Reglamento — Normas Técnicas del Subsistema de Tesorería - Artículo 30: Programación de la Ejecución del Presupuesto y Caja
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Articulo 30
PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO Y PROGRAMACIÓN DE CAJA. En observancia del Artículo 94 Numeral 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto y sus reformas, el instrumento técnico denominado Programación de la Ejecución del Presupuesto permitirá proyectar la Ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, así como de las Instituciones Descentralizadas y, adecuar los compromisos de gastos y el pago de estos a las disponibilidades de caja de la Tesorería General de la República (TGR). Mediante este instrumento se asignarán cuotas trimestrales de compromiso y de pago para cada Institución y/o Gerencia Administrativa y para la propia TGR en coordinación con el Sistema de Presupuesto. La asignación de cuotas de compromiso permitirá la elaboración de órdenes de compra o contratos. Por otra parte, la asignación mensual, semanal o diaria de cuotas de pago otorgará disponibilidades financieras para realizar pagos contra la Cuenta Única de la Tesorería (CUT) y, de ser necesaria, tomar acciones para obtener financiamiento que permitan cumplir con las obligaciones asumidas.