Decreto Ejecutivo No. PCM-025-2023 — Asignación de gestión y administración de fondos del Fondo Contravalor Non Project Honduras/Japón
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, quien tiene a su cargo la Administración General y la representación del Estado, así como la dirección de la política general, y como parte de sus atribuciones constitucionales le compete emitir Acuerdos y Decretos conforme a Ley (artículos 235 y 245 numerales 2 y 11). CONSIDERANDO:
- 2.Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO:
- 3.Que, de conformidad con lo establecido en la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República, por Decreto en Consejo de Secretarios de Estado, puede emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la Administración Pública demande (artículo 14 numeral 4). CONSIDERANDO:
- 4.Que la Ley General de Administración Pública establece que es atribución del Consejo de Secretarios de Estado, crear, modificar, fusionar, escindir o suprimir dependencias de la Administración Pública (artículo 22 numeral 3). CONSIDERANDO:
- 5.Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 008-2010 de fecha 24 de marzo del 2010, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 7 de abril de 2010, en su edición No. 32,181, se establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP), a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), administrará los programas y proyectos que se ubiquen en la misma, por decisión expresa de la Presidenta de la República (artículo 1 numeral 2). CONSIDERANDO:
- 6.Que el precitado Decreto Ejecutivo establece que dentro de las funciones de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), se encuentra la de asegurar la ejecución técnica, física y financiera de los programas y proyectos financiados con fondos nacionales y/o fondos externos que le sean asignados por el Gobierno de la República. Asimismo, realizar funciones de Unidad Ejecutora de programas y proyectos para otras dependencias del Estado, cuando así lo determine el Gobierno de la República (artículo 2 numerales 1 y 3). CONSIDERANDO: Que los fondos del Programa “FONDO CONTRAVALOR NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN” eran administrados como contraparte por la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación de Gobierno, la cual -- 11 of 15 -- 9 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,250 fue suprimida mediante Decreto Ejecutivo número PCM 05- 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de abril del 2022, en su edición número 35,892 (artículo 21 numeral 1). POR TANTO, En uso de las facultades legales establecidas en los artículos 235, 245 numerales 2), 11) y 45) de la Constitución de la República; artículos 11, 14 numeral 4), 22 numeral 3), 116, 117 y 119 de la Ley General de Administración Pública; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM 008-2010; artículo 21 numeral 1) del Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022; y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1.
Articulos
Articulo 1
Con el objeto de garantizar el desarrollo y/o continuidad de las operaciones administrativas y financieras, se asigna la gestión y administración de los fondos del mecanismo de cooperación “FONDO CONTRAVALOR NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN” a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP) a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP). ARTÍCULO 2. Con el objeto de garantizar el desarrollo y/o continuidad de los proyectos y programas bajo el mecanismo de cooperación “FONDO CONTRAVALOR NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN”, los mismos pasarán a ser administrados por la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP) a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP). ARTÍCULO 3.
Articulo 3
La Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP), a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP), será la responsable ante el titular del mecanismo de cooperación, de brindar informes, realizar la liquidación y rendición de cuentas sobre la ejecución de los proyectos, y sus fondos respectivos. Todos los órganos e instituciones que hayan recibido, reciban fondos o ejecuten proyectos a través del mecanismo de cooperación “FONDO CONTRAVALOR NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN” tienen la obligación de presentar dentro del mismo período fiscal, informes y liquidaciones del presupuesto asignado para tales efectos, ante la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP) a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP). ARTÍCULO 4.
Articulo 4
La evaluación y aprobación de nuevos perfiles de proyectos que serán financiados bajo este mecanismo de cooperación estará a cargo de un comité que será conformado por: 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP), a través de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP); 2. La Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI); y, 3. La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), a través del Programa de la Red Solidaria. -- 12 of 15 -- 10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,250 ARTÍCULO 5.
Articulo 5
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 01 día del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN -- 13 of 15 -- 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,250 RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS -- 14 of 15 -- 12 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JUNIO DEL 2023 No. 36,250 LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO DARÍO JOSUÉ GARCÍA VILLALTA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS -- 15 of 15 --