VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 404-2013 | 31 de enero de 2018 | Poder Ejecutivo
Diario Oficial la Gaceta
Texto completo
GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS
COMISIÓN REGULADORA
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
CREE
RESOLUCIÓN CREE-077
RESULTADOS
En fecha 31 de enero de 2018 el Ente Operador del Sistema (ODS) mediante oficio No. 001-2018/JD-ODS presentó ante esta Comisión un anteproyecto de presupuesto para llevar a cabo sus actividades durante el año 2018 y de esta manera continuar avanzando en la conformación del Mercado Eléctrico Nacional (MEN).
La CREE mediante Resolución CREE-068-2018 del 02 de abril de 2018, aprobó el presupuesto para el Operador del Sistema para el año 2018. Dicha resolución estableció que en al presupuesto del año 2018 se le debían descontar los montos del presupuesto del año 2017 que fueron cobrados, pero no ejecutados.
El ODS mediante oficio No.005-2018 solicitó que la CREE reconsiderara el literal B de la resolución CREE-068-2018 del 02 de abril de 2018, a fin de que los montos cobrados y no ejecutados del presupuesto del año 2017 fueran utilizados para el pago de la cuota inicial de los equipos SCADA/EMS que requiere el ODS para llevar las tareas que la ley establece.
Los análisis muestran que el Presupuesto solicitado por el ODS para el año 2018 es similar al presupuesto aprobado para el año 2017, por lo que su aplicación a la demanda, no vendrá a incrementar las tarifas al consumidor final.
CONSIDERANDOS
Que de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República, el titular del Poder Ejecutivo, ejercerá la supervisión, vigilancia y control de la Industria Eléctrica por medio de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica.
Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica.
Que la Ley General de Industria Eléctrica de forma expresa señala que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, a través de sus Comisionados adopta sus resoluciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad.
Que de acuerdo a la Ley General de la Industria Eléctrica, la remuneración de los servicios prestados por el Operador del Sistema, el cual se basa en costos auditados de inversión, operación, mantenimiento y administración, se debe someter anualmente a la aprobación de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica.
Que el Reglamento a la Ley General de la Industria establece que el Operador del Sistema debe cumplir con todas las funciones descritas en la Ley a fin de garantizar la seguridad del sistema eléctrico y administrar el mercado mayorista de electricidad al mínimo costo.
Que el Reglamento Interno de la CREE le otorga la potestad para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, económicas, financieras y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión y el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley.
Que en la Reunión Ordinaria CREE-037-2018 del 12 de junio de 2018, el Directorio de Comisionados acordó emitir la presente Resolución.
POR TANTO
La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en el Artículo 3, literal I, Artículo 9, literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica; Artículo 15 del Reglamento a la Ley General de la Industria Eléctrica y al Artículo 4, numeral 1 del Reglamento Interno de la CREE, el Directorio de Comisionados de la CREE por unanimidad de los Comisionados presentes.
RESUELVE
A) Dejar sin efecto el literal B de la Resolución CREE-068 del 2 de abril de 2018.
B) Instruir al ODS que en tanto no se hagan los estudios que muestren las especificaciones y costo del SCADA/EMS a adquirir, mantenga en una cuenta especial a plazo los recursos provenientes del presupuesto aprobado para el año 2017 que no fueron ejecutados, así mismo, todo excedente y recursos que no sean ejecutados durante el ejercicio fiscal del 2018.
C) Instruir al ODS para que mensualmente informe a la CREE del balance de la cuenta apuntada en el literal anterior.
D) Solicitar al ODS a que proceda a la realización de los estudios que muestren, entre otros aspectos, las características, sitio de localización, costo, calendario para llevar a cabo todas las actividades que lleven a la puesta en funcionamiento del SCADA/EMS que se pretende adquirir.
E) La presente resolución es de ejecución inmediata.
F) Comuníquese.
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