Acuerdo Ministerial No. SEN-014-2026 — Cancelación de Carlos Luis Posas Guevara del cargo de Director de Comercialización de Hidrocarburos
Considerandos
- 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del lunes nueve (9) de marzo del año dos mil veintiséis (2026) y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer la transcripción de Ley. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
- 2.Que mediante Acuerdo SEN-0442022 de fecha dos (2) de mayo de 2022, fue nombrado el ciudadano CARLOS LUIS POSAS GUEVARA con Documento Nacional de Identificación 0801 1980 05095, en el cargo excluido de Director de Comercialización de Hidrocarburos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026). ING. EDUARDO OVIEDO GARCIA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA
- 3.Que el cargo de Director General es de libre nombramiento y remoción dentro de la Administración 6 A. ABG.ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Energía El ingreso a la función pública obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del
Articulos
Articulo 3
inciso f) de la Ley de Servicio Civil. SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. – EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA, en el ejercicio de las facultades de que fue investido por el señor Presidente Constitucional de la República y en aplicación de los Artículos 246, 247, 248 de la Constitución de la República; 35, 36 No. 8, 116, 118 No. 1 de la Ley General de la Administración Pública; 3 inciso f) de la Ley de Servicio Civil y artículos 9 inciso 6); 16, 17, 29 y 30 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. POR TANTO, ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano CARLOS LUIS POSAS GUEVARA del cargo excluido de Director de Comercialización de Hidrocarburos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), a quien se le agradece por los servicios prestados. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del lunes nueve (9) de marzo del año dos mil veintiséis (2026) y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer la transcripción de Ley. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo SEN-0442022 de fecha dos (2) de mayo de 2022, fue nombrado el ciudadano CARLOS LUIS POSAS GUEVARA con Documento Nacional de Identificación 0801 1980 05095, en el cargo excluido de Director de Comercialización de Hidrocarburos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026). ING. EDUARDO OVIEDO GARCIA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA CONSIDERANDO: Que el cargo de Director General es de libre nombramiento y remoción dentro de la Administración 6 A. ABG.ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Energía El ingreso a la función pública obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del