VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 404-2013 | 3 de marzo de 2026 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 37,084

Diario Oficial la Gaceta

Considerandos

  1. 1.Aprobar, como consecuencia de los cálculos descritos en el presente acto administrativo, un ajuste al costo de generación resultando en un valor de 4.65 HNL/kWh a trasladar a la tarifa transitoria del usuario final de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en el Municipio de Guanaja, conforme con lo que manda el artículo 21 letra A de la Ley General de la Industria Eléctrica.
  2. 2.Aprobar el Costo de Generación previsto de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en el municipio de Guanaja para los meses de febrero, marzo y abril de dos mil veintiséis (2026) por un valor de 4.54 HNL/kWh.
  3. 3.Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria transitoria para la facturación que debe practicar la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a sus usuarios finales en el Municipio de Guanaja a partir de la fecha publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: -- 6 of 7 --
  4. 4.Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 literal D romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo.
  5. 5.Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. RAFAEL VIRGILIO PADILLA PAZ WILFREDO CÉSAR FLORES CASTRO LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ P á g i n a 5 | 6ACUERDO CREE-11-2026 Eléctrica (ENEE) en el municipio de Guanaja para los meses de febrero, marzo y abril de dos mil veintiséis (2026) por un valor de 4.54 HNL/kWh.
  6. 6.Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria transitoria para la facturación que debe practicar la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a sus usuarios finales en el municipio de Guanaja a partir de la fecha publicación en el diario oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente:
  7. 7.Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 literal D romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo. SERVICIO Cargo Fijo Precio de la Potencia Precio de la Energía HNL/abonado- mes HNL/kW- mes HNL/kWh Servicio en Baja Tensión 78.08 6.7843 Servicio en Media Tensión 100.00 513.1138 4.7035 SERVICIO Cargo Fijo Precio de la Energía HNL/lámpara-mes HNL/kWh Alumbrado Público 112.03 7.8496 -- 7 of 7 --

Articulos

Articulo 2

y 3 de la Ley Especial para Garantizar el Servicio de la Energía Eléctrica como un bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social; artículos 155, 156 y 157 del Reglamento de Tarifas vigente y demás aplicables; artículo 4 y demás aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica; Acuerdo CREE-42-2025 de fecha 11 de abril de 2025, por unanimidad de votos de los Comisionados presentes, Acuerda: PRIMERO: Aprobar, como consecuencia de los cálculos descritos en el presente acto administrativo, un ajuste al costo de generación resultando en un valor de 4.65 HNL/kWh a trasladar a la tarifa transitoria del usuario final de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en el Municipio de Guanaja, conforme con lo que manda el artículo 21 letra A de la Ley General de la Industria Eléctrica. SEGUNDO: Aprobar el Costo de Generación previsto de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en el municipio de Guanaja para los meses de febrero, marzo y abril de dos mil veintiséis (2026) por un valor de 4.54 HNL/kWh. TERCERO: Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria transitoria para la facturación que debe practicar la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a sus usuarios finales en el Municipio de Guanaja a partir de la fecha publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: -- 6 of 7 -- CUARTO: Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 literal D romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo. QUINTO: Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. RAFAEL VIRGILIO PADILLA PAZ WILFREDO CÉSAR FLORES CASTRO LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ P á g i n a 5 | 6ACUERDO CREE-11-2026 Eléctrica (ENEE) en el municipio de Guanaja para los meses de febrero, marzo y abril de dos mil veintiséis (2026) por un valor de 4.54 HNL/kWh. TERCERO: Aprobar un ajuste a la estructura tarifaria transitoria para la facturación que debe practicar la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a sus usuarios finales en el municipio de Guanaja a partir de la fecha publicación en el diario oficial “La Gaceta”, de conformidad con la tabla siguiente: CUARTO: Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 literal D romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo. SERVICIO Cargo Fijo Precio de la Potencia Precio de la Energía HNL/abonado- mes HNL/kW- mes HNL/kWh Servicio en Baja Tensión 78.08 6.7843 Servicio en Media Tensión 100.00 513.1138 4.7035 SERVICIO Cargo Fijo Precio de la Energía HNL/lámpara-mes HNL/kWh Alumbrado Público 112.03 7.8496 -- 7 of 7 --

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