PCM-014-2019
Considerandos
- 1.Que la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), actuando en dicho momento como Concedente; y, la Sociedad Mercantil Autopistas del Atlántico, S.A. (ADASA), en su papel de Concesionario, celebraron el Contrato de Concesión “Corredor Turístico El Progreso - Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso” (en lo sucesivo “El Proyecto”).
- 2.Que a través de Acuerdo No. 639- 2017 Inversión Estratégica de Honduras, también Cuenta del Desafío del Milenio Honduras (INVEST- Honduras/MCA Honduras), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el día 21 de noviembre de 2017, quedó subrogado en los derechos y obligaciones que tenía la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), como Concedente en todos los contratos de la Alianza Público Privada (APP), cuyo objeto fuera ampliar, rehabilitar, operar o mantener una carretera o corredor vial primario.
- 3.Que el Congreso Nacional de la República, mediante el Decreto Legislativo No. 186-2018, de fecha 14 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 28 de diciembre de 2018, aprobó en todas y cada una de sus partes el Acuerdo de Término Anticipado del Contrato de Concesión “Corredor Turístico El Progreso -Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso”, el cual será suscrito por el Concedente y el Concesionario, una vez obtenidos los presupuestos legales previamente acordados para ese efecto.
- 4.Que debido a múltiples intervenciones a lo largo de toda la vía concesionada, las cuales fueron realizadas por el Concesionario como parte de sus actividades contractuales y que por la suspensión de las obras han quedado en una situación inconclusas, las condiciones actuales del Puente Santa Rita, el puente provisional a Santa Rita sobre el Río Humuya y el Puente La Democracia; así como de la vía en general, constituyen un alto y grave riesgo de seguridad para la vida y la integridad física de los usuarios y sus bienes; también constituyen un obstáculo y un alto riesgo para el transporte de carga y de personas que a diario circulan por dicha vía, ya que por esas obras inconclusas se provoca un gran número de accidentes vehiculares, muchos de ellos con graves consecuencias y pérdidas de vidas.
- 5.Que el “Corredor Turístico El Progreso- Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso” es una de las vías de mayor importancia nacional, fundamental para las actividades productivas del país, principalmente de las actividades turísticas; sin embargo, por razones legales derivadas del Contrato de Concesión relacionado en el Considerando Primero, el Gobierno de la República ha estado impedido de adoptar las medidas -- 1 of 4 -- ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL necesarias para mitigar los efectos de la paralización en la ejecución de los trabajos de ampliación del Corredor Turístico y evitar el riesgo que ello representa para la vida e integridad física de las personas.
- 6.Que los impedimentos legales que genera la vigencia del referido Contrato de Concesión, cesarán con la suscripción del Acuerdo de Término Anticipado relacionado en el Considerando Tercero de este Decreto, por lo cual las instituciones del Estado tendrán libre acceso a toda la vía concesionada y eso permitirá implementar todas las medidas necesarias para disminuir adecuada y oportunamente la ocurrencia de accidentes y con ello, la pérdida de vidas humanas; lo anterior, principalmente durante la temporada veraniega que se avecina, por lo cual se deben realizar prontamente todas las acciones legales y materiales encaminadas a concluir las obras inconclusas y así poder mitigar los riesgos que provocan; por lo cual es necesario declarar al “Corredor Turístico El Progreso -Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso”; así como el puente Santa Rita, el puente provisional a Santa Rita y el puente La Democracia, en Situación de Emergencia.
- 7.Que por lo antes relacionado es necesario que INVEST- Honduras sea habilitada con los fondos necesarios para realizar todas las obras que sean necesarias para mitigar el riesgo de accidentes para los usuarios de la vía, obras que serán ejecutadas en la medida de lo posible a través de sus implementadores, buscando acelerar dichas obras para realizarse en forma priorizada y anticipada a la temporada vacacional y previendo los efectos del inicio del invierno en el Litoral Atlántico de Honduras, pues las lluvias dificultan enormemente la realización de las mismas; sin perjuicio del fuerte riesgo que las lluvias aceleren el proceso de deterioro del estado de la vía y los problemas ambientales que se generen.
- 8.Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, es atribución del Consejo de Ministros, conocer y resolver los asuntos que someta a su consideración el Presidente de la República.
- 9.Que de conformidad a lo establecido en la Ley de Contratación del Estado, cuando se tenga por objeto proveer a las necesidades, por una situación de emergencia ocasionadas por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de defensa o relacionadas con estado de excepción u otra situación imprevista o excepcional que afecte sustancialmente la prestación oportuna de los servicios públicos podrá contratarse la construcción de obras públicas, el suministro de bienes o servicios o la prestación de servicios de consultoría, mediante procedimiento de Contratación Directa aplicable a situaciones de emergencia.
Articulos
Articulo 1
Declarar Situación de Emergencia toda el Área correspondiente al Proyecto denominado “Corredor Turístico El Progreso -Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso”; así como, el Puente Santa Rita, el puente provisional a Santa Rita y el puente La Democracia.
Articulo 2
Se autoriza a INVEST- Honduras, como Organismo Ejecutor para que se encargue de priorizar, iniciar, organizar y coordinar todas las actividades de gestión de riesgos encaminadas a mitigar el peligro que implica el uso de la vía a través del Corredor Turístico El Progreso - Tela y Tramos San Pedro Sula - El Progreso y La Barca - El Progreso y del puente Santa Rita, el puente provisional a Santa Rita y el puente La Democracia; asimismo, realizar en forma directa la Contratación de una Empresa Constructora que realicen un Plan de Rehabilitación de la vía y la implementación -- 2 of 4 -- o ejecución del mismo; además, se autoriza que contrate en forma directa una Empresa Consultora que supervise la ejecución de las obras. Todas las contrataciones deben realizarse en el marco de la Ley y siempre debe primar lo más beneficioso en términos económicos y de calidad para la población y el Estado de Honduras.
Articulo 3
A fin de garantizar una atención eficiente de esta emergencia, se instruye a INVEST-Honduras a que de los recursos asignados en la partida presupuestaria del Fideicomiso de Infraestructura Vial, proceda a financiar los gastos contenidos en el Artículo No. 2, cumpliendo la normativa vigente establecida en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, para el ejercicio fiscal 2019.
Articulo 4
Se instruye a la Dirección Nacional de Tránsito y a la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), brindar toda la cooperación y el acompañamiento necesario a través de sus dependencias y personal técnico que sea solicitado por INVEST- Honduras. Así mismo, se exhorta a las Alcaldías Municipales contenidas en la zona de influencia del Corredor Turístico coordinar con esta última en la forma más efectiva que la situación amerita para la finalización de los trabajos en dicho corredor.
Articulo 5
Sin perjuicio de las publicaciones que por Ley corresponde, para efecto del cumplimiento de los indicadores de transparencia presupuestaria y rendición de cuentas, INVEST- Honduras, pondrá a disposición de la ciudadanía en su Portal de Información Pública todo lo relativo a las contrataciones de obras, bienes o servicios que se contraten.
Articulo 6
A partir de la publicación del presente Decreto, quedarán transferidas sin más trámite la titularidad de las licencias ambientales que amparan las obras derivadas de este Proyecto y que estén a nombre de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente “MIAMBIENTE” materializar esta transferencia en los archivos físicos y efectuar las anotaciones que correspondan.
Articulo 7
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones de Casa de Gobierno, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO. -- 3 of 4 -- ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL. ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. ARNALDO BUESO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO. -- 4 of 4 --