Acuerdo Ejecutivo No. 007-92 — Autorización para contratación de servicios de toma de fotografía aérea para proyecto Leaña-La Masica
Considerandos
- 1.Que es necesario impulsar en el país procesos de desarrollo agropecuario en aquellas zonas consideradas potencialmente ricas en recursos naturales y alimento producivos por las características agroecológicas, dentro de la que ocupa primordial importancia la zona norte del litoral atlántico de la República de Honduras.
- 2.Que en la zona norte de Honduras, se ubican las cuencas hidrográficas del Río Leán o de Los Leones, La Masica, en cuyas áreas la Secretaría de Comunicaciones, Obras Públicas y Transporte (SECOPT), tiene planificado dos podrán al "PROYECTO LEANA-LA MASICA", cuyo objetivo básico es de recuperación de tierras para aproveciamientos medianos del diseño y ejecución de diversas obras hidráulicas, enmarca a dicho proyecto dentro de los planes de desarrollo del Gobierno, que con carácter prioritario se están ejecutando en ese sector del país.
- 3.Que es imposible conseguir el inicio de los trabajos catastrales como elemento base para la culminación de tan importante proyecto de desarrollo y que las condiciones meteorológica favorables para la toma de fotografía aérea en ese sector del país, se acortan significativamente por aproximarse la época lluvias.
- 4.Que de perderse la oportunidad que se presenta para la toma de dicha fotografía aérea, actividad fundamental de la cual dependen todos los procesos aerofotográficos y cartográficos posteriores, se retrasaría considerablemente el inicio de este proyecto y la oportunidad de culminar sus trabajos en la presente administración.
- 5.Que es necesario impulsar en el país procesos de desarrollo agropecuario en aquellas zonas consideradas potencialmente ricas en recursos naturales y alimento producivos por las características agroecológicas, dentro de la que ocupa primordial importancia la zona norte del litoral atlántico de la República de Honduras.
- 6.Que en la zona norte de Honduras, se ubican las cuencas hidrográficas del Río Leán o de Los Leones, La Masica, en cuyas áreas la Secretaría de Comunicaciones, Obras Públicas y Transporte (SECOPT), tiene planificado dos proyectos al "PROYECTO LEANA-LA MASICA", cuyo objetivo básico es de recuperación de tierras para aproveciamientos medianos del diseño y ejecución de diversas obras hidráulicas, enmarca a dicho proyecto dentro de los planes de desarrollo del Gobierno, que con carácter prioritario se están ejecutando en ese sector del país.
- 7.Que es imposible conseguir el inicio de los trabajos catastrales como elemento base para la culminación de tan importante proyecto de desarrollo y que las condiciones meteorológica favorables para la toma de fotografía aérea en ese sector del país, se acortan significativamente por aproximarse la época lluvias.
- 8.Que de perderse la oportunidad que se presenta para la toma de dicha fotografía aérea, actividad fundamental de la cual dependen todos los procesos aerofotográficos y cartográficos posteriores, se retrasaría considerablemente el inicio de este proyecto y la oportunidad de culminar sus trabajos en la presente administración.
Articulos
Articulo 1
—Instruir a la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal, para que de inmediato inicie los trámites establecidos en las leyes correspondientes, a fin de declarar como áreas forestales protegidas, en sus categorías específicas y relacionadas con las siguientes zonas: a) La Reserva del Hombre y la Biosfera de Río Plátano con sus nuevos límites y estratificación en zona, núcleo o parque nacional, zona de reserva indígena y zona de amortiguamiento. b) La Reserva de la Biosfera Tawanka, incluyendo el área de Cordillera Dina Ríos y Sierra de Wiaxtinta. c) La Reserva Forestal y Antropológica Montaña de la Flor, localizada en el Municipio de Orica, en el departamento de Francisco Morazán. d) La Reserva Natural Cayo Saint Josh's localizada en el Municipio de Guanaja, Depto., de Islas de la Bahía. e) La Reserva Biológica del Bosque Muy Seco Tropical de Arenal, localizada en el Municipio de Arenal, departamento de Yoro. f) La Reserva de Vida Silvestre y Pesca Artesanal de las lagunas de Invierno de Montecristo, El Quebrachal, Guameru, Guapinol, Frontal, Biletero y la Almanía, ubicadas en los Municipios de Namasigüe y Choluteca, departamento de Choluteca y Bahía de Chismuyo, Municipio de Nacaome, departamento de Valle. g) El Refugio de Vida Silvestre Las Iguanas, localizado en el Municipio de Marcovia, departamento de Choluteca. h) El Refugio de Vida Silvestre Punta Condega, localizado en el Municipio de Marcovia, departamento de Choluteca. i) El Refugio Nacional de Vida Silvestre Laguna de Guaymoreto, localizado en el Municipio de Trujillo, departamento de Colón. j) El Refugio de Vida Silvestre Cayos de Utila y Reserva Marina Utila, Municipio de Utila, departamento de Islas de la Bahía. k) El Refugio de Vida Silvestre Punta Isopo, Municipio de Tela, departamento de Atlántida. l) El Parque Regional Marino Isla de Exposición, ubicado en el Municipio de Amapala, departamento de Valle. m) El Parque Nacional Capiro y Calentura, localizado en el Municipio de Trujillo, departamento de Colón. n) El Parque Nacional Pico Bonito, con sus nuevos límites propuestos y localizados en el Municipio de La Ceiba, departamento de Atlántida. o) El Parque Nacional La Muralla con los nuevos límites propuestos y localizados en el Municipio de La Unión, departamento de Olancho. p) El Parque Nacional Cerro Azul, localizado entre los Municipios de El Paraíso, San Antonio y Florida en el departamento de Copán. q) El área de uso múltiple Bosque Carías Bermúdez, localizado en el Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. r) Área Forestal y el Monumento Natural y Cultural de la Fortaleza de San Fernando de Omoa con el área del antiguo trazado colonial, que incluye la Loma y Milla Tres, localizado en el Municipio de Omoa, departamento de Cortés. s) Reserva de la Biosfera La Fraternidad (Trifinio), en el Municipio de Nueva Ocotepeque, departamento de Ocotepeque. t) El Monumento Cultural Nacional Ruinas de Tenamplá, localizado en el Municipio de Villa de San Antonio, departamento de Comayagua. u) Área Forestal y el Monumento Natural y Cultural Petroglifos de Ayasta, localizado en el Municipio de Nueva Armenia, departamento de Francisco Morazán. v) El Monumento Natural de Congolón, Piedra Parada y Coyocuterna, localizado en el Municipio de Erandique, departamento de Lempira. w) Área de Producción de Agua Cerro Guanacaure, Municipio de Choluteca, Depto. de Choluteca.
Articulo 2
—La determinación de la localización específica, la definición de los límites y colindancias, así como la medición de la superficie de las áreas que se indican en el Artículo 1 de este acuerdo, se ejecutarán durante el corriente año, en forma posterior a la emisión del mismo.
Articulo 3
—A fin de otorgar el marco legal definitivo a las categorías de áreas silvestres indicadas como áreas declaradas protegidas, la corporación Hondureña de Desarrollo Forestal, con apoyo del Instituto Hondureño de Antropología e Historia y la Dirección Ejecutiva del Catastro Nacional, procederá a gestionar la declaratoria correspondiente, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 103 Artículos 8, incisos a, b, c, e, h, 1; Ley Forestal, Artículo 39, Inciso a; Artículos 40, 41, 43, 44, 48, 49 y 634. Reglamento Forestal, Artículos 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 82, 83, 84, 85 y 86. Ley para la Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, Decreto Nº 31-92, Artículos 1, 3, 4, incisos a y b; Artículos 74 y 77. Decreto Legislativo Nº 74-91, Ley del Instituto Hondureño de Turismo, Artículos 1, 4 y 5.
Articulo 4
—El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMTÉMESE.— RAFAEL LEONARDO CALLEJAS PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MARIO NUFIO GAMERO MINISTRO DE RECURSOS NATURALES PLANIFICACION, COORDINACION Y PRESUPUESTO ACUERDO NUMERO 007-92 Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 1992. El Presidente Constitucional de la República, CONSIDERANDO: Que es necesario impulsar en el país procesos de desarrollo agropecuario en aquellas zonas consideradas potencialmente ricas en recursos naturales y alimento producivos por las características agroecológicas, dentro de la que ocupa primordial importancia la zona norte del litoral atlántico de la República de Honduras. CONSIDERANDO: Que en la zona norte de Honduras, se ubican las cuencas hidrográficas del Río Leán o de Los Leones, La Masica, en cuyas áreas la Secretaría de Comunicaciones, Obras Públicas y Transporte (SECOPT), tiene planificado dos proyectos al "PROYECTO LEANA-LA MASICA", cuyo objetivo básico es de recuperación de tierras para aproveciamientos medianos del diseño y ejecución de diversas obras hidráulicas, enmarca a dicho proyecto dentro de los planes de desarrollo del Gobierno, que con carácter prioritario se están ejecutando en ese sector del país. CONSIDERANDO: Que es imposible conseguir el inicio de los trabajos catastrales como elemento base para la culminación de tan importante proyecto de desarrollo y que las condiciones meteorológica favorables para la toma de fotografía aérea en ese sector del país, se acortan significativamente por aproximarse la época lluvias. CONSIDERANDO: Que de perderse la oportunidad que se presenta para la toma de dicha fotografía aérea, actividad fundamental de la cual dependen todos los procesos aerofotográficos y cartográficos posteriores, se retrasaría considerablemente el inicio de este proyecto y la oportunidad de culminar sus trabajos en la presente administración. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 5, 8, 58 y 59 de la Ley de Contratación del Estado; y 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, ACUERDA: 1º Autorizar a la Secretaría de Planificación, Coordinación y Presupuesto (SECPLAN), para que a través de su Área de Especialización de Cadastre en materia catastral, se proceda a concurrir para la contratación de los servicios de toma de fotografía aérea.