VigenteCategoria: Transporte
15 de octubre de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,664
2023-STLCC-OCTUBRE
Considerandos
- 1.Que de conformidad al artículo doscientos cuarenta y siete (247) de la Constitución de la República de Honduras, los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que de conformidad a lo establecido en el artículo trece (13) de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República puede crear comisiones integradas por funcionarios públicos (...).
- 3.Que de conformidad a lo establecido en el artículo treinta y seis (36) de la Ley General de la Administración Pública, en el numeral ocho (8), los Secretarios de Estado tienen las atribuciones y deberes comunes de emitir los acuerdos y resoluciones de los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado en estos actos, será autorizada por los respectivos Secretarios Generales.
- 4.Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. -- 1 of 5 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 5.Que, en el Decreto Ejecutivo PCM-05- 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición No. 35,892 de fecha seis (06) de abril de dos mil veintidós (2022), en su Artículo siete (7), se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura. Esta Secretaría contará con dos Subsecretarías: 1) Subsecretaría de Obras Públicas y, 2) Subsecretaría de Transporte. Y, además, se le otorgan las atribuciones y competencias de la Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H), así como, los programas y proyectos pasarán a formar parte de esta Secretaría de Estado, con excepción de lo relacionado al sector salud y el sector agro.
- 6.Que en el artículo ocho (8) del Decreto Ejecutivo PCM-05-2022, se establece que, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), deberá designar a un liquidador para el programa de Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H) con amplios poderes de decisión para cancelar las obligaciones derivadas de las funciones administrativas y de personal que haya suscrito de la Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H) respetando los objetivos y alcances de los convenios de crédito y donaciones internacionales. Al finalizar el proceso deberá presentar el correspondiente informe financiero a la Secretaría de Finanzas. El Inventario de Compras relativas a Salud que realizó a través de INVEST-H, deberá ser trasladado a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Las obligaciones derivadas de las acciones de INVEST-H que no puedan ser liquidadas por problemas legales, después de realizado su análisis, se notificará al Ministerio Público.
- 7.Que en el Artículo veintiuno (21) numeral doce (12) del Decreto Ejecutivo PCM- 05-2022, se establece, Suprimir a la Inversión E s t r a t é g i c a / M C C - H o n d u r a s ( I N V E S T - H ) .
- 8.Que en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. PCM 11-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición No. 35,913 de fecha tres (03) de mayo del dos mil veintidós (2022), se establece Trasladar el inventario de los suministros y bienes materiales existentes en las Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes Especiales, Gabinetes Sectoriales e Institutos y Direcciones que han sido suprimidas a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE), de igual forma los bienes muebles e inmuebles y archivos de documentos en físico y digitales. Se instruye a la DNBE para que proceda a realizar las operaciones necesarias del descargo y registro de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, suministros bienes materiales y tomar las medidas necesarias para su aseguramiento, conservación y finalmente reasignar los activos a las entidades que los -- 2 of 5 -- requieran. En el caso de aquellas Instituciones Públicas que se suprimen y se crean otras que absorben como parte de sus funciones y responsabilidades la prestación de servicios públicos similares a satisfacer, deberá la DNBE asignarlos a la nueva Institución que corresponda, los bienes muebles e inmuebles y archivos de documentos en físico y digitales.
- 9.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 11-2024 de fecha tres de enero del año dos mil veinticuatro, publicado en Diario Oficial La Gaceta el día 16 de enero del año 2024, se nombró al Ingeniero OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES, en el Cargo de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT).
- 10.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0401-2024 de fecha veintinueve de julio del año dos mil veinticuatro fue nombrado el Abogado JOSUE DANIEL VILLASEÑOR PADILLA en el Cargo de Oficial Jurídico I de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a partir del primero (01) de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
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