VigenteCategoria: Transporte
Decreto No. PCM-101-2021 | 26 de octubre de 2016 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,170

Decreto Ejecutivo No. PCM-101-2021 — Autorización a INSEP para asumir pago de obligaciones por contratos de carretera Villa de San Antonio - El Quebrachal

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 19, 35 y 45 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración general del Estado, siendo entre otras de sus Atribuciones: “Dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; administrar la Hacienda Pública; crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos; y, las demás que le confiere la Constitución y las Leyes”.
  2. 2.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-071-2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su Edición No. 34,170 del 26 de octubre de 2016, se Declaró Estado de Emergencia para que se construyera entre otros, el tramo carretero comprendido entre el kilómetro 0+0000 al 54+130 de la Carretera Villa de San Antonio - El Quebrachal, autorizando e instruyendo a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), para que en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la publicación de este Decreto, contrate a una o varias empresas con suficiente experiencia y capacidad técnica para que ejecuten todo o parte los trabajos necesarios para el diseño, construcción, supervisión, verificación, estudios para el plan de reasentamiento de personas, la ejecución del proceso de reasentamiento de personas y el proceso de liberación del derecho de vía necesarios para la ejecución de dicho proyecto.
  4. 4.Que en atención a la instrucción y autorización contenida en el Decreto Ejecutivo Número PCM-071-2016, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), procedió a realizar el proceso para la contratación de los servicios de construcción y supervisión del Tramo Carretero Villa de -- 1 of 44 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL San Antonio - El Quebrachal, resultando como las mejores ofertas, las presentadas por las Empresas Profesionales de la Construcción S.A de C.V. (PRODECON) para la construcción y Consultores en Ingeniería S.A de C.V., (CINSA), para la supervisión de dichos trabajos de construcción, procediendo a la suscripción de los contratos respectivos.
  5. 5.Que de acuerdo a los Contratos suscritos y cumplidos los requisitos previos para una Contratación Directa por el estado de emergencia, conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley de Contratación del Estado; la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), procedió a emitir las respectivas órdenes de Inicio de dichos trabajos de los cuales, en los años 2017 y 2018 se realizaron pagos parciales de las obras y servicios ejecutados, quedando saldos pendientes que cumplir, tanto a la Empresa Profesionales de la Construcción, S.A. de C.V. (PRODECON), como a la Empresa Consultores en Ingeniería, S.A. de C.V. (CINSA), a los cuales aún se les adeuda cantidades que no ha podido hacerse efectiva.
  6. 6.Que la falta de pago por insuficiencia de recursos financieros calificada como circunstancias que están fuera del control de las Partes, de Común Acuerdo se suscribió Acta para la Resolución de los Contratos, formando los Expedientes Administrativos Nos. 92-2017 y 92-A- 2017, emitiéndose oportunamente Resoluciones Definitivas que Declaran la Resolución por Mutuo Acuerdo de los denominados: 1) Contrato de Construcción Carretera Villa de San Antonio - Goascorán, Sección I, Sub-Sección I-B, Lamaní - El Quebrachal, Est.20+000 a Est.54+860 (Long.29.90 Km) CC-GC-UEBCIE-11-2016, y 2) Contrato de Servicios de Consultoría para la Supervisión del Proyecto: Construcción de la Carretera Villa de San Antonio - Goascorán, Sección I, Sub-Sección I-B, Lamaní - El Quebrachal.- CS-DGC- UEBCIE-08-2016, suscritos el dos (2) de Diciembre del año 2016, ordenando en dichas Resoluciones Administrativas a la Dirección General de Carreteras, dependencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) que proceda a la liquidación de los mismos para realizar el descargo recíproco de las responsabilidades que correspondan a cada una de las Partes.
  7. 7.Que mediante Decreto Ejecutivo No. 016-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su Edición No. 34,521 del 19 de diciembre de 2017, se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que de manera inmediata procediera a la suscripción de las modificaciones contractuales de varias operaciones de préstamos, entre las cuales se encuentra el Contrato de Préstamo BCIE No. 2177, del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), mediante el cual se financia la Ejecución del Proyecto de Construcción del Corredor Logístico Villa de San Antonio-Goascorán, Sección I, Subsección IB, Lamaní — El Quebrachal, para asignar en forma directa y exclusiva a INVEST-Honduras/MCA- Honduras, como organismo ejecutor en la administración, supervisión e implementación de dicho Proyecto; asimismo, se indicó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, se procediera a efectuar oportunamente la reasignación y subsecuente transferencia presupuestaria a favor de INVEST- Honduras/MCA-Honduras, de conformidad al procedimiento legal y administrativamente establecido para ese efecto, de tal forma que asuma en definitiva la ejecución de todos los recursos previstos en el Contrato de Préstamo, así como los recursos de contraparte del mismo. -- 2 of 44 --
  8. 8.Que de conformidad a la instrucción descrita en el Decreto Ejecutivo No. 016-2017, a mediados del año 2018, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procedió a trasladar las asignaciones presupuestarias aprobadas en el presupuesto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a INVEST-Honduras/MCA-Honduras, quien con base a la instrucción emitida en el Decreto Ejecutivo Número 016-2017, quedó a partir de ese momento subrogado como organismo ejecutor de todos los contratos de obra, bienes y servicios derivados de la cartera de proyectos traspasada bajo su administración.
  9. 9.Que es deber del Estado de Honduras asumir y hacer efectivo los compromisos adquiridos legalmente por sus instituciones y evitar así costos mayores derivados de posibles demandas y coste financieros por pagos fuera de los periodos legalmente establecidos.
  10. 10.Que mediante Decreto Ejecutivo Número 006-2021, de fecha 30 de agosto de 2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de septiembre del 2021, en su Edición Número 35,720, en el cual se reforma los Artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo No. 016-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición No. 34,521 del 19 de diciembre de 2017.

Articulos

Articulo 1

Autorizar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), para que una vez entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo No.006-2021, asuma y haga efectivo el pago de las obligaciones generadas por la suscripción de los Contratos como respuesta a la declaración de Estado de Emergencia contenida en el Decreto Ejecutivo Número PCM-071- 2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 26 de octubre de 2016, relacionado con el tramo carretero comprendido entre el kilómetro 0 + 0000 al 54 + 130 de la carretera Villa de San Antonio - El Quebrachal que a la fecha de terminación por mutuo acuerdo quedaron pendientes. La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), debe formalizar un Acuerdo de Pago con las Empresas con cuales se mantiene la obligación de la manera siguiente: Con la Empresa Profesionales de la Construcción, S.A. de C.V. (PRODECON) por un monto de CIENTO SETENTA Y OCHO MILLONES N O V E C I E N T O S D O C E M I L S E I S C I E N T O S VEINTISIETE LEMPIRAS CON VEINTE CENTAVOS (L 178,912,627.20) y en fecha posterior con la Empresa Construcción y Consultores en Ingeniería S.A. de C.V. (CINSA) por un monto de CUATRO MILLONES DE LEMPIRAS (L 4,000,000.00). Dicho Acuerdo, debe ser remitido a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para efectuar su Programación de pago.

Articulo 2

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) realizar las acciones y operaciones presupuestarias y financieras necesarias en el marco de la normativa legal vigente, a fin de asignar los recursos requeridos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), para el cumplimiento de este Decreto. La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) debe presentar ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la solicitud de presupuesto detallando los gastos generados de las obligaciones mencionados en el Artículo precedente.

Articulo 3

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 3 of 44 -- Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dos (02) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ABRAHAM ALVARENGA URBINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ELAN FERNANDO VASQUEZ AYESTAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 4 of 44 -- ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE LUIS FERNANDO MATA ECHEVERRI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS IRIS ROSALIA CRUZ PINEDA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO RUBÉN DARIO ESPINOZA OLIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MÁX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA -- 5 of 44 -- Secretaría de Salud ACUERDO No. 3258-2021 Tegucigalpa, M.D.C., 12 de Octubre del 2021

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