Gaceta No.34,191 del 19 de noviembre 2016 - Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2016 ... DECRETA - Articulo 1 - Priorizar el Programa Honduras 20/20, como uno de los Programas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA), constituido en el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA).
Considerandos
- 1.Que el Presidente Constitucional de ta República en Consejo de Secretarios de Estado a través det Decreto Ejecutivo PCM No. Ol7-2015, aprobó que con el propósito de administrar los ingresos provenientes de las tasas y demás recaudos que coresponden al Instituto de la Propiedad (IP), así como titularizar dichos ingresos para recaudar a valor presente proyecciones de ingresos por tasas a futuro, instruir a los miembros del Comité Técnico de los Fideicomisos denominados "Proyecto de Operación, Funcionamiento, financiar;iento yAdministración del Registro Vehicular aNivel Nacional e Implementación de los Centos de InspecciónVehicular, Suministros de placas, Otorgamiento de Licencias de Conducir, Modernización del Sistema de Sanciones de Infracciones de Tránsito y la Tecnificación de la Recaudación de Multas", y "Proyecto del Sistema deAdministración de la Propiedad de la República de Honduras", para que aprueber¡ suscriban y ejecutan la creación de hes (3) Fideicomisos.
- 2.Que el Presidente Constitucional de ta República en Consejo de Secretarios de Estado a kavés del Decreto Ejecutivo No. PCM 017-2015, instruyó a los miembros del Comité Técnico de los Fideicomisos mencionados en los considerandos anteriores para aprobar, suscribir y ejecutar la creacióndeunfideicomiso, el cual tendracomo finprincipal realizar inversiones en generación de empleo y otos que el Presidente de laRepública en Consejo Ministos desigrre. Encumplimiento de 1o anterior, Instituto de la Propiedad (IP), la Comisión Pa¡a la Promoción de laAlianza Público-Privada (COALIANZA) y el Banco Nacional de Desárrollo Agrícola (BANADESA),' suscribieron contato de Fideicomiso denominado de lnversiones y Asigrraciones (FINA).
- 3.Que es prioridad nacional, la generación de empleo productivo, justamente remunerado, no discriminatorio, ügno y gratificantg con el fin de generanma üda digrra y la fuente principal de ingresos para la poblaciór¡ así como generar un ambiente propicio para la akacción de inversión al país. CONSIDERAI{DO: Se crea mediante Decreto Legislativo No.36-20I6 el ProgramaNacional de GeneracióndeEmpleo y Crecimiento Económico denominado como "ProgramaHonduras 2020'", para ser el ente de derecho privado auxiliar de la administración pública, coadyuvante de los procesos que se realicen con el sectorprivado para la generación de empleo y crecimiento económico. CONSIDERANDO: El Ejecutor del Programa Honduras 20120, es la Unidad de Transformación y Facilitación de lnversiones y Emprendimientos, la quedebera de impulsar y facilitar las condiciones necesarias para sacar adelante los proyectos seleccionados de los sectores priorizados. Debiendo mantenerse una comunicación fluida con todos los sectores del pueblo hondureño y promocionar las oportunidades que se encuentren para el desarrollo de los sectores priorizados.
- 4.Que es prioridad nacional, fomentar los avances tecnológicos, y la generación de conocimientos, impulsando la diniímica productiva del país, con trabajo decente mediante la competitiüdad, resporsabilidad social de las empresas y organizaciones de empleadores.
- 5.Que las Zoá de Empleo yDesarrollo Económico deberán iontar con tribunales autónomos e independiéntes con competencia exclusivas en las mismas, pudiendo adoptar sistemas o tradicionesjurídicas del mundo, debiendo garantizar los principios constitucionales de protección de derechos humanos.
- 6.Que mediante Decreto LegislativoNo. 58-2011, se crea la Ley Especial,para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, cuyo objetivo es simplificar y agilizar los procesos de ejecución de proyectos de infraestructurapúblic4 con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestuctura nacional.
- 7.Que es prioritario avanzar de manera diniirnica para alcarzar los resultados que, en materia de salud, -- 2 of 4 -- REP LICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M" D. t9 DE NOVIEMBRE DEL 2016 No.34 educación, seguridad, sistema penitenciario, ente offos, que se han establecido en el PIanEshatégico de Gobierno" FORTANTO; En ejercicio delas atribuciones que le concedelaConstitución de la Republic4 y en apücación a los artículos: 142,245 numerales 1 ), 2), 1 1 ), de la Constitución de la República; 5, 1 1, 22, numeral 9),I 16 y I 17 de la Ley General de laAdministuación pública y su reforma mediante Decreto Legislativo266-2013; 3, 10, 1 1, y 13 dei Reglamorto de Organizaciór\ Fr¡ncionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo No. 278-2013; Decreto Ejecutivo PCM-001 -20 I 4; Decreto Legislativo 058-201 5; Decreto Legislativo No.36-2016 el Programa Nacional de Generación de Empleo y Crecimiento Económico denominado como '?rograma Honduras 2020"; Decreto Legislativo No. 58- 2011, se crealaLey Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraixtruotura pública-
Articulos
Articulo 1
Priorizar el programa Honduras 20120, como uno de los Programas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicomiso de Inversiones yAsignaciones (FINA), constituido en el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA). Se autoriza al Comité Técnim del Fideicomiso de tnversiones y asignaciones (FINA) transferir un monto de hasta eUINCE MILLONES DE LEMPIRAS (Lt 5, 000,000.00) adicionales para el 2016, a la Unidad de Transformación y Facilitación de Inversiones y Emprendimientos del ProgramaHonduras 20120. Siendo este Programa prioridad para la generación de anpleo y afracción deinversiones al país ytoriendo en cuentaque los fondos solicitados seutilizalinpara iniciar las operaciones del programa Honduras 20120, para gastos opeiativos de !a unidad con el fin de que promuevan la generación de empleo y atracción de inversiones extranjera y fomentarla inversión nacional. ARTÍCIILO 2 .-Piortzarl-asZonas de Empleo y Desanollo (ZEDE) como uno de los Sistemas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicomiso de Inversiones yAsignaciones (FrNA). Se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso de Inversiones yAsignaciones (FINA) transferirunmonto para el 201 6 dehasta ocHo MILLONES DE LEMPIRAS (L. 8,000,000.00) adicionales a la Oficina de Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), considerando este sistema como prioridad nacional por los propósitos que busca éste para el beneficio de la economía hondureña, así como de mejora de las condiciones de vida de los hondureños, mediante la inversión, educación, crecimiento económico, seguridad pública.
Articulo 3
Priorizar la Unidad de Simplificación Administrativ4 mmouno de los Programas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicorniso de Inversiones y Asignaciones (FINA), constituido en el Banco Nacional de Desanollo Agrícola (BANADESA). Se autoriza al Comité Técnico ctel Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) transferir un monto de hasta TRES MILLONES DE LEMPIRAS (L.3,000,000.00) para el2016, a la Unidad de SimpüñcaciónAdministativa. Sie¡rdo este Programaprioridad para la generación de empleo y atracción de inversiones al país y teniendo en cuenta que los fondos solicitados se utilizarán para cubrir la puesta en marcha y gastos operativos de la Unidad, para realizar de actividades que fomenten a la iniciativa y mmpetitiüdad empresaria! formalización de negocios y protección a los derechos de los inversionistas. La Unidad de SimpliñcaciónAdminiskativa debe actuar de común acuerdo con la Dirección Presidencial de Transparencia, Modemización y Reforma del Estado de la Secretaría de Coordinación General de Gobiemo.
Articulo 4
Priorizar aquellos proyectos qug tengan como finalidad, apoyar la ejecución de procesos orientados al logro de los resultados establecidos en el plan Estratégico de Gobiemo yque hayan sido definidos enun marco de prioridades, en particular los que constituyan inversión en obras de infraestructura pública para fortalecer la operatiüdad y mejorar la calidad en la entrega de bienes y servicios a la población. -- 3 of 4 -- RE A DE HONDURAS
Articulo 5
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de supublicación en el Diario Oficial "La Gaceta''. Dado enla ciudad deTegucigalpa, M.D.C., alos quince (15) días del mes de roviembre del año dos mil dieciséis (2016). coMrrNÍQrrESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. JORGE RAMÓN HSRNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIóN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SÁN CHEZ SECRETARIO DE LAPRESIDENCIA LEONELAYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, ruSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN MARÍADOLORESAGÜERO SECRETARIADE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL,PORLEY M. D. 19 DE NOVIEMBRE DEL 2016 No. RICARDOLEONELCARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIóN SOCIAL ARNALDOCASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLOECONÓMICO ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURAY SERVICIOS PÚBLICOS JTILIT(NPACIMCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUELREYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNAYOI,ANIBATRES SECRETARIADE ESTADO EN ELDESPACHO DE SALUD -- 4 of 4 --