. WENDY CAROLINA UMAÑA RODRIGUEZ SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. a los interesados y para los efectos legales correspondientes: HACE SABER: Que en fecha dieciséis de agosto del año dos mil veintidós, el señor Jose Antonio Zuniga Reyes, en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; dicha demanda se encuentra registrada bajo el número No. 97-2022, con correlativo No. 0501-2022-00096-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número STSS-413-2022 de fecha 29 de julio del año dos mil veintidós, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada por la cancelación injusta e ilegal de que fue objeto y como medida para su pleno restablecimiento de su derecho violado, que se condene al demandado al pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, pago de décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones adeudadas y salario adeudado, pago de salarios dejados de y se Condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 24 de agosto del año 2022 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 2 S. 2022 -- 9 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de mayo de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora MARITZA O HARA CARCAMO, quien confirió poder a la Abogada DELMY ANARDA BANEGAS PADILLA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2022-00336, J.5, interponiendo demanda especial en materia de personal consistente en Acuerdo número SEDH-007- 2022 de fecha diecinueve (19) de abril de dos mil veintidós (2022) emitido por la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS.- Se solicita la nulidad de un acto administrativo tácito y que es sujeto a derecho administrativo, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno y total restablecimiento, se adopten cuantas medidas como lo sean necesarias, consistente en: 1) El pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales; y, 2) A título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido ilegal hasta que quede firme la sentencia.- Se hace relación de medios de prueba con los hechos alegados, que se dicte sentencia definitiva condenatoria, se acompaña documentos y cita lugar donde obran documentos y se señala lugar donde obran originales. ABOG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 2 S. 2022 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C .A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de abril de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado los Abogados SAMUEL FERNANDO JOSE LANZA FERRERA, ALBERTO MARTIN LOZANO FERRERA, PARIS EDUARDO DUBON ACOSTA y HERIBERTO GUSTAVO NAVARRETE BOQUIN, actuando en su condición de Apoderados Legal de los señores MARCO TULIO FLORES ESCOBAR y RCARDO ANTONIO DIAZ ACEITUNO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal, con orden de ingreso número 0801-2022-00212, contra el Estado de Honduras a través del CONGRESO NACIONAL DE HONDURAS, para que se declare no conforme a derecho y se anulen los actos administrativos de carácter particular consistente en los Acuerdos número CAN-049-2022-GRH y CAN-057-2022-GRH e fecha quince (15) y veintidós (22) de febrero del año dos mil veintidós (2022), emitido por la Gerencia de Recursos Humanos del Congreso Nacional de la República de Honduras, por haber sido dictados infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de un situación jurídica individualizada.- Se ordene el pago de las prestaciones laborales y salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en ausencia de los afectados a partir de la fecha de la cancelación de los afectados a partir de la fecha de la cancelación de los Acuerdos de Nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda.- Se reconozca la antigüedad laboral desde la fecha de inicio de labores de los afectados.- Costas del juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles para el emplazamiento del demandad.- Se acompañan documentos.-Petición.- Poderes. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 -- 10 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora ENMA ALCIRA ESCOTO LICONA, interponiendo demanda en materia de personal a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801-2022-00368 J-5, contra LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo en materia de personal por haberse emitido con infracción de la Ley de Servicio Diplomático y Consular de Honduras y haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento para su validez, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesaria como ser: El reintegro a su cargo u otro de igual o mejor categoría y salario y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de emisión del acto nulo impugnado hasta que se ejecute la sentencia, con todos los aumentos que se produzcan durante la secuela del juicio los que deben ser calculados en divisas libre de convertibilidad vía transferencia bancaria al tipo de cambio de dos lempiras por dólar estadunidense, a través del Banco Central de Honduras, tal como lo manda la ley más el pago de los derechos adquiridos como ser vacaciones, décimo tercer mes, en concepto de aguinaldo y catorceavo mes en forma completa o proporcional según sea el caso los cuales deberán ser calculados de acuerdo a los últimos sueldos devengados y el pago de gastos de traslado y pasajes correspondientes, asimismo se decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere designado su sustituto con especial condena en costas, se impugna el acuerdo de cancelación número 055-SRH-2022 de fecha 4 de abril de 2022 notificado el 20 de abril de 2022. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 2 S. 2022 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la sección judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado KEVIN NOE CRUZ BETANCOURTH, actuando en su condición de Apoderado Legal de la señora MARIA ALBERTINA ESPINO, mayor de edad, ama de casa, hondureña, con Tarjeta de Identidad número 0605-1979-02922, con domicilio en la Aldea San Juan Arriba, municipio de El Corpus, departamento de Choluteca, y de tránsito por esta ciudad, quien presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un terreno de NATURALEZA JURÍDICA de un predio ubicado en la Aldea San Juan Arriba, municipio de El Corpus, departamento de Choluteca, Mapa Final JC-12, extensión del predio 00 Has, 41 as, 65.84 Cas, Naturaleza Jurídica SITIO: Privado.- Sitio de La Fortuna, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con JULIO CESAR GALINDO, EDUARDA MUÑOZ; AL SUR, colinda con LORENZA GALINDO, GLORIA GALINDO; AL ESTE, colinda con GUILLERMINO MARTINEZ, PABLO HERNÁNDEZ; y AL OESTE, colinda con HEREDERO MAYORGA, JOSE BENITO MARTINEZ, JULIO CESAR GALINDO, OBSERVACIONES: Este Lote está dentro del área protegida "EL GUANACAURE" en categoría "Área de Uso Múltiple", con Decreto No. 5-99-E y de la microcuenca cerro de Guanacaure lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de veinte años y no hay otros poseedores pro-indivisos sobre dicho inmueble. Choluteca, 10 de marzo del año 2022 ABG. AIDA ESPERAZA CARRANZA SECRETARIA 2 S., 4 O. y 2 N. 2022. ________ A V I S O La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha dieciséis (16) de junio de dos mil veintidós (2022), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL "SITRAAHAC", con domicilio Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el cual ha quedado inscrito en el Tomo N°. V, Folio N°. 764 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de agosto de 2022 ABG. ORIETA MORENO SECRETARIA ADMINISTRATIVA 2 S. 2022. -- 11 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación y Modficación de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abg. MAURICIO DE JESUS ZARRUK HASBUN, actuando en representación de la empresa CORTEVA AGRISCIENCE GUATEMALA, S.A., tendiente a que autorice la Renovación y Modificación de Registro del producto de nombre comercial: SPINTOR 12 SC, compuesto por los elementos: 12% SPINOSAD Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: SPINOSYN Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA (SC) Formulador y País de Origen: CORTEVA AGRISCIENCE LLC / ESTADOS UNIDOS Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. Modificación: Por Adicción de presentaciones de 75, 150, 250, 500 Mililitros “Primera Renovación”. TEGUCIGALPA, M.D.C., 13 DE JULIO DEL 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPTO. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 2 S. 2022. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE REGISTRO-GER DE PLAUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abg. MAURICIO ZARRUK, actuando en representación de la empresa DUWEST HONDURAS, S.A. DE C.V., tendiente a que autorice la Renovación y Modificación de Registro del producto de nombre comercial: ARROZONE 57 EC, compuesto por los elementos: PROPANIL 45.6%, CLOMAZONE 11.4% Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: ANILIDA, ISOXAZOLIDINONA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIO- NABLE Formulador y País de Origen: WESTRADE GUATEMALA, S.A. / GUATEMALA Tipo de Uso: HERBICIDA EXPEDIENTE N. 2203-0625 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 14 DE AGOSTO DEL 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPTO. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 23 A. 2022. -- 12 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE REGISTRO GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de plaguicidas o sustancia afín. EI Abg. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP co. LTD, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: DKLIFOSATE 68 SG compuesto por los elementos: 68% GLYPHOSATE Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: FOSFONICO Estado Físico: SOLIDO Tipo de Formulación: GRANULADO SOLUBLE (SG) Formulador y País de Origen: ANHUI ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA. EXPEDIENTE GER 2202-0411 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C. 03 DE JUNIO DEL 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN JEFE DEL DEPTO. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 2 S. 2022 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE REGISTRO GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de plaguicidas o sustancia afín. EI Abg. ALMA KARINA MEJIA SANCHEZ, actuando en representación de la empresa: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO. LTD, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CONDOR 50 WG compuesto por los elementos: 50% TRIFLOXYSTROBIN Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: ESTROBILURINA Estado Físico: SOLIDO Tipo de Formulación: GRANULADO DISPERSABLE (WG) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG ZHONGSHAN CHEMICAL INDUSTRY GROUP CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA. EXPEDIENTE GER 2202-0421 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94. Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C. 03 DE JUNIO DEL 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN JEFE DEL DEPTO. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 2 S. 2022 -- 13 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada en la Resolución Número 275-2022, de fecha 09 de agosto del año 2022, en relación al Acuerdo de Distribución de fecha 30 de abril del 2021, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el

Articulo 4

de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil ACTIVE MOTORS, S.A. DE C.V. (ACTIVE MOTORS), como Concesionaria de la empresa Concedente ASIA VNA GROUP, LTD., de nacionalidad mexicana, de forma EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 30 de abril del año 2024, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS para distribuir toda la línea de productos de motocicletas, refacciones y accesorios marca VENTO. F. y S. MELVIN ENRIQUE REDONDO, Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. Delegado mediante Acuerdo No.022- 2022. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintidós de agosto del año dos mil veintidós. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 2 S. 2022 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de abril del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Amilcar Efraín Triminio Andrews, con orden de ingreso número 0801-2022- 00255, contra el Instituto de la Propiedad (IP), incoando demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de auxiliar de Registro de la Propiedad Vehicular y funcionalmente como Transcriptor de Datos dependiente de la Dirección General de Registros Vehicular del Instituto de la Propiedad y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta, el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de ellos derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida e juicio de primera instancia.- Daño moral.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. DGRV-IP-080- 2022, de fecha 31 de marzo del año 2022, emitido por la Dirección General de Registro Vehicular. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 -- 14 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado el señor MIGUEL ANGEL TROCHEZ ERAZO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, Vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801- 2021-00461, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE PREVISION MILITAR, para que se declare la nulidad de pleno derecho, o en su defecto la anulación de un acto administrativo emitido por el Instituto de Previsión Militar, mediante resolución de fecha 14 de julio de año 2021, por ser contrario a derecho y violatorio de derechos humanos fundamentales.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y su restablecimiento como es el reconocimiento de estado de invalidez y se otorgue la pensión por discapacidad total y permanente, por discapacidad funcional de un sesenta y seis por ciento (66%) a consecuencia de enfermedad común, de conformidad a dictamen emitido por la Comisión Técnica de Invalidez del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).- Reconocimiento del índice imflacionario establecido por el Banco Central.- Pago de las costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 __________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de febrero del 2020, compareció ante este Juzgado la señora María Esther Sauceda Pereira, en su condición personal, incoando demanda, VIA PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACION No. 103-2020 de fecha tres de febrero del 2020, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, que se reconozca una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento como ser: el reintegro al puesto del cual fue cancelada como Auxiliar de Enfermería, más el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en que se ejecute la Sentencia y demás derechos, más las costas del presente juicio; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la Republica; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2020-00123.- Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTÍNEZ SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022 __________ -- 15 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-688 Fecha de presentación: 2022-02-03 Fecha de emisión: 21 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JAPAN TOBACO INC. Domicilio: 1-1, Toranomon 4-chome, Minato-ku, Tokyo, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACTIVATE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco, elaborado o sin elaborar; tabaco para fumar, tabaco para pipa, tabaco para enrollar a mano, tabaco para mascar, tabaco snus, cigarrillos, cigarrillos electrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos, vaporizador de tabaco, puros, puritos; rapé; artículos para fumadores comprendidos en la clase 34; papel de cigarrillos, tubos de cigarrillos fósforos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-3685 Fecha de presentación: 2021-07-20 Fecha de emisión: 6 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cummins Power Generation Inc. Domicilio: 1400 73rd Avenue NE, Minneapolis, Minnesota 55432, Estados Unidos América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CENTUM G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Generadores; sets de generadores, sistemas de energía; equipos de sistema de energía, principalmente, generadores, alternadores y motores, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-5596 Fecha de presentación: 2021-10-21 Fecha de emisión: 8 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbar Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Spruce G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto químico para la agricultura, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2022-314 Fecha de presentación: 2022-01-17 Fecha de emisión: 5 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS TECHNOLOGY HOLDINGS, LLC Domicilio: 250 Vesey Street, 15 th Floor, New York, New York 10281, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICA RACING G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Baterías, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 ________ Número de Solicitud: 2022-671 Fecha de presentación: 2022-02-02 Fecha de emisión: 9 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JT INTERNACIONAL SA Domicilio: Rue Kazem- Radjavi 8, 1202 Geneva, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Tabaco, elaborado o sin elaborar; tabaco para fumar, tabaco para pipa. tabaco para enrollar a mano, tabaco para mascar, tabaco snus, cigarrillos, cigarrillos electrónicos, líquido para cigarrillos electrónicos, vaporizador de tabaco, puros, puritos; rapé; artículos para fumadores comprendidos en la clase 34, papel de cigarrillos. tubos de cigarrillos y fósforos. de clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 -- 16 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-6429 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 1 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VAZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COASTAL CLOUDS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soluciones liquidas y sales con nicotina para cigarrillos electrónicos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-3596 Fecha de presentación: 2021-07-15 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VASQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LIZZA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CANDY KING G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soluciones liquidas con nicotina para cigarros electrónicos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-6425 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 16 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VAZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LlZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KANGVAPE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-6426 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 16 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VAZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LlZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GEEKVAPE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2020-22790 Fecha de presentación: 2020-09-01 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CARTON DE COLOMBIA S.A. Domicilio: CL.15 #18-109 ZONA INDUSTRJAL PUERTO ISAACS, YUMBO-VALLE, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMPACKTA NATURAL PACKAGING G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, platos de papel, platos desechables, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 -- 17 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-3909 Fecha de presentación: 2021-07-29 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Trans Union LLC Domicilio: 555 W. Adams Street, Chicago lllinois 60661, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRUEMPOWER G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software como servicio (ScuS) que incluye software para supervisar los informes crediticios de los consumidores y proporcionar una alerta sobre cualquier cambio en los mismos con fines comerciales; software como servicio (ScuS) con software para proporcionar ofertas precalificadas a consumidores basadas en datos crediticios; software como servicio (ScuS) con software para proporcionar datos de crédito al consumidor para permitir que las empresas se dirijan a consumidores previamente autenticados; software como servicio (ScuS) con software para proporcionar información financiera, datos e informes en el ámbito del crédito y las puntuaciones de crédito a empresas y particulares; software como servicios (ScuS) con software para proporcionar información a empresas y consumidores sobre los factores subyacentes a las puntuaciones crediticias de los consumidores con el fin de ayudar a los consumidores a elevar sus puntuaciones crediticias; software como servicio (ScuS) con software para proporcionar estimaciones de puntajes crediticios de los consumidores si se realizan cambios en sus datos crediticios; servicios de resolución de disputas crediticias; software como servicio (ScuS) con software para detectar y prevenir el fraude al consumidor y el robo de identidad, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-4779 Fecha de presentación: 2021-09-14 Fecha de emisión: 23 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TUYO TECHNOLOGIES, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que se puede abreviar TUYO, LTDA. DE C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANNY RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TUYO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Servicios de venta al detalle, a través de diferentes plataformas electrónicas y digitales incluyendo internet, de productos y servicios tales como: artículos y servicios relacionados con electrónica, informática y computación, celulares y comunicaciones, oficina y papelería, hogar y jardín, vestuario, zapatería y calzado, joyería y relojería, artículos para bebés, belleza y salud, arte y manualidades, videojuegos, música y películas, deportes y ejercicios al aire libre, juguetería, carteras, equipaje y mochilas, artículos para mascotas; procesamiento electrónico de pedidos de productos y servicios propios y para terceros; almacenamiento y suministro de datos informatizados relativos a las preferencias, hábitos y patrones de consumo; servicios de análisis de ventas; servicios de información a través del tratamiento de datos; servicios de publicidad y gestión de negocios comerciales; administración comercial, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador Legal 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-7310 Fecha de presentación: 2021-12-28 Fecha de emisión: 10 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRAMINEX L.L.C. Domicilio: 95 Midland Rd. Saginaw, Michigan 48638. Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANNY PAOLA RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAMINEX G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos nutricionales, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos virales, metabólicos, endocrinos, musculoesqueléticos, cardiovasculares, cardiopulmonares, genitourinarios, disfunción sexual, oncológicos, hepatológicos, oftálmicos, respiratorios, neurológicos, gastrointestinales, hormonales, dermatológicos, psiquiátricos y relacionados con el sistema inmunológico y preparaciones veterinarias para el tratamiento de enfermedades y trastornos sanguíneos, reproductivos, musculoesqueléticos, cardiovasculares, cardiopulmonares, genitourinarios, oncológicos, hepatológicos, respiratorios, neurológicos, gastrointestinales, hormonales, dermatológicos, psiquiátricos y del sistema inmunológico; preparaciones higiénicas para uso médico; bebidas dietéticas adaptadas para uso medicinal; comida para bebés; yesos, materiales para apósitos; desinfectantes; fungicidas, alimentos dietéticos, en concreto, sopas, harinas, panes, galletas saladas, barritas de comida, caramelos, saborizantes, tés, cafés, jugos de frutas, palomitas de maíz y chips de bocadillos, adaptados para uso medicinal; barritas energéticas nutricionales para su uso como sustituto de comidas; polen, extractos de polen y extractos de plantas vendidos como componentes de todos los anteriores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 -- 18 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-4011 Fecha de presentación: 2021-08-04 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bioverativ Therapeutics Inc. Domicilio: 225 Second Avenue, WALTHAM, MA 02451, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIVTEFA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos sanguíneos; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de hemofilia; productos farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades inmunológicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-1379 Fecha de presentación: 2021-03-24 Fecha de emisión: 6 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Swiss Re Ltd Domicilio: Mythenquai 50/60, CH-8002 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SWISS RE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros, reaseguros; servicios financieros; negocios inmobiliarios; asesoramiento e información en materia de seguros, reaseguros y servicios financieros; servicios actuariales; servicios en materia de gestión de riesgos (servicios financieros), de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-1380 Fecha de presentación: 2021-03-24 Fecha de emisión: 6 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Swiss Re Ltd Domicilio: Mythenquai 50/60, CH-8002 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SWISS RE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Formación y perfeccionamiento; organización y dirección de conferencias, congresos, seminarios y talleres de formación; facilitación de datos y publicaciones electrónicas en línea (no descargables), de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2021-1410 Fecha de presentación: 2021-03-25 Fecha de emisión: 30 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Trans Union LLC Domicilio: 555 W. Adams Street, Chicago Illinois 60661, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRUAUDIENCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable para su uso en el suministro de información comercial y al consumidor en el campo del marketing y la investigación de mercado, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2022-987 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 7 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Nintendo of America Inc. Domicilio: 4600 I50th Avenue NE. Redmond. Washington 98052. Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PIKACHU G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; camisas; camisetas; pijamas; ropa interior; trajes de baño; calcetines; bufandas; orejeras [prendas de vestir]; guantes [prendas de vestir]; baberos, que no sean de papel; sombreros; gorras que sean tocados; viseras para gorras; cinturones [prendas de vestir]; calzado; zapatos deportivos; sandalias; zapatillas; disfraces, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 2 y 20 S. 2022 -- 19 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-7185 Fecha de presentación: 2021-12-20 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: THE NIKKA WHISKY DISTILLING CO. LTD. Domicilio: 4-31. MINAMI- AOYAMA 5 CHOME, MINATO- KU, TOKYO 107-8616, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ANNY PAOLA RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protegen los elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas. I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Whisky; sidra; bebidas alcohólicas, excepto cerveza, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022 ________ Número de Solicitud: 2022-1132 Fecha de presentación: 2022-03-02 Fecha de emisión: 20 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: REPSOL, S.A. Domicilio: C/ Méndez Álvaro, nº. 44, 28045 Madrid (MADRID), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANNY RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REPSOL MAKER G.- H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “REPSOL MAKER” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales, lubricantes; aceites y grasas lubricantes, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022 _______ Número de Solicitud: 2022-1134 Fecha de presentación: 2022-03-02 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Ventanas Totales, S. A. Domicilio: Calzada Atanasia Tzul, 16-25, Zona 12, Ciudad de Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANNY PAOLA RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VENTO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Servicios de instalación, mantenimiento y reparación de puertas, ventanas, closets, zócalos, cocinas y muebles, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022 ________ Número de Solicitud: 2021-34 Fecha de presentación: 2021-01-06 Fecha de emisión: 30 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PERINVERSIONES, S.A. DE C.V. Domicilio: Complejo Corporativo Sisco, Kilómetro 9 ½ Carretera Panamericana, Santa Tecla, La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022 ________ Número de Solicitud: 2022-1435 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 25 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GARAN SERVICES CORP . Domicilio: 200 Madison Avenue. 4th Floor New York, NY 10016, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EASY-PEASY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Morrales; paraguas; carteras; bolsas multiuso; mochilas;monederos; bolsas de viaje; riñoneras: bolsas de mano, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022 -- 20 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-6423 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VÁZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores bucales para fumadores.- Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. LOY __________ Número de Solicitud: 2021-6433 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VÁZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. YOCAN __________ Número de Solicitud: 2021-6427 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VÁZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCO NARA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carbones en cubos, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. __________ Número de Solicitud: 2021-6418 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: VERCELLI VIANNEY VÁZQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLON RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soluciones líquidas y sales con nicotina para cigarrillos electrónicos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. VGOD __________ Número de Solicitud: 2021-230 Fecha de presentación: 2021-01-18 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Nuna International B.V. Domicilio: Van der Valk Boumanweg 178-c, 2352 JD Leiderdorp, The Netherlands, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL FERNANDO A. GODOY SAGASTUME E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NUNA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Reposacabezas de asiento de carro; asientos de seguridad para niños (para uso en automóviles); fundas de asientos utilizadas en vehículos; carritos de bebé; carro de bebé plegable; carro de bebé ligero; dosel de carriola para bebés; toldo plegable para carritos de bebé; toldo ligero para carritos de bebé; campana de transporte para bebés, capota plegable para carritos de bebé, sillas para empujar con ruedas para bebé, carriolas y carruajes; sistemas de viaje para bebés y niños, concretamente, carriolas combinadas, asientos para el automóvil, bases de asientos para el automóvil; accesorios para cochecitos y sistemas de viaje, todos para bebés y niños, concretamente; almohadillas de asiento, soportes para cuello y cabeza, compartimentos de almacenamiento, organizadores de pañales, bandejas y soportes, protectores y cubiertas protectoras; arneses y sistemas de seguridad de niños para asientos y vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. -- 21 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-7313 Fecha de presentación: 2021-12-28 Fecha de emisión: 21 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GRAMINEX L.L.C. Domicilio: 95 Midland Rd, Saginaw; Michigan 48638, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Anny Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas, en concreto, jugos y bebidas de frutas sin alcohol, jarabes y otras preparaciones para hacer bebidas; polen, extractos de polen y extractos de plantas para su uso como componentes en todos los anteriores, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. GRAMINEX __________ Número de Solicitud: 2021-4009 Fecha de presentación: 2021-08-04 Fecha de emisión: 10 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Bioverativ Therapeutics Inc. Domicilio: 225 Second Avenue, WALTHAM, MA 02451, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 90593754 de fecha 22/03/2021 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sonia Urbina E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos sanguíneos; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de hemofilia; productos farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades inmunológicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. ELTULVY __________ Número de Solicitud: 2022-1450 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 27 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GARAN SERVICES CORP. Domicilio: 200 Madison Avenue, 4th Floor, New York, NY 10016, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Anny Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EASY-PEASY BY GARANIMALS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa de cama para bebés, a saber, sacos para fardos, mantas para pañales, protectores de cuna, sábana ajustables para cuna, faldones de cuna, mantas para cuna y fundas para cambiadores de pañales que no sean de papel; cortinas; manteles individuales de tela; paños para lavar, toallas, de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTURO SIERRA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. __________ Número de Solicitud: 2022-1452 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 27 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GARAN SERVICES CORP. Domicilio: 200 Madison Avenue, 4th Floor, New York, NY 10016, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Anny Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gimnasios para bebés y niños pequeños; esteras de juego que contienen juguetes para bebés; esteras de juego para usar con vehículos de juguete; juguetes de peluche; juguetes para apretar; juguetes de construcción; juguetes para bebés; juguetes de personajes de plástico; sonajeros para bebés; móviles para niños; juguetes para el baño, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. __________ EASY-PEASY BY GARANIMALS Número de Solicitud: 2021-4853 Fecha de presentación: 2021-09-17 Fecha de emisión: 22 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AVES REPRODUCTORAS DE CENTROAMERICA, S.A. Domicilio: Calzada Aguilar Batres 35-35 Zona 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sonia Urbina E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TITO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. -- 22 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-1433 Fecha de presentación: 2021-03-26 Fecha de emisión: 16 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fifpro Commercial Enterprises B.V. Domicilio: Scorpius 161.2132 RL, Hoofddorp, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GABRIELA MARÍA WILLIAMS CRUZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIFPRO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Sólo se protege la denominación “FIFPRO”, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de almacenamiento y guarda digital de imágenes fijas y animadas, relacionadas con fútbol, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2022-693 Fecha de presentación: 2022-02-03 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ESTACIONES DE SERVICIOS GALOS, S. DE R.L. Domicilio: GUAIMACA, FRANCISCO MORAZÁN, KM 92 CARRETERA A OLANCHO, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARCO ANTONIO FLORES MARTÍNEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GALO’STOP G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GALO’STOP”, se protege la apariencia de la etiqueta sin dar protección al término “MARKET” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tienda y productos de conveniencia, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 _______ Número de Solicitud: 2022-692 Fecha de presentación: 2022-02-03 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES GALOS, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: GUAIMACA, FRANCISCO MORAZÁN, KM 92 CARRETERA A OLANCHO, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARCO ANTONIO FLORES MARTÍNEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GALO’S COFFEE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GALO’S COFFEE” en su forma conjunta, sin dar exclusividad al término “COFFEE”, se protege la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café tostado en grano y molido, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 Número de Solicitud: 2021-1646 Fecha de presentación: 2021-04-12 Fecha de emisión: 28 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Oscar Valladares Tabacco & Co S de RL de CV Domicilio: Colonia El Sauce, Danlí El Paraiso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YENY YANERY ANTUNEZ MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HEAVEN & HELL G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación HEAVEN & HELL y su apariencia, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Puros, tabacos, cigarrillos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022 -- 23 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2020-24654 Fecha de presentación: 2020-12-17 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: RUBELL CORP. Domicilio: WICKHAMS CAY 1 FLEMING HOUSE POBOX 662 ROAD TOWN, TORTOLAS, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo, harina de papa para elaboración de puré de papa instantáneo y mezclas instantáneas como pancake mix, de la clase 30.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ QUICKSI Número de Solicitud: 2021-1378 Fecha de presentación: 2021-03-24 Fecha de emisión: 6 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: Swiss Re Ltd. Domicilio: Mythenquai 50/60, CH-8002 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales; administración comercial; asesoramiento y asistencia en la dirección de negocios comerciales; asesoramiento y asistencia en la dirección de negocios comerciales en materia de análisis de riesgos, prevención de riesgos, gestión de riesgos, seguros, reaseguros y servicios financieros; introducción, almacenamiento y procesamiento de la información, en particular recopilación y sistematización de datos en un archivo central; recopilación de estadísticas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. SWISS RE Número de Solicitud: 2021-1729 Fecha de presentación: 2021-04-16 Fecha de emisión: 8 de Septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: Opella Healthcare Switzerland AG. Domicilio: Suurstoffi 2,6343 Rotkreuz, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Sonia Urbina E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica solicitud prioritaria No. UK00003505145 de fecha 26/06/2020 presentada en Reino Unido. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; cuidados de higiene y belleza, consultoría en el ámbito de la farmacia, la salud, la dieta, el bienestar y la nutrición; servicios de información y asesoramiento sobre salud para programas de sensibilización en el ámbito de la salud, la dieta, el bienestar y la nutrición; información proporcionada a pacientes y profesionales de la salud sobre productos farmacéuticos, vacunas, enfermedades y trastornos médicos y tratamientos relacionados a través de internet, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Opella Healthcare Número de Solicitud: 2021-3039 Fecha de presentación: 2021-06-18 Fecha de emisión: 12 de Agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: NINTENDO OF AMERICA INC Domicilio: 4600 150th Avenida NE Redmond, Washington 98052, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos; juguetes; juguetes para montar; juguetes de peluche; muñecas; juegos portátiles con pantallas de cristal líquido; películas protectoras adaptadas para pantallas para juegos portátiles; máquinas de videojuegos; controladores para consolas de juegos; consolas portátiles para jugar a videojuegos; aparatos para juegos; máquinas de videojuegos recreativos; juegos de mesa; barajas de cartas (naipes); adornos para árboles de navidad, excepto luces, velas y productos de confitería; estuches protectores de transporte especialmente adaptados para videojuegos portátiles, de la clase 28.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. MARIO KART -- 24 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-5671 Fecha de presentación: 2021-10-25 Fecha de emisión: 19 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: VERCELLI VIANNEY VASQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLÓN RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soluciones líquidas con nicotina para cigarrillos electrónicos, de la clase 34.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ PODJUICE Número de Solicitud: 2021-6431 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: VERCELLI VIANNEY VASQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLÓN RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores personales y cigarros electrónicos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ VOOPO Número de Solicitud: 2021-231 Fecha de presentación: 2021-01-18 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: Nuna International B.V. Domicilio: Van der Valk Boumanweg 178-c, 2352 JD Leiderdorp, The Netherlands, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL FERNANDO A. GODOY SAGASTUME E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NUNA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles, mesas; sillas; camas; sillas mecedoras; camas mecedoras para bebés; cunas, cabeceras de madera para cama; sillas altas para bebés; andadores para bebés; cestas no metálicas, colchones, todos para bebés y niños; cojines, almohadas, almohadillas para parque infantil vallado; sillas acolchadas; accesorios para sillas altas, concretamente, almohadillas para asientos, almohadillas para derrames y barras de juguetes que se adhieren a sillas altas; asientos de alimentación para niños; cunas moisés; corralitos, camas para bebés y niños; silla saltarina para de bebé, todo lo mencionado para bebés y niños, almohadilla para cambiar pañales; silla balancín para bebés y niños; camas de juego para bebés, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-6420 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: VERCELLI VIANNEY VASQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLÓN RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soluciones líquidas y sales con nicotina para cigarrillos electrónicos, de la clase 34.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ INNEVAPE Número de Solicitud: 2021-6422 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: VERCELLI VIANNEY VÁSQUEZ INTERIANO Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LIZZA ALEJANDRA CASTELLÓN RÁMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vaporizadores bucales para fumadores; vaporizadores personales y cigarros eléctróncos, aromatizantes y otras soluciones para los mismos, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. FLUM -- 25 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2021-2 Fecha de presentación: 2021-01-04 Fecha de emisión: 22 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: Takeda Vaccines, Inc. Domicilio: 75 Sidney Street, Cambridge, Massachusetts 02139, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindica solicitud prioritaria No. 17621/2020 presentada en Suiza en fecha 9 de diciembre de 2020. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vacunas para uso humano, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-5550 Fecha de presentación: 2021-10-20 Fecha de emisión: 4 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: BAITS & SEA FOODS, S.A. Domicilio: Parque Industrial Astro, Nave 24C, Carretera Tipitapa - Masaya, Tipitapa, Managua, Nicaragua. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sonia Urbina E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DELAISLA G.- H.- Reservas/Limitaciones: En la etiqueta no se le protege las palabras “Mariscos seleccionados”. I.- Reivindicaciones: No se reivindica el uso exclusivo de las palabras “Mariscos seleccionados”. J.- Para Distinguir y Proteger: Pescado y mariscos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2022-1131 Fecha de presentación: 2022-03-02 Fecha de emisión: 20 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: REPSOL, S.A. Domicilio: C/ Méndez Álvaro, No. 44, 28045 Madrid (MADRID), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANNY RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “REPSOL NAVIGATOR” en su forma conjunta. REPSOL NAVIGATOR I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales, lubricantes; aceites y grasas lubricantes, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-7186 Fecha de presentación: 2021-12-20 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: THE NIKKA WHISKY DISTILLING CO., LTD. Domicilio: 4-31 MINAMI - AOYAMA 5 CHOME, MINATO - KU, TOKYO 107-8616, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Anny Paola Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NIKKA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Whisky; sidra; bebidas alcohólicas, excepto cerveza, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-7187 Fecha de presentación: 2021-12-20 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: THE NIKKA WHISKY DISTILLING CO., LTD. Domicilio: 4-31 MINAMI - AOYAMA 5 CHOME, MINATO - KU, TOKYO 107-8616, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Anny Paola Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NIKKA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de bar y restaurante, suministro de alimentos y bebidas, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. -- 26 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2022-1438 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 26 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: GARAN SERVICES CORP Domicilio: 200 Madison Avenue, 4th Floor New York, NY 10016, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa de baño; mantas de cama; ropa de cama; protectores de cuna; ropa de casa; mantas para bebés, de la clase 24.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTURO SIERRA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ EASY-PEASY Número de Solicitud: 2022-1441 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 26 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULARS Solicitante: GARAN SERVICES CORP Domicilio: 200 Madison Avenue, 4th Floor New York, NY 10016, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Morrales; paraguas; carteras; bolsas multiuso; mochilas; monederos; bolsas de viaje; riñoneras; bolsas de mano, de la clase 18.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ EASY-PEASY BY GARANIMALS Número de Solicitud: 2021-4781 Fecha de presentación: 2021-09-14 Fecha de emisión: 28 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: TUYO TECHNOLOGIES, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que se pueda abreviar TUYO, LTDA. DE C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Anny Ramos E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TUYO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de gestión empresarial de transporte y cadenas de suministro; almacenamiento, transporte y entrega de mercancías y productos, de la clase 39. - Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-37 Fecha de presentación: 2021-01-06 Fecha de emisión: 30 de junio de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULARS Solicitante: PERINVERSIONES, S.A. DE C.V. Domicilio: Complejo Corporativo Sisco, Kilómetro 9 1/2 Carretera Panamericana, Santa Tecla, La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servirá para amparar un establecimiento comercial dedicado a servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, d ela clase 50.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. _______ ABANK Número de Solicitud: 2022-989 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 7 de Julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: Salesforce.com, Inc Domicilio: Salesforce Tower, 415 Mission Street, 3rd. Floor, San Francisco, California 94105, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 97229555, fecha 20/01/2022 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios educativos, a saber, la realización de seminarios, conferencias, talleres y formación en aplicaciones informáticas en los campos de la minería de datos, la consulta de datos y el análisis de datos, de la clase 41.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 2 y 20 S. 2022. TABLEAU -- 27 of 28 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 2 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,018 Número de Solicitud: 2022-1698 Fecha de presentación: 2022-04-04 Fecha de emisión: 12 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional de uso humano que consiste en el probiotico, de la clase 5.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022. ENZIFLORA _______ Número de Solicitud: 2021-3160 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 14 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores presentes en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir alimañas, de la clase 5.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-3168 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 28 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores presentes en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir alimañas, de la clase 5.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-3163 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 28 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores presentes en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Asistencia financiera y asuntos monetarios, de la clase 36.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022. _______ Número de Solicitud: 2021-3161 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 14 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores presentes en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Productos agrícolas, horticolas y forestales crudos y sin procesar; granos y semillas crudos y sin procesar; frutas y verduras frescas, hierbas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar, de la clase 31.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 20 S. y 5 O. 2022. -- 28 of 28 --

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