VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 98-2008 | 10 de febrero de 2022 | Poder Judicial | La Gaceta No. 35,845
Diario Oficial La Gaceta No.35,845 publicado el día Jueves 10 de Febrero del año 2022
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Resumen
Esta publicación oficial contiene tres documentos principales: el nombramiento de Pedro José Barquero Tercero como Secretario de Desarrollo Económico; protocolos aprobados por el ICF para prevenir y combatir incendios forestales a nivel nacional; y una licitación pública para contratar servicios de internet y datos. Afecta a servidores públicos, instituciones forestales y empresas interesadas en participar en la licitación.
Considerandos
- 1.Que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, es el encargado de administrar el recurso forestal público, para garantizar su manejo racional y sostenible; regulando y controlando el recurso natural privado para garantizar la sostenibilidad ambiental.
- 2.Que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, está facultado para diseñar, formular, coordinar, dar seguimiento, ejecutar y evaluar la política nacional, relacionada con el sector forestal, áreas protegidas y vida silvestre.
- 3.Que el ICF es el responsable de la preparación del Plan Nacional de Protección Forestal con la participación del sector público, privado y social de áreas forestales, los propietarios de bosques y su ejecución corresponde a los titulares.
- 4.Que se crea el Comité Nacional de Protección Forestal (CONAPROFOR) quién coordinará y facilitará la ejecución de los planes contra incendios y plagas, enfermedades y otros. Integrado por diversas instituciones, organizaciones civiles y militares y presidido por el ICF.
- 5.Que las autoridades municipales y los propietarios de terrenos forestales deberán efectuar en -- 2 of 16 -- forma obligatoria los trabajos de prevención y control de incendios.
- 6.Que corresponde al ICF, las funciones de prevención, vigilancia, localización y combate de incendios forestales que pudieran afectar los recursos forestales y para lo cual podrá requerir la intervención de otras instancias nacionales e internacionales con competencia en la materia.
- 7.Que es necesario oficializar el Sistema de Comando de Incidencia (SCI) en las instituciones, organizaciones, sociedad civil; a nivel nacional y local para el manejo del fuego.
- 8.Que es necesario generar protocolos de coordinación y atención de incendios forestales estandarizados a nivel nacional, con base a los estándares internacionales como la implementación del Sistema de Comando de Incidentes.
- 9.Que el departamento de Protección Forestal, emitió Dictamen Técnico DPF-009-2021, mediante el cual recomienda que la aprobación de los protocolos de Atención y Respuesta para Incendios Forestales y Zacateras y sus anexos y el Protocolo de Gestón, Coordinación y Manejo de Información del Centro de Operaciones Interinstitucionales de Incendios Forestales (COIIF), ES TECNICAMENTE FACTIBLE y recomiendan continuar con el trámite de Aprobación de ambos los Protocolos.
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Este decreto permite importar y registrar vehículos extranjeros durante un año sin cumplir restricciones normales. Los autos de 1996 o más antiguos pagan L.10,000 únicos (distribuidos entre aduanas, registro e inmunicipio), mientras que los más nuevos pagan impuestos regulares. Se prohíben vehículos reconstruidos, con timón a la derecha o títulos de chatarra.
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