VigenteCategoria: Notarial y Registral
Decreto No. 489-2020 | 12 de noviembre de 2020 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 489-2020 — Autorización al Procurador General de la República para firmar Acta de Liberación de Hipoteca de inmueble de CONADI

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: “Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley”, en el mismo orden de ideas el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública estatuye que: “El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada...”.
  2. 2.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, emitió Resolución A.L. 043-2019 de fecha trece (13) de marzo de dos mil diecinueve (2019), la cual en su parte resolutiva literalmente establece: “PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud presentada por la Abogada SENOBIA CABALLERO REYES, en su condición expresada. SEGUNDO: Que se extienda Acta de Liberación de Gravamen del Inmueble el cual consta de tres terrenos localizados en el Departamento de Cortés, propiedad de la Corporación Nacional de Inversiones (CONADI), inscritos en el Registro de la Propiedad bajo el número 50 del tomo 1786, del cual se negoció un contrato de compra-venta, dando fiel cumplimiento a lo acordado entre las partes, tal como se acredita en la constancia del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), (Ver folio 5) y en CONSTANCIA de fecha 31 de julio de 2018, emitida por la Tesorera General de la República, en donde se hace constar que el señor HENRY AREVALO FUENTES realizó los pagos correspondientes para la cancelación de la totalidad de la deuda, por lo que no tiene obligaciones pendientes con tal institución (Ver folio 5 y 47). TERCERO: Que se inicie el trámite para la emisión del Acuerdo Ejecutivo que el señor Presidente de la República, si así lo decide, autorice al señor Procurador General de la República a comparecer ante Notario Público a firmar la correspondiente Acta de Liberación de Hipoteca a efecto de liberar el bien inmueble aquí descrito, quedando bajo la responsabilidad del peticionario los honorarios notariales del acta de liberación de hipoteca y cualquier gasto o impuesto por la inscripción registral.”
  3. 3.Que según Testimonio del Instrumento número sesenta y seis (66) del diez de junio de mil novecientos noventa y dos, inscrito bajo el número cincuenta (50) del Tomo 1786 del Registro de la Propiedad y Mercantil de la ciudad de San Pedro Sula en fecha veintiuno (21) de abril de mil novecientos noventa y tres (1993) autorizado por la Notario MARIA DOLORES RAUDALES RASKOFF, en el cual comparecen el abogado DAVID MENDOZA LUPIAC, en su condición de presidente de la Junta Liquidadora de la CORPORACION NACIONAL DE INVERSIONES (CONADI), según el Acuerdo No. 90-92 emitido por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia de fecha veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y dos (1992), en relación con el Acta Número cuarenta y cuatro (44) de fecha tres (3) de febrero de mil novecientos noventa y dos (1992), emitida por la Junta Liquidadora dicha Corporación y por otra parte el señor HENRY AREVALO FUENTES, quien actúa en su propio nombre, quienes asegurándome hallarse en el pleno goce de sus derechos civiles, libre y espontáneamente declaran: PRIMERO: El abogado DAVID MENDOZA LUPIAC, en el carácter con que comparece: Que la CORPORACION NACIONAL DE INVERSIONES (CONADI), es dueña de los activos que pertenecieron a la empresa HOTEL BRISAS DEL LAGO, los que se describen de la siguiente manera: LOTE NÚMERO UNO: Con una extensión superficial de nueve mil catorce punto noventa y tres metros cuadrados (9,014.93 mts.²) equivalentes a doce mil novecientos veintinueve punto setenta y cuatro varas cuadradas (12,929.74 vra,²) cuya relación de medidas es la siguiente: -- 300 of 628 -- partiendo del punto cero (0) al punto (1), rumbo Sur, cero siete (07) grados cuarenta y ocho minutos (48’) Oeste, con una distancia de cincuenta y cinco metros (55 mts.); del punto uno (1) al punto dos (2) rumbo Sur, sesenta y un grados (61) cero cuatro minutos (04’) oeste, con una distancia de noventa y nueve punto cero cinco metros (99,05 mts.); del punto dos (2) al punto tres (3) rumbo Norte, ochenta y dos grados (82 grados) veintiséis minutos (26’) oeste, con una distancia de veinte punto quince metros (20.15 mts.); del punto tres (3) al punto (4) rumbo Norte, cero siete grados (07 grados) treinta y seis minutos (36’) Este, con una distancia de ciento catorce punto cero siete metros (114.07 mts.); y, del punto cuatro (4) al punto cero (0) donde cierran el polígono rumbo Sur, ochenta y dos grados (82 grados) veintiséis minutos (26’) Este, noventa y nueve punto sesenta y cinco metros (99.65 mts.), siendo sus límites generales: Al norte, con lote D-1 y D-8; al sur con Lago de Yojoa, calle uno de por medio; al Este, con el Bloque 1-A de URBANIZACION BRISAS DEL LAGO, primera avenida de por medio; y, al Oeste, con el Bloque G de la misma URBANIZACION BRISAS DEL LAGO, segunda avenida de por medio, aclarando que sobre este lote se encuentra ubicada la CASA CLUB. LOTE NÚMERO DOS: Con una extensión superficial de cuatro mil trescientos ochenta y cinco punto noventa y dos metros cuadrados (4,385.92 mts²) equivalentes a seis mil doscientos noventa punto cincuenta y cuatro varas cuadradas (6,290.54 vrs²) cuya relación de medidas es la siguiente: partiendo del punto cero (0) al punto uno (1) rumbo Norte, ochenta y tres grados (83 grados) cero nueve minutos (09’) oeste, con una distancia de cincuenta metros (50 mts), desde el punto uno (1) al punto ( 2 ) r u m b o S u r, c e ro s i e te g ra d o s ( 0 7 g ra d o s ) cero siete minutos (07’) oeste, con una distancia d e o c h e n t a y o c h o p u n t o c i n c u e n t a m e t r o s (88.50 mts.); del punto dos (2) al punto tres (3) rumbo Sur, ochenta y cinco grados (85 grados) dieciséis minutos (16’) este, con una distancia de cincuenta metros (50 mts.); del punto tres (3) al punto cero (0) rumbo Norte, cero seis gados (06 grados) cincuenta y dos minutos (52’) este, ochenta y siete metros (87 mts.) cerrando aquí su poligonal, siendo sus límites generales: Al Norte, limita con lote A propiedad de DONALD ALEJANDO DELGADO; al Sur, limita con Lago de Yojoa, parte del embarcadero; al Este limita con lote número uno de la URBANIZACIONES BRISAS DEL LAGO, segunda avenida de por medio; y, al Oeste, con propiedad de la señora IRENE VIUDA DE PINEDA, aclarando que sobre este lote se encuentra ubicada la CASA MARINA. LOTE NÚMERO TRES: Con una extensión superficial de seis hectáreas tres mil quinientos treinta y cinco punto cincuenta y seis metros cuadrados (3,535.56 mts.²) equivalentes a nueve manzanas mil ciento veintiséis punto cero cinco varas cuadradas (9 mzn. 1.126.05 vra²) c u y a relación de medidas la siguiente: Del punto cero (0) al punto uno (1) rumbo Sur, cincuenta y dos grados (52 grados) cuarenta y ocho minutos (48’) Este, con una distancia de cuatrocientos veintinueve punto ochenta metros (429.80 mts); del punto uno (1) al punto dos (2) con rumbo Sur, setenta grados (70 grados); treinta minutos (30’) oeste, con una distancia de treinta y siete punto treinta y un metros (37,31 mts); del punto dos (2) al punto tres (3) con rumbo Norte, cincuenta y dos grados (52 grados) cuarenta siete minutos (47’) Oeste, con una distancia de treinta cuatro punto ochenta y cinco (34.85 mts); del punto tres (3) al punto cuatro (4) con rumbo Sur, setenta grados (70 grados) veinticuatro minutos (24’) Oeste, con una distancia de trescientas treinta y cinco punto ochenta y nueve metros (335.89 mts); del punto cuatro (4) al punto cinco (5) rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de ciento sesenta punto veintidós metros (160.22 mts); del punto cinco (5) al punto seis (6) con rumbo Norte, cero siete grados (07 grados) diez minutos (10’) Oeste, con una distancia de treinta y seis punto treinta y tres metros (36.33 mts); del punto (6) al punto siete (7) con rumbo Norte, ochenta y dos grados (82 grados) cincuenta y tres minutos (53’) Este, con una distancia de ocho punto cero nueve metros (8.09 mts); del punto siete (7) al punto (8) -- 301 of 628 -- con rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de cincuenta y seis punto setenta y dos metros (56.72 mts); del punto ocho (8) al punto nueve (9) con rumbo Norte, diez grados (10 grados) treinta y seis minutos (36’) oeste, con una distancia de veinticinco punto veinticinco metros (25.25 mts); del punto nueve (9) al punto diez (10) con rumbo Norte, setenta y nueve grados (79 grados) veintisiete minutos (27’) Este, con una distancia de seis punto cero tres metros (6.03 mts); del punto diez (10) al punto once (11) con rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de cincuenta y tres punto cincuenta y cuatro metros (53.54mts); del punto (11) al punto Cero (0) cerrando el polígono con rumbo Norte, veintidós grados (22 grados) treinta y un minutos (31’) Este, con una distancia de treinta y tres punto sesenta y cuatro metros (33,64 mts), siendo sus límites generales: Al Norte, con propiedades del señor RODOLFO BARRIENTOS, carretera a Peña Blanca de por medio; al Sur, con propiedades de IRENE DE AYESTAS VIUDA DE PINEDA; al Este, con propiedad también del señor RODOLFO BARRIENTOS; y, al Oeste, con propiedad de la señora MELANIA PINEDA DE FERNANDEZ Y FRANCISCO FERNANDEZ G. - IV) Los activos de la empresa HOTEL BRISAS DEL LAGO, que son los siguientes A) Edificio Central que consta de tres niveles y alberga los ambientes siguientes: a) facilidades administrativas; b) restaurante; c) bar; d) club nocturno; e) lobby; f) comercio; g) piscina pequeña; área total dos mil ciento seis metros cuadrados (2,106 metros cuadrados); B) Edificio de habitaciones cuatro unidades de dos plantas cada uno, separados entre sí y separados del edificio central; área total tres mil novecientos treinta y seis metros cuadrados (3,936 metros cuadrados); C) Edificio de servicio y mantenimiento (un nivel); área total seiscientos cuarenta metros cuadrados (640 metros cuadrados); D) Edificio para alojamiento de empleados (incluso) área total seiscientos cuarenta metros cuadrados (640 metros cuadrados); E) Obras exteriores: a) estacionamiento, doscientos cuarenta metros cuadrados (240 metros cuadrados); b) calle de acceso, mil seiscientos metros cuadrados (1,600 metros cuadrado); c) aceras, ciento veinte y cinco metros cuadrados (125 metros cuadrados); d) fosas sépticas dos (2), ciento ochenta metros cuadrados (180 metros cuadrados); e) drenaje, global; f) jardinerías. - Siendo parte integrante del presente contrato de compraventa todo los activos que posee la Corporación Nacional de Inversiones en el Hotel Brisas del Lago, los que se encuentran descritos en el inventario que levantó el Departamento de Bienes Adjudicados de la Corporación Nacional de Inversiones.
  4. 4.Que el Decreto Ejecutivo Número PCM- 047-2015 de fecha 02 de septiembre de 2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de septiembre del 2015 establece en su artículo 4 numeral 2) lo siguiente: “Autorizar de acuerdo al Reglamento respectivo las altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes” y en el mismo orden de ideas el artículo 8 párrafo primero preceptúa: “En todo acto de compra, venta, permuta, donación, indemnización y concesión de inmuebles del Estado, para la debida salvaguarda y transparencia, deberá mediar la autorización de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, conforme a los procedimientos en ley y lo dispuesto en los Reglamentos de esta Ley”.
  5. 5.Que esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas de conformidad a lo dispuesto en la parte resolutiva de la Resolución A.L. 043-2019 de fecha 13 de marzo del 2019, la cual literalmente establece “… TERCERO: Que se inicie el trámite para la emisión del Acuerdo Ejecutivo que el señor Presidente de la República, si así lo decide, autorice al señor Procurador General de la República a comparecer ante Notario Público a firmar la correspondiente Acta de Liberación de Hipoteca a efecto de liberar el bien inmueble aquí descrito, quedando bajo la responsabilidad del peticionario los honorarios notariales del acta de liberación de hipoteca y cualquier gasto o impuesto por la inscripción registral…” autoriza a la Procuradora General de la República a comparecer en representación del Estado de Honduras, a suscribir la -- 302 of 628 -- correspondiente Acta de liberación de gravamen, mediante la cual se formalice el traspaso de los bienes inmuebles mencionados anteriormente y se proceda a la inscripción de la misma ante el Registro de la Propiedad, inmueble de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés y se extienda copia de la referida escritura pública para posteriormente ser adjudicado al señor HENRY AREVALO FUENTES, por haber cancelado la totalidad del crédito otorgado en la compra de los bienes inmuebles que pertenecían a la empresa denominada Hotel Brisas del Lago.
  6. 6.Que el artículo 228 de la Constitución de la República establece: “La Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley”.
  7. 7.Que el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que “La sección de Procuraduría tendrá a su cargo la Personería del Estado y será ejercida por el Procurador General en el cumplimiento de las siguientes atribuciones: 1…, 2…, 3. Comparecer en representación del Estado conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación. 4…, 5…, 6…, 7…, 8…, 9…, 10…, 11…, 12…, 13…, 14…, 15…”.

Articulos

Articulo 1

: Autorizar al titular de la Procuraduría General de la República, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras acuda ante Notario Público para proceder a la formalización mediante la autorización de Escritura Pública del Acta de Liberación de Gravamen de tres lotes de terrenos con sus respectivas mejoras y activos que se encuentran inscritos bajo el número cincuenta (50) del Tomo 1,786 del Registro de la Propiedad Hipotecas y Anotaciones Preventivas de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en fecha veintiuno (21) de abril de mil novecientos noventa y tres (1993) que pertenecieron a la Empresa Hotel Brisas del Lago y que pasaron a ser parte de la Corporación Nacional de Inversiones (CONADI) de conformidad al Testimonio del Instrumento número sesenta y seis (66) del diez (10) de junio de mil novecientos noventa y dos (1992), autorizado por la Notario MARIA DOLORES RAUDALES RASKOFF.

Articulo 2

: La totalidad de los gastos en que se incurra por la escrituración e inscripción en el registro respectivo por la transferencia de los lotes de terreno descritos anteriormente correrán por cuenta del señor HENRY AREVALO FUENTES.

Articulo 3

: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta“. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN DE GOBIERNO POR DELEGACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS -- 303 of 628 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: PRIMERO: Reestructurar la Dirección General de Registros del Instituto de la Propiedad, independizando las Unidades de Catastro y Geografía de esta Dirección, debiendo hacerse los trasladados del personal técnico y administrativo de estas dependencias a las nuevas Direcciones que se creen, a fin de mantener la operatividad de las mismas. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 304 of 628 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,599 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador Legal de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual, a petición de parte, y para efectos de publicación CERTIFICA: Extracto de la Resolución No.033- 2021 de fecha 27 de Enero del 2021, que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 033-2021. OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.- DEPARTAMENTO LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de Enero del 2021. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación No.33556-19 del Registro de la Marca de Fábrica MARQUES DE CACERES registrada bajo No.96698 en clase internacional (33), propiedad del señor LUIS PARAFITA VARELA, presentada el 06 de Agosto del 2019, por el Abogado FERNANDO GODOY SAGASTUME, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil UNIÓN VITIVINÍCOLA S.A. RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:... RESULTA CUARTO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO... CONSIDERANDO TERCERO:... CONSIDERANDO CUARTO:... POR TANTO:... RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación No.33556-19 del Registro de la Marca de Fábrica MARQUES DE CACERES clase internacional (33), registrada bajo No.96698 del Tomo 201, Folio 2, en fecha 23 de Marzo del 2006, a favor del señor LUIS PARAFITA VARELA, Solicitud de Cancelación presentada el 06 de Agosto del 2019, por el Abogado FERNANDO GODOY SAGASTUME, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil ASOCIACIÓN Sección “B” VITIVINÍCOLA S.A., quien sustituyó poder en la Abogada INGRID VALESKA CAMPOS MUÑOZ, con las mismas facultades a él conferidas, en virtud que el titular del derecho protegido no acreditó haber usado la Marca de Fábrica en el país durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, ni haber pagado la tasa anual de rehabilitación por no uso. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de Abril del 2021 ABOG. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 14 M. 2021. -- 305 of 628 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,599 Aviso de Licitación Pública No. LPN-TJE-001-2021 INVITACIÓN A OFERTAR El Tribunal de Justicia Electoral, por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes a presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-TJE-001-2021 “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE SERVICIOS ALQUILER DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES”. Las ofertas se presentarán en forma electrónica, específicamente por medio de la Plataforma de HonduCompras2, a la dirección electrónica: https://h2.honducompras.gob.hn/ HN1Marketplace/. Seguir cuidadosamente cada paso brindado para la presentación de ofertas para licitaciones en Honducompras2., proporcionados por la ONCAE. Se aceptarán únicamente las ofertas presentadas a través de la plataforma HonduCompras 2, en la siguiente dirección electrónica: https://h2.honducompras.gob.hn/ HN1Marketplace/. Además, todo aquel oferente que ofertó electrónicamente, deberá presentar su oferta en físico en las instalaciones del Tribunal de Justicia Electoral en sobre cerrado de conformidad a las condiciones indicadas en el Pliego de Condiciones, el día lunes 21 DE JUNIO DE 2021. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta Original a nombre de El Tribunal de Justicia Electoral, con una vigencia de ciento veinte días (120) días calendario contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta. La hora límite para la recepción de las ofertas será a las 2:00 P.M. Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas, (2:01 P.M.) del día lunes 21 DE JUNIO DE 2021, en las instalaciones de Tribunal de Justicia Electoral desde la plataforma HonduCompras, ubicado en el 5to. nivel del edificio anexo del IPM, Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, M.D.C., F.M. GAUDY ALEJANDRA BUSTILLO MARTINEZ Magistrada Presidente Tribunal de Justicia Electoral 14 M. 2021. TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL GARANTIZANDO JUSTICIA ELECTORAL _________ Aviso de Licitación Pública “ADQUISICIÓN PROYECTO DECLARACIÓN JURADA EN LÍNEA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS” No. TSC-002-2021-DAG El Tribunal Superior de Cuentas invita a las empresas o compañías interesadas en participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. TSC-002-2021-DAG a presentar Ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN PROYECTO DECLARACIÓN JURADA EN LÍNEA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS”. 1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. 2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita en las Oficinas de la Dirección de Administración General, ubicada en el tercer piso del edificio del Tribunal Superior de Cuentas, situado en el Centro Cívico Gubernamental, Colonia Las Brisas, Comayagüela, Honduras; telefax 2228-86-20, correo electrónico rrota@tsc.gob.hn, con un horario de 8:30 A.M. a 4:30 P.M. Las Bases de la Licitación también -- 306 of 628 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,599 podrán ser examinadas en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 4. Las Ofertas deberán presentarse en las Oficinas de la Dirección de Administración General, ubicada en el tercer piso del edificio del Tribunal Superior de Cuentas, situado en el Centro Cívico Gubernamental, Colonia Las Brisas, Comayagüela, Honduras el día 28 de junio de 2021, en un horario de 08:30 A.M. a 2:00 P.M., las Ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las Ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 2:00 P.M., el día 28 de junio de 2021. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta equivalente al Dos Por Ciento (2%) del precio total de la Oferta. Comayagüela, M.D.C., 13 de mayo de 2021 Ricardo Rodríguez Magistrado Presidente 14 M. 2021. _________ Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.19/2021 EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas de la Licitación Pública No.19/2021 para la contratación de un seguro tecnológico del licenciamiento corporativo Microsoft y adquisición de nuevas licencias de uso de programas de cómputo bajo el mismo esquema de contrato corporativo, por el período del 1 de septiembre de 2021 al 31 de agosto de 2024. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, Noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura. presentar la Tarjeta de Identidad o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 1 de junio de 2021, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, 13 de mayo de 2021. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 14 M. 2021. _________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29 de enero del año 2021 el Abogado José Maria Díaz Avila, representante procesal del señor Luis Emilio Armas López, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2021-00147, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, incoando demanda especial para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto que laboraba el señor Luis Emilio Armas López o a uno de igual o mejor categoría, más el pago de los sueldos dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se ejecute el reintegro.- Especial condena en costas.-Se acompañan documentos.- Poder. En relación al acuerdo No. 0457- 2020 de fecha 11 de marzo del 2020, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2021. -- 307 of 628 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,599 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario del Consejo Directivo del BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), CERTIFICA: Que en el libro de actas de sesiones del Consejo Directivo que al efecto lleva durante el 2021, se encuentra en el acta número CD-19/2021, contentiva de la sesión ordinaria celebrada el veintiún (21) de abril de 2021, por el Consejo Directivo del BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), en la que se emitió la

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Estos acuerdos ejecutivos cancelan los cargos de tres funcionarios públicos por renuncia: Sandra Reinelda Rodríguez Vargas como representante de sociedad civil en el mecanismo contra la tortura, Dulce María Villanueva Sánchez como directora de la dirección de niñez, y Tirso Sady Ulloa como secretario general del Instituto de la Propiedad. Los documentos reconocen sus servicios prestados y son efectivos desde sus fechas de emisión.
Decreto 129-2023 | 2023
Acuerdo Ejecutivo No. 9-2022 — Aprobación del Contrato No. 1175/GLA/AMDC/2021 - Rehabilitación y Mejora de Calles en el Distrito Central
Este acuerdo aprueba un contrato de L.24,376,081.06 entre la Municipalidad del Distrito Central y la empresa J.F. Construcciones para rehabilitar y mejorar calles (bacheo asfáltico, reparación de concreto, pavimentación) en 120 días. Define obligaciones, pagos mensuales, garantías, multas por retraso y cláusulas de integridad para evitar corrupción.
Decreto 9-2022 | 2022
Decreto Ejecutivo No. PCM-14-2022 — Autorización para contratación directa del Instituto Hondureño de Seguridad Social en situación de emergencia sanitaria
Este decreto autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a comprar medicamentos y materiales médicos directamente, sin licitación pública, durante la emergencia sanitaria de 2022. Beneficia a los asegurados del IHSS que necesitan acceso rápido a tratamientos y medicinas esenciales.
Decreto PCM-14-2022 | 2022
Acuerdo-Cree-053
Este acuerdo de la CREE (2021-2024) aprueba las tarifas máximas de electricidad que la ENEE debe aplicar a partir de mayo 2020, ajustando los costos por la caída de precios del combustible y la pandemia COVID-19. Afecta a todos los usuarios de energía eléctrica en Honduras, permitiendo que se reflejen los costos reales de generación de forma más precisa.
Decreto 2021-2024 | 2020