Contrato No. DIGER-AGEHRED-047-2025 — Enmienda 3 al Contrato de Consultoría para Suministro, Implementación y Soporte del Sistema Nacional de Alertas Tempranas (ALERTA-HN)
Considerandos
- 1.Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la A. 107 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 República de Honduras, corresponde al Congreso Nacional: HN), cuyo texto literal se transcribirá a Aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas continuación: exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente periodo de gobierno de la República. “ENMIENDA 3. CONTRATO DE CONSULTORÍA
Articulos
Articulo 1
108 A. Aprobar en todas y cada una de sus partes el “CONVENIO CONTRACTUAL No. DIGER-AGEHRED-047-2025, suscrito el 11 de Septiembre de 2025, entre la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) y el Consorcio ITG-HTECSA”, así como sus enmiendas No.1, No.2 y No.3, que en su conjunto modifican el esquema de pagos y extienden la vigencia del Contrato hasta el 10 de Julio de 2026, como resultado del proceso de Concurso Público Internacional No. CPI-DIGER-CF-001-2025, con el objeto la “CONTRATACIÓN DE FIRMA PARA SUMINISTRO, IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE LA SOLUCIÓN INTEGRADA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ALERTAS TEMPRANAS (ALERTA- DEL “SISTEMA NACIONAL DE ALERTAS TEMPRANAS (ALERTA-HN)” No. DIGERAGEHRED-047-2025. LADIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS, que es una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, creada mediante PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,892 de fecha 06 de abril del 2022, con oficinas el Centro Cívico, contiguo a Banco Central de Honduras, con R.T.N. No. 08019022400880, representada por el señor ELMER MANUEL FERRERA PADILLA, mayor de edad, Ingeniero en Sistemas Computacionales, hondureño, casado, con Documento Nacional de Identificación número 0801-198609078; y domicilio profesional en el Despacho Ministerial, de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), situada en Centro Cívico Gubernamental, de Documento Nacional de Identificación Boulevard Kuwait, contiguo al 0801-1984-08696, según consta en poder Banco Central de Honduras, CA-6, de administración otorgado a su favor Tegucigalpa, Municipio del Distrito mediante Instrumento Público número Central, actuando en su condición 05 del 12 de enero del año 2026, ante los de Director Ejecutivo con rango de oficios del Notario Norberto Napoleón Secretario de Estado de la Dirección Bográn Guillen; inscrito en el Registro de Gestión de Resultados (DIGER) Mercantil de Francisco Morazán, bajo Acuerdo Ejecutivo Número 230-2026 matrícula 69809 e Inscripción número de fecha tres (03) de marzo dos mil 104317; empresa nombrada como líder veintiséis (2026), quien en lo sucesivo se y que representa al consorcio ITG- denominará como EL CONTRATANTE. HTECSA, siendo notificado el cambio Y la Empresa Mercantil denominada de representante legal mediante Oficio INTERNATIONAL TECHNOLOGY de fecha 19 de febrero 2026, ante la GROUP S.A., inscrita en registro Dirección de Gestión por Resultados mercantil correspondiente bajo el número (DIGER) mediante Acuerdo de 64 del Tomo 470; y, su transformación Consorcio de fecha ocho (08) de agosto de Sociedad de Responsabilidad del año dos mil veinticinco (2025), quien Limitada a Sociedad Anónima, mediante para efectos del presente contrato se instrumento número 5 de fecha 26 de denomina como “EL CONSULTOR”; diciembre del 2003 ante los oficios del encontrándose ambos en el pleno goce notario Elizabeth Chíuz Sierra, inscrita y ejercicio de sus derechos civiles, libre bajo matrícula 69809, inscripción y espontáneamente hemos convenido, número 21499 del Registro Mercantil en celebrar la enmienda 3 al Contrato de Francisco Morazán; con Registro DIGER-AGEHRED-047-2025 Tributario número 08019000211884, referido a los Servicios de consultoría representada por el señor RICARDO “SISTEMA NACIONAL DE JOSÉ DOMÍNGUEZ FAJARDO, ALERTAS TEMPRANAS (ALERTA- mayor de edad, soltero, hondureño, HN) la cual se regirá de conformidad a Licenciado en Contaduría Pública y las siguientes Cláusulas y Condiciones Finanzas y de este domicilio, con Número siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: A. 109 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 JUSTIFICACIÓN: Conforme solicitud mismo que se llevará a cabo a más tardar realizada por consorcio ITG-HTECSA el 10 de marzo de 2026, lo que permitirá de fecha 19 de febrero de 2026, en el cargar los datos de las celdas y comenzar cual solicita una extensión de plazo los procesos de prueba, capacitación 110 A. de 3 meses adicionales a los definidos en la enmienda 2 del contrato original, asimismo cambio de Representante Legal del Consorcio ITG-HTECSA, mediante Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil INTERNATIONAL TECHNOLOGY GROUP, S.A. celebrada en fecha 07 de enero de 2026. De acuerdo con el nuevo plan de trabajo del Consorcio se detallan los siguientes puntos a considerar: a. Firma de convenio con el Sistema Nacional de Emergencia 911 y Consorcio ITG-HTECSA para la configuración de la red 2G. b. Aprobación del esquema de comunicación y seguridad por parte de TIGO de los equipos por parte del proyecto, para iniciar las tareas de integración y pruebas de conectividad (tareas 62 a 72 en el cronograma), mismos que se espera que estén aprobados y superados en fecha 15 de marzo de 2026, y considerando al 21 de abril de 2026, TIGO haya otorgado al menos 10 ventanas de mantenimiento de 3 horas cada una. c. Firma de convenio entre CLARO y el Consorcio ITG-HTECSA, y puesta en marcha del sistema. POR LO TANTO: Las partes acuerdan enmendar las siguientes clausulas: PRIMERO: Modificar segundo párrafo de “COMPARECENCIA” que en la actualidad se lee: La Empresa Mercantil d e n o m i n a d a I N T E R N AT I O N A L TECHNOLOGY GROUP S.A., inscrita en registro mercantil correspondiente bajo el número 64 del Tomo 470; y su transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada a Sociedad anónima, mediante instrumento número 5 de fecha 26 de diciembre del 2003 ante los oficios del notario Elizabeth Chíuz Sierra, inscrita bajo matrícula 69809, inscripción número 21499 del Registro Mercantil de Francisco Morazán; con Registro Tributario número 08019000211884, representada por el señor HERNÁN ALBERTO FIGUEROA SUÁREZ, mayor de edad, casado, hondureño y de este domicilio, con Número de Documento Nacional de Identificación 0801-1986-00261, con correo electrónico afigueroa@popa.hn, según consta en poder de administración número 21499 del Registro Mercantil otorgado a su favor mediante Instrumento de Francisco Morazán; con Registro Público número 37 del 22 de junio Tributario número 08019000211884, del año 2023, ante los oficios del representada por el señor RICARDO Notario Norberto Napoleon Bogran JOSÉ DOMÍNGUEZ FAJARDO, Guillen; inscrito bajo el matrícula 69809 mayor de edad, soltero, hondureño, Inscripción número 83555 del Registro Licenciado en Contaduría Pública y Mercantil de Francisco Morazán; Finanzas y de este domicilio, con Número empresa nombrada como líder y que de Documento Nacional de Identificación representa al consorcio ITG-HTECSA, 0801-1984-08696, según consta en poder ante la Dirección de Gestión por de administración otorgado a su favor Resultados (DIGER) mediante Acuerdo mediante Instrumento Público número de Consorcio de fecha ocho (08) de 05 del 12 de enero del año 2026, ante los agosto del año dos mil veinticinco (2025), oficios del Notario Norberto Napoleón quien para efectos del presente contrato Bográn Guillen; inscrito en el Registro se denomina como “EL CONSULTOR”; Mercantil de Francisco Morazán, bajo Efectivo a partir de la Enmienda No. 3, matrícula 69809 e Inscripción número Párrafo segundo “COMPARECENCIA” 104317; empresa nombrada como líder deberá leerse de la siguiente manera: y que representa al consorcio ITG- la Empresa Mercantil denominada HTECSA, siendo notificado el cambio INTERNATIONAL TECHNOLOGY de representante legal mediante Oficio GROUP S.A., inscrita en registro de fecha 19 de febrero 2026, ante la mercantil correspondiente bajo el número Dirección de Gestión por Resultados 64 del Tomo 470; y su transformación (DIGER) mediante Acuerdo de de Sociedad de Responsabilidad Consorcio de fecha ocho (08) de agosto Limitada a Sociedad Anónima, mediante del año dos mil veinticinco (2025), quien instrumento número 5 de fecha 26 de para efectos del presente contrato se diciembre del 2003 ante los oficios del denomina como “EL CONSULTOR”. Notario Elizabeth Chíuz Sierra, inscrita SEGUNDO: Modificar la cláusula bajo matrícula 69809, inscripción Tercera “ACUERDOS” de la enmienda A. 111 REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 9 DE JULIO DEL 2026 No. 37,189 2 de fecha 16 de diciembre de 2025, 2. Se firman dos originales de un mismo estableciendo una vigencia del contrato tenor y a un solo efecto, a los 10 días del del 10 de enero al 10 de abril 2026, que mes marzo 2026”. en la actualidad se lee: CLÁUSULA TERCERA: ACUERDOS: Luego de (F y S) analizar las razones expuestas por la _______________________________ firma y considerando que las causales ELMER MANUEL FERRERA del retraso al cumplimiento de las PADILLA obligaciones contractuales no son EL CONTRATANTE imputables a la misma, de mutuo acuerdo DIRECTOR EJECUTIVO CON se establece la nueva vigencia del RANGO DE SECRETARIO DE contrato a partir de la enmienda 2, la cual ESTADO pasa del 10 de enero 2026 al 10 de abril DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR 2026. Las demás cláusulas se mantienen RESULTADOS (DIGER) inalterables conforme contrato original y enmienda 1. Efectivo a partir de (F y S) la Enmienda No. 3, Cláusula Tercera _______________________________ “Acuerdos” deberá leerse de la siguiente RICARDO JOSÉ DOMÍNGUEZ manera: CLÁUSULA TERCERA: FAJARDO ACUERDOS: Luego de analizar EL CONSULTOR las razones expuestas por la firma y INTERNATIONAL TECHNOLOGY considerando que las causales del retraso GROUP S.A (ITG) al cumplimiento de las obligaciones CONSORCIO ITG-HTECSA contractuales no son imputables a la misma, de mutuo acuerdo se establece ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia la nueva vigencia del contrato a partir a partir del día de su publicación en el de la enmienda 3, la cual se establece Diario Oficial “La Gaceta”. el plazo del 10 de abril 2026 al 10 de julio 2026. Las demás cláusulas Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito se mantienen inalterables conforme Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los 112 A. contratos originales y las enmiendas 1 y diecisiete días del mes de junio de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE