Acuerdo Ministerial No. 395-2023 — Delegación en Sergio Vladimir Coello Díaz para representación en Junta Proponente
Considerandos
- 1.Que los órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO:
- 2.Que la Ley General de la Administración Pública, en su artículo 36 numeral 8, establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO:
- 3.Que el artículo 37 numeral 3 de la Ley Orgánica de Presupuesto, señala que corresponde a las Secretarías de Estado por medio de sus titulares o sus substitutos legales, autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre objetos específicos del gasto o entre categorías de un mismo programa, siguiendo el procedimiento que al efecto establece la Secretaría de Estado en los Despachos Finanzas. CONSIDERANDO:
- 4.Que en fecha 01 de febrero de 2022, mediante Acuerdo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización No. 007-2022, se nombró a la ciudadana Jackeline Lizzette Pinto Dubón, en el cargo de Gerente Administrativo. CONSIDERANDO:
- 5.Que las múltiples ocupaciones encomendadas al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, además que el propósito de las modificaciones es reorientar el gasto dentro de los grupos presupuestarios conforme a las solicitudes debidamente autorizadas y presentadas y ser oportuno con la gestión de la actividad administrativa en el marco de los principios de la administración pública. -- 1 of 572 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta POR TANTO: En aplicación de los artículos: 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 11.1 literal c) de la Ley de Contratación del Estado; 4, 6, 7 numeral 1) y 37 numeral 3) de la Ley Orgánica de Presupuesto; 7, 29, numeral 1), 36 numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de Administración Pública; 5 y 23 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 2 de la Ley Simplificación Administrativa; Decreto Legislativo No. 157-2022, correspondiente al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales ejercicio fiscal 2023; y 14 del Acuerdo No. 0696 del Reglamento de Viáticos. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en la ciudadana Jackeline Lizzette Pinto Dubón, Gerente Administrativo de esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con Documento Nacional de Identificación No. 0801-1964-02957, las funciones siguientes: a) Celebrar y suscribir los contratos de servicios y materiales, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Contratación del Estado. b) Presentación de la documentación relacionada con la solicitud de las modificaciones presupuestarias ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, así como la autorización de los traslados de créditos presupuestarios de las cuentas que comprenden todos los grupos, conforme a las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos aprobado. c) Presentación de Solicitudes de Autorización de Excepción en uso de Cuentas Contable para Registro Contable 31411 Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores. d) Autorización de Viáticos y Otros Gastos de Viaje Nacionales dentro del país para los grupos ocupacionales de las Categorías II, III, IV y V. e) Autorización de remuneraciones económicas en calidad de viáticos y gastos de viaje nacional según objeto del gasto 26210, mediante modalidad de estipendio, previo visto bueno de la Máxima Autoridad Ministerial. SEGUNDO: Dejar sin valor y efecto a partir de la fecha los Acuerdos Ministeriales Números 60-2022 y 106-2022 de fechas 01 de marzo y 16 de marzo del 2022, respectivamente. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo, a partir del cuatro (04) de mayo del dos mil veintitrés (2023) y deberá publicarse en el Diario Oficial LA GACETA. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABOG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABOG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 2 of 572 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 386-2023 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO:
- 6.Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente. CONSIDERANDO:
- 7.Que el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 605- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 17 de agosto del año 2022, edición No. 36,004, se delegó en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO, la facultad de firmar las siguientes funciones: 1. Providencias de: requerimiento, traslado, devolución de documentos, emisión de constancias y certificaciones; 2. Cédulas de Citación; 3. Certificaciones; 4. Constancias de Trámite; 5. Refrendar las Notificaciones de los Apoderados Legales; 6. Notificaciones por Correo Electrónico y Tabla de Avisos; y, 7. Cotejo. CONSIDERANDO:
- 8.Que con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados, es necesario ampliar las funciones delegadas en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO. POR TANTO: En aplicación de los artículos 246, 247 y 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 7, 36 numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Ampliar las funciones en el Acuerdo No. 605- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 17 de agosto del año 2022, edición No. 36,004, que contiene la delegación, en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO, adicionando la facultad de firmar los Oficios de Secretaría General. -- 3 of 572 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 SEGUNDO: La presente delegación tiene por objeto simplificar las actividades administrativas que se generan en esta Secretaría de Estado por los diferentes servicios que se brindan. TERCERO: Hacer la transcripción correspondiente y comunicar formalmente al ciudadano Norman Alexander Romero Andino, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 395-2023 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO:
- 9.Que el artículo 232 de la Constitución de la República define al Ministerio Público como “el organismo profesional, especializado, responsable de la, representación, defensa y protección de los intereses de la sociedad, independiente funcionalmente de los Poderes del Estado y libre de toda, injerencia político sectaria”, cuya titularidad, según el artículo 233 de este cuerpo normativo, recae en el Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto. CONSIDERANDO:
- 10.Que de acuerdo al artículo 22 del Decreto Legislativo 228-93, contentivo de la Ley del Ministerio Público “El Fiscal General de la República y el Fiscal General Adjunto, serán electos por el Congreso Nacional, con el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, de una nómina de cinco candidatos que presente una Junta Proponente convocada y presidida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia”. CONSIDERANDO:
- 11.Que en fecha 8 de mayo de 2023, la abogada REBECA LIZETTE RÁQUEL OBANDO, en su condición de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia y a quien compete presidir la Junta Proponente, que seleccionará, los candidatos a Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto para el período 2023-2028, convocó a -- 4 of 572 -- 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 las distintas instancias que conforman esa Junta, incluidos representantes de Sociedad Civil. CONSIDERANDO:
- 12.Que de forma subsidiaria y en ausencia de procedimiento claro para la designación de las organizaciones de sociedad civil ante la Junta Proponente, la convocatoria dispone aplicar el procedimiento descrito en el artículo 6 de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. CONSIDERANDO:
- 13.Que de acuerdo a lo que dispone el artículo 6, del Decreto Legislativo No. 74-2022, la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, funge como Secretario de las sesiones y asamblea en las que se designe a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de igual encargará de revisar “sí las Organizaciones de Sociedad Cívil postulantes, se encuentran activas y sí están asociadas a investigaciones por delitos de corrupción”. CONSIDERANDO:
Articulos
Articulo PRIMERO
Delegar en la ciudadana Jackeline Lizzette Pinto Dubón, Gerente Administrativo de esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con Documento Nacional de Identificación No. 0801-1964-02957, las funciones siguientes: a) Celebrar y suscribir los contratos de servicios y materiales, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Contratación del Estado. b) Presentación de la documentación relacionada con la solicitud de las modificaciones presupuestarias ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, así como la autorización de los traslados de créditos presupuestarios de las cuentas que comprenden todos los grupos, conforme a las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos aprobado. c) Presentación de Solicitudes de Autorización de Excepción en uso de Cuentas Contable para Registro Contable 31411 Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores. d) Autorización de Viáticos y Otros Gastos de Viaje Nacionales dentro del país para los grupos ocupacionales de las Categorías II, III, IV y V. e) Autorización de remuneraciones económicas en calidad de viáticos y gastos de viaje nacional según objeto del gasto 26210, mediante modalidad de estipendio, previo visto bueno de la Máxima Autoridad Ministerial. SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
Dejar sin valor y efecto a partir de la fecha los Acuerdos Ministeriales Números 60-2022 y 106-2022 de fechas 01 de marzo y 16 de marzo del 2022, respectivamente. TERCERO:
Articulo TERCERO
El presente Acuerdo es efectivo, a partir del cuatro (04) de mayo del dos mil veintitrés (2023) y deberá publicarse en el Diario Oficial LA GACETA. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABOG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABOG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 2 of 572 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 386-2023 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente. CONSIDERANDO: Que el artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 605- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 17 de agosto del año 2022, edición No. 36,004, se delegó en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO, la facultad de firmar las siguientes funciones: 1. Providencias de: requerimiento, traslado, devolución de documentos, emisión de constancias y certificaciones; 2. Cédulas de Citación; 3. Certificaciones; 4. Constancias de Trámite; 5. Refrendar las Notificaciones de los Apoderados Legales; 6. Notificaciones por Correo Electrónico y Tabla de Avisos; y, 7. Cotejo. CONSIDERANDO: Que con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados, es necesario ampliar las funciones delegadas en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO. POR TANTO: En aplicación de los artículos 246, 247 y 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras; 7, 36 numeral 8), 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de Administración Pública; 3, 4, 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO:
Articulo PRIMERO
Ampliar las funciones en el Acuerdo No. 605- 2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 17 de agosto del año 2022, edición No. 36,004, que contiene la delegación, en el ciudadano NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO, adicionando la facultad de firmar los Oficios de Secretaría General. -- 3 of 572 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
La presente delegación tiene por objeto simplificar las actividades administrativas que se generan en esta Secretaría de Estado por los diferentes servicios que se brindan. TERCERO:
Articulo TERCERO
Hacer la transcripción correspondiente y comunicar formalmente al ciudadano Norman Alexander Romero Andino, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO:
Articulo CUARTO
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 395-2023 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que el artículo 232 de la Constitución de la República define al Ministerio Público como “el organismo profesional, especializado, responsable de la, representación, defensa y protección de los intereses de la sociedad, independiente funcionalmente de los Poderes del Estado y libre de toda, injerencia político sectaria”, cuya titularidad, según el artículo 233 de este cuerpo normativo, recae en el Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al artículo 22 del Decreto Legislativo 228-93, contentivo de la Ley del Ministerio Público “El Fiscal General de la República y el Fiscal General Adjunto, serán electos por el Congreso Nacional, con el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, de una nómina de cinco candidatos que presente una Junta Proponente convocada y presidida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia”. CONSIDERANDO: Que en fecha 8 de mayo de 2023, la abogada REBECA LIZETTE RÁQUEL OBANDO, en su condición de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia y a quien compete presidir la Junta Proponente, que seleccionará, los candidatos a Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto para el período 2023-2028, convocó a -- 4 of 572 -- 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 las distintas instancias que conforman esa Junta, incluidos representantes de Sociedad Civil. CONSIDERANDO: Que de forma subsidiaria y en ausencia de procedimiento claro para la designación de las organizaciones de sociedad civil ante la Junta Proponente, la convocatoria dispone aplicar el procedimiento descrito en el artículo 6 de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo que dispone el artículo 6, del Decreto Legislativo No. 74-2022, la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, funge como Secretario de las sesiones y asamblea en las que se designe a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, de igual encargará de revisar “sí las Organizaciones de Sociedad Cívil postulantes, se encuentran activas y sí están asociadas a investigaciones por delitos de corrupción”. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia, así como delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicaciones de los Artículos: 30, 36 numerales 8 y 19, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto No. 74-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 20 de julio del 2022. ACUERDA: PRIMERO:
Articulo PRIMERO
Delegar en el ciudadano SERGIO VLADIMIR COELLO DIAZ, quien se desempeña, en el cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización, la representación de Secretario en las sesiones y Asamblea de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para la escogencia de la o el representante de Sociedad Civil, ante la Junta Proponente, para la elección del próximo Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto para el período 2023-2028. SEGUNDO:
Articulo SEGUNDO
El ciudadano COELLO DIAZ, será responsable por el ejercicio de la facultad de funciones que le han sido delegadas. TERCERO:
Articulo TERCERO
Comunicar formalmente al Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). ABG. TOMAS EDUARDO VAQUERO MORRIS Secretario de Estado ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General -- 5 of 572 -- 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE JULIO DEL 2023 No. 36,270 Secretaría de Estado en el Despacho de Energía Renovable y Electricidad ACUERDO No. SEN-20-2023