VigenteCategoria: Mercantil
22 de marzo de 2025 | La Gaceta No. 36,797
Diario Oficial la Gaceta
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el artículo 43 de la Ley para la Defensa y Promoción de la Competencia (Ley), a efecto de mantener el valor constante del monto de las multas establecidas en dicho ordenamiento jurídico, se establece la obligación de ajustar durante el primer trimestre de cada año, de acuerdo con los datos oficiales del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al año inmediato anterior publicado por el Banco Central de Honduras.
- 2.Que en atención a la obligación antes relacionada y sin perjuicio de las demás obligaciones que se derivan de la Ley, el quince se aplicará a los montos de las multas establecidas en los artículos 41, 42 y 46 de la Ley.
- 3.Que la Comisión mediante RESOLUCIÓN NÚMERO 002-CDPC-2024-AÑO-XVIII, de veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, publicada en el Diario La Gaceta Número 36,466 de fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), ajustó por inflación en un porcentaje que se estimó en un Cinco Montos Vigentes en 2024 vs. Montos Vigentes para 2025 Montos Vigentes en 2024 Montos Vigentes para 2025 Mínimos Máximos Mínimos Máximos Artículo No. 41 L 2,109.88 L 105,495.23 L 2,191.74 L 109,588.44 Artículo No. 42 L 21,098.03 L 1,548.56 L 21,917.67 L 32,876.52 Artículo No. 46 No existe mínimo L 105,495.23 No existe mínimo L 109,588.44 Punto Diecinueve Por Ciento (5.19%), conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al año 2023 y publicado por el Banco Central de Honduras (BCH) durante el año 2024, el monto del valor de las sanciones establecidas en los artículos 41, 42 y 46 de la Ley para la Defensa y Promoción de la Competencia.
- 4.Que entre los datos publicados por el Banco Central de Honduras está el Índice de Precios al Consumidor (IPC), correspondiendo al año inmediato anterior, esto es, al 2024, un porcentaje sobre la base de la variación interanual (Diciembre 2024/2023) del IPC del Tres Punto Ochenta y Ocho Por Ciento (3.88%), según las cifras publicadas por el BCH.