Vigente
Decreto No. PCM-037-2025 | 12 de noviembre de 2025 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,991

Decreto Ejecutivo No. PCM-037-2025 — Suspensión de garantías constitucionales por cuarenta y cinco días

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 235 y 245 numerales 2), 11) y 16) de la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo es ejercido, en representación y para beneficio del pueblo por la Presidenta de la República, a quien corresponde dentro de sus atribuciones dirigir la Política General del Estado y representarlo; así como ejercer el mando de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General, encontrándose para tales efectos legitimada para adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República. CONSIDERANDO (2):
  2. 2.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla, razón por la cual el derecho a la vida es inviolable y los derechos de cada persona se encuentran limitados por los derechos de los demás, tal como se establece en los artículos: 59, 62 y 65 Constitucionales. CONSIDERANDO (3):
  3. 3.Que la grave situación de violencia criminal organizada heredada desde la administración anterior, ha provocado un estado de calamidad y emergencia generalizada en el país, haciendo que el pueblo hondureño sea víctima de situaciones de violencia desenfrenada, que afectan en particular a través del delito de extorsión. CONSIDERANDO (4):
  4. 4.Que a pesar de los esfuerzos gubernamentales, la magnitud de la violencia ejercida por el crimen organizado y la gran capacidad operativa de estas estructuras delictivas, han hecho necesario que el Estado ejerza toda su autoridad y fuerza coercitiva, con el objeto de salvaguardar la vida y la integridad de la población hondureña, restableciendo la paz y la seguridad a nivel nacional, por lo que la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades nominadas en el artículo 245 numeral 7) Constitucional, decretó la suspensión de las garantías establecidas en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de dicha normativa. -- 13 of 44 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta CONSIDERANDO (5):
  5. 5.Que ante esta situación extrema de violencia, que perturba gravemente la paz a nivel nacional, resulta indispensable y urgente continuar con todas las medidas que lleven al restablecimiento de la paz y el orden en el país, a la preservación de la vida humana como fin supremo de la sociedad, así como a facilitar la búsqueda, identificación y detención de los criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, por lo que es procedente y absolutamente necesario decretar por un nuevo periodo de cuarenta y cinco (45) días, la restricción de ciertas garantías constitucionales para el logro de los objetivos señalados y garantizar la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía. CONSIDERANDO (6):
  6. 6.Que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM de suspensión de garantías constitucionales, han rendido excelentes resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país. CONSIDERANDO (7):
  7. 7.Que son de público conocimiento los logros positivos alcanzados a través de los Decretos de Suspensión Parcial de Garantías y la implementación del Plan Solución Contra el Crimen, en particular lo que va del año 2025, en el cual 62 municipios en el país han registrado cero incidencia de homicidios (21% de los municipios a nivel nacional); 243 municipios con incidencia de 0 a 8 homicidios (el 82% de los municipios), lo cual se traduce en una reducción de 12.5 % puntos de la tasa anual de homicidios por cada 100 mil habitantes. CONSIDERANDO (8):
  8. 8.Que se ha afectado a más de 51 bandas criminales; 57 personas capturadas con fines de extradición; se han realizado 67,071 allanamientos de morada exitosos; 7,136 personas detenidas por extorsión y delitos conexos; 7,136 detenciones de integrantes de maras y pandillas; 84,873 detenciones por delito; 23,748 órdenes de captura; aumento en la incautación de armas de fuego (22,044 armas de fuego decomisadas); 16,670 vehículos decomisados; 102,115 motocicletas decomisadas; 45,816 libras de marihuana decomisadas; 13,495 kilos de cocaína decomisada; 775 kilogramos de Fentanilo decomisado; 33 narco laboratorios destruidos, entre otros. CONSIDERANDO (9):
  9. 9.Que en fecha 31 de marzo de 2023, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) aprobó de manera unánime la II etapa del Plan Nacional de Seguridad “SOLUCIÓN CONTRA EL CRIMEN” (SCC), en cuyas medidas se establece dar continuidad a la suspensión de las garantías establecidas en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República. -- 14 of 44 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 CONSIDERANDO (10):
  10. 10.Que tal como lo establece el artículo 187 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, en caso de perturbación grave de la paz o de cualquier otra calamidad general podrá suspender el ejercicio de los derechos establecidos en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 Constitucionales mediante la emisión de un Decreto el cual contendrá: 1. Los motivos que lo justifiquen; 2. La garantía o garantías que se restrinjan; 3. El territorio que afectará la restricción; y, 4. El tiempo que durará ésta. Además, se convocará en el mismo Decreto al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca de dicho decreto y lo ratifique, modifique o impruebe. CONSIDERANDO (11):
  11. 11.Que el Estado de Honduras debe cumplir con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución de la República como en tratados internacionales ratificados por el país. Teniendo la facultad, en situaciones de crisis extraordinarias y muy graves, de suspender algunas de sus obligaciones en materia de derechos humanos, para lograr el restablecimiento a un estado de normalidad, que asegure el pleno respeto de todas las obligaciones asumidas internacionalmente. CONSIDERANDO (12):
  12. 12.Que tal como se establece en el artículo 4 numeral 1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en el artículo 27 numeral 1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados parte tanto del sistema universal como del sistema interamericano de protección de los derechos humanos podrán, en situaciones excepcionales, suspender algunas de las obligaciones en materia de derechos humanos contraídas en virtud de dichas convenciones. CONSIDERANDO (13):
  13. 13.Que en aplicación de los Decretos Ejecutivos PCM de suspensión de garantías constitucionales y como producto del análisis estadístico policial realizado por la Policía Nacional se identificó que se ha registrado una perturbación grave de la paz debido al establecimiento permanente de miembros de maras y pandillas en los Municipios del Distrito Central, San Pedro Sula y otros ubicados en varios departamentos del país, grupos delictivos que han incidido en la comisión de delitos, particularmente por el delito de extorsión. CONSIDERANDO (14):
  14. 14.Que es deber ineludible de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, tomar las acciones necesarias para mantener el orden, la seguridad y la paz en la Nación. POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 59, 62, 65, 69, 78, 81, 84, 93, 99, 187, 245 numerales 2), 4), 7), 11), 16) y 19), 252, 321, 323 de la Constitución de la República; artículos 11, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 2 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de Honduras; Decretos Ejecutivos número PCM 29-2022, PCM 01-2023, PCM 10-2023, PCM 15-2023, PCM 24-2023, PCM 33-2023, PCM 37-2023, PCM 42-2023, PCM 46-2023, PCM 52-2023, PCM 06-2024, PCM 09-2024, PCM 13-2024, PCM 19-2024, PCM 24-2024, PCM 30-2024, PCM 36-2024, PCM 03-2025, PCM 10-2025, PCM-16-2025; PCM-18-2025, PCM-022-2025, PCM-024-2025, PCM-028-2025 y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de -- 15 of 44 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del miércoles 12 de noviembre de 2025, hasta las 6:00 p.m. del viernes 26 de diciembre de 2025. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). ARTÍCULO 2. La libre circulación se realizará con normalidad en todo el país, aún en las zonas descritas en el presente Decreto y solo podrá ser restringida por las causales aquí descritas, determinadas puntualmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional, quien deberá implementar los mecanismos y protocolos necesarios para garantizar la estricta observancia de los principios de necesidad y proporcionalidad. ARTÍCULO 3. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), coordinarán acciones para dar cumplimiento al presente Decreto y mantener el orden, la paz y la seguridad nacional, así como el control de las fronteras terrestres, aéreas y marítimas. ARTÍCULO 4. Las autoridades policiales competentes al momento de la detención deberán identificarse, informar los motivos de la misma y respetar los derechos de los detenidos. En los centros de detención deberá llevarse un registro oficial de los detenidos conforme a los estándares internacionales. ARTÍCULO 5. Se convoca al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca del presente Decreto y lo ratifique, modifique o impruebe en uso de sus facultades Constitucionales. ARTÍCULO 6. Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, a informar inmediatamente a quien corresponda del presente Decreto una vez aprobado, estableciendo los motivos de la suspensión, derechos suspendidos y la fecha en que se habrá de terminar tal suspensión. ARTÍCULO 7. El presente Decreto es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 16 of 44 -- 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 5 de 17 ANEXO ÚNICO N° MUNICIPIO DEPARTAMENTO 1 LA CEIBA ATLÁNTIDA 2 EL PORVENIR 3 TELA 4 LA MASICA 5 JUTIAPA 6 ESPARTA 7 SAN FRANCISCO 8 SAN JUAN PUEBLO 9 ARIZONA 10 TOCOA COLÓN 11 TRUJILLO 12 BONITO ORIENTAL 13 SONAGUERA 14 LIMÓN 15 IRIONA 16 SABÁ 17 SANTA ROSA DE AGUÁN 18 SANTA FE 19 COMAYAGUA COMAYAGUA 20 SIGUATEPEQUE 21 VILLA DE SAN ANTONIO 22 SAN LUIS 23 EL ROSARIO 24 MEÁMBAR -- 17 of 44 -- 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 6 de 17 25 LA LIBERTAD 26 TAULABÉ 27 LAS LAJAS 28 AJUTERIQUE 29 SAN JERÓNIMO 30 SAN JOSÉ DE COMAYAGUA 31 ESQUÍAS 32 MINAS DE ORO 33 SAN JOSÉ DEL POTRERO 34 NUEVA ARCADIA 35 SANTA ROSA DE COPÁN 36 FLORIDA 37 EL PARAÍSO 38 CUCUYAGUA 39 COPÁN RUINAS COPÁN 40 SAN NICOLÁS 41 SANTA RITA 42 CABAÑAS 43 LA UNIÓN 44 VERACRUZ 45 TRINIDAD 46 DULCE NOMBRE 47 CONCEPCIÓN 48 SAN AGUSTÍN 49 CORQUÍN 50 LA JIGUA -- 18 of 44 -- 7 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 7 de 17 51 SAN ANTONIO 52 DOLORES 53 SAN JERÓNIMO 54 SAN JOSÉ 55 SAN PEDRO 56 SAN JUAN DE OPOA 57 SAN PEDRO SULA 58 CHOLOMA 59 PUERTO CORTÉS 60 VILLANUEVA 61 LA LIMA 62 SANTA CRUZ DE YOJOA CORTÉS 63 OMOA 64 SAN MANUEL 65 POTRERILLOS 66 SAN ANTONIO DE CORTÉS 67 SAN FRANCISCO DE YOJOA 68 CHOLUTECA 69 MARCOVIA 70 EL TRIUNFO 71 SAN MARCOS DE COLÓN 72 EL CORPUS 73 PESPIRE CHOLUTECA 74 NAMASIGUE 75 SANTA ANA DE YUSGUARE 76 CONCEPCIÓN DE MARÍA 77 APACILAGUA -- 19 of 44 -- 8 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 8 de 17 78 OROCUINA 79 DUYURE 80 SAN ISIDRO 81 SAN ANTONIO DE FLORES 82 SAN JOSÉ 83 DANLÍ 84 TROJES 85 TEUPASENTI 86 EL PARAÍSO 87 MOROCELÍ EL PARAÍSO 88 YUSCARÁN 89 POTRERILLOS 90 ALAUCA 91 JACALEAPA 92 SAN MATÍAS 93 GÜINOPE 94 SAN ANTONIO FLORES 95 DISTRITO CENTRAL 96 TALANGA 97 TATUMBLA 98 GUAIMACA 99 SABANAGRANDE 100 LEPATERIQUE FRANCISCO MORAZÁN 101 SANTA LUCÍA 102 VALLE DE ÁNGELES 103 EL PORVENIR 104 ORICA -- 20 of 44 -- 9 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 9 de 17 105 MARALE 106 CEDROS 107 VALLECILLO 108 PUERTO LEMPIRA GRACIAS A DIOS 109 BRUS LAGUNA 110 JESÚS DE OTORO 111 LA ESPERANZA 112 INTIBUCÁ INTIBUCÁ 113 MASAGUARA 114 COLOMONCAGUA 115 SAN MIGUELITO 116 MAGDALENA 117 SANTA LUCÍA 118 SAN JUAN 119 SAN FRANCISCO DE OPALACA 120 SAN ANTONIO 121 ROATÁN ISLAS DE LA BAHÍA 122 SANTOS GUARDIOLA 123 LA PAZ 124 MARCALA 125 SANTA ELENA 126 YARULA LA PAZ 127 CABAÑAS 128 SANTA ANA 129 OPATORO 130 MERCEDES DE ORIENTE -- 21 of 44 -- 10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 10 de 17 131 SAN ANTONIO DEL NORTE 132 LAUTERIQUE 133 TUTULE 134 SANTIAGO DE PURINGLA 135 SAN JOSÉ 136 PLANES DE SANTA MARÍA 137 CHINACLA 138 SAN JUAN 139 CANE 140 GUAJIQUIRO 141 SAN PEDRO DE TUTULE 142 GRACIAS 143 LEPAERA LEMPIRA 144 LAS FLORES 145 LA IGUALA 146 SAN RAFAEL 147 SAN ANDRÉS 148 PIRAERA 149 ERANDIQUE 150 LA UNIÓN 151 GUARITA 152 TOMALÁ 153 MAPULACA 154 LA VIRTUD 155 SAN MARCOS DE CAIQUÍN 156 SAN SEBASTIÁN 157 BELÉN -- 22 of 44 -- 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 11 de 17 158 SANTA CRUZ 159 CANDELARIA 160 COLOLACA 161 TALGUA 162 GUALCINCE 163 VIRGINIA 164 SAN MARCOS 165 OCOTEPEQUE 166 MERCEDES 167 SANTA FE 168 LA LABOR 169 SINUAPA OCOTEPEQUE 170 LA ENCARNACIÓN 171 SAN FRANCISCO 172 CONCEPCIÓN 173 SENSENTI 174 BELÉN GUALCHO 175 CATACAMAS 176 JUTICALPA OLANCHO 177 DULCE NOMBRE DE CULMÍ 178 PATUCA 179 SANTA MARÍA DEL REAL 180 SAN ESTEBAN 181 GUALACO 182 SAN FRANCISCO DE BECERRA 183 CAMPAMENTO 184 EL ROSARIO -- 23 of 44 -- 12 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 12 de 17 185 LA UNIÓN 186 ESQUIPULAS DEL NORTE 187 SILCA 188 GUATA 189 QUIMISTÁN 190 SANTA BÁRBARA 191 PROTECCIÓN 192 ILAMA 193 LAS VEGAS 194 SAN MARCOS 195 TRINIDAD 196 PETOA SANTA BÁRBARA 197 AZACUALPA 198 MACUELIZO 199 CONCEPCIÓN DEL NORTE 200 SAN NICÓLAS 201 SAN FRANCISCO DE OJUERA 202 ATIMA 203 ZACAPA 204 CHINDA 205 NUEVO CELILAC 206 EL NÍSPERO 207 SAN LUIS 208 NACAOME 209 SAN LORENZO VALLE 210 LANGUE 211 GOASCORÁN -- 24 of 44 -- 13 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 13 de 17 212 ALIANZA 213 ARAMECINA 214 CARIDAD 215 AMAPALA 216 SAN FRANCISCO DE CORAY 217 OLANCHITO 218 YORO 219 EL PROGRESO 220 EL NEGRITO 221 MORAZÁN 222 SANTA RITA YORO 223 VICTORIA 224 JOCÓN 225 SULACO 226 YORITO Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA -- 25 of 44 -- 14 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN JAVIER EFRAIN BÚ SOTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO -- 26 of 44 -- 15 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN HECTOR LONGINO BECERRA LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA -- 27 of 44 -- 16 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) JUAN CARLOS COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -- 28 of 44 -- 7 La G aceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,993 B. Sección B A v isos L egales República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-036-2025-SDN “EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE MONITOREO AMBIENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-036- 2025-SDN, para el proyecto “EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE MONITOREO AMBIENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS” 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 10 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 31 de octubre al 14 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 10 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 10 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 31 de octubre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 14 N. 2025 -- 29 of 44 -- 8 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,993 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-043-2025-SDN, para el proyecto “RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS Y SERVICIOS DE PÁGINA WEB | SEDENA - 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 15 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 04 al 21 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 15 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 15 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de noviembre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 14 N. 2025 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-043-2025-SDN “RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS Y SERVICIOS DE PÁGINA WEB | SEDENA - 2026”. -- 30 of 44 -- 22 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerza Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-041- 2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DEL ORDEN PÚBLICO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 09 de Diciembre del 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am, a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 29 de octubre al 14 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-041-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DEL ORDEN PÚBLICO” -- 31 of 44 -- 23 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Republica de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-042- 2025-SDN, para el proyecto “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-042-2025-SDN “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026” nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 09 de diciembre del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 09 de Diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de Octubre del 2025 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 32 of 44 -- 23 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Republica de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-042- 2025-SDN, para el proyecto “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-042-2025-SDN “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026” nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 09 de diciembre del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 09 de Diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de Octubre del 2025 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 33 of 44 -- 24 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 16 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 04 al 21 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 16 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 16 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de noviembre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 34 of 44 -- 4 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 19 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,997 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Servicios de Construcción Plaza Sigua" IPM-LPN-GC-2025-014 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas precalificadas para el año 2025 en la categoría "A" interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2025-014 a presentar ofertas selladas para el proceso "Servicios de Construcción Plaza Sigua". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el edificio principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 27 de octubre de 2025 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del viernes 05 de diciembre de 2025 a las 9:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día viernes 05 de diciembre de 2025 a las 10:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de octubre de 2025. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 19 N. 2025 -- 35 of 44 -- 5 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 19 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,997 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Actualización de Infraestructura Virtual en el Centro de Datos de la Oficina Regional de San Pedro Sula" IPM-LPN-GC-2025-015 1. EI Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2025-015 a presentar ofertas selladas para el proceso "Actualización de Infraestructura Virtual en el Centro de Datos de la Oficina Regional de San Pedro Sula". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA, Otto Fabricio Mejía Hércules, en el edificio Principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 03 de noviembre de 2025 en un horario de 8:30 a.m., a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio Principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del jueves 11 de diciembre de 2025, a las 09:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día jueves 11 de diciembre de 2025, a las 10:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M. D.C., 23 de octubre de 2025. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 19 N. 2025 -- 36 of 44 -- 21 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 17 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos. CAPÍTULO IV. VIGENCIA Artículo 15. Vigencia. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata, deberá hacerse del conocimiento de los Partidos Políticos y publicarse en la página web del CNE y en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el salón de sesiones del Consejo Nacional Electoral, Municipio del Distrito Central, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). Firmas y Sellos: DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA. LIC. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ, CONSEJERO SECRETARIO. ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR, CONSEJERA VOCAL. ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 2585-2025, Acta 54-2025, cinco (5) páginas Consejo Nacional Electoral CNE CERTIFICACIÓN, ACUERDO No. 71-2025 CERTIFICACIÓN 2691-2025. La infrascrita, Secretaria General del Consejo Nacional Electoral por este medio CERTIFICA el ACUERDO tomado por unanimidad de votos en el punto VII (Asuntos Electorales) numeral ciento setenta y tres (173) Acta Número 54-2025, correspondiente a la Sesión Ordinaria, celebrada por el Pleno de este Órgano Electoral el día domingo dos (02), de noviembre del año dos mil veinticinco, reanudada los días lunes tres (03), martes cuatro (04), miércoles cinco (05), jueves seis (06), viernes siete (07), sábado ocho (08), domingo nueve (09), lunes diez (10), martes once (11) y miércoles doce (12), jueves trece (13), viernes catorce (14), sábado quince (15), domingo dieciséis (16), lunes diecisiete (17), martes dieciocho (18), miércoles diecinueve (19), jueves veinte (20) del mismo mes y año, que literalmente dice: “El Pleno de Consejeros, en cumplimiento al artículo 21 numeral 4) inciso d) de la Ley Electoral de Honduras emite el Acuerdo siguiente: ACUERDO No. 71- 2025 contentivo del REGLAMENTO DE CUSTODIOS ELECTORALES PARA ELECCIONES GENERALES 2025. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, CONSIDERANDO (1):
  15. 15.Que el Consejo Nacional Electoral es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación con los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República, con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística electoral. Tiene competencia en todo el territorio nacional y su domicilio es en la capital de la República. Su integración, organización, funcionamiento, sistemas y procesos son de seguridad nacional. CONSIDERANDO (2):
  16. 16.Que de conformidad con el artículo 21 de la Ley Electoral de Honduras, es atribución del Consejo Nacional Electoral, -- 37 of 44 -- 22 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 organizar, dirigir, administrar y supervisar los procesos electorales; emitir acuerdos, reglamentos, instructivos y resoluciones, para la aplicación de la Ley. CONSIDERANDO (3):
  17. 17.Que el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Electoral, el Consejo Nacional Electoral designa la figura del Custodio Informático Electoral (CIE). Su función principal es brindar asistencia técnica a los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) durante la jornada electoral, especialmente en el proceso de transmisión de resultados. Asimismo, es responsable de custodiar la entrega y el retorno de la maleta electoral y del Kit Tecnológico, asegurando su devolución al Centro Logístico Electoral del Consejo Nacional Electoral. CONSIDERANDO (4):
  18. 18.Que de conformidad con el artículo 318 de la Ley Electoral de Honduras, el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el responsable de la custodia, transporte y vigilancia del material electoral. Para tal efecto, el Presidente de la República un mes antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas, debe poner bajo su disposición a las Fuerzas Armadas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) para los efectos del párrafo anterior, debe nombrar Custodios Electorales, debidamente acreditados con instrucciones específicas y desempeñarán sus funciones en coordinación con las Fuerzas Armadas. Estos custodios deben ser nombrados en forma rotatoria, a propuesta de los partidos políticos que integren las Juntas Receptoras de Votos. CONSIDERANDO (5):
  19. 19.Que es facultad del Consejo Nacional Electoral (CNE), emitir los reglamentos necesarios para llevar a cabo los procesos electorales en aras de una armoniosa participación de los competidores y en apego al ordenamiento jurídico vigente. CONSIDERANDO (6):

Articulos

Articulo 1

En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de -- 15 of 44 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del miércoles 12 de noviembre de 2025, hasta las 6:00 p.m. del viernes 26 de diciembre de 2025. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). ARTÍCULO 2.

Articulo 2

La libre circulación se realizará con normalidad en todo el país, aún en las zonas descritas en el presente Decreto y solo podrá ser restringida por las causales aquí descritas, determinadas puntualmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional, quien deberá implementar los mecanismos y protocolos necesarios para garantizar la estricta observancia de los principios de necesidad y proporcionalidad. ARTÍCULO 3.

Articulo 3

La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), coordinarán acciones para dar cumplimiento al presente Decreto y mantener el orden, la paz y la seguridad nacional, así como el control de las fronteras terrestres, aéreas y marítimas. ARTÍCULO 4.

Articulo 4

Las autoridades policiales competentes al momento de la detención deberán identificarse, informar los motivos de la misma y respetar los derechos de los detenidos. En los centros de detención deberá llevarse un registro oficial de los detenidos conforme a los estándares internacionales. ARTÍCULO 5.

Articulo 5

Se convoca al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca del presente Decreto y lo ratifique, modifique o impruebe en uso de sus facultades Constitucionales. ARTÍCULO 6.

Articulo 6

Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, a informar inmediatamente a quien corresponda del presente Decreto una vez aprobado, estableciendo los motivos de la suspensión, derechos suspendidos y la fecha en que se habrá de terminar tal suspensión. ARTÍCULO 7.

Articulo 7

El presente Decreto es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 16 of 44 -- 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 5 de 17 ANEXO ÚNICO N° MUNICIPIO DEPARTAMENTO 1 LA CEIBA ATLÁNTIDA 2 EL PORVENIR 3 TELA 4 LA MASICA 5 JUTIAPA 6 ESPARTA 7 SAN FRANCISCO 8 SAN JUAN PUEBLO 9 ARIZONA 10 TOCOA COLÓN 11 TRUJILLO 12 BONITO ORIENTAL 13 SONAGUERA 14 LIMÓN 15 IRIONA 16 SABÁ 17 SANTA ROSA DE AGUÁN 18 SANTA FE 19 COMAYAGUA COMAYAGUA 20 SIGUATEPEQUE 21 VILLA DE SAN ANTONIO 22 SAN LUIS 23 EL ROSARIO 24 MEÁMBAR -- 17 of 44 -- 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 6 de 17 25 LA LIBERTAD 26 TAULABÉ 27 LAS LAJAS 28 AJUTERIQUE 29 SAN JERÓNIMO 30 SAN JOSÉ DE COMAYAGUA 31 ESQUÍAS 32 MINAS DE ORO 33 SAN JOSÉ DEL POTRERO 34 NUEVA ARCADIA 35 SANTA ROSA DE COPÁN 36 FLORIDA 37 EL PARAÍSO 38 CUCUYAGUA 39 COPÁN RUINAS COPÁN 40 SAN NICOLÁS 41 SANTA RITA 42 CABAÑAS 43 LA UNIÓN 44 VERACRUZ 45 TRINIDAD 46 DULCE NOMBRE 47 CONCEPCIÓN 48 SAN AGUSTÍN 49 CORQUÍN 50 LA JIGUA -- 18 of 44 -- 7 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 7 de 17 51 SAN ANTONIO 52 DOLORES 53 SAN JERÓNIMO 54 SAN JOSÉ 55 SAN PEDRO 56 SAN JUAN DE OPOA 57 SAN PEDRO SULA 58 CHOLOMA 59 PUERTO CORTÉS 60 VILLANUEVA 61 LA LIMA 62 SANTA CRUZ DE YOJOA CORTÉS 63 OMOA 64 SAN MANUEL 65 POTRERILLOS 66 SAN ANTONIO DE CORTÉS 67 SAN FRANCISCO DE YOJOA 68 CHOLUTECA 69 MARCOVIA 70 EL TRIUNFO 71 SAN MARCOS DE COLÓN 72 EL CORPUS 73 PESPIRE CHOLUTECA 74 NAMASIGUE 75 SANTA ANA DE YUSGUARE 76 CONCEPCIÓN DE MARÍA 77 APACILAGUA -- 19 of 44 -- 8 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 8 de 17 78 OROCUINA 79 DUYURE 80 SAN ISIDRO 81 SAN ANTONIO DE FLORES 82 SAN JOSÉ 83 DANLÍ 84 TROJES 85 TEUPASENTI 86 EL PARAÍSO 87 MOROCELÍ EL PARAÍSO 88 YUSCARÁN 89 POTRERILLOS 90 ALAUCA 91 JACALEAPA 92 SAN MATÍAS 93 GÜINOPE 94 SAN ANTONIO FLORES 95 DISTRITO CENTRAL 96 TALANGA 97 TATUMBLA 98 GUAIMACA 99 SABANAGRANDE 100 LEPATERIQUE FRANCISCO MORAZÁN 101 SANTA LUCÍA 102 VALLE DE ÁNGELES 103 EL PORVENIR 104 ORICA -- 20 of 44 -- 9 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 9 de 17 105 MARALE 106 CEDROS 107 VALLECILLO 108 PUERTO LEMPIRA GRACIAS A DIOS 109 BRUS LAGUNA 110 JESÚS DE OTORO 111 LA ESPERANZA 112 INTIBUCÁ INTIBUCÁ 113 MASAGUARA 114 COLOMONCAGUA 115 SAN MIGUELITO 116 MAGDALENA 117 SANTA LUCÍA 118 SAN JUAN 119 SAN FRANCISCO DE OPALACA 120 SAN ANTONIO 121 ROATÁN ISLAS DE LA BAHÍA 122 SANTOS GUARDIOLA 123 LA PAZ 124 MARCALA 125 SANTA ELENA 126 YARULA LA PAZ 127 CABAÑAS 128 SANTA ANA 129 OPATORO 130 MERCEDES DE ORIENTE -- 21 of 44 -- 10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 10 de 17 131 SAN ANTONIO DEL NORTE 132 LAUTERIQUE 133 TUTULE 134 SANTIAGO DE PURINGLA 135 SAN JOSÉ 136 PLANES DE SANTA MARÍA 137 CHINACLA 138 SAN JUAN 139 CANE 140 GUAJIQUIRO 141 SAN PEDRO DE TUTULE 142 GRACIAS 143 LEPAERA LEMPIRA 144 LAS FLORES 145 LA IGUALA 146 SAN RAFAEL 147 SAN ANDRÉS 148 PIRAERA 149 ERANDIQUE 150 LA UNIÓN 151 GUARITA 152 TOMALÁ 153 MAPULACA 154 LA VIRTUD 155 SAN MARCOS DE CAIQUÍN 156 SAN SEBASTIÁN 157 BELÉN -- 22 of 44 -- 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 11 de 17 158 SANTA CRUZ 159 CANDELARIA 160 COLOLACA 161 TALGUA 162 GUALCINCE 163 VIRGINIA 164 SAN MARCOS 165 OCOTEPEQUE 166 MERCEDES 167 SANTA FE 168 LA LABOR 169 SINUAPA OCOTEPEQUE 170 LA ENCARNACIÓN 171 SAN FRANCISCO 172 CONCEPCIÓN 173 SENSENTI 174 BELÉN GUALCHO 175 CATACAMAS 176 JUTICALPA OLANCHO 177 DULCE NOMBRE DE CULMÍ 178 PATUCA 179 SANTA MARÍA DEL REAL 180 SAN ESTEBAN 181 GUALACO 182 SAN FRANCISCO DE BECERRA 183 CAMPAMENTO 184 EL ROSARIO -- 23 of 44 -- 12 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 12 de 17 185 LA UNIÓN 186 ESQUIPULAS DEL NORTE 187 SILCA 188 GUATA 189 QUIMISTÁN 190 SANTA BÁRBARA 191 PROTECCIÓN 192 ILAMA 193 LAS VEGAS 194 SAN MARCOS 195 TRINIDAD 196 PETOA SANTA BÁRBARA 197 AZACUALPA 198 MACUELIZO 199 CONCEPCIÓN DEL NORTE 200 SAN NICÓLAS 201 SAN FRANCISCO DE OJUERA 202 ATIMA 203 ZACAPA 204 CHINDA 205 NUEVO CELILAC 206 EL NÍSPERO 207 SAN LUIS 208 NACAOME 209 SAN LORENZO VALLE 210 LANGUE 211 GOASCORÁN -- 24 of 44 -- 13 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 Página 13 de 17 212 ALIANZA 213 ARAMECINA 214 CARIDAD 215 AMAPALA 216 SAN FRANCISCO DE CORAY 217 OLANCHITO 218 YORO 219 EL PROGRESO 220 EL NEGRITO 221 MORAZÁN 222 SANTA RITA YORO 223 VICTORIA 224 JOCÓN 225 SULACO 226 YORITO Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA -- 25 of 44 -- 14 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN JAVIER EFRAIN BÚ SOTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO -- 26 of 44 -- 15 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN HECTOR LONGINO BECERRA LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA -- 27 of 44 -- 16 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,991 OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) JUAN CARLOS COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA -- 28 of 44 -- 7 La G aceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,993 B. Sección B A v isos L egales República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-036-2025-SDN “EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE MONITOREO AMBIENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-036- 2025-SDN, para el proyecto “EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE MONITOREO AMBIENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS” 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 10 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 31 de octubre al 14 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 10 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 10 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 31 de octubre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 14 N. 2025 -- 29 of 44 -- 8 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,993 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-043-2025-SDN, para el proyecto “RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS Y SERVICIOS DE PÁGINA WEB | SEDENA - 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 15 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 04 al 21 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 15 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 15 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de noviembre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 14 N. 2025 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-043-2025-SDN “RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS Y SERVICIOS DE PÁGINA WEB | SEDENA - 2026”. -- 30 of 44 -- 22 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerza Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-041- 2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DEL ORDEN PÚBLICO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 09 de Diciembre del 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:30 am, a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 29 de octubre al 14 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-041-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DEL ORDEN PÚBLICO” -- 31 of 44 -- 23 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Republica de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-042- 2025-SDN, para el proyecto “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-042-2025-SDN “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026” nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 09 de diciembre del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 09 de Diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de Octubre del 2025 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 32 of 44 -- 23 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Republica de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-042- 2025-SDN, para el proyecto “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Tesoro Nacional. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-042-2025-SDN “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADORAS PARA SEDENA 2026” nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 09 de diciembre del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 09 de Diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de Octubre del 2025 Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 33 of 44 -- 24 La Gaceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 15 D E N O V I E M BRE 2025 N o . 36,994 Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). 4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 16 de diciembre 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 04 al 21 de noviembre del año 2025, en el mismo lugar y horario. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 16 de diciembre del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 16 de diciembre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de noviembre de 2025. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 15 N. 2025 -- 34 of 44 -- 4 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 19 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,997 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Servicios de Construcción Plaza Sigua" IPM-LPN-GC-2025-014 1. El Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas precalificadas para el año 2025 en la categoría "A" interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2025-014 a presentar ofertas selladas para el proceso "Servicios de Construcción Plaza Sigua". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA Otto Fabricio Mejía Hércules en el edificio principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 27 de octubre de 2025 en un horario de 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del viernes 05 de diciembre de 2025 a las 9:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día viernes 05 de diciembre de 2025 a las 10:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de octubre de 2025. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 19 N. 2025 -- 35 of 44 -- 5 La G aceta B. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 19 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,997 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR "Actualización de Infraestructura Virtual en el Centro de Datos de la Oficina Regional de San Pedro Sula" IPM-LPN-GC-2025-015 1. EI Instituto de Previsión Militar (IPM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2025-015 a presentar ofertas selladas para el proceso "Actualización de Infraestructura Virtual en el Centro de Datos de la Oficina Regional de San Pedro Sula". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Coronel de Defensa Aérea DEMA, Otto Fabricio Mejía Hércules, en el edificio Principal del IPM, Boulevard Centroamérica, a partir del día lunes 03 de noviembre de 2025 en un horario de 8:30 a.m., a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que los mismos sean enviados; asimismo los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, HonduCompras, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en el segundo nivel del edificio Principal del IPM en el Departamento de Compras a más tardar el día del jueves 11 de diciembre de 2025, a las 09:45 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día jueves 11 de diciembre de 2025, a las 10:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M. D.C., 23 de octubre de 2025. CORONEL DE DEFENSA AÉREA DEMA OTTO FABRICIO MEJÍA HÉRCULES GERENTE 19 N. 2025 -- 36 of 44 -- 21 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 17 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos. CAPÍTULO IV. VIGENCIA Artículo 15. Vigencia. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata, deberá hacerse del conocimiento de los Partidos Políticos y publicarse en la página web del CNE y en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el salón de sesiones del Consejo Nacional Electoral, Municipio del Distrito Central, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). Firmas y Sellos: DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA. LIC. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ, CONSEJERO SECRETARIO. ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR, CONSEJERA VOCAL. ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 2585-2025, Acta 54-2025, cinco (5) páginas Consejo Nacional Electoral CNE CERTIFICACIÓN, ACUERDO No. 71-2025 CERTIFICACIÓN 2691-2025. La infrascrita, Secretaria General del Consejo Nacional Electoral por este medio CERTIFICA el ACUERDO tomado por unanimidad de votos en el punto VII (Asuntos Electorales) numeral ciento setenta y tres (173) Acta Número 54-2025, correspondiente a la Sesión Ordinaria, celebrada por el Pleno de este Órgano Electoral el día domingo dos (02), de noviembre del año dos mil veinticinco, reanudada los días lunes tres (03), martes cuatro (04), miércoles cinco (05), jueves seis (06), viernes siete (07), sábado ocho (08), domingo nueve (09), lunes diez (10), martes once (11) y miércoles doce (12), jueves trece (13), viernes catorce (14), sábado quince (15), domingo dieciséis (16), lunes diecisiete (17), martes dieciocho (18), miércoles diecinueve (19), jueves veinte (20) del mismo mes y año, que literalmente dice: “El Pleno de Consejeros, en cumplimiento al artículo 21 numeral 4) inciso d) de la Ley Electoral de Honduras emite el Acuerdo siguiente: ACUERDO No. 71- 2025 contentivo del REGLAMENTO DE CUSTODIOS ELECTORALES PARA ELECCIONES GENERALES 2025. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, CONSIDERANDO (1): Que el Consejo Nacional Electoral es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación con los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República, con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística electoral. Tiene competencia en todo el territorio nacional y su domicilio es en la capital de la República. Su integración, organización, funcionamiento, sistemas y procesos son de seguridad nacional. CONSIDERANDO (2): Que de conformidad con el artículo 21 de la Ley Electoral de Honduras, es atribución del Consejo Nacional Electoral, -- 37 of 44 -- 22 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 organizar, dirigir, administrar y supervisar los procesos electorales; emitir acuerdos, reglamentos, instructivos y resoluciones, para la aplicación de la Ley. CONSIDERANDO (3): Que el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Electoral, el Consejo Nacional Electoral designa la figura del Custodio Informático Electoral (CIE). Su función principal es brindar asistencia técnica a los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) durante la jornada electoral, especialmente en el proceso de transmisión de resultados. Asimismo, es responsable de custodiar la entrega y el retorno de la maleta electoral y del Kit Tecnológico, asegurando su devolución al Centro Logístico Electoral del Consejo Nacional Electoral. CONSIDERANDO (4): Que de conformidad con el artículo 318 de la Ley Electoral de Honduras, el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el responsable de la custodia, transporte y vigilancia del material electoral. Para tal efecto, el Presidente de la República un mes antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas, debe poner bajo su disposición a las Fuerzas Armadas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) para los efectos del párrafo anterior, debe nombrar Custodios Electorales, debidamente acreditados con instrucciones específicas y desempeñarán sus funciones en coordinación con las Fuerzas Armadas. Estos custodios deben ser nombrados en forma rotatoria, a propuesta de los partidos políticos que integren las Juntas Receptoras de Votos. CONSIDERANDO (5): Que es facultad del Consejo Nacional Electoral (CNE), emitir los reglamentos necesarios para llevar a cabo los procesos electorales en aras de una armoniosa participación de los competidores y en apego al ordenamiento jurídico vigente. CONSIDERANDO (6): Que el día 30 de noviembre del 2025 se celebrarán las Elecciones Generales, proceso mediante el cual la ciudadanía hondureña elegirá, mediante voto directo, a las autoridades que ejercerán los cargos de Presidente(a) de la República, Diputados(as) al Congreso Nacional y al Parlamento Centroamericano, así como Alcaldes(as), Vicealcaldes(as) y Regidores(as) en los 298 municipios del país. POR TANTO: El Consejo Nacional Electoral, en uso de las facultades que la ley confiere y en aplicación de los artículos 51, 321, 322, 323 de la Constitución de la República; 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 3, 19, 22, 24 y 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo; por unanimidad de votos. ACUERDA: APROBAR EL REGLAMENTO DE CUSTODIOS ELECTORALES PARA LAS ELECCIONES GENERALES 2025. CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1.

Articulo 1

Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer y desarrollar la normativa que regirá el ejercicio de las funciones de los Custodios Electorales, en el marco de las Elecciones Generales a realizarse el día 30 de noviembre de 2025, garantizando la eficiencia, transparencia y legalidad en el desempeño de este rol técnico-electoral. Artículo 2.

Articulo 2

Clasificación de los Custodios Electorales. El Consejo Nacional Electoral, en el marco de sus atribuciones legales y operativas, nombrará para las Elecciones Generales, las siguientes categorías de Custodios: a) Custodio Informático Electoral b) Custodio de Transporte c) Custodio Administrativo -- 38 of 44 -- 23 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 CAPÍTULO II CUSTODIOS INFORMÁTICOS ELECTORALES Artículo 3.

Articulo 3

Custodios Informáticos Electorales. El Custodio Informático Electoral (CIE) es un funcionario acreditado por el Consejo Nacional Electoral, a propuesta de los Partidos Políticos para cumplir funciones de logística en el centro de votación y asistencia a los miembros de la Junta Receptora de Votos en la transmisión de resultados. Artículo 4.

Articulo 4

Verificación y validación del cumplimiento de requisitos de los Custodios Informáticos Electorales. El Consejo Nacional Electoral utilizará el listado definitivo de electores para verificar y validar el cumplimiento de los requisitos y condiciones de nombramiento y elegibilidad de cada una de las propuestas de Custodios Informáticos Electorales: Nombres, apellidos, edad, número de Documento Nacional de Identificación, domicilio, municipio y departamento, entre otros. Artículo 5.

Articulo 5

Requisitos para la Designación de Custodios Informáticos Electorales (CIE). Los Custodios Informáticos Electorales (CIE) propuestos por los Partidos Políticos deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos para su acreditación: a) Poseer Documento Nacional de Identificación vigente. b) Ser mayor de 18 años. c) Contar con teléfono celular y correo electrónico activo para fines de comunicación oficial. d) Residir preferentemente en el departamento donde se ubique el centro de votación asignado. e) Participar en la capacitación impartida por el Consejo Nacional Electoral. f) Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. g) No ser candidato a cargo de elección popular para las Elecciones Generales 2025. Artículo 6.

Articulo 6

Perfil del Custodio Informático Electoral. El Custodio Informático Electoral deberá cumplir con el siguiente perfil para ser considerado apto para el cargo: a) Educación secundaria completa, de preferencia Bachiller en Informática o ser pasante de la carrera de Ingeniería en Sistemas o afines. b) Poseer conocimientos básicos y habilidades técnicas para brindar asistencia en la instalación, configuración y operación de equipos tecnológicos, tales como impresoras, escáneres, unidades de respaldo de energía (UPS), entre otros dispositivos relacionados con el proceso de transmisión de resultados. Artículo 7.

Articulo 7

Sistema de Registro de Custodios Informáticos Electorales. El Consejo Nacional Electoral pondrá a disposición de los Partidos Políticos una plataforma para el ingreso y validación de requisitos de los Custodios Informáticos Electorales. Artículo 8.

Articulo 8

Acreditaciones. El Consejo Nacional Electoral acreditará a los Custodios Informáticos Electorales (CIE) que hayan cumplido con los requisitos establecidos en el presente reglamento, previa validación en el Sistema de Registro de Custodios Electorales, cuya distribución corresponderá a los tres (3) Partidos Políticos que hayan obtenido la mayor cantidad de votos en el nivel presidencial en la última elección general. En el caso de los Custodios Informáticos Electorales y los Custodios de Transporte, las credenciales serán entregadas -- 39 of 44 -- 24 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 al apoderado legal de cada partido político o a la persona que este designe formalmente ante la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral. La entrega se realizará conforme a los procedimientos establecidos, garantizando la debida constancia y registro institucional. Artículo 9.

Articulo 9

Designación y responsabilidad de los Custodios Informáticos Electorales. Para cada Kit de Transmisión estarán designados tres (3) Custodios Informáticos Electorales en un máximo de 4 Juntas Receptoras de Votos (JRV), para un total de 5,756 centros de votación a nivel nacional, lo que representa un despliegue de 23,007 Custodios Informáticos Electorales. Todos los custodios asumirán las mismas responsabilidades operativas y técnicas, devengarán un mismo salario, en reconocimiento a la igualdad de funciones desempeñadas durante el proceso electoral y no existe orden de prelación entre ellos. Artículo 10.

Articulo 10

Distribución de Custodios Informáticos Electorales. Los tres (3) partidos políticos que hayan obtenido la mayor votación en la última elección general deberán registrar, a través del Sistema de Registro de Custodios Informáticos, un total de 7,669 Custodios Informáticos Electorales cada uno y estarán encargados de cubrir operativamente los 5,756 Centros de Votación distribuidos en todo el territorio nacional. Artículo 11.

Articulo 11

Capacitación. La capacitación electoral es un proceso de enseñanza y aprendizaje, mediante el cual se instruye a los Custodios Informáticos Electorales (CIE) a través de un programa presencial impartido por el Instituto de Formación Política Electoral del Consejo Nacional Electoral. Este programa tiene como objetivo principal orientar a los CIE en el desempeño eficiente de sus funciones, así como en lo relativo al apoyo logístico y operativo durante el proceso electoral. Artículo 12.

Articulo 12

Funciones. Responsabilidades. Las funciones y responsabilidades del Custodio Informático Electoral son las siguientes: a) Mantener comunicación con el Consejo Municipal Electoral y desempeñar las tareas asignadas por el Consejo Nacional Electoral; b) Participar en los simulacros que realice el Consejo Nacional Electoral, previo al desarrollo del proceso electoral, siguiendo los protocolos establecidos; c) Recibir la Maleta Electoral y el Kit tecnológico en el Centro de Votación asignado, por parte del Consejo Municipal Electoral y/o de las Fuerzas Armadas; d) Dejar constancia por escrito de la entrega del material electoral asignado bajo su custodia a los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV); e) Completar en su totalidad la Hoja de Incidencias correspondiente a cada simulacro y al día de la elección, la cual deberá ser incluida en la maleta del Kit tecnológico asignado al finalizar la jornada. Este documento constituye un requisito indispensable para la gestión del pago por la función desempeñada; f) Requerir la colaboración de la Policía, a solicitud de la Junta Receptora de Votos (JRV), en aquellos casos donde sea necesario preservar el orden y garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral en el centro de votación correspondiente; g) Realizar la devolución de la Maleta Electoral y el Kit tecnológico al Consejo Municipal Electoral y/o a las Fuerzas Armadas; h) Brindar asistencia a los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) en el proceso de transmisión de los resultados contenidos en las actas de cierre de cada JRV asignada, utilizando el equipo informático designado para el cumplimiento de sus funciones. -- 40 of 44 -- 25 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 i) Asistir técnicamente a los Secretarios de la JRV con el uso del dispositivo biométrico; j) Ejecutar sus funciones conforme a los procedimientos establecidos en las capacitaciones oficiales y en el instructivo de Custodios Informáticos Electorales; k) Comunicar, o colaborar de manera inmediata, en la comunicación con el Call Center del Consejo Nacional Electoral ante cualquier situación que represente un riesgo para el normal desarrollo del proceso electoral en el centro de votación o que afecte el funcionamiento de los equipos tecnológicos asignados; l) Otras que le asigne el Consejo Nacional Electoral. Artículo 13.

Articulo 13

Objetividad del Custodio Electoral. El Custodio Informático Electoral, en el cumplimiento de las funciones delegadas por el Consejo Nacional Electoral, deberá desempeñar sus labores con estricta objetividad e imparcialidad. Artículo 14.

Articulo 14

Ausencia del Custodio Informático Electoral. En caso de inasistencia de los Custodios Informáticos Electorales, es decir, que ninguno de ellos se presente en el lugar asignado, el Consejo Municipal Electoral estará facultado para realizar la entrega de la(s) Maleta(s) Electoral(es) directamente a los miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) que se encuentren presentes a la hora de su instalación, quienes deben verificar que la Maleta se encuentre cerrada con sus respectivos sellos de seguridad, rotulada con el nombre del departamento, municipio, centro de votación y número de JRV, a fin de garantizar la continuidad operativa del proceso electoral. Excepcionalmente podrá hacerse la entrega al elemento de Fuerzas Armadas que se encuentre presente en el Centro de Votación, si no se encontrase ningún Custodio, y tampoco hubiera miembros de la JRV. Artículo 15.

Articulo 15

Hoja de Incidencia. Los Custodios Informáticos Electorales (CIE) deberán realizar el llenado de la Hoja de Incidencia correspondiente a su labor, la cual deberá ser firmada por los Custodios Informáticos Electorales asignados al kit tecnológico y será obligatorio incluirla dentro del mismo Kit Tecnológico al momento de su devolución, una vez finalizada la transmisión de resultados de la Junta Receptora de Votos (JRV) asignada. Artículo 16.

Articulo 16

Remuneración de Custodios Informáticos Electorales. El Consejo Nacional Electoral realizará la remuneración por la labor desempeñada una vez que se verifique el cumplimiento de las funciones asignadas. Esta verificación se realizará mediante la Hoja de Incidencias debidamente completada, o a través de los mecanismos adicionales que el Consejo Nacional Electoral disponga para tal fin. Artículo 17.

Articulo 17

Desarrollo de Simulacros. Los Custodios Informáticos Electorales (CIE) deberán asistir obligatoriamente a los simulacros a los que sean convocados por el Consejo Nacional Electoral, como requisito indispensable para poder hacerles efectivo el pago de sus servicios prestados. CAPÍTULO III CUSTODIOS DE TRANSPORTE Artículo 18.

Articulo 18

Custodio de Transporte. Los Custodios de Transporte son funcionarios del Consejo Nacional Electoral, debidamente acreditados conforme a los lineamientos establecidos en el Proyecto de Transporte, responsables de ejecutar con el apoyo de las Fuerzas Armadas de Honduras, el traslado, custodia y retorno de las maletas electorales, kits tecnológicos y demás implementos desde el Centro Logístico Electoral, ubicado en las oficinas del INFOP en Tegucigalpa, -- 41 of 44 -- 26 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 hasta las distintas cabeceras departamentales para su respectiva entrega y recepción a las Consejos Municipales Electorales (CME). Artículo 19.

Articulo 19

Nombramiento de Custodios de Transporte. Los custodios de transporte serán nombrados por el Consejo Nacional Electoral, a propuesta de los partidos políticos que integren las Juntas Receptoras de Votos. Artículo 20.

Articulo 20

Distribución de Custodios. Se designará un custodio de transporte por partido político que participará en las Elecciones Generales 2025, para cada una de las rutas aprobadas por el Consejo Nacional Electoral, desde el Centro Logístico Electoral ubicado en la ciudad de Tegucigalpa hacia los Centros de Acopio Departamentales. Artículo 21.

Articulo 21

Requisitos para ser custodios de transporte: Para ser designado como Custodio de Transporte, se deben cumplir los siguientes requisitos: 1. Poseer Documento Nacional de Identificación. 2. Estar en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos. 3. Ser mayor de edad. 4. No formar parte de ningún organismo electoral. 5. No estar inscrito como candidato a cargos de elección popular. 6. No desempeñar actualmente funciones en cargos de elección popular. 7. Preferiblemente, ser originario de, o conocer el departamento al que se le asigne. 8. Poseer teléfono celular y correo electrónico activo. 9. Poseer disponibilidad de tiempo para viajar al interior del país, en el período previsto. Artículos 22.

Articulo 22

Funciones. Las responsabilidades del Custodio de Transporte son las siguientes: a) Recibir del proyecto Centro Logístico Electoral (CLE) el material electoral en las instalaciones del INFOP. b) Verificar la carga en cada uno de los furgones / camiones del Departamento asignado. c) Verificar el cierre de los furgones / camiones una vez finalizada la carga. d) Informar inmediatamente sobre eventualidades o incidentes ocurridos en ruta y acatar directrices de la Coordinación del Proyecto de Transporte sobre las soluciones planteadas conforme a Ley. e) Entregar en los Centros de Acopio Departamentales el material electoral asignado. Artículos 23.

Articulo 23

Control de los Custodios de Transporte. El Proyecto de Transporte será responsable de elaborar y mantener una base de datos con la información de los ciudadanos designados como Custodios de Transporte. Dicha base deberá incluir, como mínimo, los siguientes datos: nombre completo, número del Documento Nacional de Identificación (DNI), departamento asignado, partido político al que representa y número telefónico de contacto. Artículo 24.

Articulo 24

Remuneración. Los Custodios de Transporte recibirán el pago correspondiente en concepto de salario, por un período de un mes, conforme a las disposiciones establecidas por el Consejo Nacional Electoral. CAPÍTULO IV CUSTODIOS ADMINISTRATIVOS Artículo 25.

Articulo 25

Custodio Administrativo. Los Custodios Administrativos son funcionarios debidamente acreditados por el Consejo Nacional Electoral, responsables de administrar un fondo liquidable destinado al pago de las personas que se -- 42 of 44 -- 27 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 encargarán de cargar y descargar el material electoral en los Centros de Acopio Departamentales y Centros de Acopio Municipales, tanto durante el proceso de despliegue como en el de repliegue. Artículo 26.

Articulo 26

Designación de Custodios Administrativos. Los custodios administrativos serán nombrados por el Consejo Nacional Electoral, de acuerdo a la necesidad requerida en cada departamento. Artículo 27.

Articulo 27

Distribución de Custodios. El Consejo Nacional Electoral designará tres (3) Custodios Administrativos por cada ruta. Estos deberán ser empleados del Consejo Nacional Electoral, ya sea permanentes o contratado por tiempo determinado y se desplazarán en todo el territorio nacional desde el Centro Logístico Electoral ubicado en la ciudad de Tegucigalpa. Artículo 28.

Articulo 28

Requisitos para ser Custodios Administrativo: Para ser designado como Custodio Administrativo, se deben cumplir los siguientes requisitos: 1. Ser empleado permanente o por contrato por tiempo determinado del Consejo Nacional Electoral. 2. Ser hondureño en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos. Artículos 29.

Articulo 29

Control de los Custodios Administrativos. El Proyecto de Transporte será responsable de elaborar y mantener una base de datos con la información de los empleados designados como Custodios Administrativos. Dicha base deberá incluir, como mínimo, los siguientes datos: nombre completo, número del Documento Nacional de Identificación (DNI), departamentos asignados y número telefónico de contacto. Artículo 30.

Articulo 30

Pago por concepto de viáticos. Los Custodios Administrativos recibirán el pago correspondiente en concepto de viáticos, de acuerdo con la tabla oficial aprobada por el Consejo Nacional Electoral para tal efecto. CAPÍTULO V PROHIBICIONES GENERALES Artículo 31.

Articulo 31

Prohibiciones Generales para los Custodios Electorales. Los Custodios Electorales no podrán: a) Ser candidatos(as) a cargos de elección popular; b) Desempeñar sus funciones bajo los efectos del alcohol, o cualquier tipo de droga o estupefaciente; c) Utilizar su autoridad para interferir directa o indirectamente, en la libre expresión de la voluntad de los electores durante el ejercicio del sufragio o entorpecer el desempeño de las funciones asignadas a otras autoridades electorales; d) Participar activamente en política partidaria, el día que ejerzan su cargo; e) Cometer cualquier falta al régimen contractual que lo vincula con el Consejo Nacional Electoral; f) Emitir opiniones, manifestar simpatía o rechazo, o realizar cualquier tipo de expresión pública o privada que favorezca o perjudique a un partido político en particular; g) Dar declaraciones a los medios de comunicación sobre los resultados antes de finalizar el escrutinio del último nivel electivo; h) Inducir a los electores a votar por determinado partido o candidato; i) Abandonar, sin justificación autorizada, el centro de votación asignado durante el desarrollo de sus funciones; -- 43 of 44 -- 28 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE NOVIEMBRE DEL 2025 No. 36,999 j) Cuestionar la legitimidad de las actas de cierre emitidas por los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV); k) Ejercer sus funciones sin portar la credencial correspondiente; l) Permanecer en otro Centro de Votación que no sea el asignado; m) Portar armas de cualquier naturaleza; n) Usurpar las funciones o cargos de un Miembro JRV. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES Artículo 32.

Articulo 32

Centro de Acopio. Espacio físico, a nivel departamental o municipal, debidamente habilitado para la recepción, almacenamiento y distribución de la Maleta Electoral y del Kit Tecnológico asignados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), destinados a la ejecución de los simulacros y al desarrollo de la jornada electoral. En este centro se ubicará el Custodio Electoral de Transporte, así como la Maleta Electoral y el Kit de Contingencia, garantizando su resguardo. Artículo 33.

Articulo 33

Cambio de Centro de Votación el día de la Elección. Los Miembros de la Junta Receptora de Votos (JRV) y los Custodios Informáticos Electorales (CIE), únicamente podrán proceder a buscar un espacio físico alternativo dentro de la misma comunidad, después de haber constatado que el centro de Votación asignado por el CNE para la celebración de las elecciones presenta alguna de las siguientes circunstancias: a) Que no se permita el acceso por tratarse de una instalación privada. b) Que no exista acceso al Centro de Votación por causas de fuerza mayor. c) Que el Centro de Votación se esté utilizando como albergue. d) Que no exista el Centro de Votación. Tal decisión deberá notificarse inmediatamente al Consejo Municipal Electoral y éste a su vez al Consejo Nacional Electoral para su autorización. Artículo 34.

Articulo 34

Vigencia. El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la sala de sesiones del Consejo Nacional Electoral, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 17 días del mes de noviembre del 2025. Firmas y Sellos: DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA. LIC. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ, CONSEJERO SECRETARIO. ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR, CONSEJERA VOCAL. ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinte (20) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 2691-2025, Acta 54-2025, ocho (8) páginas -- 44 of 44 --

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