Decreto Legislativo No. 977-1980 — Crear la Reserva del Hombre y la Biósfera en la cuenca tributaria del Río Plátano
Considerandos
- 1.Que es obligación del Estado velar por la preservación de aquellas áreas naturales que elogie ser técnica por su belleza escénica, son indispensables para el desarrollo sostenido de la humanidad y la superviencia de las especies silvestres, tanto animales como vegetales.
- 2.Que la Secretaría de Recursos Naturales, con el apoyo y el Programa del Hombre y la Biósfera (MAB) de la UNESCO, ha completado los estudios técnicos correspondientes. Ingeniería a la consunción de que los recursos, la ciencia y tecnología contribuyen al aprovechamiento racional y el a influencias resumen el establecimiento de una Reserva de la Biósfera a nivel internacional, en cumplimiento de la red mundial de Reservas de la Biósfera.
- 3.Que el Plátano y su área de influencia, además de los rasgos más valiosos excepcionales y diversidades de flora, además recursos y valores etnológicos culturales y arqueológicos de relevancia nacionas, extremadamente mundial.
- 4.Que es competencia del Poder Ejecutivo, declarar mediante acuerdos y decisiones para los propósitos ante enunciados, la en la categoría que más se ajuste a los recursos y posibilidades locales
Articulos
Articulo 1
Crear la Reserva del Hombre y la Biósfera en la cuenca tributaria del Río Plátano, en el área de influencia, con los objetivos siguientes: a) Establecimiento de estructuras de desarrollo socio-económico que conserve y perpetúe los recursos bióticos de la reserva; b) Conservar para uso de las generaciones presentes y futuras, la diversidad e integridad de las asociaciones naturales de la Reserva Plátano, preservado la geología de las que dependen su equilibrio ecológico y existencia; c) Establecer una zona de investigación y capacitación interdisciplinaria con énfasis en el conocimiento en ciencias naturales y sociales, tecnología, silvicultura del Río Plátano;
Articulo 2
Los límites de la Reserva de la Biósfera del Río Plátano, serán los siguientes: Partiendo de la milla Oeste de la Punta PUNTO N: 1, de este punto se sigue con rumbo N 80°00'0 y a una distancia de 6 milla de mar hasta llegar a PUNTO N: 2, de este punto se sigue con rumbo N 72°00'0 y a una distancia del Cayo Halover se llega a una milla al Norte, hasta llegar a PUNTO N: 3, de este [pagina omitida]