Regulación - D2.1 Diario Oficial la Gaceta
Considerandos
- 1.Que de conformidad sl Aniculo 245
- 2.Que el Artículo 4, reformado, de [a Ley General de ta Administr¿ció¡ Pública, establece clara y expresametrte que "¿s creacíón, modiftcación o supresión de los Secrctarías de Estado o de los OtBa¡ismos o En idades Desconcentrados, solarrenle pefu set hecha por el Presidente de ld Repirblica en Co$e¡o de Secretarios de Estado". numerales 2 y 1l de h Cmstitucióo de la ReÍúblic4 at Itsidente de la Repl¡blica entse otr¿s atribuciones, dirigir la politica geaeral dcl Estado y representarlo, emitir acuerdos y dec¡etos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley CONSIDERA-\DO: Que de conformidad al A¡tículo 252 de
- 3.Que el Numeral 3) del Artículo 22, reformado, de la Ley Gener¿t de la Administración Públic4 establece clara y expresamente que es atlibución del Presiderte de la República en Consejo de Secretarios de Estado "Crea¡; modificar fiaionar escindir o suprimir depende¡cias de la Adminis tración Púb I íca". la Coostitucióñ de la República, el Presidente de la República convoca y preside el C@scjo d€ Secretarios de Estado, el cual se reunirá para toma¡ resolución en todos los asuntos que DEcRETo EJEcurrvo xún¡rno pcM-0M-2026 juzgue de importancia nacional Sección A I l^,, -- 2 of 53 -- REP CA DE HONDURAS - TECUCIGAL \I,D 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 CON§IDERANDO: Que de co¡fomidad al Articulo 98, reformado, de la Ley General de laAdministración Pública, el Poder Ejecutivo puede intervenir, total o parcialmelte, todos los eotes, órganos o unidades de la Adminisración Pública que operan con Érdidas, no cumplan sus funciones o no prestca adecuadameDte los servicios para los que freron creado§ CONSIDER¡ü\DO: Quc ae ha evidenciado la existencia de duplicidad de competencias, dispersión administ.ativa, debilidades orga zacionales. ineflcrencias operativas y sobrecarga presupuestaria en varias instituciones del Estado, lo cual limita la capacidad gubernamental para cumplir eñcaz¡nente sus fines constitucionales. CONSIDERA¡iDO: Que el priDcipio de racionalidad del gasto público, consagrado en la no¡mativa presupuestaria y financiera del Estado, obligaa adoptar medidas de eñcienciay modemización institucional que permitan optimizar el uso de los recursos públicos. reducirgastos innecesarios, fortalecer la planificación esEarégica y mejorar la calidad de los servicios que se brindan a la ciudadania. CONSIDERA¡IDO: Que la Ley Orgánica del Presupuesto impone a las insütuciones del Estado la obligación de vincular su estructura organrzatrva y su ejecución presupuestaria a resultados concretos, metas yeriñcables y objetivos estratégicos, siendo la eficiencia y modemización institucional utr insaumcnto legítimo para garantizar el equilibrio 6scal y la eficiencia en la admi¡ist¡ación de los fondos públicos. COñSIDERANDO! Que [a modernización del Estado oonstituye un ej e fundamental de la política pública nacional, orientada a fonalecer la gobema¡za, la transparencia, la rendición de cuentas y la capacidad dc respuesta de las instituciotres &§Dte a los desafios económicos, sociales y de seguridad que enfrenta el pals.
- 4.Que la eficiencia y modernüación de las iDstituciones del Estado constituye un proceso admi¡ist¡ativo y legal orietrtado a mejorar [a organización institucional, el desempeño del talento humano y la prestación de servicios LaGaceta orAFo oFrcrAr- 0E L BEPUBuca DE Hot{ot BAs DECANO oE LA PRENSA HoNDUBEÑA EAFA ME.JOf, SEGURIDAD D€ SUS PU8UCrc¡OIIES ABG- JUAN MANUEL GALVEZ OROOÑEZ Gercnle Genelal DIO§Sá¡{^GI¡ ¡.IJPEROESTEIVA CooúEdor¡ y §na.ri¡o ETTPRESA MCiOTI¡. D€ ARTES GR¡ñC¡S E.t{tc. Cúü ltulo.É fffiFú.Gi,tÍb &m.Ub1Ql Á¡hinbü&tóí: zZfgPG CETIIHO CIVI@ GUBERMT'E]YIAL Sccción -{ -\cucrdos r L€res l-r (;r{:of, -- 3 of 53 -- S(cci{h \ .\curldo\ r Lerc\ DE ITONDURAS - TEGUCI públicos, en esrricto respeto a la Constirución de la República y demás normativa aplicable. CONSIDER.NDO: Que el Estado de Honduras debe asumi¡ compromisos en materia de eficiencia administrativa, lucha contra la co¡rupción y fortalecimiento institucional. lo cual ¡equiere estructuras públicas funcionales, claras y alineadas con las competencias l€galme¡rt€ asignadas a cada enüdad.
- 5.Que resu lta j uridicamente procedente y socialmente necesa¡io adoptar un proceso integral de eficiencia y modemización instirucional que permita redefi ni¡ ñmciones, optimizar ¡ecu¡sos humanos y financieros, fonalece¡ la coo¡dinación interinstitucional y asegu¡ar el cumplimiento efectivo de los fines del Estado.
- 6.Que de conformidad al Afículo 245 numemles 2 y 11 de la Co¡sti¡¡ción de la Rqúblic4 co¡¡espo¡de al Presidente de la República enae oras atibuciones, dirigir la politica general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones confo¡me a la Ley. CON§IDERANDO: Que elArticulo 3 de la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL, CONTROL DE I}.¡IJNDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTTVOS, establece que para la ejecucióo de las obras se les da¡á pricidad a carrcteras con alto flujo vehicula¡, rutas turística§, regiones productivas, accesos y salidas a ciudades y conedores logísticos y, en la parte ñnal de este Articulo 3 se aprobaroq a su vez, con especificación o detalle, las primeras tes obrds viales prioritarias que para la fecha de aprobación de esta Ley, se tenian plenamente identiñcadas y documeDtadas.
- 7.Que de conformidad alArticulo 252 de la Constirución de la República. el Presidente de la República convoca y preside el Consejo de Secretarios de Estado, el cual se reuniÉ para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacio¡al. COf SIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Núme¡o 8-2026. de fecha l0 de lebre¡o de 2026 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha l2 de febrero de 2026, se aprobó la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL. CONTROL DE l¡u*NDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTMS y, mediante su Alículo 2 se DECLARÓ ESTADO DE EMERGENCIA VIAL A NI\'EL NACIONAL. CON§IDERANDO: Q¡e el A¡tícr¡lo l5 de la LEYESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL, CONTROL DE INUNDAC¡ONES Y TORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MI.'NIC'IPAIES PARA EL MANTENIMIENTO,DE I.A. RED VIAL TERCIARIAY CAMINOS PRODUCTMS, estab¡ece que pala garautizar el esaicto y oportuno cumplimiento d€ eslA Ley, " . . .todo lo io ptwisto en lo misma o que requiera de más especifrcación .v/o desorroüo, §empre que no entre el @ntrqdicciód o en hclo\plimiento de stu disposiciones, podrá ser qtrobado mediante Decleto Ejeart¡vo del Prcsidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado. " CONSIDERA¡IDO: Que mediante DICIAMEN TECNICO ESTRUCTURAL de fecha 18 de febre¡o de 2026, tealizado por personal especializado de uaa Firma Corsulto¡a, producto de üsita tecdca de inspe€ción al tIamo est¡uctural -- 21 of 53 -- DE HONDLA\S - Tf,CUCI co¡respo¡diente a [a losa de rodadura del puente que comunica tierra ñrme con el Puerto Henecán. la cual es una infraestsuctru:t sometida a tñinsito pesado conlinuo asociado a operaciones po¡tuarias y. el relacionado Dictamen concluye que el tramo evaluado co¡responde a un elemento estn¡ctural primario en servicio. identificando que la losa presenta delerioro seve¡o del recubrimiento, existe pérdida de sección del ¡ce¡o de refucrzo, riesgo de pérdida de anclaje de la estructura metálica que soporta la tuberia de abastecimi€oto de carturantes. por lo que existe ri€sgo potcncial de contaminación ambiental del entomo del Golfo de For»eca, existe desprendimiento generalizado del recubrimiento inferior, exposición del ace¡o de ¡efuerzo en casi toda el área. ñsuración y corrosión activa en acero longitudinal y transversal. indicios de desadherencia acero- concreto, disminución progrcsiva de la capacidad po¡tatrte, existiendo inclusive pilotes que no fuercn intervenidos €n la reciente reparación de los cimientos y deben aten&rse de forma i¡Eediata y. corcluyen, además, que de mantenerse la operaciótr actual con tránsito pesado continuo sin intervención técnica, el det€rioro continuará evolucionando hasta alcanzar un posible escenario de falla parcial estuctural. CONSIDERA\DO: Que mediante el DICTAMEN TÉCNlCo ESTRUCTURAI relacionado en el considerando anterior, al mismo se adjuntó, a su vez. el regisho fotográfico detallado de las patologías observadas en la cara i¡ferior de la losa. planos estucturales disponibles del anteproyccto 2024 para referencia técnica. esquemas preliminares de posibles soluciones de rehabilitació¡ esÍuctural. detalles conceptuales M.D,C 25 DE FEBRERO DEL 2026 \o. 37 de intervención para recuperación de recubrimiento y refuerzo esauc¡¡ral, formando parte integral del r€lacionado dictamen.
Articulos
Articulo 4
Reformar parcialrnente el Arrículo 4, del Decreto Ejecutivo PCM 23-2023, aprobado el cuatro (4) de mayo de dos mil veiltitrés (2023) y publicado en el Diario Oñcial '1-a Gaceta", eD fecha cuato (4) de mayo de dos mil veinütés (2023). especíñcametrte lo contenido en los adicionados A¡iculos 87-P v 87-Q. del Reglamento de Organización, Funcionamiento v Competencias del Poder Ejecutivo, consecuentemente. que en adelaote se leerán asi: "ARTiCULO 87-P.- I-a Di¡ección de Gestión por Resultados (DIGER), será responsable de rectorar. ejecular. supervisar. coordinar y administrar el marco de planes. políticas, programas y proyectos en materia digital del sector público \t.D 25 DE TEBRERO DEL 2026 No. l7 en las áreas de coDectividad, himites y platafomas digitales, economia digital, datos abiertos, talento digrtal, cibenegmdad y otras tecnologias emerg€ntes, de conformidad con las prioridades y asignaciones establecidas por la Presidencia de la República, asimismo, es la responsable de la evaluación de la gestión pública presidencial, sectorial e institucional La Dirección de Gestiótr por Resultados (DIGER), ejercená funciones de rectoría técnica, coordinación estr¿tégica, emisión de lineamienos y supervisión general, sin que ello implique asumlI responsabilidades operativas. administrativas. fnaacie¡as, Iegales o de ejecución que corrEspondan a las Secretarias de Estado, entidades desconcenaadas o instituciones obligadas por la normativa §lgente. P¿ra el cumplimianto de sus objetivos la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) coordinañi co¡ el resto de entidades de lsAfu)i¡.isEación Pública centralizada y descentralizada, bs cuales debenin proporciom¡ la i¡formación solicitada ¡ de igual forma, brinda¡ la colaboració¡ requerida con el ñn de generar acciones arrnonizadas, que contribuyan a ali¡ear y orientar las prioridades del Gobiemo de la República en Srcci(¡¡ -\ .\cuerdos r L§rs materia digital La (;accta -- 5 of 53 -- CADE HO]\DURA.S . TEGT,-CIGA \t.D 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. Compete a la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER): l. Rectorar. coordinar y administrar el marco de planes y politicas en materia digital del sector público en las áreas de conectividad, trámites digitales. economía digital, datos abienos. talento digiral. cibersegu¡idad, eDtre ouas. establecidos por directrices de la Presidencia de la República, pudiendo, inclusive, emitir dictámenes técnicos previos con relación a iniciativas vinculadas a soluciones tecnológicas y, asimismo, emitir ¡ecomendaciones técnrcas para garantizar la seguridad, interoperabilidad, eñciencia y conformidad técnica en los p¡ocesos de transformación digit¿l; 2. Diseñar las politicas. planes y apoyar en la ejecución de medidas de simplificacrón de procesos, asimismo. de coordinar con las instituciones del Poder Ejecu¡ivo las poüticas del Gobierno Digital que orienren a una Administración Pública efciente y Íansparente; 3. Impulsar todas las acciones necesrias para la úpida tansformaciór digital de la Administración Pública; 4. Velar por el cumplimiento del Reglamento de Gobiemo Electrónico y demás normativas necesarias par¿ hacerlo efectivo; 5. Asistir a las earidades de la administración pública centralizada y descentralizada, coD base en la solicitud exp¡esa de éstas, en el fortalecimisBto de capacidades y el acompañamiento técnico en la rra¡sición bacia el gobierno digrt"l; ó. Diseñar e implemente un Sisteoa de Gerencia Pública por Resu¡tados y Transparencia para rcalizü evalu¿cioEes Fiitdicas de la medición fisic¿ financiera y de transparencia a nivel institucional; 7. Implemetrtar el ciclo de gestióD por resultados p¡rñr la geaeración de la cadena dc valor público de result¿dos medi¿nte la interacción de los sistemas administrativos y frmcionales del Estado, aplicaDdo los instrumentos de polftica pública, planeamieDto, prcsupuesto, ejecución de programas e inversiones y de evaluación; E, Elaborar info¡mes institucionales, sectoriales y nacionales que senán prcsentados a la Presidencia de la Repi¡blica; y, 9. Las demás fimciones que le s€an delegadas por la Presidencia de la República. ARTfCULO t@.- Para el ejercicio de sus fi¡aciones, la Di¡ección de Gestióu por Resultados (DIGER), ñ¡ncionani como Ente Desconcent¡ado de la Presidencia de la República y sená dirigida por un funcionario con rango de Sec¡etario de l-¡ Grcot, Sec(nin .\ .\.uerdo\ r l-(r -- 6 of 53 -- CA DE HOT.DURAS - Tf,CIICIGAI, \t.D 25 DE FEBRERO DEL 202ó No. 37 Estado, de libre nombramiento y remociótr por el Presidente de la República" ARTiCIJLO 5,- Se incorpora denrro de la Administración Pública para. en adelante. dotarla de su correspondiente estructura organizativa e institucional y garantizar su ñr¡cionamiento operativo a partir de la vigencia del pres€nte Decreto Ejecutivo. a la §ecreta¡ía de Estado etr el Despacho de Mvienda y Asentamieotos Huma¡os, qeada en el Articulo 4 de la Ley Marco de Viüe[da y Asentamientos Humatros, aprobada mediante Decreto 173-2019 de fecha 23 de enero del año 2020 y, publicada en "La Gaceta", Diario Oficial de la República de fecha l8 de febrero de 2020. Derivado de la disposición ante¡ior, ss suprimen la Comisión Nacional de Viüenda y Asentamientos Humanos (CONVTVIENDA) y. el Prognma de Viüenda y Ase ami@tos Humanos, cesando todas sus funciones ordinarias, salvo aquellas estrictamente necesarias para la ejecución del proceso liquidatario de conformidad al presente Decreto Ejecutivo. A su vez, se instruye ejecutr¡ efectivamente el cierre y liquidación del Fondo Social de la Viüenda (FOSOW). con el único objeto de concluir operaciones pendientes. cancelar obligaciones leg¿Ies y realizar su ciene dennitivo, cesando todas sus funciones ordinarias, da¡do estricto cumpli¡niento para ese efecto, inclusive, a Io establecido er¡ los Artículos 43, 46 refomudos y, demás aplicables, de la Ley Marco de Vivienda yAsentamienos Hr¡naaos, o¡denándose a suvez que todos los bie¡es, de¡echos y activos derivados o rcsultantes, inclusive presupuestarios, las correspondiertes esauctr¡¡as Fesupuestarias, créditos vigeotes, saldos disponibles y momías, se t ¿sladen o incorporetr a Ia Secreta¡ia de Estado en el Despacho de Vivienda y Ase tamientos Humatros. ARrIÍCULO 6.- Derivado de todo lo aprobado etr los artículos anteriores y, pa¡a la Administración General del Pals que la Comtitucioo de la Repúblic¡ conñere al Poder Ejecuüvo, las Secrearías de Estado, son I8s siguientes: l. S€creta¡ía de Estado er los Despachos de Gobemación, Justicia y Descentralización; 2. S€cretaría de Estado cn el Despacho de la Presidorci4 3. Secretaria de Estado en los Dcspachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; 4. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; 5. Sesetaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos; 6. Sccretaria de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Fam¡lia; 7. Secretaría de Est¿do en el Despacho de Astmtos de la Mujer; 8. Secret¿¡ia de Estado en el Despacho de Des¿rrollo Social; St((¡.;n .\ .\(urrdo§ \ Lerrs l-¡ (;accta -- 7 of 53 -- La (;accfa CADE HONDURA.S - TEG 9. Secretaría de Estado en el Despacho de Salud; 10. Secretaria de Estado en elDespacho de Educación: I l. Secretaria de Estado cn el Dcspacho de Desa¡rollo Económico: 12. Sccretaria dc Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; 13. Seüetaria de Estado en los Dcspachos de Agricultrra y GaDaderíE 14. Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales yAmbiente; 15. Secretaria de Estado en el Despacho de Energia: 16. Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad; 17. Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa; 18. Secreta¡ia de Estado en los Despachos de lnfiaestrucit¡a y TraDsporte; 19, Seqetaria de ggtado cD e¡ Despecho dc Vivienda y Asenlamientos Hr¡manos: 20. Sesretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Conringencias Nacionales; 21. Secretaría de Estado eo los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios dc los Pueblos de Hondur¿s; 22. S€qetaría de Estado e! cl Despacho de Tudsmo. ARTÍCUk) 7.- Créase cl Programa Presidencial para el Fortalecimiento Municipal y Descentralización que será lf.D. 25 DE FERRERO DEL 2026 \o- -17 düigido por un fi¡¡cionario nombrado po¡ el Presidenre de la Repúbüca; tenietrdo como finalidad. coordinar, gestionat y supervisar los progaEas y proyectos que la Presidencia de la República determine etr su agenda gubema.mental para el desarrollo de los municipios del pais, como mecanismo püa ince¡tiva¡ el crecimiento económico y la mejora en las codiciones de vida de los habitanles. Asimismo, este gograma estará encargado del estudio integral y, en general, de asesorar directamente al Poder Ejecutivo sobre todos los extremos y propuestzs derivadas de la Ley de Descentr.lización del Estado de Honduras, aprobada mediante Decreto Número 85-201 6 y publicada en el Diario Oficial "La Craceta" abl año 202 I , presentando oportunamerite propue,stas Itd'a esos eGctos, debiendo promover, a su vez, los esfuerzos y coordinaciones inrerinstitucionales con la Secreta¡ía de Estado en los Despachos de Gobemación" Justicia y Desceritr¿lización y laAsociación de Mutricipios de Houdü¡'as (AMHOI|, entre otras hstituciones públicas y privadas que conespondan para impulsar la reglametrtaciótr e implementacióa efectiva de la Leyde DesceotralizaciórL enüe otras facultades y atibuciones que sean delegadas por el Presidente de la República. ARTÍCULO E.- Reformar el priúer párrafo del A¡ículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM 08-2024, de fecha 28 de febrero de 2024 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 28 de febrero de 2024, e[ que se leení así: §(c(¡,h .\ \(rrrdo\ \ -- 8 of 53 -- Rf CA DE HO\'DURAS - TEGI];C lt.D.c 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 'ARrÍCULO 4. La Presidencia Ejecutiva de la Comisión La Empresa HoDdureña de Infraestructura y Servicios Nacional para la Construcción del Ferrocarril I¡te¡oce¡inico Aeroponuarios, S.A- (EHISA, S.A.) ejerceri dichas funciones (CONFI), será ejercida por el Presidente de ta República y. en su condición de sociedad me¡cantil anónima unipersonal, para el ejercicio de la Representación Legal, la ejecución cuyo capital accioDario es propiedad total del Estado de de funciones, facultades, atribuciones y delegaciones Honduras, garantizando la continuidad. seguridad, eficiencia preside¡ciales, nombrará un Di¡ector(a) Ejecutivo(a), y regularidad del servicio aeroportuario nacional. quien será su sustituto legal ¡nra todos loe efectos legales y administrativos que correspondan. Se iñstruye a Ia Secretaía de Estado en los Despachos de lnfraestructura y Transporte (SIT) pa¡a que proceda, de La Comisión Nacional manera inmediat4 a suscribir con EHISA, S.A. el con¡:ato correspondiente para la administración, operación, gestión,
Articulo 9
Deroga¡ el Decreto Ejecutivo Número inversión y manEnimiento de los aeropuertos, aeródromos PCM 17-2023 aprobado el veinticuatro (24) de abril de y terminales de carga aérea, tomando como referencia dos mil veintitrés (2023) y publicado co el Diario Oficial las condiciones técnicas y operativas establecidas en el "La Gaceta", en fecba veinticua¡o (24) de abril dc dos mil iDstrumento contractual derivado del PCM 84-2020, cuya veintiuÉs (2023). consccuctrteBctrte, queda suprimido el vigeúcia expiró el vcintisiete (27) de enero de dos mil Servicio Aeroportuario Nacional (SAN), restableciéndose veintiséis (2026). el modelo i¡stitr¡cio¡al previsto en el Decreto Ejecutivo PCM 84-2020 y su reforma mediante PCM 080-202 t. Se i¡struye al Procurador G€neral de la República, en su eo cuanto a la paficipación de la Empresa Hondureña de condición de Representante Legal del Estado de Honduas y Inftaestructura y Servicios Aeroportuarios, S.A. (EllISA, acci@ista único de EH¡SA, S.A.. para que convoque y celebre S.A-) como orgarismo auxilia¡ de la AdministracióD Public4 de manera inmediata una Asamblea General Extraordinaria encargado dc la administracióD, gestión. operació¡. inversión de Accionistas con et proÉsito de y mantenimiento de los aeropuelos internacionales y nacioDales, aeró&omos y termi¡ales de carga aérea que se a) Revocar cualquier acue¡do o acto relacionado con el Sft(ión .\ \cüedos r Lcr0s etrcuenaet! bajo su admilristlación. proceso de disolución y liquidación de la sociedad; l-x Gaceta -- 9 of 53 -- Sc(.i¡;ll .\ .\cucrdos I L(\r\ RE DE EONDfRdS . TEGT,'CT b) Restablccer la plena vigencia jurídica. administrativa y operativa de la sociedad: y, c) Reintcgnr y poner en funcionamiento el Consejo de Adminisnación de EHISA. S.A., conformc a lo dispuesto eD el PCM 8+2020, PCM 080-2021 y su Esc¡itura de Constitución pam, enue orras facultades y aribuc iones, proceder a nombrar un Gel€nte Gener¿l y ¡m Gerente Ad'niñist'ativo de EHISA, S.A.
Articulo 10
Adscribir como dependencias intemas de la Presidencia de la República: a) Televisión Nacional de Honduras (TNH); b) Radio Nacionalde Honduras (RNH); y, c) Diario Nacional de Honduras @NlI) str formato dr.gral. ARTICUU, lI- Adscribir como dependencia intema de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infiaestn¡ctura y Transporte (SlT), el Fondo Hondu¡eño de Invenión Socisl (FHrS). Para dar conti¡uidad a todos los proyectos, progmmas o iniciativ¿s que €stuvieren en ejccución de la suprimida Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS). serán M.D.C 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.37 en adelante ejecutados por la Secretaría de Estado en los Despachos de lnfraestruc¡¡r¿ y Tr¿¡sporte (SIT). Así mismo, adscribir el hoyecto de Constucción de la P¡esa Multiproposito El Tablóri, Etapa I, a la Secrctaría de Est¿do co los Despachos dc fnfraest¡uctura y Transporte (SlT), dcsignándolo en adelante como Organismo Ejecutor. ARTÍCULo f2.- Adscribir como dependencia intema de la Sec¡etaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la Oficina No¡mativa d€ Compr¿s y Cortrataciones del Estado (oNcAE). AnffCULO 13.- Adscribi¡ como depetrdetrcia itrterna de la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pucblos de Honduras, la Di¡ección General de Circmatogr¿fia (DGC). ARTiCULO 14.- Adscribir como dependercia intema de l,a Comisióu Nacional de Dsportes, Educációtr Física y Rec¡€acim (CONDEPOR), la Dirección Nacional de Parques y Recreación (DNPR).
Articulo 15
Adscribir la Comisión Nacional de P¡otección Po¡tuaria (CNPP), a la Dirección Genc.al de la Marina MercarÍe (DGMM). l,¡ (;accta -- 10 of 53 -- S':ccir;[ \ \(ü(rdo§ \ I-r\es BLICA DE HO¡{DURAS - TECUCI M.D.C 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37
Articulo 16
Se instruye a la Secretaria de Esrado en el Despacho de la Presidencia a efecto de presentar en adelante y de rnanera progresiva. la estructura organizativa deñnitiva de las Secretarías de Estado y demás instituciones conteoidas en los Afticulos 4. 5, 7. 8, 9, 10, 11.12, 13, 14, 15 y demás aplicables del presente Decreto Ejecutivo u okas SecrEtarías de Estado, institucioDes o dependencias que se coosideren, para su cortespondiente ap¡obación po¡ el Presidente de la República por sí o por medio del Consejo de Secretarios de Estado. ARTiCULO 17.- En estricta aplicación de lo est¿blecido e,n el Artículo 98, reformado. de la Ley General de l¡Administ¡ació¡ hibl ica, interveni los siguientes entes, órgeos o unidades de la Administrac ión Pública: a) lnstituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA)i b) Se¡vicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantaritlados (SANAA); c) Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnologia y la I¡novación y, el IDstihrto Hondurcño de Cie¡cias, Tecnologla e Innovación (SENACITiIHCIETI); d) Ferrocaril Nacional de Honduras; e) Instituto Hondureño para la Prevencióa del Alcoholismo, Drog¿dicciótr y Farmacodependencia (IHADFA); f) Lstituto de cédito Edrraüvo @DUCRÉOIO¡; ¡ g) Progr¿ma Nacional para la Reducción de Pé¡didas (PNRP) de la Empresa Nacional de EDergla Eléctrica (ENEE). Las Comisiones ltrterventoras serátr integradas por medio de Decretos Ejecutivos del Presidente de la República, en los cuales se establecerá¡ los plazos de vigencia de las interve¡ciones y, a su vez, los plazos para rendir sus infdmes, debietrdo cumplir pa¡a esos y todos los efectos, las afrtocioncs contenidas en los Artículos 98, 99, 100, l0l y 102, reformados n demás aplicables, de la Ley General de la AdministracióD Pública. ARTicULo 18.- Autorizar a la secretarfa de Estado en el Despacho de FinaDza§ (SEFIN) para que posterior a la ent¡¿da en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, en nombre y representación del Gobiemo de la República de Ilond¡¡ras. rcalice los procedimientos administrativos y legales netesarios ante los Organismos Financieros, coo el propósito de formaliza¡ el cambio de Unidad/Orgauismo Ejecutor de recursos disponibles de la ca¡te¡a de financiamiento vigente, conforme a lo detallado en el cuadro a coDtinuaciótr: l,a G¡ccta -- 11 of 53 -- Sc(llii»r \ .\§usrdos \ L§0§ I.a (;¡¡cct¡ Organismo Financiero No. Préstamo/ Referencia Nombr€ Programa/Pmyecto Ejecutor Actr¡al Nuevo Ejecutor 4449lAL-HO Meior¿ d€ la Calidad Edüet v" para el Desrollo de H¿bllid¡des par" el Empleo: Proyedo lover / Respuesl¿ lnmediáta dé S.lud Priblica p¿r¿ Conten€r y ConEola¡ el Comnavirus (Covltl19) y rritigar su Efe.to én la PEstación de S¿fli.ios er HondúÉs BID 4619/81-HO Prosr¿ma de Meior¡ de la Gestión y calid¡d d€ 106 S€wicios d€ Salud Matemc eonátál RED SOLIDAR¡,I BID s008/81-H0 Progr¿¡!¡ de Apoyo d SIstEm. Int€gr¿l de krtección Social REDSOLIDARIA BID 5289/BL-H0 PrDylrto de Apoyo ¿ Poblacion€s Vuln€nbles áfectadas 8ID 5ó81/BL-H0 Prográma de Apoyo al S¡stem, lntegÉl de Prot4ción Só.iálll REDSOLIDARIA BM 6401-HN P.oye.lo de lntesEc¡ó¡ d€ la Protección Social REDSOLIDARIA ¡\J ó918-HN FinanciañieDto Adicionál al Proyeclo d€ Inteer¡ción de la REDSOLIDARIA BCIE 2242 Progr¡me Bono de Aliüo a F¿milias vulner.bles Af€{tadas por Fenómenos Naturáles Pmducto del Cambio Climi!6a RED SOLIDARIA s€cr€i¡¡i¿ de D€sármlo Social BID szu/BGHO Progra¡r¡ de Asua Potable y Saneamiento €n Hondüras SEDECOAS KFwBMZ Nr2016 65348 Convivencia y Bpacios Seguros par¿ Jóvenes er Hondu¡ó Il fco}{vMR ll) fH15 ECIE 2342 Proy€.to de ConsFucción de la PrEsá Mültipmpó6ito El Iáblóll Et¡p¡ I ENEE Secfttaria de TranspoÍe 4926lGN-HO PmSr¿ma de Restaurac¡ón d€ Bosqüe! Reiilient€s al Climá y Sr¡uo¡tuE p¿r. l¿ SosiB¡b'Idd de los Seruoos Ecosistóñicos Relaalor¡dG co! el Agua ID§ituto de Consewación Fortstal (lcD SERIiA 5ER\,\ Ejecutor Actual Organismo Financiero No. Referencia BCIE ?336 Nombre Programa/Proyecto del ¡!t Tmcró7-Hti Proy€O Ptogr¡ma D.sEoIto lnf¡nül Tempr¿no en Comnid¡d.s Adántida Honduras REDSOLIDARIA EClE DÁ32n020 ¡0ofe,¡ost fterros que se están realia¡do a Eavés de h adondades gubernam€ntales pará atender a la poblaoó¡ af€.lada por el paso del Huracán y ToErent¿ Tropical'ETA". REDSOLIDARIA ECtE PRE-9512022 Estudios Previos par¿ el Dis€ño, CoDsEucción, Eqúp¡rdento y PucsE en M¡rhá d€¡ Lábor¿torio N:cioral de l.{olEuhi Blológ¡cas, Ce¡etiE¡ y Pmtotipos de S¡lud de lá Reñbl¡ca Hondur¿s FHIS Secra¿ría de hft'¡est¡uctüra yT¡e¡spode CO¡ITRATOS DE PRESTTUIIOS FINANCIAIIIEN'I'OS NO REF]TIBOI.SABLI§ ICA DE HONDUR{S . TECUCI M.D.C 25 DE FEBRERo DEL 202ó \o.37 Asimismo. se autoriza a la Secretaria de Estado en el Despacho de Fina¡rzas (SEFIN). efectuar de acuerdo con el ma¡co legal vigente. las asigraciones y los traslados presupuestarias a favor de las instituciones públicas, que asuman la ejecución de los recursos previstos en los contratos, corvenios y acue¡dos de fnanciamiento internacionales, asi como los recursos de contrapane de los Programas y Proyectos antes mencionados, considera¡do la formulación p¡esupuestaria, así coño los saldos del presupuesto vige¡te y la disponibilidad fnanciera autorizada por el Congreso Nacional. Con el propósib de continuar con el [ormal desarrollo de los prog¡amas y proyectos las instituciones actuales, mañtendrán su canácter de organismos ejecutores de los ¡espectivos progra$as y proyectos vigentes. debiendo realizar las actividades operativas A. I¡I BID RED SOLIDARIA RED SOLIDARIA 8ID Nuevo Eiecutor Secr€t¡ía de Des¿¡mlo Social -- 12 of 53 -- Sccció \ \cucrdo§\ L(\§ I -:¡ Gaccta Rf DE HONDURAS . TEGUCI y admhistrativas de los mismos, hasta que dichos programas y proy€ctos seatr trasladados de manera orderada, eficaz, eñciente y en debida forma a las institüciones públicas que co¡respoDdan, par¿ lo sual, efectuafiá la transición oldeoada de los programas y proyectos, respetando los objetivos y alcances de los convenios y contratos de crédito, así como donrcioes internacionales, e¡ u¡ periodo no superim a seis (6) mcs€s a pa¡tir de la entrada eo vigencia del presenE Decreto Ejccutivo. Lo anterior, incluye eltraqraso de archivos fisicos y digitales, suministros y bienes materiales, los bienes muebles e inmuebles y cualquier otra que sea necesaria para ¡ealízar todas aquellas operaciones que permitan el traspaso de atribuciones y competencia. de los programas y p¡oyectos. asi como su cierre en los casos que corresponda. Las instituciones que asuman como nuevos organismos ejecutores quedarán subrogadas. a partir de la suscripción de las modificaciotres a los contratos. convenios y acuerdos de f,nanciamiento intemacionales de los proyectos referidos eri el presente Decreto Ejecutivo. en todos los consatos de obra. bienes y servicios derivados de Ia ca¡tcra de proyectos traspasada bajo su adminisl¡ación- Esta subrogación sená oporn-urameirte comunicada po¡ las i¡stitucioDes competentes a todos y cada rmo de los cotrsultores, contr¿tistas y prove€dores. previo a realizar las acciones legales para proceder con las enmiendas conespondientes. !t.D.c 25 DE FEBRERO DEL 202ó No.37
Articulo 19
Derogar los Decretos Ejecuüvos siguientes: a) Decreto Ejccutivo Número PCM-08-2022 aprobado el veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022) y publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha dos (2) de mayo de dos mil veintidós (2022), consecuentemente, queda suprimido el "Programa de ta Red Solidaria"; b) Decrero Ejecutivo Número PCM-20-2022 aprobado el l0 de agosto del2O22 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha I I de agosto del 2022, consecuentemente, queda suprimido el "Programa de Accioo Solidaria (PROASOL); c) Decreto Ejecutivo Núnero PCM{23-2022 aprobado cl dieciseis (16) de septiernbre de dos mil veintidós (2022) y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha el diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintidós (2022) consecuentemente, quda suprimida la Di¡ección General de Información y Prensa del Gobiemo de la Repúblic4 adscrita a la Secretaria de Estado €o el Despacho de Planiñcacón Estratégica; d) Decreto Ejrxutivo NúDero PCM 13-2023 aprobado el veintiuno (2 I ) de marzo de dos mil veintitÉs (2023) y publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha veintiuno (2 I ) de marzo de dos mil veintirés (2023), consecuentementer queda suprimido cl "Prog¡ama de Memoria, Verdad, Reparación, Justicia y No Repetición para la Rcconciliación y R€fundación de Honduras"; -- 13 of 53 -- sr(cnh \ \.ucrdoi r l-r\ DE HONDL-R{S - TEGUCIG \T. 25 DE F.EBRIRO DEL2026 \o.3 e) Decreto Ejecutivo Número PCM 2l -2023 aprobado el suprimido el lnstituto Nacional de la Memoria veinticinco (25) de abril de dos mil veintitrés (2023) y Histórica. publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta", en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintitrés (2023), ARTÍCIJLO 20.- Derogar los Decretos Ejecutivos consccuentemente. queda suprimida la "Comisióq sisuie¡tes: Presidencial para la Defensa de la Soberanía y el a) Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2023 Territorio": aprobado el veintiséis (26) de abril de dos mil f) Decreto Ejecutivo Número PCM 3 2023 aFobado el veintitrés (2023) y publicado en el Diario Oficial ocho (8) de scptiemü,re de dos mil veintitrés (2023) y "La Gaceta", en fecha veintiséis (26) de abril de dos publicEdo en el Disio Oñcial "La Gaceta", etr fecha mil veintitrés (2023), de "Transparencia Financiera ocho (E) de septiembre de dos mil veintités (2023). y Combate al EriquecimieDto Ilegítimo er el consecuentemente, queda suprimida la Administración Gobiemo del Socialismo Democrático"; Nacional de Servicio Civil (ANSEC), restableciendo b) Decreto Ejecutivo Número PCM l4-2025 la esm¡ctura organizativa estabtecida en la Lcy de aprobado el veiltitrés (23) de marzo de dos Servicio Civil y su Reglameotoi mil veinticinco (2025) y publicado en el Diario g) Decrclo Ejecutivo NúLmero PCM 02-2024 aprobado Oficial "La Gaceta". de la República en fecha el dos (2) de feürero de dos mil vein(icuatro (2024) veinticuatso (24) de ma¡zo de dos mil vei¡ticinco y publicado eD cl Diario Oficial "La Gaceta", en (2025), de creación de la "Cátedra Moraziánica", fecha seis (6) de marzo de dos mil vcinticuatro incorporando en la misma el estudio del libro (2024), consecuentemente, queda suprimido el "El Golpe 28 J: Conspiración Transnacional, un Cabi¡ete Scctorial para la Coordinación, Gesüón y Crimen or la Impunidad": ¡ T¡ansparencia de la Inversión Pública; ¡ c) Acuerdo Ejecutivo Núme¡o PCM 30-2025 h) Decreto Ejecutivo Nl¡Dero PCM 17-2024 4robado aprobado el catorce (14) de octubre de dos mil el di€qinüeve (19) dc jruio de dos mil veinticuatro veinticinco (2025) y publicado en el Diario Oñcial (2024) y publicado en "I-a Gaceta". Diario Oficial "La Gaceta", en fecha catorce ( I 4) de octubre de de la Repúbüca en fecha veinte (20) de junio de dos dos mil veinticinco (2025), de reconocimiento de mil veinticuato (2024), coDsecuentemente, queda la antigúedad laboral acumulada por personal por l.a Gnceta -- 14 of 53 -- L¡ Crccta Stcción .\ \cucrdo\ r Lc\c§ DE IIO:\iDURAS - TEGUCIGAL )l 25 DE FEBRERO DEL2026 No.3 cotraato que haya pasado a modalidad de Acuerdo de Nombramiento para efecto de Cesantías y Vacaciones. ARTiCULO 21.- Par¿ darcumplimiento alpresente Decreto Ejecutivo, se instruye y faculta a la Secretaria dc Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) proceder de iiúnediato a integrar la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras. que contarán con atribuciotres pleuas en lo conducenle a Ia liquidación del personal por contrato y acuerdos, pago de pasivos y deudas. para lo cual puede requerir el auxilio de la Secrctaría de Estado en el Despacho de la Presidencia a través de la Di¡ección Generalde Servicio Civil.la Secreta¡ía de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y demás Secretarias de Est¿do o instih¡ciones que SEFIN considere pertinentes como Ias Fuerzas ArEadas de Hondu¡as y Policía Nacional. asi como las Gerencias Adminisfiativas y de Pe¡sotral de las instituciones suprimidas y1o adscritas. en su caso
Articulo 22
En caso de existir procesos judiciales pendientes o que se generen como producto de lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo, la Procuraduria General de la República debená en e[ ámbito de sus aaibuciones asumi¡ la Representación Legal del Estado en losprocesos Judiciales o de otra indolc, eD procüa de la defensa del Estado. sin pe{uicio de la autorizaciór para poder conciliar o realizar acue¡dos extrajudiciales que simplifiquco el proceso de liquidación y se eviten procesos judiciales que provoquen erogaciones de recu¡sos en detrimento del patrimonio del Estado, por lo cual los e es preyiaúente establecidos esranáq obligrdos a pr$tar su inmediat¿ colabor¿ción. ¡fflCU¡,O z¡.- fa o las Comisiones T&nicas Liquidadoras con el acompañamiento de la Direcciones Administrativas y de Personal de las Instituciones suprimidas o adscritas, debenán iniciar los procesos legales establecidos eo la Ley en cuanto al peBonal por contrato para el pago de las I¡demnizacio¡es conespoDdientes est¡blecídas en el Código de Trabajo siu perjuicio de la existencia de otr¿ norma más favorable al trabajador y, en el caso del personal permanente bajo el Régimen de Servicio Ciül procedená el pago a favo¡ de los servidores públicos de las prestaciones e i¡demnizaciones como prducto de, proceso de cesantia que establece la Ley del Servicio Civil y su reglamento. De igual forma, los e es de la administración pública, incluidos los eDtes descentralizados, deberán adoptar las prEsÉfites medidas y disminuir el personal que teogan estas dependencias psrmitiendo mayor eficiencia en el uso de los recr¡¡sos, debiendo identifi ca¡, la disponibitidad p¡esupuestaria. ARTfCULO 24.- Se ordena el t¡aslado de los ¡ecursos presupuestarios y financieros con los que venian operando -- 15 of 53 -- CADE HONDURAS - TXGUCI }I.D 25 DE FEBRERO DEL 202ó \o. 3 las Sec¡etarias de Estado. Entes DescotrcetrÍados. Programas, las obligaciones ñnancier¿s que se pudieraa generar en la Institutos y Direcciones que sean modiñcados o suprimidos, instaocia administ¡ativa o judicial de los actos ¡ealizados a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas que se geDe¡en posterioünente al proc€so de liquidación de (SEFIN). Para tales efectos, se autoriza a la SEFIN a reatiza¡ las Secreta¡ías de Estado, e es descoDcenFados, Programas, las operaciones presupuestarias, financieras y contables que Iostitutos y Di¡ecciones modificadas y/o suprimidas de resulten necesarias, utilizando los saldos disponibles del conformidad al presente Decreto Ejecutivo presupuesto asignado a las instituciones públicss suprimidas. con el propósito de optimiza el uso de los ¡ecu¡sos púbücos Los miemb¡os de la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, y gar¿ntizar el oporh¡no fin¿nciamiento de las obligaciones funcionarios y/o empleados qus i[tervenga¡r er los actos derivadas dc los procesos de liquidación administralivos que dan origen a[ pago, no serán responsables de forma personal o solidaria. En consecuencia, la SEFIN, a través de la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, podrá conforme a las liquidaciones presentadas, efectuar los pagos correspondientes de prestaciones e indem¡izaciones laborales, asi como las obligaciones contraídas con acr€edores. prove€dof€s y otras deudas pcndientes, a ñn de asegurar la liquidación total de dichas iostituciones. Las operaciones realizadas deben quedar debidamente registradas y reflejadas cn los sislemas presupueslanos y financieros correspondie¡tes a cada una de las instituciones suprimidas o modificadas, en el Ejercicio Fiscal 2026 y posteriormente en los registros de la Seqetaria de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). ARTÍCUI, 25.-L o las Comisiones Tecnicas Liquidadons debe¡án asumir co¡ el presupuesto asignado para tal fin,
Articulo 26
Se o¡deaa el traslado a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) del inventario de srministros, bienes materiales, bienes muebles e inmuebles, así como de los a¡chivos docuEentales en soporte ñsico y digital, penenecient€s a las instituciones suprimidas y/o adscritas. Se instruye a la Direccióa Nacional de Bienes del Estado (DNBE) en coo¡dinación con la Contadu¡ía General de la R@blica para que realice las operaciones necesarias de registro, descargo, control y actualización de los inventarios correspondientes, así como para que adopte las medidas p€ñinentes para el aseg¡¡ramietrto, conservación y custodia de dichos bietres. Asimismo, la Dtección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) debeá proceder a la reasignación de los Socci¡in .\ -\cuerdos t La (;!cet¿¡ 15 15 -- 16 of 53 -- CA DE HO\*DURAS . TEGIICIG activos a las eltidades públicas qüe los requieran, conforme a las necesidades institucionales y a la normativa ügente. En los casos etr que se suprima¡ instituciones públicas y sg creen otlas que asuman total o parcialmente funciones y tesponsabilidades relacioradas con la prestación de servicios públicos de naturaleza simila¡. la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE) deberá asignar a la rueva institucióo correspondiente los bienes muebles e inmuebles, así como los a¡chivos documentales en soporte fisico y digital, necesarios par¿ el adecuado cumplimiento de sus funciones.
Articulo 27
Todo el proceso que realice la o las Comisiones Técnicas Liquidadoras, en el marco del presente Decreto Ejecutivo debe¡á contar con auditorfa concurr€nte por parte del Tribunal $4€rior de Cuentas Cf§C) media¡te la suscripción po¡ su parte de los conveDios interinstitucionales correspondieDtes, cuya auditoria detallari los activos y pasivos de las entidades suprimidas y/o adscritas.la cual conclutá en el caso que proceda con los ñniquitos corespondientes.
Articulo 28
Se instruye y faculta a la Sec¡etaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a uúlizar los recursos prcsupuestarios y onaocieros disponibles de diversa indole y rcalizar las operaciones necesarias y de auditoría y/o ñscalizació4 añnde dar cumplimiento a lo establecido e¡ el presente Decreto Ejecutivo. 25 DE FEBRERO DEL 2026 No. 37 ARTfCULO 29.- Los titulares de las Instituciones centralizadas, desconcentradas y/o descentralizadas debeñin, en las áreas de Recu¡sos Humanos, realüa¡ una revisión exhaustiva de la legalidad de los pocesos y procedimientos de nombramieütos efectuados al cierre de la anterior admiuisración que infiinjan el marco tegal de contratacióD y Glslquie¡ movimiento y/o sin contar con la asignación presupuestaria, en el caso de €xistir anormalidades inicia¡ los procesos legales correspondientes.
Articulo 30
Con el propósito de garantizar la sostenibilidad de las fiua¡zas públicas, la disciplina p¡esr.pueslaria y e[ uso efisiente y responsable de los recu¡sos púüücos, todas las instituciones del Secto¡ Público debe¡án o¡icota¡ la progr¿mación y ejecución del gasto conforme a los prircipios de legalida4 e6cienci4 eficaci4 racionalidad, transparencia y sostenibilidad fiscal. El Presupuesto General deberá priorizar asignaciones que aseguren la pre§t¿ción efe§tiya y opofuna de los servicios públicos a la población; que impulssn el desa¡rollo productivo y L i¡fr¡sstnEnrr¿ orieÍtada al incremeúo d€ la productiüdad y oonpetitiüdad; y, que fome¡ten la atracción de inve¡sió¡ y la generación sostenible de empleo. Asimismo, deberá fonalecer la i¡stitucionalidad, [a descenrr¿lización y lajusticia social, en el marco det Pla¡ de Gobiemo "Juntos Vamos a Estar Bien", garantiz¿ndo a la vez el cumplimiento de las obligaciooes ineludibles del Estado. La Grcct¿ Secc¡ór .\ Acuerdos v Lcre§ ,6 -- 17 of 53 -- Scc(i¡'r¡ .\ .\cu€rd0§ r Lcrrs CA Df, HONDURAS - TEGUCIGAL Tf.D.C 25 DE FEBRERO DfL 2026 No.3 COMU}TÍQUESE Y PUBLÍQIJESE. Iá Secretaría de Eslado en el Dcspacho de Fúa¡zas (SEFIN) emitini los lineamientos tecnicos y oper"ativos ¡reccsarios pañr la aplicación del presente articulo, los cuales serán de ca¡ácter obligatorio par¿ todas las iDstituciones comprendidas en su ¡ámbito de aplicación.
Articulo 31
Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que, por medio de la Dirección Ge¡reral de Presupuesto, ejerza temporalmente la función de articular la planificación estratégica nacional e inslitucional con el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI), garantizando que las prioridades y objetivos de gobiemo se inco¡poren de manera adecu¿da en la programación presupuestaria y fi¡aDciqra y promoüendo una gestión pública cohereDt€ y eficiente. ARTÍCITLO 32.- Quedan demgadas todas las disposiciones normativas del misBo rargo del presente Decreto Ejocutivo quc resulten contradictorias o se opongan al mismo.
Articulo 33
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oñcial "La Gaceta". Dado sn la Ciudad de Tegucigalpa. Municipio del Distrito Central. a los veirticuatro (24) días del mes de febrero de dos mil veintiséis (2026). NASRY JUAN A§FURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA STJLMY YAMILETE ORTÉZ MALINNAIX) SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, ruSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, POR LEY JUA¡i CARLOS GARCiA MEDINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIREYA Df,L CARMEN AGÜERO TREJO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES -- 18 of 53 -- RI CA DE HO\DURAS - TEGTjCI EMILIO ENRIQIJE MRNÁNDEZ ÚRCULES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS LEDA LIZETHE G.ARCÍA PAGIIN SECRETARIA DE ESTADO E.' EL DESPACHO DE DERECHOS HI'M,{\OS ADA MARÍA MEJIA SIG¡'OR.ELLI SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE I.{I,tEZ. ADOLESCENCIA Y FAMILIA FÁTIMA IDALItrA JUÁREZ PADILLA SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL ]t.D.c 25 DE FEBRERO DÉL 2026 No. 37 ANGEL EDI,ARDO }IIDENCE OCHOA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, POR LEY IVETTE ARELY ARGUETA PADILI,A SECRETARJA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIóN NOLVIA PATRICIA IIERR-ERA ESPINOZA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER FERNANDO PUERTO CASTRO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL FERNA¡'DO ANTONIO FORTÍN MACÍAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY MOISÉS ABRAHAM MOLTNA GUTLLÉN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGNCULTURA Y GANADERÍA .\ .\cücrdos r Lercs La (;accta -- 19 of 53 -- S(((ñr .\ \turrdoi \ Le\r\ DE IIONDL?AS . TEGUCIGAI, ]lt. 25 DE FEBRERO DEL 2026 \o.3 JUAN CARI-OS RAMOS RAlr,lÍREZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE EDUARDO OVIEDO GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGiA GERZOT- OT..A.\ VELÁSQUEZ AGUILERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JUSTO RAFAEL CANO MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY FRANCIS YOLANDA ARGEÑAL ECTTENIQUE SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE VTVIENDA Y ASENIAMIENTOS HUMANOS Rf,INALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIóN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES YASSER ABDALAII EANDAL CIIRCAMO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS ANDR]ÓS DE JESÚS EHRLER MARTiNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE A¡¡TEAL AJ-BERIIO EHRLER MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE TL-RISMO l-n (;acct¡ 't9 -- 20 of 53 -- DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM.&}2026 \e.cirnr \ \cu.rdo\ r L§.\ RE CA DE HO\-DURAS - TEGUCIGAL \f 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.3 079 Pod.er Eiecutiao EL pRf,SIDENTE DB La n¡púgl,rc,a EN coNSEJo DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad al Afículo 245 numemles 2 y 11 de la Co¡sti¡¡ción de la Rqúblic4 co¡¡espo¡de al Presidente de la República enae oras atibuciones, dirigir la politica general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones confo¡me a la Ley. CON§IDERANDO: Que elArticulo 3 de la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL, CONTROL DE I}.¡IJNDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTTVOS, establece que para la ejecucióo de las obras se les da¡á pricidad a carrcteras con alto flujo vehicula¡, rutas turística§, regiones productivas, accesos y salidas a ciudades y conedores logísticos y, en la parte ñnal de este Articulo 3 se aprobaroq a su vez, con especificación o detalle, las primeras tes obrds viales prioritarias que para la fecha de aprobación de esta Ley, se tenian plenamente identiñcadas y documeDtadas. CONSIDERANDO: Que de conformidad alArticulo 252 de la Constirución de la República. el Presidente de la República convoca y preside el Consejo de Secretarios de Estado, el cual se reuniÉ para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacio¡al. COf SIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Núme¡o 8-2026. de fecha l0 de lebre¡o de 2026 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha l2 de febrero de 2026, se aprobó la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL. CONTROL DE l¡u*NDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTMS y, mediante su Alículo 2 se DECLARÓ ESTADO DE EMERGENCIA VIAL A NI\'EL NACIONAL. CON§IDERANDO: Q¡e el A¡tícr¡lo l5 de la LEYESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL, CONTROL DE INUNDAC¡ONES Y TORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MI.'NIC'IPAIES PARA EL MANTENIMIENTO,DE I.A. RED VIAL TERCIARIAY CAMINOS PRODUCTMS, estab¡ece que pala garautizar el esaicto y oportuno cumplimiento d€ eslA Ley, " . . .todo lo io ptwisto en lo misma o que requiera de más especifrcación .v/o desorroüo, §empre que no entre el @ntrqdicciód o en hclo\plimiento de stu disposiciones, podrá ser qtrobado mediante Decleto Ejeart¡vo del Prcsidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado. " CONSIDERA¡IDO: Que mediante DICIAMEN TECNICO ESTRUCTURAL de fecha 18 de febre¡o de 2026, tealizado por personal especializado de uaa Firma Corsulto¡a, producto de üsita tecdca de inspe€ción al tIamo est¡uctural -- 21 of 53 -- DE HONDLA\S - Tf,CUCI co¡respo¡diente a [a losa de rodadura del puente que comunica tierra ñrme con el Puerto Henecán. la cual es una infraestsuctru:t sometida a tñinsito pesado conlinuo asociado a operaciones po¡tuarias y. el relacionado Dictamen concluye que el tramo evaluado co¡responde a un elemento estn¡ctural primario en servicio. identificando que la losa presenta delerioro seve¡o del recubrimiento, existe pérdida de sección del ¡ce¡o de refucrzo, riesgo de pérdida de anclaje de la estructura metálica que soporta la tuberia de abastecimi€oto de carturantes. por lo que existe ri€sgo potcncial de contaminación ambiental del entomo del Golfo de For»eca, existe desprendimiento generalizado del recubrimiento inferior, exposición del ace¡o de ¡efuerzo en casi toda el área. ñsuración y corrosión activa en acero longitudinal y transversal. indicios de desadherencia acero- concreto, disminución progrcsiva de la capacidad po¡tatrte, existiendo inclusive pilotes que no fuercn intervenidos €n la reciente reparación de los cimientos y deben aten&rse de forma i¡Eediata y. corcluyen, además, que de mantenerse la operaciótr actual con tránsito pesado continuo sin intervención técnica, el det€rioro continuará evolucionando hasta alcanzar un posible escenario de falla parcial estuctural. CONSIDERA\DO: Que mediante el DICTAMEN TÉCNlCo ESTRUCTURAI relacionado en el considerando anterior, al mismo se adjuntó, a su vez. el regisho fotográfico detallado de las patologías observadas en la cara i¡ferior de la losa. planos estucturales disponibles del anteproyccto 2024 para referencia técnica. esquemas preliminares de posibles soluciones de rehabilitació¡ esÍuctural. detalles conceptuales M.D,C 25 DE FEBRERO DEL 2026 \o. 37 de intervención para recuperación de recubrimiento y refuerzo esauc¡¡ral, formando parte integral del r€lacionado dictamen. POR TANTO¡ Enqlicación de losArticulos 245 Numeral2, I I 19, 30 y 45, 24t,252y 255 delaConstitució¡ de la República; y, Artículos I l, 17, 18, 19, 20, 21, 22 Numeral 9,26,27,116,ll7 y 119 de ta Ley General de la Admi¡ist'¿ción Pública; Artículos 2,3 y 15 y demás aplicables de la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL, CONTROL DE INT]NDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPAIES PARA EL MANTEMMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTIVOS, tproüBda mediante Decreto Legislativo Número 8-2026, de fecha l0 de febrero de 2026 y publicado en el Diario Oñcial La Gaceta de fecha 12 de febre¡o de 2026- DECRETA: ARTfCIJI¡ 1.- Recotlocer y amparar el presenre Decreto Ejecutivo, d€ntro del ESTADO DE EMERGENCIA VIAL A NML NACIONAL, contenida en el Artículo 2 y, a zu vez, «t todo el contenido qus conesponda, de la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VÍAI, CONTROL DE INUNDACIONES Y FORTALECIMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCIARIA Y CAMINOS PRODUCTIVOS. aprobada mediaute Decreto Legislativo Número 8-2026, de La (;rcct¡ S(cck''n .\ .\cücrdos r Lc\cs 2',1 2',1 -- 22 of 53 -- ICA DE HO\DURAS . TEGÜCI ]|!.D.C 25 DE FEBRXRO DEL 2026 No.37 fecha l0 de feb¡e¡o de 2026 y publicado en el Dia¡io Oñciat COMIJNÍQUESE Y PIJBLÍQTJESE. La Gaceta de fecha 12 de febrero de 2026
Articulo 2
Incorporar. LAS OBRAS DE REPARACIÓN DELTRAMO VIAL DEACCESOAL PUERTO HENECÁN. ESPECiFICAMENTE LA LOSA DE RODADURA Y CIMIENTOS DEL PUENTE QUE COMUNICA TIERRA FIRME CON ESTE PUERTO, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN LORENZO. DEPARTAMENTO DE VALLE, dentro de las obrss viales prioritarias a ser ejecutadas como las aprobadas en la pa¡te final del Aniculo 3 de la LEY ESPECIAL DE EMERGENCIA VIAL. CONTROL DE INTNDACIONES Y FORTALECMIENTO DE LOS GOBIERNOS MUNICIPALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL TERCTARIA Y CAMI¡IOS PRODUCTIVOS, aprobada mediante Decreto Legislativo Número 8-2026, de fecha l0 de feb¡e¡o de 2026 y pubticado en el Diario Oñcial Iá Gac€ta de fecha 12 de febre¡o de 2026. todo. en aplicación y cumplimiento estricto de lo establecido y facultado, clara y expresamente, en el Artículo 15 de esta Ley. ARTÍCULO3.- Elpresente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmcdiata y deberá ser publicado en el Dia¡io Oficial "La Gaceta". Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Centr¿I. a los vei¡ticuat¡o (24) dias del mes de feb¡ero de dos mil veintiséis (2026). NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SULMY YAMTLETE ORTÉZ MALINNADO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE C'OBERNACIÓN, ruSTICIA Y DESCENTRAIIZACIÓN. POR LEY JUAN CARLO§ GARCÍI UEO¡¡I SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA I\{IREYA DEL CARMEN AGÚERO TREJO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES Sr'((i¡i'r .\ \cü(¡dos \ Lr\(\ 1., G.cct¿ -- 23 of 53 -- CA DE EONDT:RAS . TEGUCI \l.D.C 25 DE FEBRERO DEL 2026 \o. 37 EMILIO ENRIQUE EERNÁNDEZ HÉRCULES ANGEL EDUARDO MIDf,NCE OCHOA SECR¡TARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS SALUD, POR LEY LEDA LIZETHE GARCÍA PAGIh SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HI,'MANOS ADA MARÍA }GJÍA SIGNORELLI SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NÑEZ. ADOLESCENCIA Y FAMILIA rÁTIMA IDALMA JUÁREZ PADILLA SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE DFSARROLLO SOCIAL IVETTE ARELY ARGI'ETA PADILLA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIóN FERNANIN ANTOMO TORTÍN MACfAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY MOISÉS ABRAIIAM MOLINA GUILLÉN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ACRICULTURA Y GANADERJA NOLVIA PAIRICIA IIERRERA ESPINOZA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASTINTOS DE LA MUJER FERNANDO PUERTO CASTRO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL l-¡ Caccta Scc(i¡tn .\ .\§r¡srdos r Lcr§ -- 24 of 53 -- DE HO\'DURAS . TEGUCIGAL ]t 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.3 JUAN CARLOS RAMOS RAMÍREZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE EDUARDO OVIEDO GARCIA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGfA GERZON ONÁN VELIISQUEZ AGUILER{ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JU§TO RAFAEL CANO MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA" POR LEY .{NIBAL ALBERTO EHRLER MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE FRANCIS YOLANDA ARGEÑAL ECEENIQUE SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS R.EINALDO ANTONIO S?INCHEZ RTVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESNÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES YA§SER ABDALAE EANDAL CÁRCAMO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMOMOS DE LOS PTIEBLOS DE HONDI]RAS ANDRÉS DE JESÚS EHRLER MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE l-x G¡crt¡ Secc¡ón .\ .\tuc¡dos r l-(l§ TURISMO -- 25 of 53 -- La Grcct:¡ scrción B \riso\ l-esal'¡§ A DE HO]-DURAS - TEGUCIGAL v.D. 2s DE FEBRERO DEL202ó No. 37 Secciólr rrB" I\STITIJTO DE LA PROPIEDAD CERTIFIcACtóN pAR{ EFECToS DE ptiBl-ICACIóN El inftascrito, lefe del DepafarncDto Legal de kopiedad lndustrial dependieDte de la Dirección General de Propidrd I¡telectual CERTIFICA: Resolución No. 2025-765 de fEha 22 de agosto de 2025, mismá quc en su pqt @ltundente dice: VISTA: Pará resolver la Accüi¡ de C¡ocdaül por No Uso de¡ominada "Solicita CanceLdón Por No Uso' rkl Registro No. 1346E2, co¡ esqito dc ingnso No. 2lliLlllllll96, de fecha 09 de fcbrlro de 2021 ptes€dld¡ !o¡ el Abogado RODRIGO JOSE Cañ*O BIO¡.-ILL,/I en codición de Apoderádo L€gal de la Socid¡d PEPSICO, INC- eu la Acción de Cancelacióri contr¿ el Rrgi*o de "MARCA DE FABRJCA,, denoñiíado "DETODITO", clase ir¡temacional (30), p¡ese[tada el 16 de .bril de 2015, por el Abogado ALVARO GUILLERMO AGUILAR. quien actuó en su condición de Apodemdo Legal de la Sociedad Mercantil detromimda "DETODITO", persodá¡dm en la Acción de Ca¡celación Abogado LUIS FER\A¡¡DO MARTINEZ GARCIA en Representacióo de la Socied¿d Mercantil de "PRODUCTOS ALIMENTICIO§ DIANA, SL DE C.V.", con domicilio en: l2AV. SUR # lll SOYAPANCO. El Salvador RE§ULTA ?IIMER(}- RESIILTA SEGUIIIIO:... RESULTA TERCERO- XESIITLTA CUARTO:... RESULTA QUINIIO: .., RE§ULTA SEXTO: - RESULTA SEPTIMO:... RESULIAOCTAVO:... RESULTA NOYEr-O:... RESULTA DÉCTMO:... RESULTA DÉCIMO PRIMERO: Rf,SI]LTA DÉCTMO SEGUNDO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO §EGUNDO:... CONSIDER.L\DO TERCERO:.-. CONSIDERA¡¡Do CUARTO:.. COISIDERANDO QUINTO: ... POR TANTo:- PRIMERO: Declar¿r CON LUGAR la Acción d€ C.rc.Ldón por No Uso denominada "SE PRE§ENTA SOLICITUD DE CANCELACIóN POR NO USO DE II\ MARCA DE rÁBRIcA DENoMI¡iADA DEToDITo, CL1\S NIZA nirER\*AcroNAL 30, coN NÚllfERo DE REG$¡TRO T3,IóE2. SE ACOMPAfiA D(EI'MENTO DE PODER", cont¡a RÉgist¡o No. Í!¡lót2, coo escrito de i¡8reso No. 2024100015 de fecha 9 dc febrero de 2024 prese ada por el Abogado RODXIGO JoSE CA¡¡O BONILLA en condición de Apoderzdo Legal de la Sociedad PEPSICO INC., con domicilio en: 12 AV SURI lll SOYAPANCO, eri el Registro de .'MARCA DE FÁBRICA", denominado "DETODITO., cláse i¡tem¿cional (30), p.esest¡da el 16 de ¡bril de 2015, por el Abogado ALVARO GUILLER¡,O AGUILA& quien actuó en su co¡dicióo de Apode¡¡do Legal de la Sociedad Mercar il denominada PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.4.. DE C.V.", en la cual se ha p€rsonado el Abogado LUIS FERNANDO MARTI¡jEZ CARCIA qüen ha sustiruido poder er [a Abogadá CINTIIIA YADIRA ORTIZ LUNA co¡ las mismas facultades del Abogado LUIS FERNANDO MARTI¡IEZ GARCIA en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil de "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA" S.A. DE C.V.", con domicilio eo: Primera Vuelta Paseo La Leona, casa 639-8 de esta ciudad. SEGUNDO: Una vez fi.me la presente resolución, mándese a publicar por cuenta del irteresádo en el Diario Oficial La Gaceta y en ua dia¡io de mayor circulación y una vez acreditadas las publicaciorcs y el recibo de pago por tasa de cadce¡ació¡ por no uso ante esta o6ci.ua prccédase a hacer la anotación marginal en los Libros y Sistema respectivo que a efecto üeva esta Oñcitra de Registro, cancel¿ndo por no uso el registro No. 13¡1682, de la marca DETODITO, propiedad de la Sociedad Mcrs¡ntil detrominada "PRODUCTOS ALIMENTICIO§ D¡ANAe S.A- DE C.V.". TERCEROT lá preseDte Resolucióa tro pone fin a la vía administrativa, cabe contm la misma sin perjuicio del Recu¡so de Reposición aote el órgano que la hr¡biera dictado detrtro de los diez (t0) dias siguientes a la Dotificación del acto impugnado, el Recu¡so de Apelació¡ que debení de interpo¡erse y forñalizarse ante el órgatro que dictó la Resolució¡, den[o de los Ees (03) dias siguientes a l¿ notidcación dc la misrna ¡emitiéndose a la Superhtendeocia de Recursos del hsliu.¡to de la Propiedad al dia siguiente de dich¡ fo¡malización. Afículo No. 149 de la Ley de Propiedad Industriat Decreto 12-99-E y Afículo 22 dc Ia Ley dc Propiedad.- NoTIFÍQUESE.- NoTTFÍQUESE. FIIMA Y SELLO ABOGAI'O FIDELA¡¡TONIO MEDINA.. REGISTRADOR LECAL.. ABOCADA DAISY LANZA QT'AN.- ONCIAL JURÍDICO. Tegucigalpa, M.D.C-, 09 de febrero de 2026 ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Regist¡ador Legrl 2s F.2026. -- 26 of 53 -- DE HONDUR{S - TEGL-CI I§STITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFTCACION El infiascrito, Registado¡ del Departamento Legal dependiente de la Dirección General de Propiedad lntelectual, CERTIFICA la Resolución con número 2025/1141, de fecha dieciocho (18) de diciembre del año 2025, la que en su pane contundente dice: VISTA: Para resolver la Acción de CancelaciónPo¡ No Uso, contn el Registo No. 140506, con ingreso No. 2024-00I451, de fecha veintitrés (23) de a_qosto del año 2024, contentivo de la Marca de Fábrica denominada MEZOLAM, en Clase lntemacional (5), presentada el 25 de agosto de 2016. por el Abogado MARCO ANTO\IO RODRIGUEZ NtEJi-A, en representación de la Sociedad PHARMAETICA LABORATORIOS, S.A. DE C.V., RESULTA PRI}IERO... RESULTA §EGUNIX)... RESULTATERCERO... RESULTA CUARTO... RESTILTA QUINTO .. RESULTA SEXTO... RESULTA sÉPTIMo... REsULTA oCIAVO... CONSIDERA¡{DO PRT]ITERO... CONSIDERANDO SEGUNDO... CONSIDERA¡IDO TERCERO... CONSIDERA¡iDO CUARTO... POR T-{I{TO... RESUELVE PRIMERO: Declarar CON LUGAR. la Acción de Cancelación Po¡ No Uso, con número de i¡$eso 2024-001451, presentada en fecha 23 de agosto del año 2025, cont¡a cl Registro 140506, contentivo de la Ma¡ca de Fábrica denominad¿ MEZOLAM, en Clase htemacional (O, presetrtada en fecha 25 de agosto del do 2016, por el Abogado M.{RCO A:\-TO:{IO RODRTGITEZ MEJiA, quien actúa en su condición de Apode¡ado Legal de Ia Sociedad Me¡ca¡til PHA.RIIAXTIC-A. LABORATORIOS, S.A. DE C.V.. por M.D.C 25 DE FEBRERO DEL 202ó \o.37 los preceptos y consideraciones legales siguientes: a) El titular de la Ma¡ca de Fábrica MD,ZOLAII4 al rc se¡ utilizado el derecho de probar el uso en el comercio nacional, siendo que no hubie¡on pfuebas qu€ demostraran el uso de la marca, corno tal de[tro de ¡os comercios en el territorio hondu¡eño, €¡ los tres ¡ños antoriores a la soücitud de ca¡celació¡ irirtarrumpido§, ni el pago de las tasas de ¡ehabilitación cdr€spondientes. b) Por lo cual esta oñcina se rige por lo establecido en Ley, Artículo l0E, Ley de Propiedad Industrial, donde se manifiesta: La carga de la p¡ueba del uso de la marca correspondeá al titular de la marca.- El uso de la marca se acreditaná mediante prueba docu¡nental que demuestre que la marca se ha usado de acr¡erdo con lo indicado en el articulo E1. El registro Indusúial podñi mediante instruccióD administrativa, regr¡lar las modalidades probatorias del uso de la marca.- Toda pmeba de uso de rma marca preseDtada púr efectos de esta ley tendrá valor de declaración jurada, siendo el titular de la marca responsable de su veracidad. c) Que verificado mediante nuesúo sistcma lndustrial Property Admidst¡'¿tion System (IPAS), se observa que no se ¡ealizó el pago de la tasa atrual de rehabititación por no uso. d) Que, si biea es cierto el Abogado GUSTAVO ALFR.EDO SIERCKE RUBI, act¡¡ando en su condición anles hdicada, presenta MEDIOS DE PRUEBA, con ing¡eso número 202i 0ü'313, consistentes en: l. Medios de pruebas documentales públicos siguientes: Recibos de pagos por servicios números 00041509r3, 0004150914, 0004150915, 0004150916, 0001150917. 0004150918. 0004150919, 0004150920, 0004150921 en concepto de la tasa anuat de ¡ehabilitación lodos po¡ el monto de trescieDtos lempiras exactos (L300.00), no menos cierto que se realizó dicho pago en fecha veinticinco Sr.ci,'fl B \\ ie\ | (!¡il.\ l.x (;accta -- 27 of 53 -- sccciór B \\i\o\ I cq:rlr\ RE CA DE HO\-DURAS . TEGUCI (25) de junio del año 2025 y veintiséis (26) dejunio del año 2025, siendo esta fecha posterior a Ia Acción de Cancelación interpuesta. SEGUNDO: f;na vez ñrme la presente Resolución. extiéndase la o¡den de pago co¡respondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oñcial La Gaceta y por 1o menos en un diatio de mayor circulación del país. cumplidos estos requisitos hace¡ las anotaciones marginales respectivas eu el lib¡o de Registro y en la base de datos correspondiente. TERCERO: La presento resolución tro pone fin a Ia vía administrativa. cabe conta la misma sin pe¡luicio del Recu$o de Reposición ante el órgano que Ia hubiera dictado dentro de los diez dias siguientes a la riotificación del acto impugnado, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y fomralizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres dígs siguientes a [a notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Ir¡stituto de la Propiedad al día siguiente de dicha form¿lización. Articulo No. 149 de la Ley de Propiedad Industrial, Decreto l2-99-E y A¡ticulo 22 de la Ley de Propiedad. CITARTOT Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes diligencias sin más rrámite.- NoTIFÍQUESE. ABOCADO FIDEL ANTONIO MEDI\A, Registro de Ia Propiedad lndustrial. Tegucigalpa, M.D,C., cuatro (04) de fehero del año 2026 .{BOGADO FIDEL á,ÑTO¡ÍIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad lndustrial ],f. D. 25 DE FEBRERO DEL2026 No. -17 PODER JUDTCI,{I- Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor La inftascrit4 Secretaria del Juzgado de Letas Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, at público en general pan efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo ó34 párrafo, tercero y 640 del Código de Comercio, EACE §ABER: Que en fecha treinta y uno de octubre del año dos mil veinticinco (2025), comparece arte este tribrmal el Abogado LUIS ALONSO ALTAMIRANO RMRA en su cotrdición de Apodendo Legal de la señora LILIAM MARIA CANAHUATI DUAJE, quien presentó Solicitud de Cancelación y Reposición de un Tírulo Valor consistente CN CERTIFICADOS DE ACCIONES NÚMERO 0072, CON CINCUENTA Y DOS (0052) ACCIONES; número 001s, coN crNcuENTA Y Dos (0052) ACCTONES; núm€ro 0036, coN CUAIRoCIENTOS DTECISÉIS (416) ACCIONES; ur¡ncro 0071, CON QIJ'INIENTOS VEINTE (520) ACCIONES; emitido por la sociedad denominada RANCHO EL COCO, SOCIEDAD ANONIMA, cor un total de UN MIL CUARENTA (1040) ACCIONES, Ias cuales tiene un valor nominal de CIEN LEMPIRAS (Lps.100.00) cada utra, eD la Sociedad Mercantil RANCHO EL COCO SOCIEDAD ANONIMA, a favo¡ de la señora EVELYN DUAJE MAWAD DE CANAHUATI. San Ped¡o Sula, Conés. 30 de enero del 2026 ABG. SONIA ELIZABETH GONZALEZ LAII\EZ SECRETARIAADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DE LO CÍI'IL DE LA SECCIóN JUDICIAL DE SAN PEDRO ST'LA, CORTÉS 25 F.2026 25 F.2025 La Caccta -- 28 of 53 -- S$ción B -\li\o\ L(g:rl RE LICA DE HONDURAS - TEGUCI PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMI¡{ISTRATÑ O SA¡I PEDRO §ULA, CORTÉS AvISO El infr¿scrito. Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Ad¡ninistrativo con sede en Ciudad de Sa¡ Pedro Sol¡, Departañento de Cortés, en aplicación del articulo ciricuefis (50) de la Ley de la Ju¡isdicción de lo Conterci6o Adminislralivo, a los inte.esados y para los efectos legale c6cspondi(úrs; HACE SABERT Que en fecha vrinte de coc¡o dcl ¡ño dos oil veintiséis. el Aboga& Roberto J.vie. mz Oltüara en su cotrdicióD dc apoder¡do rrdd¡l dc l¡r scfor.s Sotri¡ J¡treska Mcditrr E rD.Ddez y Etrüa Nrtrtrt Acost¡ Clrc¡mo, inte¡po¡e dema¡ds con ol¡¡ero de Correl¡tlvo 0501-2026-00017-LAP.- Codra el Ert do de Hondur¡s representado legalmente por el Procruador G!¡cfll & la República, Abogado Manüel Artonio Dírz GáIe¡g por actos del Instituto Nacional de Migración;dicha demaDd¿s tiene como ñnalidad que se declare la nulidad de un acto adrninistrativo de ca¡ácter paficula¡ consistente en Acuerdo de Cancelación por Cesantia de fech. diez de diciembre d€l ¡ño dos mil veitrticinco ¡ oombre d€ l. reñor¡ So¡i¡ J¡ratlt MediDa Hertr¡¡dez, emitido por el Instituto de Migrrción y la señor¡ Eli!¡ N¡t¡li¡ Acost¡ Cárc¡nc dc fech¡ o[cc de diciembre d.l ¡ño dos mil veilticirco eEitido pú el Instiüo de Migración Comisión. por ¡o ser confoE¡e a dttrcho cotr queb.antatniento de la! fof8alidldrs esenci¡Ls cst¡blccida des en la Ley.- Q¡9 s€ reco¡oz.. ua rit*ión jutldica individualizada del titul¡¡ de derechos quc !c recl¡rttr y coÍro medidas necesarias para el ptoo rtdrblecimiaoto de los rnismos, se ordene ñediante sentencia il¡-ñ¡itiva, el reinbSro al ca¡go de Agente de Atención y CoDEol Mig&is ro cl Ins¡i$¡to Nacional de Migració¡ y a titülo de daños y pcrjuicio los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelació¡ ilegal hasta el momento en que quede fifine la sen¡encia definiti\a condenatoria. lncrementos salariales que en su caso ruviem el puesto del cual fue, caocelada ilegalm€ú¡c durante la secucla del juicio, más el pago de los derechos labGdc§ que ocurran du¡anle el mismo como décimo tercer mes, d&imo cuarto mes de sala¡ios, vacaciones y boniñci@cs por cooccpto de vacaciones quinquenios p¡go de tieryo coEpensatúio.- COSTAS. Diecisiete de f€brero del año dos úil veinriséis. 25 F. 2026. Licetrciado Juán Artonio M¡drid Cuzman S€cretrrio Gen€ral ABG. ARNOLD JA}'IER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJIJNTO M.D.C 25 DE FEBRERO DEL2026 No.37 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Repúblic¡ de llonduras, Cá.. Tegucigalpa, M-D.C., 17 dejunio del2025 .{\'lso EI inñascrito, Sec¡eta¡io del Juzgado de Letras de lo Cotrtencioso Adminisr¡aüvo, en aplicación del a¡tículo cincuenta (50) de la Ley de estajurisdicción, a los inte¡esados y para los efectos legales correspondietrtes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de junio de dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado ABEL ANTONIO SEVILI-A IIERRf,,RA, en su condición como RspresetrtaDte Proc€sal de la señora LOITR.DES PATRICIA YALLADARES ENAMORADO, interponiendo demanda contenciosa adriinistrativa en materia especial de personal con orden de ingreso 0801-2025-40427, contra el Estado de Hondu¡as a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE EONDURAS, contraída a "Demanda esp€cial en materia de personal en contra del Estado de Hondu¡as a través de la Administración Aduanera, acción contenciosa cuya pretensión es la decla¡ación de nulidad del Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE- GNGTH-03G2025 de fecha veintidós (22) de mayo del año dos mil veinticinco (2025). Que se recoDozca a la situación jurídica individualizada, ordenando como Bedida pa¡a el restablecimiento de la situación el reintegro en iguales o mejores condiciooes con el coEs€cuente pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hast& que sea rcintegndapor la cancelación ilegal e incausada del cago de Contador de Autoría de I¡tervención Aduanera, j¡mto con las dem:ís indemnizaciones legales beneñcios que su cargo adquiera.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder- 2s F.2025 l,¡¡ C¡ccta -- 29 of 53 -- ICA DE HO\DURAS - TEGUCIC v. D. 25 DE FEBRERO DEL2026 No.37 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD El infrascrito, Registrador de Propiedad Intelectu¡l de la Di¡ecciól GeDeral de Propiedad IntelectuáI, CERTIFICA: Extracto de la resolución No. 202$939 de fecha 27 de octubre del 2025, que en su parte coltundente dice: "VISTA:... Para resolver la acció¡ de cancelación por no uso del regisúo No. 8lú14 de la ma¡ca denominada "PREVENGEST" en clase i¡temacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LABORATORIOS PAILL S.A. DE C.!'.: acción presentada por el Abogado RIC.{RDO A\IBAL MEJIA; en su condición de Apoderada Legal de la sociedad QUNC! BIOSCIENCE, LLC.; RESUL|IA PRIMERo: RESULTA SEGLNDO: RESI LTIA TERCERO: RESULTA CUARTO: RESULTA QUINTO: RESULTA SEXTO: RESUITA SÉPTIYO: RESL-LTA OCTAYO: CO\SIDERA¡IDO PRIMERO: CON§IDERANDO SEGUNIX): CONSIDERANDO TERCEROT POR TA¡ITO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la acción de cancelación por no uso del registro l\io.81644 de la marca dcnominada "PREVENGEST" clase intemacional (5) a favor de la Sociedad Mercantil LABORATORIOS PAILL S.A. DE C.!'.; acción presentada por el Abogado RICARDO A\IBAL MEJIA en su condición de Apoderado Legal de la sociedad QUTNCY BIOSCIE.\-CE, I¿C, e:n virtr¡d de las consideraciones legales siguientes: Que según cstudio ¡ealizado en la base de datos y libros de registro quc para tal efecto lleva esta Olicina- la marca de fábrica denominada "PREI'ENGEST" en clase intemacional (5). vigcnte hasta el 30 de mayo del 2031. no ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario, en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca esfuvo o está e[ uso en el mercado o en los sectores ps¡tinentes etr los cuales se comercializaD los p¡oductos, por lo tanto no le interesa co¡lserya¡ su marca. SEGUiaDO; Um vez firr¡e [a presente Resolucióu, extiéndase la orden de ¡ngo cwespoudiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gacet¿ y por lo menos en un diario de mayor circulación del pais, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones ma¡ginalcs respectivas. De no cumplimentaf lo precedente en el plazo ds treinta (30) días, según lo estipulado en el Articulo 80 de la Ley de Procedimiento Adminisu"ativo. se caduca¡á de oficio el expediente contentivo de la ca¡cclación. La presente resolución !o pone fin a la vía adDinistrativa, cabe contra la misma si¡ perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá cstr oficin4 ea el ténnino de l0 días despues de notificada la Resoluciórl el Recu¡so deAp€laciótr que debeá ioterponene y formalizarse a¡lte el órgano que dictó la Resoluciótr dent¡o de los 3 días siguie¡rtes, debiendo remitirse los autos a Ia Superintendencia de Recu¡sos del Instituto de la Propiedad, A¡tículo 138 de la I¡y de Pmcedimie¡to Administrativo y a¡tículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFIQITESE.- G) (r) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA.. REGISTRADOR DE I,A PROPIEDAD INDUSTRIAL. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de feb¡e¡o del año 2025. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA S((rñr B \\isor L(gxl La Gacet¡ 25 F.2026 REGISTRA,DOR LEGAL CERTIFICACTÓN PARA EFECTOS DE PUBLICACIóN -- 30 of 53 -- Sección B .\ri{or L(.galcs CA DE EONDI]RAS - TEGUCIG M.D 25 DE TEBRERO DEL2026 No. 37 AVISO La infiascrita. Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo. er¡ aplicación del aniculo 50 de la Ley de esta jurisdicción. a los interesados y para los efectos legales correspondie¡rtcs, HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del aio 2026 comparece el señor ASTRII) ROXANA MENDIETA ZAMBRANO, intcrpuso demañda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0B0l-202640114. contra el Estado de Ho¡duras a través de la ADMI\ISTRACIóN ADU{\ERA DE HON'DUR{S. Se promueve demanda via procedimiento especial en materia de personal. para que en sentencia definitiva se declare la nulidad de un acto administativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación GNGTH-NÚMERO- 126-2025, de fecha 19 de diciembre del año dos mil veinticinco (2025) y notiñcado e¡ fecha 22 de diciembre de 2025. emitido por el Director Ejecutivo de la Admitrissació! Aduanem de honduras, mediante el cual s€ me cancela con especial violación al debido proceso. exc€so y desüación de poder.- Que se conceda el recooocimiento de una situación juridica rndir idualizada que consiste en el rerntegro a mi puesto en iguales o mejorcs condiciones de trabajo.- Oto¡gamiento de ascensos y aumentos al grado que correspondan-- Pagos de salarios dejados de percibir en concepto de daños, pe{uicios.- Bonificaciones.- El ¡econocimiento de aumentos y demás derechos colateÉles du¡ante su ausencia.- Costas del juicio pucs no existe motivos bastantes pa¡¿ litiga¡.- Se coofiere poder.- En relació¡ al númcro de cancelación No. GNGTH.NÚ\,f ERO. I2G2025. ABG. ARNOLD JAVIER ALCf,RRO CÁCERXS SECRETARIO ADJIJ¡{TO PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMII\TISTRATWO República de Honduras Tegucigalp¡, M.D.C., 20 de octubre del 2025 AVISO El infr¡scrito, SecrEtario del Juzgado de Letras de lo Co¡tcncioso Administ ativo, eu apücación del artisulo citrc|rcnta (50) de la Ley de estajurisdiccióD, a los intercsados y para los efectos legales corresf,ondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (9) de octub¡e de dos mil veinticinco (2025), comparecieron ante este. Ia señora MARISELA NOEMI BAIZA SOLORZANO, interponiendo demanda contenciosa administ¡ativa en materia especial de personal, con orden de ingreso 0E0l-202ff)0722, contra el ESIADO DE IIONDIIRAS, ¡ tr¡yés de h SECRETARiA DE TRABAJO Y SEGURIDAD S(rcIAL, contraída a "La nulidad de un acto administrativo en materia de pelsona consistente en el Acuerdo de Cancelación §EiTRASS-281-2025, de Gcha 24 de septiembre del año 2025.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido ¡doptado con i¡ñacción del ordena¡trieuto jurídico.- Que se reconozca la situación juridica individualizada y par¿ su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo etr igual o mejores condiciones, asi como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelaciótr hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo. incluyendo a los colate¡ales co¡sistsntes en d&imo tercer mes eo concepto de aguilaldo, decino cuarto mes en concepto de compensación social, quirque.ios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devetrgaría desde la fecha de cancelación hasta la fccha que sea reintegÉdo.- Aumentos Mlariales que se gcocreo dr¡rante mi ausencia.- Se ¡elacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretendeD utilizár.- Se acompañan documentos. Sc acredita representación.- costa§". PODER JUDICTAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINTSTRATIVO 25 F.2026 ABG. NORMA CECILIA VIDAUR SECR.ETARIA ADJINTA 25 F.2026 -- 31 of 53 -- Srcciótr B -\isos l-cgxlci CA DE HO\DI]RAS. TIGIICIGAI, v. D. 25 DE FEBRERO DEL2026 No. 37 PODER JUDICL{L JUZGADO DE I,ETRAS FISCAL AI}MINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C.,23 deAgosto del 2023 4yr§l¿ La infrascrita, Secretari4 por Ley del Juzgado de Letras de lo Co[t€trcioso Administrativo, etr aplicación del artíc,ulo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y pú¡ los efectos legales corespondientes, HACE §ABER: Que en fecha veintiocho (28) de mar¿o del airo doa mil veintidós (2022), compareció anre el Juzgado de lrtras de lo Fiscal Administrativo, laAbogada K¡lierine Lfuctl lópczFlores, en su coudición de Apoderada P¡oces¡l de la Sociedad Mercantil dsnominada Un[eyar & Ce¡tTrméric¡, S.A., i¡coando deu¡nda vía procedimieato especial en mateúa Tributa¡ia o Irpositiva, contra el Estado de Hondu¡as a través de la Secret¡rír de Estado en el Despscho de Finanzas (§EFIN), con o¡den de ingreso No. 0t0l-2022- 00016, para que se declare la ilegalidad y nulidad parcial de actos administrativos de carácter paficular consistentes en la RESOLUCION l7l-l&l00lxl71l8, de fecha 8 de octubre del 2018, la REsoLUcIÓN l7r-19 -10901441, & fecha 29 de enero del 2019. ambas drctadas por el Serrldo de Admitristracióo Retrtrs (SAR) y la R-ESOLUCIÓr- NÚMERO A.L. Ul-2020. de fecha 6 dc e¡ero del 2020, dictada por la Secret¡ía de Est¡do rD d Desp¡cho de F¡tr¡nzas, con Ia cual se agotó la via administr¡tiv¡, todas por infringü el ordenamiento ju¡idico, quebr¿nta¡ las fo¡ralidades esenciales del procedimieuto ¿d€o¡ás de cotrt€oer ücios de anulabiüdsd como el exceso y l,a desviación de poder, así como l¿ vr¡loeraciótr de gaünti.s constih¡cionales por vicio al de¡echo legftimo de la defensa y debido proceso.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada reclamada y se adoptao medidas para su pleno restablecimiento entre ellas que se otorgue nota de crédito por el valor de L. 83,19ó,495.26.- Se señale la cua¡tia de presente demanda y se alega que no es necesario la acreditación de caución alguna, de acuerdo a lo establecido en elArticulo 206 numeral 3 del Codigo Tributario, coosiderando que dicho cuerpo legal precitado entro en vigencia en fecha I de enero del 2017, los cirico (05) años ¡eferidos en el anículo antes indicado vencieron en fecha I de enero de 2022, consecuentemente no es exigible a mi representada gararda alguna par¿ ¡¿ admisión de la p¡esente dernada.- Se solicita a¡¡brización para plese ar dicúmencs periciales c@ postcricidsd a la presentación de la deroada en q»licaciótr 8l afículo 317.2 del Código Procesal Civil.- Sc acompañ¡¡¡ docur¡entos.- Poder TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMIMSTRATIVO PODER JUDICIAL AVI SO Et infiascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administativo, ea aplicación del a¡tículo 50 de la Ley de esta jurisdicción. a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACf, SABER: Que a f€cha veitrtisiete (27) de octubre de dos mil veinticinco (2(125). compareció a esle JuzÉado el Abogado ISAÍAS SAIÍ)MO¡i NIETO MARTI¡{EZ. quien actua en su condición de Apoderado Legal de los seño¡es LI|IDA VIOLETA REED MARTINEZ, RINA BEATRIZ GARCIA LÓPEZ, LOURDES SOCORRO MORALES ARCHAGA. JO§É DAWD RODR-ÍGUEZ TORRES. TTECTOR SAUL CASTELLATOS ALVARAIX), AMELIA DE JESÚS MARADIAGA VILLALOBOS, ONIX ELIZABETH ORTEGA RAUDALES,, OSCAR ROLANDO TORRES MUÑOZ, RAMÓN DE JESÚS GOLDBERG LOBO Y CAROL MARCELA MALDONADO Zt NIGA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2025{0801, conha el Estado de Ho¡duras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATIIRALES Y AMBIENTE (SERNA). Pa.a que se decl¡¡e el reconocimie¡rto de una situación jurídica general, pü actuaciones de la administración pública, consisteote en.- 1. El acto presu o eo sentido negativo que denegó el reclamo administrativo presentado.2. El acto presunto en sentido D€gativo que ¡echazó el recu¡so de reposición inte¡puesto, se o¡dene a la Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), la nivelación para el reconocimiento de nivelación o reajuste sala¡ial y pagos de salarios ordinarios con base en los artículos 6 y I 12 del A¡a¡cel del Profesional del Derecho del Colegio de Abogados de Honduras desde su vigencia nivelación salarial, pago de salarios dejados de percibirdesde lapublicación en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,403, el día veinünueve (29) del mes de julio del año dos mil diecisiáe (2017), así como se ¡eco¡ozcan los pagos de aumcntos anuales de acuerdo con el índice inflaciooario establecido por el Banco Ceúh'al de Hondr¡ras y en caso de que las instituciones privadas otorguen uo auEento mayo! como lo ordena el Arancel del Profcsional del Derecho, vacaciones adeudadas, décimo tercero y decimo cuafo mes retroactivos. reconocimiento de antigüedad laboral al personal bajo la modalidad de contrato, se acredita agotamielto de la ví¿ admiaistr¿tiva, se acompañan documentos, poder, costas del juicio, pofición, ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 25 F.2026 2s F.2026 I-a Caccta RF -- 32 of 53 -- CA DE IIONDUR{S. TEGUCIG.{L irf. D 25 DE FEBR-ERO DEL2026 No. 37 I\STITUTO DE LA PROPIEDAI) CERTIFICACTÓN PARA EFECTOS Df, PUBLICACIóN El infrascrito, Registrador de Propicdad Intelectual de la Dirección Getreral de Propiedad Itrtelechd. CERTIFICA: Extracto de la Resolución r-o.2025- 796 de fecha 10 de septie¡rbre del 2025, que en su parte contundcnte dice: "VISTA: ... Pa¡a resolver la acción de cancelación por no uso del rcgisto No.l33l90 de la marca denominada "GUAI- " e! clase intemacional (31) a fayor de Ia Sociedad Mercantil ALIMEI\ToS DE CORTÉS, S.A.; acción presentada por la abogada CLARIBEL MEDINA DE LEON: en su condición de Apoderada Legal de Ia sociedad PROCESADORA CIJAGALAU DE CARNES S.A- DE C.v. (PROGCARNE); R-ESULTA PRIMERO: RESULTA SEGUNDO: RESULTA TERCD,RO: RESULTA CUARTO: RESULTA QTJINTO: RESULTA SEXTO: RESULTA SÉP'[MO: RE§ULTA OCTAVOI CONSIDERA\DO PRIMERO: CONSIDERA¡iDO SEGUNIX): CO\SIDER{\IX) TERCERO: POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO:. Declarar CON LUG.A.R, la acción dc cancelación por no uso del ¡egistro No.133190 de la marca de¡ominada "GU,{U" clase internacional (31) a favor de la Sociedad Me¡caotil ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A., acción presentadapor la abogada CLARIBEL MEDINA DE LEON en su condición de Apoderada Legal de Ia Sociedad Mercantil denominada PROCESADORA GUANGOLOLA DE CAR\ES, S.A. DE C.V. (PROGCARNE)., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal cfccto lleva esta Oficina. la marca de fábrica "GLIAU" clasc intemacional (31). vigente hasta el 09 dc junio del 2025, no ha pagado la tasa anual de mantenimiento, ni ha sido rehabilitada por supropietario, en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la n¡rca estuvo o está en uso e¡r el merc¿do o en los sectores pertiocrtes en los cuales se comercializan los productos, por lo ta¡to no le interesa conssrv¿u su ma¡s¡. SEGUNDO: Una vez ñrme la presente Resolución, extiéodase la orden de pago cor¡espondiente y mándese a p¡blica! po¡ cuenta del irre¡esado en el Diario Oñcial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayo¡ circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotacioÍes margi¡ales respectivas. De llo cumplimeotar lo precedetrte en el plazo de treinta (30) días, según lo estipulado en el Artículo 80 de ta Ley de Proccdimieato Administrativo, se caducará de oficio el cxpediente coritentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la via admi strativa, cabe contr¿ la misma sin peduicio el Recuno de Rsposición que resolverá est¿ oñcina, en el término de l0 días después de notiñcada la Resolución, el Recurso de Apelación que debeá interponeñe y fomalizarse ante el órgano que dictó la Resolución dentro de los 3 dias siguiertes, debiendo ¡emirirse los autos a la Supsrintendencia de Recursos del I$ütuto de la Propieda4 Aftículo 138 de la Ley de Procedimie¡to Administaüvo y artículo 22 de la Ley de propiedad.- NOTIFIQUESE. - (S) (F) y ABOGADO FIDEL ANTOMO MEDINA.- REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.. Tegucigalpa, M.D-C., 06 de noviembre del año 2025 ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAT 25 F.2026 B -\ isoi l-cg:rl§ l-¡ Caceta -- 33 of 53 -- R.E CA DE HOT-DURAS - TEGUCI INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFIC.{CIÓ¡i El inf¡ascrito, Re-qistrado¡ de Propiedad Intelectual de la Dirección General de Propiedad Intelectual. CERTIFICA: Extracto de la resolución No.2025/1056 de fecha diez (10) de diciembre del año 2025. que en su parte contundente diCC: \¡ISTA: RI§UL-TA PRIMMG RESULTA SGT]NDO RESLTL.TA TERCERO RESTA;IA CUARIO RES,LTA QU|NTO CONSIDER.{\DO PRIMFRO COI§¡IXR.{\DO SEGTDiDGCONSIDTRANDOTRCMOCONSDMA\DO CI,TARII} Co¡§trDMAI{Do QI]INTO CONSIDM,{\DO SDüt} C(»§IDMA\M Sfurf,\4o COI§IDMA\DO OCTA!'G FOR TAI\-I0 RESUE-I,E PRf,\tmO. Declarar CON LUGAR la Acción de Cancelación por No Uso del Registro No. I l3628, con escrito de ingreso N o.2022/000682, de fecha 25 dejulio 2022. perteneciente a la Marca de Fábricá, denominada SPECTRO. clase intemacional (01), presedada el 201010,1/05, por el abogado RICARDO ANIBAL ME IA M., quien acrua en su condición de Apoderado kgal de la Sociedad Me¡cantil SYGENTA PARTI CIPATIONS AG.. en virtud de lo siguiente: a) El Titula¡ de la Marca SPECTRO. al no ser utilizado el de¡scho de prcbar el uso en el comercio nacional. siendo que no hubieron pruebas que demosraran el uso de la marca. como tal dentro de los come¡cios en el territorio hondureño. en los tres años anteriores a la solicitud de cancelación inintemrmpidos, ni cl pago de las tasas de rehabilitación correspondientes. b) Por lo cual esta oficina se rigeporlo establecido en Ley. Articulo 108, Ley de Propiedad lndustrial, donde se maniñesta: La carga de la prueba del uso de la marca corr€sponderá al titulsr de la ¡tra¡sa.- El uso de la marca se acreditará mediante prueba documental que demuesfe que la marca se ha usado de acuerdo con lo indicado en el artículo 81. El Registro lndustrial podrá mediante i¡stucción administativa. reeular las modalidadcs probatorias del uso de la ma¡ca. toda prueba de uso de una M. D. 25 DE FEBRERO DEL 2026 No.37 marca p¡esentada para efectos dg esta ley tcDdrá valor de declaracióo jmada, siendo el titular de la marca responsable de su vencidad. b) Que veriñcado mediante nuestro sistema Industrial Propqty Adminisüation System (IPAS), se obeerva que no se rcalizó el pago de la tasa anual de rehabilitación por no uso.- SEGIJNDO: Una vez ñrme la presente Resolución, extiéfldase la o¡den de pago correspondie[te y mándese a poblicar la presente por cucnta del i¡tteresado en el Diario Ofcial L¿ Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de Registro y en la base de Datos conespondiente.-TERcERo: La presente resolución tro pone fin a la via adminissativq cab€ conüa la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado deqtlo de los diez dias siguientes a la trotificación del acto impugnado, el Recurso de Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres dias siguicntes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Re,cunos del I¡stituto de la Propiedad al dia siguiente de dicha formalización. Artículo No. 149 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto l2-99-E y Alículo 22 de la Ley de Propiedad.- CUARTO: Una vez firme la presente resolución, archívense las p¡esentes diligencias sin más tltunite... .-NoT!FÍQUESE. (S) (F) ABOGAIX) FIDEL ANTOMO MEDINA,- REGISTRO DE LA PROPIEDAD II\'DUSTRIAL. Tegucigalpa M.D.C. 06 febrero del año 2026 ABOG{)O FIDEL ANTONIO MEDINA Regist¡o de la Propiedad I¡dustrial Sccci(in B .\\ i\o\ l.(s:rlcs l-a Cacrt:r 25 F. 2026 -- 34 of 53 -- CA DE IIONDTJRAS - TEGUCICAL M, I) 25 DE FEBRERO DEL2026 No.37 PODER JI,'DICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMIMSTRATIVO República de Hondur.s, C. A. Av-§a El infrascrito, Secretario Ad-iunto del Juzgado de Leüas de lo Contencioso Adminisradvo. en aplicaciól del artículo cincuenta (50) de la Ley dc esta jurisdicción y para los efectos legales co[espoDdieDtes, IIACE SABER; Quc cn fecha nueve (09) de agosto del año dos mil veintidós (2022). comparsció aote este Juzgado el señor ARNALDO GODOY RODRIGITEZ, cn su condición personal. incoando demanda üa procedimiento especial en materia de personal, coma el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO E\ EL DESPACHO DE DEFENSA, por actuaciones del ESTADO MAYOR COILII{TO. con orden de ingreso núnre¡o 0801-2022-01010, "... impugnado un acto tricito dc carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelaciór No. J.8.M.C.0700-2022, de fccha l2 dejulio del 2022. emitido por el Sccret¡rio Cener¡l del Estado Mayor Coúju[to de lrs Fucrzas Arm¡des, generado un acto ilegal y desapegado cornpletamente & derecho por lo cual es nulo e ilegal. Se reconozca una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleoo rcstablecimiento. Reconocimiento al reintegro al puesto de trabajo de igual o mejores condicio¡es. A titulo de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde que se emirió el acto careciente de legalidad, hasta que con apego a las no¡mas se declare la nulidad del mismo. Infracción al ordenamiento juridico. cometiendo abuso y desviación de poder. Se adjuntan documentos. Poder". REPÚBLICA DE HOI\'DURAS SECR,ETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADEÚA SERVTCIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAI) AGROALIMENTARTA DIRECCTÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE IIiSUMOS AGRÍCOI,AS A\rTSO DE R.EGISTRO DE PLAGUICIDAY SUSTANCIA§ ATINES Al comercio, agroindustria y público en general y paia efectos de ky correspondiente, se IIACE SABER: Que en esta dq,€adencia se ha presetrtado la solicitud de: REGISTRO DE PLAGUICIDA. El repres€ntante o Apoderado Legal: G¡briel¡ Castro Am¡dor Actuando en representación de la empresa: AGROQUIMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PLAGUICIDA De nomb¡e comercial: GREEN CO 2,4 D 60 SL Compuesto por los €lemer¡tos: 60v" 2, +D Grupo al que pefe¡ece: Fetro¡i Clasifi cación toxicológica: I Estado Fisico: Lú¡uldo Trpo de Formulación: Concenarado Soluble (SL) Formulador y Pais de Origen: AGROQUIMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.AJCOSTA RICA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA; 434-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existao causales técnicas y/o científicas que demuestre la exist€ncia de riesgos inaceptables pa¡a la salud y el ambietrte, contatrdo para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO. para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legzl:. 14 Fitozoosa¡itaria Decreto No.l57- 94. Reglame¡to Sobre El Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la L€y hoccdimiento Administrativos. AI,AN MAURICIO MARTÍNf, Z NT.ART] T* E Z SECRETARIO ADJT;\TO 2s F.2026 .ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA". Tegucigalpa, M.D.C., m¿rtes 23 de diciembre de 2025 Ing.Fredy Samuel Raudales Jefe del Dep¡rtrmento Regulatorio de InsumoAgrículos Sccci';n B .\\isos Les:¡lcs l-a Gnccfa 2s F.2026 -- 35 of 53 -- Rf, CA DE HO)-DURAS - TEGUCI \,. D. 25 DE FEBRERO DEL2026 No.3 PODER JUDICIAL De no habe¡ quórum la hora señalada, la Asamblea se celebrará una hora después en el mismo lugar con los Accionistas que asistan. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMIMSTRATTVO Repúblicr de Hoodur.s, C. A, Tegucigalpa, U.D.C., I3 de febrero del2026 AVISO La infi:ascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de L,etr¿s & lo Co¡tencioso Administrativo. en aplicación del artículo cincucnta (50) de la Ley de esta jurisdicción y pa! 106 efectos lcg!¡es correspondientes, HACE SABER: Que ca fetüa siete (07) d. noüeñbre del año dos mil veirficinco (202fl comparci(i ante esle Juzgado la abogada ISELY MTrE AC0§TA MARIINEZ, actua{do en ca¡sa propir, i¡cmdo dema.ud! c@ orden de ingreso 0E0f-20291062E via FocediEicúo en lt¡teria de peñonal contra cl Est¡do & Ho¡ó¡r.s a tlav¿s de la SECRXTARÍA DE ESTADO f,N LOS DESPACHOS DE SALUIT, pam que se declare ta ¡ulidad del f:to administrativo consistente en el despido veóal e injuffcedo realizado el 27 de octubre de 2025. por ca¡ecer de su§ento legal. formal y procedimental; se ordene mi reintegro al c¿¡go de Asesor Legal en igual o mejores condiciones: se condene al pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su efectiva reinstalación, a titulo de ddos y perjuicios que en derecho corespondm y demás dercchoo y beneficios que se otorguen duñnte la sustanciación del juicio- Costas. A¡exos. ABC. KTVBERLY ALEXANDNA ARAUJO MONTALVAN SECRETAR¡AADJUNIA San Pedro Sula, 9 de febrero del 2026 CONSEJO DE {)MINTSTRACIÓ:'I 25 F.2026 N¡iE & Sólici!¡d: :025{7 R¡at Prc*¡rei@: 2025-0¡{7 ¡.úr dé ñisión: 7 dé ndYimbÉ de 2m5 solicitud d. Esisr.o d4: M^RCA OE r?iBX.rCA A-. T¡TUL]\R Solicita¡lc: RH ¡MPORT EXPORT. S-A- Doúi.ilio: AVENIDA ru^N LINDO, CpLO¡\¡¡A PALMR^. TEGUCIGAIPA. M.D.C..CP lll0r,HordÚa, B. PR.IORIDAT': C.- TIPIO DE §IGNO DTSTINT¡VO: Mi¡ra I'.- AP'ODER DIO LEGAL VICTOR¡A AIFJANDRA RAMOS ESTRADA E.- CLASE IN'IER!{ACIONA L (3' E- ESPECIITCACTONE§ DE I-,/I DE¡¡OMINACTóT! PN{CEE MANCEA G.- t¡ qB s. po!. a cwióiáro prúbli@D@ debs ü l.t6dt pondi.rÍ¿ ,{.tíolo 8Ed.Lt y dG P.opi.ilád ¡odGEi.l MARIALIDIAPAZ SALAS RcSistrc dc la Prcpicüd Ind¡lnial L<F.12y21ll2026 I,A EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRTIFICAS No es respo¡s¡ble del co¡te¡ido de ¡¡s public¡cio¡es, en todos los c"aoa t. -¡a" es frel coú cl origiDal que rccibimos p¡r¡ el propósito. frtche nrilcHrE. k .rv8 / Limih.tor6: S. pñtea. l. ddoúiúcióD "PINCHE MANCHA" y l¡ ap.ncocia de la etiqú.l, s su coljqlo sin <t{ Foieció¡ . los téEims por J.- P.ñ Dkdl8ülr y PEi.!rr: Pr páeior6 FF blá¡C¡¡@, j.b@§ FE kv{ plaros tero E prEsr¡ción liquida otu e,¡id¡: dcicrgdte d polvo y liquido. &sriúdo ¡l larádo dc op. y limpi.z dc ary.ri.idi d@ pd u5o doúésti.o, es?esifcáñaÍe pe la d€sinf@ció. y ¡iryi@ & rcp( urtuiliG y áE$ dcl hogac prodúclB dc9r¡zsLi c¡ divM p6cnucioD6, utilt¡dos p¿¿ el;ñir,. B¡e 6 c@iG, ú6ilioi él@rodomésri.6: pEp.tui(rc p.r¿ limp¡ü, pulir. dcaaE,¡s y 6pd (!r!paBci@6 r!EiE): jábon ! dé l¡ .le 3. 25 F. n26 INYERSIONES Y SERVICIOS PAZEL, S.A. DE C.V. 3'Avenida N.O. No.65 S¡n Pedro Sula, Ilonduras, C.A. CONVOCATORIA I-\..VERSIONES Y SERVIOOS PAZEI. S-.4.. DE C.\:. por este medio, CO\!'OCA a susAccionistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. qUC tendrá lugar el dia jueves 05 de Ea¡zo del año 2026, a partir de las 10:00 de la maian4 en sus oñcinas localizadas cn la 3cra. avenida, €ntre 9 y l0 calle. Ba¡rio Las Acacias, San Pedro Sula. para tratar asuntos contemplados en el Articulo 168 del Código de Comercio. S((ción B \r iro\ LLgIlc§ L, Gacct¡ -- 36 of 53 -- I -:¡ Cxccta Sssción B .\ri{os l-cg:¡l RE TELE¡'IINKEN G.- DE HONDUR,{S - TEGUCI M. D. 25 DE FEBRERO DEL2026 )io.3 079 Marcas de Fábrica N,tr¡erc .h Soücil¡¡d: 2025-66óE Feh¡ d. PÍEgt*ión: 2025- l0¡9 F@h. d.disi@: ¡ ? d. mvidbÉ d,e 2025 solicitud d€ EsisEo d.: MARCA DE rÁBR¡CA A"- TITU¡-AR sol¡cit¡¡tc: TELEFUNKEN lic€i,§ GñbH D6¡.üo: BúLdn.itF L¡ftb¡re 101- D-6O125 FÉrt6ú ú M.i¡ Atmdii 4.. PR Onlrrdr: C.- TIPIO I'E SIGN() DI§TIñTM: Múr. D.. APODERAI'O LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍ¡¡ 8.. CLASE ¡NTERNACIONAL (9) F.- FspEcrFrcacloNEs DE LA DENoM|NACTóN H.- R*nú / Lhirr.lr&r: J.- P.r. D¡.üag!üI PrcieE.r: ApaÉro!. cqúipos y disposnivor par¿ la gabrción- la hnsmisión, Ia É¿iofusión. .l alMc.nami6io. lá Bep.iór la edición, el func'onañie¡ro y1o I¡ lepñducc'ón de $nido. música. ri<teos. p.li.u¡6. \oz. dat6, forG. . mágd6: ¿paÉros ¡u¿o¡isú16: .quipos áudiorisü,.s t foroenincosl a.ccenos y pa¡és de apadtos ¿udio!*ulcs: cquipos álmc.mmi.¡io: meúi. USB: D\¡Di CD: spor6 pe srabac,ones sonoÉs: disposiiivos d. aud¡o y ree¡núB d. Bdioi Íaúsñisor€s d. s.ñales de audro. .«.prorcs de scñál.s dc audioj E¡liosr Ec@rores de Édroi hnsniercs de mdro: apú.ros .r@fi.rcos; 6té¡eos Frtf es; n,Íóronos: pa¡res ! ...csoños pe m'.¡óforos: 'úlrjq epoñes, liD¡l.s r 6tuch.s paÉ mic.ófo¡os: c.bls pañ m,c¡oloñ!: .ü¡,§c.+ b.ms de .{rib; cprcdu.rorcs d. cercs I r¡d¡o: caj6 .b ohdá dtrat¡: reF!ü¡dorcs de .¡¡dir: cascos aúiculñ: dGpos¡tllos dc.ro¡r!. dc ¡rrcÉn¡FE lá r¡¡dioóú y sotrid. dc lelevsión: aunculüq ¡ligosnnr. .lccIroacúrid; t!ñE dórcs . t¡a¡$isorcs de !.úalcs d. ¡¡¡lio; dirpo.it¡vos de dérs cl(E@c,isricos: sr¡lo¡i"¡dorEc riliñiz¡¡orcr ¡¡. r.d¡r: t¡¡tú c¡c.r¡rúi.6 (adio , B,lo)r ¡ubos pra pródúctG ¡L t lcvsrón. ¡rcüEtos .L edÁ ilrrfúo'os úusrcales yo ampl¡lic..¡tB: .úvÉlrdoEs: úyd,dlc de CC/CA: op¡¡licadores: prcámpliñÉdeB: .tn¡liñcador6 & poic¡ciá: cqu¡pos ¡üdiovnuales r foto8ni.6cos: apaños de.i3ñú dc to.á¡izc¡{h po¡ stól¡tc IOPS): equipo. y apdos d. ñav.gación, ori.úr.ció¡, r.tfto, scgrimienro y cañoeüfia: apar.tos d. regul¿ción y conkol i instn¡rE rot llodasicos: apaÉtos eñuhimed iai disposnivos !{ !kualización; monrtorcsi rcloier§: apáBros de teleüs'óh: acccenü pm rcle\ i{rcsi cauipos de ¡elerrsión: sporres rl. monraje dc p.rcd pM moniio.6 dc releusón: mo¡tajñ y eporrs pe apr¡los ¡údioisuldi placs ñ.dñ de relersió¡i F smisÉs y r..ep¡ure\ de ¡elerriron y d. \rdñ: pdD'lá( d< pm)frción. proyer¡orcs. r¿ñoné proy*ior.si sinlonizadorcs dc videor ápa¡aros d. cin. y \ide: ánl.lasi lélñ d. 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É$l¿cióD o cdhl de l. cleútcidad. l. ü!h y/o b lotcei. .¡é.r.ic.: áp.r¡ror y.quir6 tE shinúuo dc Eergi. i¡l.@ o.¡tm; tEÉfoma.ioG; est cio¡6 dc hBfonnádo6: prc|.cro6 d,e pic6 d. rdsió¡ y ebÉr.B¡ón: comut dor6 [dtr6]i sbl.c de sEdi cablGi á&pl¡dGj clavlú y fthufB elÉEicosi ¡p@t6 pr¡ ¡a ¡nv6tig&ió. ciúdnc¡ y de l.borarorio. .per.r edeativos y siñuladoG; cqúipos y ¿petos d. ldeonuieioGi cquipos y ¡panrc d. comúi@ió¡ por .¡dioj equipos d. pmr$idto & .taros y s etunc (.1écúic6 y Feá¡icos): cquiFs & cmuj@id6. cquipG pqÉ @dúro.ioÉ p@b 3 p@b, &(tsiG p¿n equipos dc co6úi@ióü ¡pdt6, équpc y dispcilivB d. infollÚiú ltulógie: rcléfo¡os. tddoM cclul¡6, tel€loes i¡t.ligotG y -ccs!o. paE 16 misúo3: dispcirivos & cohuni.¡.iór itul¡rbric!: itusmisoB y/o r.c.plo.¿¡ tele6tric6: trosmim dé s.ñ¿1.3 ¡lc áudio; téléfonos y ñoúito6 püa l¡ vigi ldci¡ de hébés, €n cocreio, d8F5i¡iB y 3i3r.t@ p.¡r .$El¡¡ a dlr@i. !6 $0¡¡!6 oitidG !o. u b.bé; I.mi¡¡Lr d. rúdi@lae; dispóGirivor & ñÉitn y rc..pción pu *ñ¡|ca dc Edio; Edin!-¡lsmis¡É; diiDosniv6 & á.liconEol; d6@di6c¡<loc; !rñto3 & Édio (poróril6); .p¡r¿t6 y di?6inr'6 dc @úúi.&ió¡ por ñdio; ápet6 ndiorelegráfcoc: 3p¡Eros Édiot ¡efóúicos: apoatos dc alr¡ y b¡ja fieucncia Eúa6iffi y c.p(q§ frclccoDuie.i,rñli ¿pdlos , si5rs6 d€ E t¡¡: diT.alivos d. ¡lguimioto: i¡tmploBi cmdú .l(róni6; $flrre; prolms ir&@licor: ümidbs i,i dcm[o d. progñtu i¡