Secretaría de Defensa Nacional, Diario Oficial la Gaceta
Considerandos
- 1.OTORGAR la condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al señor Agregado Militar de los Estados Unidos de América, Teniente Coronel de Artillería JOSÉ R. GUANDIQUE.
- 2.El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ABOGADO JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 3 of 3 --
Articulos
Articulo 201
establece que: “Las condecoraciones y distinciones militares serán otorgadas de conformidad con lo establecido en el Reglamento respectivo”. CONSIDERANDO (05): Qué, el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares en el literal b) de su artículo 1 establece específicamente que: “Con el fin de premiar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras y personas civiles, nacionales o extranjeras y militares de naciones amigas en reconocimiento a relevantes servicios prestados a la patria mediante actos de valor excepcional, capacidad profesional y demás hechos meritorios, créanse las Condecoraciones y Distinciones Militares: b) Medalla “Cruz de las Fuerzas Armadas”. CONSIDERANDO (06): Qué, el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 8 establece que: “La Condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, será otorgada por el Presidente Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor Conjunto, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefes de Estado Mayor de Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación Superior, Agregados de Defensa y Análogos de países amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las Instituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de ésta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO (07): Qué, el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares en el numeral 2) del literal a) de su artículo 45 establece que: “Son atribuciones del Consejo General de -- 2 of 3 -- Condecoraciones y Distinciones Militar: a) Conocer y resolver sobre el otorgamiento de las condecoraciones y distinciones militares siguientes: 2) MEDALLA “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”. CONSIDERANDO (08): Qué, en fecha 06 de mayo de 2024, el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, resolvió mediante Acta No. 001- 2024, otorgar la condecoración: Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al señor Agregado Militar de los Estados Unidos de América, Teniente Coronel de Artillería JOSE R. GUANDIQUE, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas de su respectivo país y el nuestro. CONSIDERANDO (09): Qué, en fecha 09 de mayo del año 2024, la Dirección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto (C-1), emitió DICTAMEN D=085(C-1)2024 en el cual recomendó otorgar la condecoración; Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS” al señor Agre- gado Militar de los Estados Unidos de América, Teniente Coronel de Artillería JOSE R. GUANDIQUE. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25), 274 párrafo primero de la Constitución de la República; artículos 200 y 201 de la Ley Constitutiva, de las Fuerzas Armadas; artículos 1 literal b), 8, 45 literal a) numeral 2) del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 001- 2024 emitida por el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas en fecha 06 de mayo de 2024 y Dictamen D=085(C1)2024 de fecha 09 de mayo de 2024. ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR la condecoración Medalla “CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, al señor Agregado Militar de los Estados Unidos de América, Teniente Coronel de Artillería JOSÉ R. GUANDIQUE. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Dado en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ABOGADO JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 3 of 3 --