Vigente
Decreto No. 262-2011 | 20 de diciembre de 2017 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,522

"Transferir al Presupuesto de la Institución 20 - Presidencia de la República de Honduras, la cantidad de DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS (L.10,166,052.00), mediante traslado interinstitucional "

Considerandos

  1. 1.Que la Administración Centralizada y Descentralizada requiere mecanismos más ágiles a efecto de prestar los servicios públicos de la mejor manera posible en el marco de la Ley.
  2. 2.Que el Artículo 15 reformado de la Ley General de la Administración Pública establece que el Presidente de la República puede auxiliarse de un funcionario del más alto rango de las Secretarías de Estado para coordinar todo lo relativo a la conducción estratégica de la Administración Pública.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo N°. 031-2015, el señor Presidente de la República acuerda delegar en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República, su sanción.
  4. 4.Que mediante Decreto Legislativo N°. 266-2013 del 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés de enero de dos mil catorce, se reforma el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública definiendo a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como el Ente del Estado encargado de la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas.
  5. 5.Que se estima procedente realizar un traslado interinstitucional entre la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras - DARA y la Presidencia de la República de Honduras, para financiar el pago de gastos administrativos.
  6. 6.Que es potestad del Presidente de la República, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 37, Numeral 2 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto entre Secretarías de Estado, con el fin de obtener una ejecución eficiente y efectiva entre los órganos y actividades estatales.
  7. 7.Que el artículo 66 de la Ley Fundamental de Educación, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 262-2011, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil doce (2012), número 32,754, manda que tienen acceso a la Carrera Docente quienes posean el título profesional de la docencia a nivel de licenciatura.
  8. 8.Que el artículo 81 de la Ley Fundamental de Educación, establece que el título de licenciatura sea obligatorio a partir del año dos mil dieciocho (2018).
  9. 9.Que el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación, crea el Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la política educativa nacional y articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación.
  10. 10.Que el Consejo Nacional de Educación aprobó el Acuerdo de Transformación de las Escuelas Normales, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil quince (2015), con el número 33,908.
  11. 11.Que el Acuerdo de Transformación manda que la Escuela Normal Matilde Córdova de Suazo de la ciudad de Trujillo, departamento de Colón se transforme en un Centro Educativo de Nivel Superior no Universitario para ofertar carreras técnicas.
  12. 12.Que el Consejo Nacional de Educación, en sesión ordinaria celebrada el diecinueve (19) del mes de -- 3 of 3 --

Articulos

Articulo 1

Transferir al Presupuesto de la Institución 20 - Presidencia de la República de Honduras, la cantidad de DIEZ MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS (L.10,166,052.00), mediante traslado interinstitucional a la siguiente asignación presu- puestaria: -- 1 of 3 --

Articulo 2

La transferencia descrita en el Artículo precedente será financiada de las estructuras presupuestarias siguientes: -- 2 of 3 -- ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL

Articulo 3

Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despa- cho de Finanzas, para que realice la transferencia presupues- taria interinstitucional establecida en el presente Acuerdo.

Articulo 4

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO Secretario de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno Acuerdo de Delegación 031-2015 del 25 de noviembre de ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, por Ley ________ Secretaría de Educación ACUERDO EJECUTIVO No.034-SEP-2017 ACUERDO DE CANCELACIÓN ESCUELA NORMAL MATILDE CORDOVA DE SUAZO Y DE TRANSFORMACIÓN A UN INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BAJO LA GESTIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS; EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. CONSIDERANDO: Que el artículo 66 de la Ley Fundamental de Educación, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 262-2011, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil doce (2012), número 32,754, manda que tienen acceso a la Carrera Docente quienes posean el título profesional de la docencia a nivel de licenciatura. CONSIDERANDO: Que el artículo 81 de la Ley Fundamental de Educación, establece que el título de licenciatura sea obligatorio a partir del año dos mil dieciocho (2018). CONSIDERANDO: Que el artículo 28 de la Ley Fundamental de Educación, crea el Consejo Nacional de Educación con la responsabilidad de elaborar y dar seguimiento a la política educativa nacional y articular horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación aprobó el Acuerdo de Transformación de las Escuelas Normales, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil quince (2015), con el número 33,908. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Transformación manda que la Escuela Normal Matilde Córdova de Suazo de la ciudad de Trujillo, departamento de Colón se transforme en un Centro Educativo de Nivel Superior no Universitario para ofertar carreras técnicas. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación, en sesión ordinaria celebrada el diecinueve (19) del mes de -- 3 of 3 --

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