VigenteCategoria: Financiero y Tributario
15 de agosto de 2019

Diario Oficial la Gaceta

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país y, en coordinación con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, organizar y reglamentar el funcionamiento del sistema de pagos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  2. 2.Que mediante el Acuerdo No.02/2014, emitido por este Directorio el 13 de febrero de 2014, el Banco Central de Honduras (BCH) aprobó el Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, mismo que tiene por objeto regular las operaciones de compra y venta de valores gubernamentales, representados por anotación en cuenta, el cual fue modificado mediante el Acuerdo No.07/2019 del Directorio del BCH de fecha 15 de agosto de 2019.
  3. 3.Que mediante Resolución No.172- 4/2019 del 4 de abril de 2019 el Directorio del BCH aprobó las reformas a la Normativa Complementaria del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, con el fin de garantizar el normal funcionamiento de los sistemas de pago.
  4. 4.Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), según Acta de la Sesión No.166/05-08-2019 realizada el 5 de agosto de 2019, decidió someter a consideración del Directorio las modificaciones a la Normativa Complementaria del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, con el propósito de homologar el proceso de autorización de la ventanilla directa de reportos con el de las Facilidades Permanentes de Crédito.

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