Vigente
Decreto No. 0572-SE-99 | Poder Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 0572-SE-99 — Reglamento General de la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal
Considerandos
- 1.Que la Educación es una función esencial del Estado para el fomento y difusión de la Cultura sin discriminación alguna.
- 2.Que mediante Decreto Legislativo No. 313-98 desde la discusión en el Diario Oficial La Gaceta No. 28, 792 del 15 de febrero de 1999, se emitió la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal.
- 3.Que la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal tiene por objetivo satisfacer en forma suplementaria y complementaria con el Estado, las necesidades básicas de Educación, Formación Integral y Capacitación laboral de los ciudadanos y ciudadanas en atención en el Sistema Educativo Formal.
- 4.Que todo proyecto de Reglamento para la aplicación de una Ley habrá de ser dictaminado por la Procuraduría General de la República conforme al Artículo 21 de la Ley de Procedimientos Administrativos y en cumplimiento de esto mandó a oír opinión siendo del parecer favorable o que se apruebe el "REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION ALTERNATIVA NO FORMAL".
Leyes relacionadas
Acuerdo Ejecutivo No. 0572-SE-99 — Reglamento General de la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal
Decreto 0572-SE-99 | 2016
Reglamento General de la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal. Acuerdo Ejecutivo No. 0572-SE-99. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta, 27 de Septiembre de 1999.
Decreto | 2016
Reglamento General de la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal. Acuerdo Ejecutivo No. 0572-SE-99. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta, 27 de Septiembre de 1999.
Decreto | 2023
Acuerdo Ejecutivo — Aprobación del proceso técnico, legal y administrativo para redefinir límites y modificar categoría del Área Protegida El Merendón
Decreto | 2025
Acuerdo Institucional No. 092-2025 — Redefinición de límites y cambio de categoría de manejo del Área Protegida El Merendón
Este acuerdo redefine los límites del Área Protegida El Merendón y cambia su categoría a Parque Nacional. Recupera 1,100.7 hectáreas (especialmente el Cerro Will) para un total de 37,006.8 hectáreas, permitiendo actividades sostenibles como turismo y agroforestería, mientras reconoce a las comunidades locales como aliadas en la conservación y su derecho a vivienda digna.
Decreto 092-2025 | 2025