Decreto Legislativo No. 188-2020 — Exoneración de multas por vencimiento de licencias y extensión de vigencia
Articulos
Articulo 1
Se exonera la multa derivada del vencimiento de licencias del período de marzo a diciembre del año 2020 y se extiende la vigencia de la misma por noventa (90) días luego de su publicación, a todos aquellos ciudadanos que a la entrada en vigencia del presente Decreto no hayan realizado el trámite de: 1. Renovación de la licencia de conducir de transporte liviano, otorgada por la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT); Renovación del permiso de tenencia y/o portación de arma de fuego comercial, otorgada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional o por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; y, 3. Renovación de la licencia sanitaria y permisos de operación de comerciantes individuales emitidos por las Corporaciones Municipales. Legislativo | 191-2020 | 4/2/2021 | 35,506 |