VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. PCM-115-2020 | 29 de agosto de 2020 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,317

Decreto Ejecutivo No. PCM-115-2020 — Reforma de artículos del Decreto Ejecutivo PCM-109-2020 para atención de emergencia por Tormenta Tropical ETA

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 59 de la Constitución de la República establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.
  2. 2.Que de conformidad al Artículo 245 numerales 2, 11 y 35 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
  3. 3.Que de acuerdo al Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 02 de noviembre del año 2020 Edición No. 35,317, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-112-2020, se declaró estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias provocadas por la Tormenta Tropical "ETA", las cuales han causado graves daños a la infraestructura vial y al Sector Agrícola del País, configurándose en una nueva crisis humanitaria que se une a la causada por el virus del COVID-19.
  5. 5.Que el Presidente de la República en consenso con la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), acordaron distribuir el País entre estas Instituciones para proveer una respuesta oportuna a los daños ocasionados por la Tormenta Tropical "ETA", asignando a INSEP: Los Departamentos de Yoro, Comayagua, La Paz, Valle, Choluteca y El Paraíso; a INVEST-Honduras: Departamentos de Francisco Morazán, Olancho, Colón, Atlántida, Cortés, Islas de la Bahía y Gracias a Dios; a SEDECOAS: Departamentos de Copán, Ocotepeque, Santa Bárbara, Lempira e Intibucá.
  6. 6.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-084-2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 29 de agosto del 2020, Edición No. 35,357, se autorizó a la Procuraduría General de la República a efecto de constituir legalmente una sociedad mercantil anónima unipersonal, con exclusión de toda participación de capitales privados, con la finalidad de coadyuvar con el Estado en la administración y operación de los Aeropuertos Internacionales "GOLOSÓN" (LA CEIBA), "JUAN MANUEL GÁLVEZ" (ROATÁN) y "RAMÓN VILLEDA MORALES" (SAN PEDRO SULA), a tal efecto creó la Sociedad Anónima denominada "EMPRESA HONDUREÑA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, S.A. (EHISA), que coadyuvará con el Estado de Honduras, como organismo de derecho privado auxiliar de la Administración Pública, con la gestión, operación y mantenimiento de los Aeropuertos Internacionales de la República.
  7. 7.Que el Aeropuerto Internacional "RAMÓN VILLEDA MORALES" de la Ciudad de San Pedro Sula, sufrió graves daños en su infraestructura en general a causa de las inundaciones ocasionadas por la Tormenta Tropical "ETA", por lo que es urgente identificar los daños, realizar las reparaciones y reconstrucciones del mismo a fin de reactivar la operatividad normal del Aeropuerto.

Articulos

Articulo 1

Reformar los Artículos 3 y 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 02 de noviembre del año 2020, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-112-2020, los cuales se leerán de la manera siguiente: "ARTÍCULO 3.- Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a gestionar reorientar y asignar los recursos que se identifiquen entre las distintas instituciones de Gobierno, así como de los recursos externos disponibles y los que se gestionen a través de las Secretarías de Estado autorizadas para tal efecto, con el propósito de atender los efectos de las fuertes lluvias que se pronostican por la Tormenta Tropical y posible formación de Huracán "ETA". El financiamiento requerido para el Estado de la Emergencia, podrá ser de los recursos autorizados y gestionados por medio de los Decretos Legislativos Nos. 33-2020 y 92-2020. La Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO) en el marco de SINAGER, comunicará a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), las instituciones que ejecutarán estos recursos y las intervenciones que estarán realizando. Las instituciones designadas deberán presentar la solicitud de recursos, así como el plan de ejecución ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Queda autorizada la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que pueda realizar las operaciones presupuestarias necesarias, derivadas de la aplicación del presente Decreto. Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), utilizar de la partida presupuestaria de emergencias para poder hacerle frente a esta declaración en el presente Decreto, garantizando su manejo de manera transparente y eficiente. Se instruye a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) y las Instituciones Públicas que están relacionados con la infraestructura vial, infraestructura crítica del País y control de inundaciones, procedan a realizar ajustes en su presupuesto con el propósito que puedan atender de manera inmediata, la rehabilitación de tramos carreteros y la infraestructura de control para inundaciones dañadas por las lluvias, vientos y deslizamientos de tierra. Se autoriza a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) y otras entidades de la Administración Pública encargadas de la construcción, reparación y mantenimiento de obras de infraestructura, así como aquellas Instituciones que prestan servicios públicos básicos para la población a realizar la contratación directa de bienes, obras y servicios necesarios para contrarrestar los efectos de la presente emergencia, de acuerdo con la normativa aplicable de cada Institución, quedando autorizadas todas las contrataciones directas que se hayan realizado a partir de la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020. Se autoriza a la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS) a contrarar las obras y servicios que se requieran para reactivar operaciones en las aduanas afectadas y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), a realizar las contrataciones de bienes y servicios necesarios para la restauración de los cultivos dañados de la población afectada. Asimismo, se autoriza a las instituciones y entidades que requieran realizar adquisición de alimentos, medicamentos, bienes, insumos de bioseguridad para los albergues y atención a la población afectada por la situación de emergencia a que realicen las mismas de conformidad a los establecido en la Ley de Contratación del Estado respecto a las contrataciones directas. Se instruye a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), para que realice la contratación directa de bienes, obras y servicios necesarios para las acciones de evaluación, diseño, limpieza, reparación y reconstrucción de Infraestructura y demás que sean necesarias en los Departamentos de Islas de la Bahía, Atlántida, Colón, Olancho, Gracias a Dios, Francisco Morazán y Cortés, incluyendo las calles urbanas del Municipio de la Lima, así como una pronta habilitación del Aeropuerto Internacional "Ramón Villeda Morales" de la Ciudad de San Pedro Sula.

Articulo 4

Se autoriza a la Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), a utilizar los mecanismos de contratación directa contenidos en la Ley de la Cuenta del Desafío del Milenio, el Reglamento de la misma y demás normativa interna; el resto de las Instituciones Públicas involucradas en la atención de la emergencia provocadas por el paso de la Tormenta Tropical ETA quedan autorizadas a usar los mecanismos especiales y expeditos para la contratación directa de obras, bienes y servicios, contenidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento".

Articulo 2

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. MARIA ANTONIA RIVERA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ALBA CONSUELO FLORES SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO. MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS NELSÓN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA

Leyes relacionadas