Vigente
Decreto No. 439-2024 | 20 de diciembre de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,720

Acuerdo Ejecutivo No. 439-2024 — Autorización para compraventa de bien inmueble para Administración Aduanera de Honduras

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a Ley (artículos 235 y 245 numerales 2, 11). CONSIDERANDO:
  2. 2.Que mediante Decreto Legislativo No. 170-2016 contentivo del Código Tributario, se creó la Administración Tributaria y la Administración Aduanera como entidades desconcentradas de la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos aduaneros, con autoridad y competencia a nivel nacional y con domicilio en la Capital de la República (artículo 195). CONSIDERANDO:
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 059-2019, se institucionaliza la nueva Administración Aduanera como el ente encargado de administrar el sistema aduanero de la República de Honduras, con la denominación “Administración Aduanera de Honduras” (artículo 2). CONSIDERANDO.
  4. 4.Que la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), requiere una infraestructura moderna y adecuada que cumpla con los requisitos y ofrezca los espacios necesarios para el desempeño eficiente de sus funciones. Esto incluye accesibilidad para los usuarios, áreas especializadas para la atención al público, oficinas administrativas, almacenamiento de documentos y tecnología avanzada que garantice la administración óptima de recursos y el cumplimiento de sus competencias, conforme a las normativas vigentes. Por lo tanto, para el año 2024, se ha proyectado la adquisición de un bien inmueble, tras un análisis económico y estructural, se ha determinado que el edificio ubicado en la Colonia Rubén Darío, edificio de esquina entre las calles principales Real Minas y Pintor López Rodezno, Lote No. 1, Bloque C, No. 621 de la ciudad de Tegucigalpa, inscrito en el Instituto de la Propiedad bajo Matrícula 783546, asiento número 10 del Libro de Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas del departamento de Francisco Morazán, reúne todas las condiciones requeridas para el funcionamiento eficiente de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS). CONSIDERANDO:
  5. 5.Que la Dirección Nacional de Bienes del Estado emitió la Resolución No. DNBE-DE-226-2024 de fecha dieciséis (16) de octubre del dos mil veinticuatro (2024), mediante el cual autoriza que la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), adquiera el bien inmueble ubicado -- 18 of 33 -- 10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,720 en la Colonia Rubén Darío, el cual será destinado por la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), para la instalación de la Gerencia Nacional de Inteligencia Aduanera y sus dependencias, así como el Centro de Control y Monitoreo (CCM). CONSIDERANDO:
  6. 6.Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 47-2015, en su artículo 4 numeral 2) se establece que son funciones de la Dirección Nacional de Bienes del Estado: 2) autorizar de acuerdo al Reglamento respectivo las altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes fiscales. Asimismo, en su artículo 8 establece que, en todo acto de compra, venta, permuta, donación, indemnización y concesión de inmuebles del Estado, para la debida salvaguarda y transparencia, deberá mediar la autorización de la Dirección Nacional de Bienes del Estado conforme a los procedimientos en ley y lo dispuesto en los Reglamentos de esta Ley. CONSIDERANDO:
  7. 7.Que, habiéndose acreditado ante la Dirección Nacional de Bienes del Estado la disponibilidad presupuestaria correspondiente, dicha entidad, mediante Resolución No. DNBE-DE-226-2024 autorizó la adquisición del bien inmueble por un valor de CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y UN LEMPIRAS EXACTOS (L 47,246,171.00), conforme al avalúo emitido por el Ingeniero HÉCTOR RICARDO ZEPEDA MUÑOZ, quien es certificado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. No obstante, como resultado de una negociación, se obtuvo una reducción en el valor del inmueble, acordándose con el vendedor la compra por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA LEMPIRAS EXACTOS (L 45,697,270.00). CONSIDERANDO:
  8. 8.Que la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS) cuenta con los recursos presupuestarios para proceder con la adquisición el bien inmueble descrito anteriormente, siendo que el mismo, es óptimo para contribuir con el cumplimiento de sus objetivos institucionales en el ámbito aduanero y para facilitar el comercio. POR TANTO, En aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 2) y 11) de la Constitución de la República de Honduras; artículo 195 del Decreto Legislativo No. 170-2016 contentivo del Código Tributario; artículos 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo número PCM 47- 2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de Septiembre del 2015; Decreto Ejecutivo No. PCM 083-2016 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de -- 19 of 33 -- 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,720 noviembre del 2016; Decreto Ejecutivo No. PCM-059-2019 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 30 de septiembre del 2019; Resolución No. DNBE-DE-226-2024 de fecha dieciséis (16) de octubre del dos mil veinticuatro (2024); y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO:

Articulos

Articulo PRIMERO

Autorizar al Abogado MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS, Procurador General de la República para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, comparezca ante un Notario Público a suscribir la Escritura Pública de Compraventa con el señor MARIO ANTONIO FIGUEROA SÁNCHEZ de un bien inmueble, ubicado en la colonia Rubén Darío, edificio de esquina entre las calles principales Real Minas y Pintor López Rodezno, lote No. 1, bloque C, No. 621 de la ciudad de Tegucigalpa, inscrito en el Instituto de la Propiedad bajo Matrícula 783546, Asiento número 10 del Libro de Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas del Departamento de Francisco Morazán, por un valor de CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA LEMPIRAS EXACTOS (L 45,697,270.00) a fin de que se traslade el dominio a favor de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS). SEGUNDO:

Articulo SEGUNDO

La totalidad de los honorarios notariales y gastos en que se incurra por la escrituración e inscripción en el Registro respectivo por la compraventa del bien inmueble señalado anteriormente correrán por cuenta de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS). TERCERO:

Articulo TERCERO

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 20 of 33 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS E.N.A.G. Sección A AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 30 DE DICIEMBRE DEL 2024. NUM. 36,727 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos Números PCM 41-2024, PCM 42-2024 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA CREE Acuerdos CREE-123-2024, CREE-140-2024 A. 1 - 12 A. 13-20 Sección B Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad Poder Ejecutivo

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