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12 de junio de 2026 | Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas | La Gaceta No. 37,166

Reglamento — Normas Técnicas del Subsistema de Tesorería - Artículo 37: Programa Anual de Caja CUT Institucional

Articulos

Articulo 37

EL PROGRAMA ANUAL DE CAJA CUT INSTITUCIONAL. En observancia del Artículo 83-A adicionado a la Ley Orgánica del Presupuesto. Para la elaboración del programa anual de caja, la Tesorería General de la República (TGR) utilizará como antecedentes las solicitudes de asignaciones mensuales de ingresos y gastos, así como la programación mensual de pagos que para el período fiscal hayan elaborado las instituciones y presentado en su oportunidad a la Secretaría de Finanzas. El programa anual de caja incluirá, a solicitud de las instituciones, las reservas de caja necesarias para el pago de los gastos devengados y no pagados existentes al cierre del ejercicio anterior. A requerimiento de la TGR las instituciones incorporadas en la Cuenta Única de la Tesorería (CUT) remitirán información sobre su programación de caja, los formatos y conforme los procedimientos que aquella defina.

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