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Diario Oficial La Gaceta No 35,689 del 16 DE AGOSTO DEL 2021

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La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), CERTIFICA: Que en el expediente administrativo que contiene las diligencias de SOLICITUD DE DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN DE UNA EMPRESA ASOCIATIVA CAMPESINA DE PRODUCCIÓN denominada "LA VILLA No. 1", ubicada en el lugar denominado Flores, jurisdicción del municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, recibido vía correo electrónico, en razón de la emergencia sanitaria producida por la Pandemia del COVID-19, con procedencia del Instituto Nacional Agrario (INA), una vez que ha sido revisado, consta que en fecha veintidós (22) de enero del año dos mil veinte (2020), la Abogada CARMEN EMILSE PORTILLO ALVARADO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el Número 22384, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, presentó ante la Oficina Regional del Instituto Nacional Agrario (INA) en Comayagua, la petición antes mencionada y que en el folio número treinta y ocho (38) del expediente de mérito, obra el informe de Investigación de Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, emitido por Daniela Dayanara Bulnes Manueles/Comisión Liquidadora INA-Comayagua, de fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), se les solicitó a los socios que estructuraran la nueva junta directiva, continuando con el trámite legal correspondiente y con fundamento en el Artículo Artículos 116, 119, 120, 122 y 125 de la Ley de Reforma Agraria; 127, 128, 129 del Estatuto de las Empresas Asociativas Campesinas, se procede a inscribir en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el NOMBRAMIENTO DE LOS LIQUIDADORES de la Empresa Asociativa de campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, ubicada en el lugar denominado Flores, jurisdicción del municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, inscrita originalmente su Personería Jurídica en el Asiento No. 1858. Tomo No. 24. Folios 3 al 8, quedando debidamente inscrito dicho nombramiento de liquidadores bajo el Asiento No. 1858. Tomo IV, correspondiente al año 2021, misma que a la fecha, se encuentra en Proceso de liquidación, cabe señalar que en la personalidad jurídica de la empresa asociativa antes mencionada, únicamente aparecen como socios, los siguientes señores: SANTOS DOMINGO ORDOÑEZ VALLADARES; GABRIEL RIVERA RIOS; VICTOR MANUEL RUIZ LEZAMA; JOSE ADALBERTO GALLARDO CASTILLO; SANTOS WILBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ; ANGEL MARIA SORTO DOMINGUEZ; JORGE LUIS SANDOVAL ZUNIGA; SIMON CHAVARRIA ZUNIGA; RODULlO AMADOR RODRIGUEZ; JOSE DEL CID HIDALGO; SEBASTIAN RUIZ; EMIGDIO CHAVEZ DAVID; ERNALDO RODRIGUEZ AMADOR; GILBERTO HENRIQUEZ; FELICITO LlCONA; FRANCISCO MEJIA; MANUEL DE JESUS MEJIA MEJIA; FAUSTO GALLARDO MORALES; ISIDRO BONILLA DONAIRE; ISAIAS ARIAS FLORES; SALOMON AMADOR CRUZ, la inscripción SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN SG-SAG-026-2021 -- 1 of 6 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 del Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, se registra de conformidad con los siguientes aspectos: I) Consta en el expediente de mérito, la providencia de fecha veintiocho (28) de enero del año dos mil veinte (2020), emitida por la oficina Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua, en la cual, se nombran como liquidadores por parte del Instituto Nacional Agrario (INA), a los señores: DANIELA DAYANARA BULNES MANUELES y EDILBERTO MARTÍNEZ PEREZ; II) De acuerdo al Informe de Investigación de Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, emitido por Daniela Dayanara Bulnes Manueles/Comisión Liquidadora INA- Comayagua, de fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), mediante el cual, consigna que se comprobó que en el Acta No. 5, en reunión de asamblea celebrada el 27 de octubre del año 2019, aparece en la agenda, el punto de Disolución y Liquidación de la empresa, en vista que desde hace más de 20 años, la empresa trabaja de manera individual, imposibilitando el fin principal de la misma; III) Obra en el expediente de mérito, la Certificación de fecha once (11) de enero del año dos mil veintiuno (2021), del Acta No. 6, en su punto número cinco (5), de la sesión ordinaria, se nombró como liquidador de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, al Señor JORGE LUIS SANDOVAL ZUNIGA, asimismo, en el punto número seis (6), de acuerdos y resoluciones, solicitan la Disolución y Liquidación de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LA VILLA No. 1”, ante el Instituto Nacional Agrario; IV) Consta en el expediente de mérito, el auto emitido por el Instituto Nacional Agrario (INA), de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), mediante el cual, consigna que se remita el expediente que contiene las diligencias de Disolución de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para que se proceda a la inscripción en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el Nombramiento de Liquidadores(as) de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”; V) Obra en el expediente de mérito, el Título Definitivo de Propiedad en Dominio Pleno , a favor de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA VILLA No. 1”, por la cantidad de VEINTITRES HECTAREAS CON SETENTA Y CUATRO CENTESIMAS DE HECTAREA (23.74 Has), incoado en fecha 5 de noviembre de 1997, con un valor de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA LEMPIRAS CON VEINTIDOS CENTAVOS (L. 43,990.22). Dado lo anterior, procédase a la publicación por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial “La Gaceta” del Acuerdo de Disolución y Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA VILLA No. 1”, conservando su personalidad jurídica mientras se realiza la liquidación. DOY FE. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de junio del año 2021. ABG. JOSÉ LUIS ANDINO CARBAJAL SECRETARIO GENERAL 16 y 17 A -- 2 of 6 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES DE LA EMPRESA ASOCIATIVA DE CAMPESINOS DE PRODUCCIÓN “LOS PALILLOS” El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), CERTIFICA: Que en el Expediente Administrativo que contiene las diligencias de SOLICITUD DE DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN DE UNA EMPRESA ASOCIATIVA CAMPESINA DE PRODUCCIÓN denominada “LOS PALILLOS”, ubicada en el lugar denominado Los Palillos, jurisdicción del municipio de la Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, recibido vía correo electrónico, en razón de la emergencia sanitaria producida por la Pandemia del COVID-19, el cual, proviene del Instituto Nacional Agrario (INA), una vez que ha sido revisado, consta que obra a folio número ciento veinte (120) del expediente de mérito, la Certificación del Acta No. 209, de fecha doce (12) de diciembre del año dos mil veinte (2020), en la cual, se realizó sesión ordinaria, contando con los miembros fundadores de la precitada empresa y que en su parte medular, acordaron los siguientes aspectos: a) Punto Tres: Elección de la nueva junta directiva, quedando de la forma siguiente: PRESIDENTE: DANIEL ALVARADO CANALES; VICEPRESIDENTE: JULIAN GOMEZ GARCIA; SECRETARIO: SEFERINO MEJIA TORRES; TESORERO: FIDELlA ALVARADO CANALES; FISCAL: BACILIO ORTEGA MENDEZ; b) Punto Cinco: Ratificación del Liquidador: La Asamblea ratificó por unanimidad al señor DANIEL ALVARADO CANALES, como liquidador de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”; c) Punto seis: Otorgamiento de poder y revocación de los poderes: La asamblea acordó por unanimidad otorgar poder legal para que prosiga con la disolución, liquidación e individualización de los predios de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”, a la Abogada CARMEN EMILSE PORTILLO ALVARADO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el Número 22384. Asimismo, se revoca los poderes otorgados a los Abogados TIRSO SADY ULLOA ULLOA y JUAN PABLO CRUZ GARRIDO; d) Punto Siete: Acuerdos: Se acordó que serán los socios jurídicos que se encargarán del trámite de liquidación de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”; continuando con el trámite legal correspondiente y con fundamento en el Artículo Artículos 116, 119, 120, 122 y 125 de la Ley de Reforma Agraria; 127, 128, 129 del Estatuto de las Empresas Asociativas Campesinas, se procede a inscribir en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el NOMBRAMIENTO DE LOS LIQUIDADORES de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”, ubicada en el lugar denominado Los Palillos, jurisdicción del municipio de la Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, inscrita originalmente su Personería Jurídica en el Asiento No. 3256. Tomo 53. Folios 49 al 55, quedando debidamente -- 3 of 6 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 inscrito dicho nombramiento de liquidadores bajo el Asiento No. 3256. Tomo IV, correspondiente al año 2021, misma que a la fecha, se encuentra en Proceso de liquidación, cabe señalar que en la personalidad jurídica de la empresa asociativa antes mencionada, únicamente aparecen como socios, los siguientes señores: JULIÁN GARCÍA GOMEZ; DUNIA ESPERANZA MORALES MORALES; DIEGO RAFAEL RUIZ FUNEZ; BACILlO ORTEGA MENDEZ; GLORIA RAMONA HERNANDEZ MELENDEZ; OLVIN ANTONIO AGUILERA BLANDON; GERMAN REINIERI ALVARADO MEJIA; OLMAN ALCIDES AGUILERA BLANDON; GENOVEVA MEJIA CALlX; JOSE ANIBAL CRUZ FUNEZ; RICARDO CANALES MELENDEZ; ISABEL CRISTINA MARTINEZ GARCIA; ISIDORO ALVARADO; YESENIA MARISOL GARCIA; ROSA IDALlA ZELAYA CANALES; DANIEL ALVARADO CANALES; RAFAEL RUIZ CORTES; JOSE ADRIAN ALVARADO CANALES; JESUS ROLANDO ARGUETA MORALES; HECTOR MEDARDO GARCIA; FIDELlA ALVARADO CANALES; BELlNDA ISABEL GARCIA MOLlNA; SEFERINO MEJIA TORRES; CARLOS RODRIGUEZ MEJIA, la inscripción del Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “LOS PALILLOS”, se registra de conformidad con los siguientes aspectos: I) En el folio número veintiséis (26), obra la providencia de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil diecinueve (2019), emitida por la oficina Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua, en la cual, se nombran como liquidadores por parte del Instituto Nacional Agrario (INA), a los señores: DANIELA DAYANARA BULNES MANUELES y EDILBERTO MARTINEZ PEREZ; II) A folio número diez (10), corre agregado el título Definitivo de Propiedad en Dominio Pleno, a favor de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”, de un predio rural con una extensión de 13.79 Has., con un valor de un mil trescientos setenta y nueve lempiras exactos (L. 1,379.00); III) Consta en el expediente de mérito, el auto emitido por el Instituto Nacional Agrario (INA), de fecha diecinueve (19) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), mediante el cual, consigna que se remita el expediente que contiene las diligencias de Disolución de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LOS PALILLOS”, a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para que se proceda a la inscripción en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el Nombramiento de Liquidadores(as) de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LOS PALILLOS”; IV) Dado lo anterior, procédase a la publicación por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial “La Gaceta” del Acuerdo de Disolución y Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LOS PALILLOS”, conser- vando su personalidad jurídica mientras se realiza la liquidación. DOY FE. Tegucigalpa, M.D.C., 5 de julio del año 2021. ABG. JOSÉ LUIS ANDINO CARBAJAL SECRETARIO GENERAL 16 y 17 A. 2021 -- 4 of 6 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES DE LA EMPRESA ASOCIATIVA DE CAMPESINOS DE PRODUCCIÓN “EL ROSARIO” El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), CERTIFICA: Que en el ExpedienteAdministrativo 109297, con Solicitud No. 55690/2019, que contiene las diligencias de SOLICITUD DE DISOLUCIÓN y LlQUIDACIÓN DE UNA EMPRESA ASOCIATIVA CAMPESINA DE PRODUCCIÓN denominada “EL ROSARIO”, ubicada en el lugar denominado El Quebracho, jurisdicción del municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, recibido vía correo electrónico, en razón de la emergencia sanitaria producida por la Pandemia del COVID-19, el cual, proviene del Instituto Nacional Agrario (INA), una vez que ha sido revisado, consta que en fecha cinco (5) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), la Abogada CARMEN EMILSE PORTILLO ALVARADO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo el Número 22384, actuando en su condición de Apoderada Legal de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “EL ROSARIO”, presentó ante la Oficina Regional del Instituto Nacional Agrario (INA) en Comayagua, la petición antes mencionada, continuando con el trámite legal correspondiente y con fundamento en el Artículo Artículos 116, 119, 120, 122 y 125 de la Ley de Reforma Agraria; 127, 128, 129 del Estatuto de las Empresas Asociativas Campesinas, se procede a inscribir en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el NOMBRAMIENTO DE LOS LlQUIDADORES de la Empresa Asocíativa de Campesinos de Producción “EL ROSARIO”, ubicada en el lugar denominado El Quebracho, jurisdicción del municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, inscrita originalmente su Personería Jurídica en el Asiento No. 702. Tomo 14. Folios 232 al 237, quedando debidamente inscrito dicho nombramiento de liquidadores bajo el Asiento No. 702. Tomo IV, correspondiente al año 2021, misma que a la fecha, se encuentra en Proceso de liquidación, cabe: señalar que en la personalidad jurídica de la empresa asociativa antes mencionada, únicamente aparecen como socios, los siguientes señores: PEDRO CENTENO; SANTOS CHAVARRIA BARREDA; PEDRO GUTIERREZ MARTINEZ; JESUS FLORES; VICTOR RODRIGUEZ; ROBERTO MONTOYABLANCO; LEOPOLDO CHAVARRIA CHAVARRIA; CRUZ ALFONSO GUTIERREZ; JUAN PABLO SALINAS; JOSE DE LA CRUZ MONTOYA; FACUNDO HERNANDEZ; JOSE SANTOS MANZANARES MEJIA; MANUEL DE JESUS FLORES CASTILLO; ABELlNO VELASQUEZ MAZARIEGOS, la inscripción del -- 5 of 6 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E A G O STO D E L 2021 N o . 35,690 Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción denominada “EL ROSARIO”, se registra de conformidad con los siguientes aspectos: I) En el folio número cinco (5) del expediente de mérito, obra la Certificación del Acta Número Ocho (8). Punto No. Uno (1), de fecha ocho (8) de julio del año dos mil diecinueve (2019), de sesión ordinaria, en la cual, se aprobaron los siguientes aspectos: a) Por unanimidad de votos, se acordó la disolución, liquidación e individualización de los predios, en virtud de que ya no se trabaja en forma colectiva sino individual. b) En el Punto número dos (2), se nombró como liquidador de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “EL ROSARIO” Señor JESUS FLORES; II) Obra a folio número nueve (9), el Titulo Definitivo de Propiedad en Dominio Pleno, a favor de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “EL ROSARIO”, de un predio rural con una extensión de CINCUENTA Y DOS HECTAREAS CON DIEZ CENTÉSIMAS DE HECTAREA (52.10 Has), incoado en fecha 5 de mayo de 1994, con un valor de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN LEMPIRAS EXACTOS (L. 21,361.00); III) Que obra a folio número cuarenta y ocho (48), la providencia de fecha siete (7) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), emitida por la oficina Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua, en la cual, se nombran como liquidadores por parte del Instituto Nacional Agrario (INA), a los señores: DILCIA KARINA ALVARADO LAGOS Y EDILBERTO MARTINEZ PEREZ; IV) Consta en el expediente de mérito, el auto emitido por el Instituto Nacional Agrario (INA), de fecha cinco (5) de marzo del año dos mil veinte (2020), mediante el cual, consigna que se remita el expediente que contiene las diligencias de Disolución de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “EL ROSARIO”, a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para que se proceda a la inscripción en el Libro de Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas, el Nombramiento de Liquidadores(as) de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “EL ROSARIO”; V) Dado lo anterior, procédase a la publicación por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial “La Gaceta” del Acuerdo de Disolución y Nombramiento de Liquidadores de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “EL ROSARIO”, conservando su personalidad jurídica mientras se realiza la liquidación. DOY FE. Tegucigalpa, M.D.C., 5 de julio del año 2021. ABG. JOSÉ LUIS ANDINO CARBAJAL SECRETARIO GENERAL 16 y 17 A. 2021 -- 6 of 6 --

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