VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 080-2019 | 2 de septiembre de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,047
Acuerdo Ministerial No. 080-2019 — Apertura de contingente de desabasto de arroz granza
Considerandos
- 1.Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios y su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación de los demás organismos que correspondan.
- 2.Que las importaciones de maíz amarillo se han hecho al amparo del Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra Venta de Grano Nacional entre la Industria de Alimentos Balanceados para Animales conformado por: GRANEL, CARGIL DE HONDURAS, AVICONSA, AVIASA, EL CORTIJO, FACOCA, ALIMENTOS CONCENTRADOS FAFER, AVICOLA ALVARENGA, INVERSIONES AGROPECUARIAS LAS CAROLINAS, ALGRANO, FACOR, INGAASA, FALCOM, AVICOLA RÍO AMARILLO, NUTRICIÓN TÉCNICA ANIMAL “NUTRITEC”, CORRALES Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., GRANJA VICOLA LA MESETA, GRANOS Y OPERACIONES, todas las empresas antes mencionadas son miembros de la Asociación Hondureña de Productores de Alimentos Balanceados para Animales (AHPROABA), la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores de Granos (PROGRANO), Consejo Nacional Campesino (CNC), el Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOH), Asociación Hondureña de Agricultores (ASOHAGRI), Unión de Organizaciones de Productores Agropecuarios de Oriente Limitada (UNOPROL) y por el Gobierno de la República, las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE), elevado al Acuerdo Ejecutivo No. 163-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 19 de septiembre de 2018 y Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 1 of 100 -- ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL modificado mediante Acuerdo No. 042-2019, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 11 de abril del 2019.
- 3.Que en fecha 15 de agosto de 2019, la Asociación Hondureña de Productores Alimentos Balanceados para Animales (AHPROABA), presentaron ante la Secretaría de Agricultura y Ganadería solicitud de complemento del Contingente de Desabasto de Maíz Amarillo, basado en la solicitud inicial de 128,110 TM.
- 4.Que en fecha 21 de agosto de 2019, se reunió la Comisión de Supervisión del Convenio, acordado ampliar la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019 del referido Convenio mediante el Addendum Número Dos, contentivo en el Acuerdo Ejecutivo Número 142-2019, publicado en fecha 30 de agosto de 2019, en el Diario Oficial “La Gaceta”; así mismo acordaron que es necesario ampliar el Contingente de Desabasto de Maíz Amarillo, para cubrir los meses de septiembre a diciembre de 2019, debidas a las pérdidas ocasionadas en la siembra primera de maíz de la cosecha 2019-2020, a raíz de la prolongación del periodo de canícula, garantizando el abastecimiento adecuado del maíz amarillo. Por consiguiente, tomando las recomendaciones dadas por la Comisión de Supervisión, el Gobierno consideró ampliar el Contingente de Desabasto autorizando el complemento por un volumen de 75,110 TM de maíz amarillo, cuya asignación es en base de las compras de la cosecha nacional 2017-2018, tal como lo establece el Acuerdo No. 042-2019.
- 5.Que la apertura del contingente de desabasto de maíz amarillo tiene por objetivo el abastecimiento adecuado del mercado interno en cantidad y precio, tomando en consideración la protección a la producción, a los productores nacionales y consumidores.
- 6.Que en fecha 30 de agosto mediante comunicación OFICIO-SAG-876-2019 la Secretaría de Agricultura y Ganadería remitió el Acuerdo No. 153-2019, mediante el cual solicita a esta Secretaría de Estado, establecer un contingente de desabasto por un volumen de setenta y cinco mil ciento diez toneladas métricas (75,110 TM) de maíz amarillo, en el marco del Convenio de Compra Venta de Maíz, Sorgo y Soya Acuerdo No. 163-2018 y Acuerdo No. 042-2019.
- 7.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, administra los contingentes de tal manera que permita la utilización total de los contingentes de importación para asegurar el abastecimiento adecuado de bienes de primera necesidad.
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