VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. SEP-043-2022 | 6 de diciembre de 2022 | Poder Ejecutivo
Resolución No. SEP-043-2022 — Adjudicación de Licitación Pública para adquisición de dos vehículos de trabajo
Considerandos
- 1.Que la compra de vehículos a favor de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia está contemplada en el Plan Anual de Compras (PAC) mediante las siguientes descripciones: CÓDIGO: 24101502; DESCRIPCIÓN: GC-SEP-ADQUISICION DE VEHICULOS; MES ESTIMADO DE FIRMA DE CONTRATO: AGOSTO (8); VALOR ESTIMADO: L.2, 040,000.00.
- 2.Que en el presupuesto de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia vigente para el año 2022, existe disponibilidad financiera para la compra de vehículos, contemplado en el Objeto del Gasto número 42310 Equipo de Transporte Terrestre para Personas, ver Constancia emitida por el Sub-Gerente de Presupuesto de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia .Licenciado Carlos Mejía en fecha catorce de octubre del año dos mil veintidós (14.10.2022), folio 4 del expediente único de Licitación.
- 3.Que en fecha doce de octubre del año dos mil veintidós (12.10.2022) mediante oficio GASP-OI-633-2022 la Gerencia Administrativa solicita Autorización ante el Secretario de Estado de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia para iniciar el Proceso de Licitación Pública LPN-SEP-001-2022 contentivo de la “Adquisición de dos (2) vehículos de trabajo para la Secretaría de la Presidencia”, Folio 09 del expediente único de Licitación.- En fecha catorce de octubre del año dos mil veintidós (14.10.2022), mediante oficio SDP-889- 2022 el Secretario de Estado autorizó el inicio del proceso de Licitación Pública LPN-SEP-001-2022 contentivo de la “Adquisición de dos (2) vehículos de trabajo para la Secretaría de la Presidencia; Folio 10 del expediente único de Licitación; en fecha diecinueve de octubre del año dos mil veintidós (19.10.2022), mediante Memorándum GAS- OI-652-2022 se solicita a la Dirección Legal emitir Dictamen Legal sobre las Bases de Licitación, folio 48 del expediente único de Licitación, las cuales fueron dictaminadas mediante -- 13 of 28 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,123 Dictamen Legal SEP-SG-DL-032-2022 de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil veintidós (24,10.2022), por existir congruencia lógica y jurídica en las bases de Licitación, Folios del 49 al 52 del expediente único de Licitación; y en fechas 24, 25 y 31 de octubre del año 2022 la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia realizó las publicaciones del Aviso de Licitación Pública LPN-SEP-001-2022 contentivo de la “Adquisición de dos (2) vehículos de trabajo para la Secretaría de la Presidencia”, folios del 59 al 71 del expediente único de Licitación.
- 4.Que en fecha veintiocho de octubre del año dos mil veintidós (28.10.2022), mediante oficio GASP- OI-669-2022, se propuso a los colaboradores que serían parte de las Comisiones de Apertura y Evaluación de ofertas, mismo que fue respondido por el Secretario de Estado mediante oficio No.-SDP- 934-2022, de fecha veintiocho de octubre del año dos mil veintidós (28.10.2022), designando las Comisiones de Apertura y Evaluación de ofertas, folios 72 y 74 del expediente único de Licitación.
- 5.Que en fecha 01 de noviembre del año dos mil veintidós (01.11.2022) la empresa Grupo Q Honduras S.A. de C.V. solicita vía escrito las bases de la Licitación Pública LPN-SEP-001-2022, folio 76 del expediente único de Licitación.
- 6.Que en fecha dos de diciembre del año dos mil veintidós (02.12.2022), el Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia mediante memorándum No.-SEP-148-2022, delega en la Gerente Administrativa su representación como órgano responsable para que presida las Audiencias Públicas de Apertura de Ofertas y la Comisión de Evaluación de Ofertas, folio 79 del expediente único de Licitación.- Mediante Oficio 782-GA-SEP-2022 la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia por medio de la Gerencia Administrativa informó al Público en General que la fecha de apertura de ofertas de la Licitación Pública LPN-SEP-001-2022, estipulada para el día lunes cinco de diciembre del año dos mil veintidós (05.12.2022), por fuerza mayor (Toma de las instalaciones por empleados públicos), se trasladaría para el día martes 6 de diciembre de 2022, siempre en las instalaciones de esta Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, folio 81 del expediente único de Licitación.
- 7.Que la apertura de ofertas se realizó en fecha seis de diciembre del año dos mil veintidós (06.12.2022), de la cual la Comisión Evaluadora levanto Acta, se constató que el único oferente fue la empresa Grupo Q Honduras S.A. de C.V., quien presentó una oferta económica por el monto de Un millón ochocientos noventa y dos mil ochocientos lempiras exactos Ll, 892,800.00-datos en el Formulario de Oferta, folios 82 al 84 del expediente único de Licitación.
- 8.Que la Gerencia Administrativa en su condición de delegada del Señor Secretario de Estado mediante oficio GASP-OE-146-2022, en fecha 15 de diciembre de 2022, solicitó al oferente Grupo Q Honduras S.A. de C.V. la subsanación de los siguientes documentos: “presentar copia autenticada del Balance General del último ejercicio fiscal ... y copia autenticada del Estado de Resultado del último eiercicio fiscal, folio 89 del expediente único de Licitación.- La empresa requerida subsano dicha -- 14 of 28 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,123 solicitud en fecha 19 de diciembre de 2022, Folios del 90 al 93 del expediente único de Licitación. La Comisión Evaluadora concluyo recomendar la adjudicación del procedo aludido a la empresa Grupo Q Honduras S.A. de C.V., Folios del 94 al 102 del expediente único de Licitación.
- 9.Que la Comisión Evaluadora emitió informe de la Licitación Pública LPN-SEP-001-2022 en fecha 20 de diciembre de 2022 realizó las evaluaciones técnicas, financieras y económicas del UNICO oferente la empresa GRUPO Q HONDURAS S.A. DE C.V.
- 10.Que según el informe emitido por la Comisión Evaluadora en el acápite FASE EVALUACIÓN FINANCIERA determina que la empresa oferente habiendo subsanado la documentación solicitada cumple satisfactoriamente, Folio 101 del expediente único de Licitación; en la FASE EVALUACIÓN TÉCNICA cumple satisfactoriamente, Folio 100 del expediente único de Licitación; y, en la FASE: EVALUACION ECONOMICA se realizó la revisión de la oferta; pero, debido a que se identificó una inconsistencia entre el monto escrito en valores numéricos y valores en letras, la Comisión Evaluadora determino lo siguiente: “Se aclara que el Oferente, en la Lista de Precios que corre a folio 4 del documento denominado: Documentación Económica y Financiera plasmó, un valor en letras, sin embargo, éste no se considera en virtud de que no es requerido según el diseño de formulario pre- establecido en el Pliego de Condiciones; ya que el objetivo de la Lista de Precios es para constatar los cálculos meramente aritméticos estén correctos, según lo estable el Artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.”, Folio 95 del expediente único de Licitación.
- 11.Que la Comisión Evaluadora concluyó que salvo mejor criterio recomienda -por mayoría de votos- adjudicar la Licitación Pública LPN-SEP-001-2022 "ADQUISICION DE 2 VEHICULOS DE TRABAJO PARA USO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA" a la empresa GRUPO Q HONDURAS S.A. DE C.V., por considerar que la oferta se ajusta a los requerimientos establecidos, Folio 94 del expediente único de Licitación.
- 12.Que la Gerencia Administrativa mediante Memorándum GASP-OI-862-2022 de fecha 21 de diciembre de 2022, solicitó a la Dirección Legal, la revisión y dictamen del proceso antes descrito.
- 13.Que el Artículo 33 de Ley de Contratación del Estado respecto a la Comisión de Evaluación establece. Para la revisión y Análisis de las ofertas en los procedimientos de selección de contratistas, el Órgano responsable de la contratación designará una Comisión de Evaluación integrada por tres (3) o cinco (5) funcionarios de amplia experiencia y capacidad, la cual formulará la recomendación correspondiente.
- 14.Que el Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado en lo que se refiere a la Comisión de Evaluación establece: Para cada procedimiento de contratación el titular del órgano responsable de la contratación designará una Comisión para el análisis y -- 15 of 28 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,123 evaluación de las ofertas, la cual será integrada en la forma prevista por el artículo 33 de la Ley. Estas comisiones cumplirán su función con apego a Ley, al presente reglamento y al pliego de condiciones. El órgano responsable de la contratación podrá, a su vez, designar una subcomisión integrada por personal calificado que reúna los requisitos indicados en el párrafo anterior, la cual se encargará del examen preliminar de los documentos.
- 15.Que el Artículo 34 de la Ley de Procedimiento Administrativo: sin perjuicio de lo establecido en la Leyes especiales, el acto administrativo es nulo, en los siguientes casos: a) ... b) ... c) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido.
- 16.Que el Artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado establece: Que cuando se adjudicare el Contrato a un oferente que no sea el de precio más bajo, la resolución por la que se acuerde la adjudicación deberá ser suficientemente motivada y dicha resolución estará sujeta a aprobación por la autoridad superior competente, observándose lo siguiente: a) ... b) Si fuere adjudicado por el titular de un organismo desconcentrado o por un órgano con competencia regional, se requerirá aprobación del órgano al cual está adscrito o del órgano directivo superior, según dispusiere las leyes pertinentes.
- 17.Que el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública, en relación al artículo 19 de la Ley de Procedimiento Administrativo se refieren en cuanto a que, la Administración Pública debe desarrollar su actividad ajustándose a la siguiente jerarquía normativa: 1. Constitución de la República; 2. Los Tratados Internacionales ratificados por Honduras; 3. La presente Ley; 4. Las Leyes administrativas especiales; 5. Las Leyes especiales y generales vigentes en la República; 6. Los Reglamentos que se emitan para la aplicación de la Ley; 7. Los demás Reglamentos generales o especiales; 8. La Jurisprudencia Administrativa; y, 9. Los principios generales del derecho público, con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción de interés general. En los casos que la Ley atribuya a los órganos potestades discrecionales, se procederá dentro de los límites de las mismas y en función del fin para el que hubieran sido atribuidas.
- 18.Que el Artículo 321 de la Constitución de la República establece que los servidores del Estado no tienen más facultades que las expresamente les confiere la Ley.- Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad.
- 19.Que el numeral 3 del artículo 8 de la Ley General de la Administración Pública indica que los órganos y entidades de la Administración Pública no podrán reconocer, declarar o limitar derechos de los particulares sino la tienen atribuida por Ley, tales potestades.
- 20.Que la Dirección Legal de esta Secretaría de Estado en su Dictamen Legal No. SEP-SG- DL-041-2022 de fecha veintidós de diciembre del año dos mil veintidós (22.12.2022) CONCLUYE “Como se podrá observar de lo relacionado en los Hechos y Antecedentes arriba indicados, el Órgano responsable de la licitación, realizó el procedimiento dentro del marco legal en los artículos 33, 39, 40, 41, 46, 47, 50, 52 de la Ley de Contratación del Estado y los artículos 53, 117, 125 y 127 del -- 16 of 28 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,123 Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, tal y como se puede corroborar en el Expediente Único de Licitación Pública LPN-001-2022 para la “ADQUISICION DE 2 VEHICULOS DE TRABAJO PARA USO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA”; la Comisión Evaluadora de ofertas fue designada por el titular del Órgano Responsable de la contratación, las publicaciones e invitaciones a licitación fueron realizadas, siguiendo parámetros de transparencia y de competencia leal; por lo que, se aprecia que la evaluación de la documentación presentada por el oferente se realizó conforme a ley. Si bien es cierto, dentro de la Oferta Económica y Financiera, su apartado Lista de Precios que obra a folio 4, contiene una inconsistencia entre el monto en valores numéricos y valores en letras, la Comisión Evaluadora de Ofertas realizó las operaciones aritméticas necesarias, y concluyó que el precio en números ofertado en la misma suma un total de UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.1,892,800.00); y, aunque el valor en letras señala UN MILLON NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.1,929,200.00), al compararlos con los apartados Formulario de Oferta y la Garantía de mantenimiento de oferta en los folios 1 inciso c) y 3 se aprecia que se indicó claramente como precio total la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.1,892,800.00). En relación con lo anterior se concluye que el proceso de Licitación Pública LPN-001-2022 para la “ADQUISICION DE 2 VEHICULOS DE TRABAJO PARA USO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA” se realizó bajo la normativa aplicable de la Ley de contratación del Estado".
- 21.Que la Dirección Legal de esta Secretaría de Estado en su Dictamen Legal No. SEP-SG-DL-042-2022 de fecha veintidós de diciembre del año dos mil veintidós (22.12.2022), recomienda: “PRIMERO: Que en virtud de la sugerencia realizada por la Comisión Evaluadora, si la misma fuere la más favorable a esta Secretaría de Estado, se recomienda adjudicar la Licitación Pública LPN-SEP-001- 2022 "Adquisición de dos (2) vehículos de trabajo para la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia" a la empresa GRUPO Q HONDURAS, S.A. DE C.V. por el monto de UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.1,892,800.00) tal y como se refleja en el Formulario de Oferta folio 1 inciso C del Anexo 1 del expediente único de Licitación Pública Nacional. SEGUNDO: Conforme a los artículos 141 y 142 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, emitir la Resolución correspondiente. TERCERO: NOTIFICAR al oferente la Resolución y Adjudicación que para tales efectos se emita, PUBLICAR la misma; y, dejar constancia en el expediente único de Licitación Pública. artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.” NORMATIVA APLICABLE l. Artículos 321 y 323 de la Constitución de la República; 2. Artículos 8 numeral 3, 36 numeral 8, 116, 120, 122 y 123 de la Ley General de la Administración Pública; -- 17 of 28 -- Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 7 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,123 3. Artículos 22, 23, 24, 25, 26, 27, 34 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 4. Artículos 11, 33, 50, 51, 52 y 57 de la Ley de Contratación del Estado; 5. Artículos 53, 125, 126, 127, 136, 139, 140 inciso b, 141 y 142 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado; 6. Artículo 40 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; 7. Artículo 1 del Decreto Legislativo 58-2015; y, 8. Pliego de Condiciones de la LPN-SEP-001-2022 “Adquisición de dos (2) vehículos de trabajo para la Secretaría de la Presidencia”
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