Secretaría de Defensa Nacional, Diario Oficial la Gaceta
Considerandos
- 1.Que de conformidad al artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde a la Presidenta de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y emitir acuerdos y decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.
- 2.Que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo corresponde al Poder Ejecutivo expedir los Reglamentos de la Administración Pública, salvo disposición contraria de la Ley.
- 3.Que mediante Decreto No. 62-2023 se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024 y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 266-2024 se aprueba su Reglamento.
- 4.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 47 establece que las personas que presten sus servicios en las instituciones de la Administración Descentralizada o Entes Desconcentrados, bajo cualquier modalidad, deben percibir o devengar salarios acordes a los empleados y funcionarios de igual categoría y jerarquía en la Administración Central. Igual medida se debe aplicar a los nuevos puestos de trabajo en cualquier institución pública.
- 5.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, se estableció en su artículo No. 64 que cuando se creen plazas o se realice cualquier acción de personal administrativo de la Administración Central y Desconcentrada, debe seguirse el procedimiento a través del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH). En caso del personal docente del Despacho de Educación debe hacerse a través del Sistema de Administración de Recursos Humanos Docentes (SIARHD). Previo a iniciar el proceso se debe contar con la estructura de puestos y el presupuesto -- 1 of 44 -- EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL asignado, que deben ser confirmados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a través de la Dirección General de Presupuesto. La estructura de puestos será generada por el órgano competente en materia de recursos humanos de los empleados bajo el régimen de Servicio Civil según corresponda y previo a la creación de nuevos puestos en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios Básicos, el órgano competente en materia de recursos humanos de los empleados bajo el régimen de Servicio Civil debe proceder a la clasificación de los puestos.
- 6.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 68 instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia y a través del órgano competente en materia de recursos humanos, regule la organización y administración del recurso humano y su efecto presupuestario, en atención a los lineamientos establecidos en la Política Presupuestaria para el presente ejercicio fiscal.
- 7.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 85 establece que las contrataciones podrán ser suscritas cuando las labores asignadas no puedan ser realizadas por el personal regular o de carrera (permanente) y no deben exceder los doscientos (200) días al año, para evitar problemas de financiamiento a la institución.
- 8.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 245 establece que las modificaciones a la estructura de puestos en las instituciones de la Administración Central y Desconcentradas dictaminadas por el órgano competente en materia de recursos humanos u otras regidas por Leyes Especiales, deben ser autorizadas mediante Resolución Interna de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), estas modificaciones deben ser financiadas con el presupuesto aprobado a cada Institución.
- 9.Que en las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en su artículo No. 249 establece que las modificaciones de la Administración Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada que sean autorizadas, deben actualizarse en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios o su equivalente. Si se encuentra en proceso cualquier modificación de estructura de personal relacionada con plazas vigentes o por crear, en tanto no se haya finalizado y aplicado en el Anexo Desglosado de Sueldos y Salarios de la Institución, no se podrán ocupar las plazas, por lo que la efectividad del nombramiento se producirá con fecha posterior a la finalización del proceso… La contravención de este artículo se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la presente ley.
- 10.Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 20, que para la fijación de sueldos se tomarán en cuenta, dentro de las posibilidades financieras del Estado, las modalidades de cada trabajo, los sueldos que prevalezcan en las actividades privadas en los puestos análogos y los demás factores que tengan relación -- 2 of 44 -- directa con una retribución justa, que permita al servidor subvenir a sus necesidades normales y las de su familia en el orden material, moral y cultural.
- 11.Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 39, la Dirección General de Servicio Civil desarrollará el sistema de clasificación de cargos para las Secretarias de Estado y efectuará la valoración de todos los puestos que conforman el Régimen de Servicio Civil en coordinación con la Secretaría de Finanzas (SEFIN); Asimismo, prestará asistencia técnica a los órganos desconcentrados para la preparación de sus propios sistemas y en la valoración de los puestos y preparación de las escalas salariales las que una vez preparadas deberán ser aprobadas por la Dirección General de Servicio Civil para las demás dependencias del Gobierno Central, el desarrollo del sistema de clasificación, valoración y ordenamiento de puestos, será competencia y responsabilidad de la Dirección General de Servicios Civil.
- 12.Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 en su artículo No. 49, establece que las políticas de remuneración de los servidores públicos serán determinadas en coordinación con la Secretaría de Finanzas (SEFIN)
- 13.Que el Reglamento de la Ley de Servicio Civil aprobado mediante Decreto Legislativo No. 126-1968 establece en su artículo No. 53, para los fines de la política de remuneraciones, la Dirección General de Servicio Civil, definirá los grupos y niveles de contenido organizativo de las dependencias del Gobierno Central, debiendo contar para ello con la debida colaboración y apoyo de cada una de las entidades por medio de las Sub-Gerencias de Recursos Humanos.
- 14.Que el Decreto Ejecutivo No. PCM-039-2023 de fecha 08 de septiembre del año 2023 en su artículo 1 decreta: “Suprimir la Dirección General de Servicio Civil y crear la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), como un ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, con independencia funcional, técnica y administrativa y con personalidad jurídica propia. La Administración Nacional de Servicio Civil, (ANSEC) asumirá todas las facultades y competencias que correspondían a la Dirección General de Servicio Civil, y será la responsable de la aplicación de la Ley de Servicio Civil y su Reglamento”.
- 15.Que mediante el artículo 5 del Decreto Ejecutivo 39-2023, se establecen las atribuciones del Secretario Ejecutivo de la Administración Nacional de Servicio Civil: 1) “Regular el ejercicio de la función pública y la relación laboral entre el Estado y los servidores públicos sujetos al Régimen de Servicio Civil, contribuyendo a la modernización permanente del Estado a través de políticas de gestión y desarrollo del capital humano que se desempeña en la Administración Pública, en aplicación de la Ley de Servicio Civil. 2) Garantizar una administración y gestión del capital humano en las dependencias de la Administración Pública, basada en la meritocracia, la igualdad de oportunidades y la transparencia entre otros 4) Prestar asesoría en materia de manejo de personal, a las instituciones que se encuentren bajo el Régimen de Servicio Civil, así como a otras instituciones estatales sujetas a Regímenes Especiales”.
Articulos
Articulo 1
Reformar por adición el Acuerdo No.266- 2024 contentivo del Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República 2024, capítulo 4 Ejecución Presupuestaria de los Egresos, al cual se le adicionará el artículo 17-A, 17-B y 17-C los cuales se leerán así: Artículo 17-A. – De conformidad con lo establecido en el artículo No. 85 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024, en el que se prohíben las ampliaciones por modificaciones presupuestarias para el subgrupo 12000 personal no permanente, debiendo limitarse todas las instituciones, a las asignaciones y montos aprobados en su presupuesto por lo que las contrataciones podrán ser suscritas cuando las labores asignadas no pueden ser realizadas por el personal regular o de carrera (permanente) y no deben exceder los doscientos (200) días al año para evitar problemas de financiamiento a las instituciones. Para lo cual las instituciones del Sector Público deberán cumplir con los siguientes lineamientos: 1. El personal contratado bajo el subgrupo de gasto 12000, únicamente podrá estarlo por un período no mayor a doscientos (200) días. 2. En los casos que las instituciones del Sector Público que requieran que el personal contratado continúe prestando sus servicios a la institución para su normal funcionamiento y que cumplan con los requisitos establecidos con base en las competencias, habilidades, destrezas, méritos académicos, probidad e idoneidad, para ser nombrado en un puesto de forma permanente deberán realizar las siguientes acciones: a) Revisar en su Anexo Desglosado de Sueldos los puestos vacantes para que el personal por contrato pase a la modalidad de personal permanente. b) En el caso que los puestos vacantes no estén acordes a las funciones y responsabilidades que va a desempeñar el personal por contrato a nombrar, estos puestos deberán someterse previamente ante esta Secretaría de Estado a una gestión de modificación de estructura de puesto (Reasignación) o en su defecto se podrá realizar creación de puestos por fusión de dos o más puestos vacantes y tendrán que generar al menos un ahorro del 30%. S e e x c e p t ú a n , a l a s i n s t i t u c i o n e s descentralizadas en la reasignación de funciones y renombramiento de plazas que no impliquen cambios en el monto de la plaza. c) De requerir la creación de puestos para el nombramiento del personal que está por contrato, la institución deberá solicitar ante esta Secretaría de Estado las creaciones de puestos permanentes con base a la disponibilidad presupuestaria que acredite la sostenibilidad del financiamiento en el tiempo. 3. Las modificaciones de estructura de puestos deben ser financiadas en su totalidad con el presupuesto aprobado a cada institución. 4. En la realización de las gestiones administrativas descritas en el numeral 2 del presente Reglamento, la -- 4 of 44 -- institución deberá darle cumplimiento a lo establecido en los artículos 46, 47, 49, 50, 52, 54, 55, 64, 245, 247, 248, 249 y 250 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2024. 5. Para el trámite de las modificaciones de estructura de puestos (Reasignaciones y creaciones) descritas en el presente Reglamento, deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación de respaldo: a) Disponibilidad financiera y presupuestaria propuesta para financiar la creación de los puestos en el presente ejercicio fiscal. b) Se debe acreditar la sostenibilidad del financiamiento de las creaciones de los puestos en el tiempo (Siguiente año). c) Dictamen emitido por la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), en los casos que corresponda. d) Presentar en formato Excel y en físico el detalle de los puestos a crear, fecha de efectividad (Día hábil), salario mensual, impacto presupuestario mensual y anual para el presente ejercicio fiscal en el que se debe tomar como referencia la fecha de efectividad, desglosado por objeto del gasto (Sueldos, colaterales y aportes patronales), según el Régimen Especial que corresponda. e) El Anexo Desglosado de Sueldos 2024 de la Institución aprobado a la fecha. f) El descriptor completo de los perfiles de puestos a crear (Información de las responsabilidades, requisitos para optar al puesto y ubicación en el organigrama). g) Estructura presupuestaria donde serán ubicados los puestos en formato Excel que incluya el sueldo mensual. h) FMP-04 en el que se detallan las estructuras presupuestarias a incrementar y disminuir. Debe contener montos enteros (Sin decimales), firmado por la Máxima Autoridad de la institución, Gerente Administrativo, Subgerente de Presupuesto y Subgerente de Recursos Humanos o sus equivalentes. i) P a r a e l c a s o d e l a s I n s t i t u c i o n e s Descentralizadas, se solicita adjuntar la Certificación del Acta o Resolución emitida por la Junta Directiva o su equivalente. 6. Todo personal que desempeñe funciones administrativas o técnicas y que su pago salarial sea imputado en el objeto del gasto 12200 – Jornales, se les debe crear el puesto tomando en consideración lo siguiente: a) Competencias, habilidades, destrezas, méritos académicos, probidad e idoneidad, para nombrarlo bajo la modalidad de permanente. b) Que sus labores sean contratadas de enero a diciembre y que se requiere que continúen para los años siguientes. 7. La creación de puestos permanentes no aplica para: a) Los jubilados que estén contratados bajo cualquier modalidad. b) Los servidores públicos que como consecuencia de su cancelación o cesantía hayan demandado judicialmente al Estado, a través de cualquiera de sus instituciones y que laboren bajo la modalidad de contrato en cualquier institución -- 5 of 44 -- del Sector Público. Solamente en caso de que retiren la demanda en contra del Estado. c) Los servidores públicos que tengan interpuesto un reclamo administrativo o hayan demandado judicialmente al Estado a través de cualquiera de sus instituciones y que laboren bajo la modalidad de contrato en la institución donde interpuso el reclamo. d) Personal que es contratado por el objeto del gasto 12910 – Contratos Especiales, cuyo servicio no debe ser mayor a 90 días y que fueron contratados para cubrir licencia por enfermedad, maternidad, becas, licencias remuneradas, así como casos especiales para cubrir declaratorias de emergencia, levantamiento de encuestas y otros casos que de acuerdo con el tipo de operatividad de la institución sea necesaria su contratación en un período no mayor al que estipula esta modalidad de contratación. e) Personal que está bajo la modalidad de jornales (Objeto del Gasto 12200) que no se requiera que preste sus servicios de enero a diciembre, aunque sus servicios sean requeridos en los siguientes años (Contrataciones por temporadas). f) Personal que realiza labores de jornal y que sus labores se requieran durante todo el ejercicio fiscal, las cuales no se consideran administrativas y técnicas. g) Personal que está contratado y el financiamiento de su salario se encuentra bajo una categoría programática de proyectos, independientemente de la fuente de financiamiento. h) Personal que está contratado y su salario es financiado con fuentes externas y crédito y donaciones internas (Fuente 13 y 14). i) Personal que es contratado y pagado con los recursos que se perciben mediante las cuotas que pagan las empresas acogidas al Sistema de Regímenes Especiales (Aduanas). j) Personal que para optar a una plaza previamente se requiere que pase por un proceso de concurso (Estatutos), en vista que deben cumplir con el debido proceso. k) La institución que evidencie que no cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria para cubrir el financiamiento de las cuotas patronales, vacaciones para los siguientes ejercicios fiscales y la sostenibilidad en el tiempo, dado que de crear los puestos pondría en precariedad el normal funcionamiento y cumplimiento de la prestación de sus servicios. Siempre y cuando haya creado los puestos estrictamente necesarios según su estructura orgánica, para el cumplimiento de las funciones de su mandato. l) El personal del Programa Hondureño de Educación Comunitaria (PROHECO), en vista que se encuentran en un proceso progresivo de creación de puestos y nombramientos. m) Personal que esté con licencia no remunerada de una institución del Sector Público y que está laborando en otra institución del Estado, a menos que renuncie a la plaza que tiene en propiedad. -- 6 of 44 -- n) Personal que labora en el Servicio Exterior en las Embajadas y Consulados como contrato local. Artículo 17-B. Quedan exentos de lo establecido en el artículo 17-A del presente Reglamento, el personal que labora bajo la modalidad de contrato y que son pagados por el Subgrupo 12000 (Personal No Permanente), los que podrán ser contratados por un período mayor a 200 días, los siguientes: a) Los que trabajan en programas o proyectos que no son de carácter permanente, es decir los que trabajan por tiempo determinado, por ejemplo: el Programa Nacional de Reducción de Pérdidas (PNRP/ENEE), el Programa de Reforestación Padre Andrés Tamayo, Comisiones Interventoras, personal encuestador y otros de similar condición. b) Los empleados jubilados de cualquier institución del Estado, que se encuentran contratados con fondos nacionales o externos a través del subgrupo 24000 para realizar consultorías o subgrupo de gasto 12000. c) Personal no permanente que realizó y aprobó pruebas de confianza, como requisito ineludible para desempeñar sus labores. d) Personal que esté con licencia no remunerada y que está laborando en otra institución del Estado. e) Personal que labora bajo la modalidad de contrato local en el Servicio Exterior. Estos lineamientos servirán de referencia de aplicación en las instituciones del Sector Público que tienen rango constitucional de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria. De requerir asistencia técnica para la realización de las gestiones vinculantes a la creación de los puestos o de tener consultas sobre los lineamientos indicados en la presente Reglamento, se recomienda avocarse a la Dirección General de Presupuesto (DGP) o Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC) según sea el caso. Artículo 17-C. Se ordena a todas las instituciones del Sector Público, gestionar las creaciones o reasignación de los puestos de sus instituciones las cuales deberán estar creadas en el término de los 200 días del inicio de cada contrato, para lo cual deberán realizar las siguientes acciones: 1. Gestionar el dictamen de creación de puestos ante la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), para los puestos bajo el Régimen de Servicio Civil. 2. Presentar ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la solicitud de autorización de creación o reasignación de puestos, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación: a. Dictamen emitido por la ANSEC, para los puestos que están bajo el Régimen de Servicio Civil. b. Para las Instituciones del Sector Descentralizado se solicita adjuntar la Certificación del Acta de aprobación de creación de puestos emitida por la Junta Directiva. c. Disponibilidad financiera y presupuestaria para financiar plazas creadas. -- 7 of 44 -- d. Proyección de la sostenibilidad del financiamiento de las creaciones de los puestos para el siguiente año. e. Presentar en formato Excel y en físico el detalle de los puestos a crear o reasignar, fecha de efectividad (Día hábil), salario mensual, impacto presupuestario mensual y anual para el presente ejercicio fiscal en el que se debe tomar como referencia la fecha de efectividad, desglosado por objeto del gasto (Sueldos, colaterales y aportes patronales), según el régimen especial que corresponda. f. Anexo Desglosado de Sueldos vigente del año 2024 de la Institución aprobado a la fecha. g. Descriptor completo de los perfiles de puestos a crear (Información de las responsabilidades, requisitos para optar al puesto y ubicación en el organigrama). Solamente aplican para los puestos fuera del Régimen de Servicio Civil. h. Estructura presupuestaria en digital donde serán ubicados los puestos en formato Excel que incluya el sueldo mensual. i. FMP-04 en el que se detallan las estructuras presupuestarias a incrementar y disminuir. Debe contener montos enteros (Sin decimales), firmado por la Máxima Autoridad de la institución, Gerente Administrativo, Subgerente de Presupuesto y Subgerente de Recursos Humanos o sus equivalentes.
Articulo 2
La presente reforma entrará en vigor el día de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO ________ Empresa Nacional de Artes Gráficas FE DE ERRATA En la edición del Diario Oficial La Gaceta número 36,554 de fecha siete 07 de junio del año dos mil veinticuatro (2024), fue publicado EL ACUERDO NÚMERO 175-SEP-2024, de fecha 27 de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), por un error involuntario en la página A.3 en el ordinal primero se escribió el nombre del ciudadano, FRANCISCO JAVIER VARETA SALGADO siendo lo correcto FRANCISCO JAVIER VARELA SALGADO. LA GERENCIA -- 8 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Sección “B” Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional Nº LPN-001-2024 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESTUDIO DE IMAGEN POR RESONANCIA MAGNÉTICA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a participar en la Licitación Pública Nacional Nº. LPN- 001-2024, a presentar ofertas selladas a las empresas para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESTUDIO DE IMAGEN POR RESONANCIA MAGNÉTICA PARA PACIENTES DEL HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fonlos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional No. LPN-001-2024 establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el Sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C. de 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. a partir del día viernes 14 de junio de 2024, previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de Trescientos Lempiras Exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS No. Banco Credomatic, cuenta N.730440861. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn) y en el portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn). Para preguntas, consultas, aclaraciones o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras por lo menos 20 días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en Salón de Sesiones del Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM), Tercer piso, Barrio Abajo. Tegucigalpa, M.D.C.. Honduras C.A. La hora límite de presentación de oferta será hasta 10:00 a.m. del día miércoles 24 de julio de 2024, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las (10:15 a.m.) de la mañana. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el 2% del monto de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., junio de 2024. Toda oferta presentada fuera de tiempo, será rechazada. DRA. YADIRA YAMILETH ALVAREZ MORENO Directora Ejectiva, por ley Instituto Hondureño de Seguridad Social 28 J. 2024 -- 9 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad C E R T I F I C A C I O N El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual, CERTIFICA la Resolución No.2024/287 de fecha 15 de marzo de 2024, la que en su parte contundente dice: DIRECCION GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPARTAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 15 de marzo de 2024. VISTA: Para resolver la acción de nulidad No. 2022-000539, presentada en fecha 01 de junio del año 2022, por la abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil. denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.6637 del nombre comercial denominado DOTERRA. Propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. RESULTA PRIMERO.... RESULTA SEGUNDO .... RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO.... RESULTA QUINTO .... RESULTA SEXTO.... RESULTA SEPTIMO.... CONSIDERANDO PRIMERO.... CONSIDERANDO SEGUNDO.... CONSIDERANDO TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSIDERANDO QUINTO.... CONSI- DERANDO SEXTO.... CONSIDERANDO SEPTIMO.... CONSIDERANDO OCTAVO.... POR TANTO.... RESUELVE PRIMERO: declarar CON LUGAR la solicitud de nulidad No. 2022-000539, presentada en fecha 01 de junio de 2022, por la SARAHI CRUZ RAUDALES, actuando en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil denominada DŌTERRA HOLDING LLC, contra el registro No.6637 del Nombre Comercial denominado DOTERRA, propiedad de la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL. En virtud que en ninguna de las etapas del proceso compareció la seíiora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL y de esa manera poder desvirtuar lo manifestado por parte del solicitante y siendo que el registro de una marca se concede bajo la responsabilidad del solicitante, sin perjuicio de derechos de terceros y en el presente caso al no comparecer la titular del derecho protegido y al haber elementos fidedignos que vinculan a la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, en una relación comercial con la sociedad mercantil DŌTERRA HOLDING LLC, para la comercialización de los de la sociedad mercantil DOTERRA HOLDING LLC, esta Oficina de Registro considera como cierto todo lo manifestado por parte solicitante, ya que en toda relación contractual y comercial debe actuarse de manera correcta, honesta respetuosa y de buena fe basándose en los principios éticos y morales, pudiendo de esta manera entenderse que la señora SANDRA PAOLA GIANNINI ESPINAL, actuó de mala fe, al registrar el nombre comercial DOTERRA, ya que tenía conocimiento que el signo que registró a su favor pertenecía a otra persona, aprovechándose de una relación comercial (contractual) con la sociedad mercantil DŌTERRA HOLDING LLC. SEGUNDO: Previo a extender la certificación correspondiente de la presente Resolución el interesado deberá cancelar la tasa correspondiente. TERCERO: Una vez firme la presente resolución. mándese a publicar por cuenta del interesado en un diario de mayor circulación del país y en el Diario Oficial La Gaceta, una vez cumplidos estos requisitos procédase a anular el registro No.6637 del Nombre Comercial DOTERRA. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el órgano que la hubiera dictado dentro de los diez días siguientes a la notificación de la resolución, el Recurso de apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la resolución, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al día siguiente de dicha formalización.- NOTIFIQUESE. FIRMA Y SELLA ABOGADO FlDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 28 J. 2024 -- 10 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del 2023, compareció a este Juzgado el Abogado Wilson Omar Díaz Flores, en su condición de representante procesal de la ciudadana Vivian Nicole Mora González, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 840-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No.0801-2023-00139. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis de mayo del 2024, compareció a este Juzgado el ciudadano Carlos Esteban Henríquez Servellón, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 1865-2023, de fecha 24 de octubre del 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00362. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del 2023, compareció a este Juzgado el Abogado Wilson Omar Díaz Flores, en su condición de representante procesal de la ciudadana Arianna Julihsa Montenegro Sosa, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 759-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00098. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2024 -- 11 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o Apoderado Legal: Oscar Enrique Almendares Torres Actuando en representación de la empresa CASA DEL GANADERO, S.A. (CADELGA, S.A.) Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: IMPONENTE ONE 75 WG Compuesto por los elementos: 75.0% Hexazinone Grupo al que pertenece: Triazina Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Gránulos dispersables (WG) Formulador y País de Origen: ZHEJIANG XINAN CHEMICAL INDUSTRIAL GROUP CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 549-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., lunes 1 de abril de 2024. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se ha presentado la solicitud de RENOVACIÓN El representante Legal: Raúl Rene Romero Actuando en representación de la empresa INGENIERIA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN De nombre Comercial: OXICOB 85 WP Compuesto por los elementos: 85% Copper Oxychloride Grupo al que pertenece: Inorgánico Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: INGENIERÍA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V. / MÉXICO Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2302-0287 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 17 de abril de 2024. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 -- 12 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Anuncio Específico de Adquisiciones Solicitud de Ofertas Obras Menores (Proceso de licitación de un solo sobre) Proyecto: Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras Título del contrato: Contratación de Contratistas para la Ejecución de Obras de Infraestructura Escolar en los departamentos de Gracias a Dios y Yoro. País: Honduras Credito No.: CR-6560-HN SDO No. : HN-SE-403388-CW-RFB Publicada el : 07 de junio de 2024. 1. El Gobierno de Honduras a través de la Secretaría de Educación ha recibido financiamiento del Banco Mundial para sufragar el costo del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras y se propone destinar parte de los fondos a la cancelación de pagos previstos en el contrato para la “Contratación de Contratistas para la Ejecución de Obras de Infraestructura Escolar en los departamentos de Gracias a Dios y Yoro. 2. La Secretaría de Educación, a través de la Unidad Coordinadora del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras, invita ahora a los Licitantes elegibles a presentar Ofertas en sobre cerrado para la ejecución de las obras siguientes: Construcción de aulas nuevas y/o Reparación de aulas existentes en los centros educativos / proyectos, siguientes: -- 13 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 -- 14 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 El plazo para la ejecución de las obras será de 4 meses para cada lote, contados a partir de la notificación de la orden de inicio. 3. La contratación se realizará mediante una competencia nacional utilizando la Solicitud de Ofertas (SDO) obras menores, que se especifica en las “Regulaciones de Adquisiciones para los Prestatarios de Financiamiento para Proyectos de Inversión: Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial de Julio de 2016, revisada noviembre 2017 y agosto 2018 (“Regulaciones de Adquisiciones”), y estará abierta a todos los Licitantes, como se define en las Regulaciones de Adquisiciones. 4. Los Licitantes elegibles interesados pueden solicitar más información a la Secretaría de Educación a través del Coordinador General del Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educación Prebásica en Honduras a la dirección electrónica siguiente: adquisiciones. ucp@se.gob.hn y revisar el documento de licitación durante el horario de trabajo de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., en el domicilio consignado más debajo de este anuncio o en el sitio web indicado al final del presente anuncio. 5. Los Licitantes elegibles interesados pueden adquirir el documento de licitación en español previa presentación de una solicitud por escrito en el domicilio consignado más abajo de forma gratuita. El documento se enviará vía correo electrónico. 6. Las Ofertas se deben enviar al domicilio consignado más abajo a más tardar el día 09 de julio de 2024 a las 10:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. No se permitirá presentar Ofertas en forma electrónica. No se aceptarán ofertas tardías. Las Ofertas se abrirán públicamente, en presencia de los representantes designados de los Licitantes y de cualquier persona que decida asistir, en el domicilio consignado más abajo el día 09 de julio 2024 a las 10:15 a.m., hora oficial de la República de Honduras. 7. Todas las Ofertas deben ir acompañadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta para los lotes ofertados. 8. Se llama la atención sobre las Regulaciones de Adquisiciones que requieren que el Prestatario divulgue información sobre la propiedad efectiva del adjudicatario, como parte de la Notificación de Adjudicación de Contrato, utilizando el Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva incluido en el documento de licitación. 9. El domicilio mencionado más arriba es: Coordinación General de la Unidad Coordinadora del Proyecto Mejoramiento de la Calidad en la Educación Prebásica en Honduras, atención: Adrián Gustavo Rozengardt, Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Blvd. Juan Pablo Segundo, edificio Cuerpo Bajo B, Secretaría de Educación, tercer nivel, Tegucigalpa, MDC, Honduras, C.A. E-mail: adquisiciones.ucp@se.gob.hn. PROFESOR JAIME ATILIO RODRIGUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Educación, por Ley 28 J. 024 -- 15 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad CERTIFICACION PARA EFECTOS DE PUBLICACION El infrascrito, Registrador del Departamento Legal dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual CERTIFICA: Extracto de la Resolución 2024/134 en Tegucigalpa, M.D.C., ocho (08) de febrero del dos mil veinticuatro (2024). VISTA: RESULTA PRIMERO: CONSIDERANDO PRIMERO: CONSIDERANDO SEGUNDO: POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de Cancelación Voluntaria 2006-33603 con entrada No. 2024-000155, presentado por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES en su condición de Apoderada Legal de la sociedad PUMA ENERGY HONDURAS S.A. DE C.V. en la acción de Cancelación Voluntaria contra el registro No. 100332 de la marca de fábrica denominada "DIPSA Y LOGOTIPO" en clase internacional (4) inscrita a favor de la sociedad mercantil denominada PUMA ENERGY HONDURAS S.A. DE C.V., en virtud de haber sido solicitada por su titular. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, el/los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente. Mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación en el país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. TERCERO: La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFIQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., catorce (14) de junio del dos mil veinticuatro (2024). ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador Legal 28 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, quien actúa en su condición de Apoderado Legal del señor MARCOS JOEL ESPINOZA GÓMEZ, incoando demanda en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00360, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD.- Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 659-2024, de fecha cinco (05) de abril del año dos mil veinticuatro (2024) y notificado en fecha once (11) de abril del dos mil veinticuatro (2024), emitida por la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, infringiendo el ordenamiento jurídico establecido en la Ley de la Carrera Policial.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto mi representado.- Y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se le reintegre a su antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, desde la fecha de su ilegal cancelación hasta la ejecución de la sentencia.- Se alega prescripción de parte de la autoridad nominadora para sancionar a mi representado con la cancelación.- Se alega mala notificación.- Se acompañan documentos.- Costas del Juicio.- Poder. VIKY MARIEL MONTOYA RUIZ SECRETARIA, POR LEY 28 J. 2024 -- 16 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACION/MODIFICACION DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACION/ MODIFICACION DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Raúl René Romero Actuando en representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS ACC S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION/MODIFICA- CION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: MOLTO 49 EC Compuesto por los elementos: 40.00% Prochloraz, 9.00% Propiconazole Grupo al que pertenece: Imidazol, Triazol Clasificación toxicológica: "5" Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA/ COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2301-0165 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/ o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE A VISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 17 de abril de 2024 lng. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Raul Rene Romero Actuando en representación de la empresa: ORIUS BIOTECH LLC Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: FUNGIO 60 WP Compuesto por los elementos: 20.00% Paecilomyces lilacinus, 20.00% Metarhizium anisopliae, 20.00% Beauveria bassiana Grupo al que pertenece: Microbiológico Clasificación toxicológica: IV Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: ORIUS BIOTECH S.A.S. / COLOMBIA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2306-1988 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/ o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE A VISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes 19 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024 -- 17 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Instituto de la Propiedad CERTIFICACIÓN El infrascrito, registrador del Departamento Legal de Propiedad Intelectual, CERTIFICA la Resolución No.2024/387 de fecha 15 de abril de 2024, la que en su parte contundente dice: DIRECCION GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPAR- TAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 15 de abril de 2024. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación por no uso N°.2023-001297, presentada en fecha 06 de noviembre de 2023, por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada DŌTERRA HOLDINGS, LLC; contra el registro número 87267 de la marca de Fábrica denominada TERRA clase internacional 09., propiedad de la Sociedad Mercantil denominada TELEFONICA, S.A. RESULTA PRIMERO .... RESULTA SEGUNDO .... RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO .... RESULTA QUINTO .... RESULTA SEXTO .... RESULTA SEPTIMO ... RESULTA OCTAVO ... RESULTA NOVENO ... CONSIDERANDO PRIMERO .... CONSIDERANDO SEGUNDO ... CONSIDERANDO TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSIDERANDO QUINTO .... CONSIDERANDO SEXTO.... POR TANTO.... RESUELVE PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación por no uso No.2023-001297 de fecha 06 de noviembre de 2023, presentada por la Abogada GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil DŌTERRA HOLDINGS, LLC, contra el registro No.87267 de la marca de Fábrica denominada TERRA clase internacional 09. En virtud que el fin de registrar una marca es para ponerla en el comercio a disposición de los consumidores y la carga de la prueba de uso y comercialización de una marca protegida, corresponde al titular del derecho protegido y en el presente caso la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A., propietaria del registro No.87267 de la marca de Fábrica TERRA clase 09, no se pronunció sobre la solicitud presentada y no acreditó ningún medio de prueba que acreditara el uso y la comercialización de la marca TERRA en Honduras. Por lo que esta Oficina de registro considera que la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A., no está usando la marca TERRA y comercializando los productos que tiene protegidos con la misma y en virtud que el fin de registrar una marca es para poner en el comercio los productos o servicios bajo la marca registrada y no obstaculizar el comercio. Por lo tanto, téngase cancelado por no uso el registro No. 87267 correspondiente a la marca de Fábrica TERRA clase internacional 09, propiedad de la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A. SEGUNDO: Previo a extender la certificación correspondiente de la presente Resolución el/ los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente. TERCERO: Una vez firme la presente resolución, mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y en un Diario de mayor circulación del país y pagar la tasa correspondiente cumplidos estos requisitos, hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de registro y en la base de datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFIQUESE FIRMA y SELLA ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA, REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL 28 J. 2024 -- 18 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS CPN-IP-003-2024 "SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DE CAMPAÑA, ASESORÍA, CONTRATACIÓN Y GESTIÓN EN PLANIFICACIÓN DE MEDIOS, ASÍ COMO LA PRODUCCIÓN DE PIEZAS PUBLICITARIAS PARA LA CAMPAÑA DE PAGO DE LA TASA ANUAL VEHICULAR (TAV) AÑQ 2024". 1. El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en el CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. CPN-IP-003-2024 a presentar ofertas selladas para el "SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DE CAMPAÑA, ASESORÍA, CONTRATACIÓN Y GESTIÓN EN PLANIFICACIÓN DE MEDIOS, ASÍ COMO LA PRODUCCIÓN DE PIEZAS PUBLICITARIAS PARA LA CAMPAÑA DE PAGO DE LA TASA ANUAL VEHICULAR (TAV) AÑO 2024". 2. El financiamiento para la realización del proceso proviene de Fondos Nacionales y cualquier otra fuente de financiamiento disponible. 3. El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente Concurso, a partir del jueves veintisiete (27) de junio del año 2024, en un horario comprendido de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., sin ningún costo, mediante solicitud enviada al correo de adquisiciones@ip.gob.hn o de forma escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física en sobres separados, cerrados, firmados y sellados, adjuntando la documentación obligatoria legal- técnica y la oferta económica a más tardar el martes 16 de julio del dos mil veinticuatro (2024) a las dos de la tarde (2:00 p.m.) en el salón de reuniones del séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo martes 16 de julio del dos mil veinticuatro (2024) a las dos de la tarde (2:00 p.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de junio del 2024 ESDRAS RAFAEL GUTIÉRREZ OCHOA PRESIDENTE COMISIÓN INTERVENTORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD 28 J. 2024 -- 19 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 LICITACIÓN PÚBLICA No.13/2024 ADDENDUM No.1 El Banco Central de Honduras (BCH) comunica a las empresas que retiraron el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No.13/2024 para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para cuatro (4) soluciones de almacenamiento en red "Storage Area Network" (SAN) marca Hitachi, modelo VSP G350, ubicadas: Dos (2) en el edificio principal del Banco Central de Honduras en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República y dos (2) en la sucursal de San Pedro Sula, Cortés, por el período comprendido del 24 de octubre de 2024 al 23 de octubre de 2026; que la fecha de recepción de documentos y apertura de ofertas económicas ha sido reprogramada; por lo que, deben considerar en el pliego de condiciones, los aspectos siguientes: IAO 20.1 de los Datos de la licitación: Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación y apertura de la oferta económica indicadas en el aviso y/o invitación a licitar, es decir del 2 de julio de 2024 al 24 de diciembre de 2024. En los casos en que fuere estrictamente necesario, el BCH podrá solicitar a los oferentes la ampliación del plazo antes mencionado. IAO 21.1 La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de oferta será del 2 de julio de 2024 al 24 de diciembre de 2024. IAO 24.1 y 27.1: La recepción y apertura de las ofertas económicas se realizará el 2 de julio de 2024, a las 10:00 a.m., hora local. Sección IX. Formatos. Numeral 4. Formato Aviso de Licitación Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 2 de julio de 2024, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el BCH. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC, 14 de junio de 2024. EDWIN ROLANDO ALFARO CELARIE GERENCIA 28 J. 2024 -- 20 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA RITA LPuN-03-AMSR-0524 Proyecto: BOULEVAR LA AMISTAD 1. La Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro, hace un llamado a las empresas Constructoras Nacionales, legalmente autorizadas para operar en Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para la ejecución del proyecto arriba mencionado. 2. El financiamiento para la realización del presente proyecto proviene de FONDOS MUNICIPALES y se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día viernes 21 de junio del 2024, mediante solicitud de participación a la Alcaldía de Santa Rita, Yoro, con atención a: Jorge A. Membreño, Edificio Municipal de la A.M.S.R., barrio El Centro, frente al parque Central, Santa Rita, Yoro, Teléfono No.2667-6163, de forma escrita en horario de oficina de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes o enviándola al Correo Electrónico: munisantarita_yoro@yahoo.es en ambos casos se debe adjuntar el recibo de pago por la cantidad no reembolsable de SEIS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,000.00) que deberán ser cancelados en la oficina de Tributación en el edificio Municipal de la Alcaldía de Santa Rita, Yoro; dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso, los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 4. La visita de socialización del proyecto queda establecida para el día jueves 27 de junio del 2024 a las 09:00 a.m., punto de reunión Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro, oficina de ingeniería con el Ing. Jorge Membreño. Esta visita es un requisito obligatorio para que las empresas sean incluidas en el listado oficial de participantes. 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita o por correo electrónico que servirá para enviar los documentos de esta licitación o la(s) enmiendas(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso hasta la fecha 10 de julio del 2024 en horario de oficina. Para aclaraciones y consultas se pone a disposición el siguiente correo electrónico boulevardsantarita2024@gmail.com, por medio del cual se estarán evacuando dichas solicitudes. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal de Santa Rita, Yoro y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Unidad Técnica Municipal, ubicado en: primer piso, del Edificio Municipal de Santa Rita, Yoro, a más tardar el día: lunes 22 de julio del 2024, hasta las 09:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas y se devolverán sin abrir. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m. del día lunes 22 de julio del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta de por lo menos el 2% del valor de su Oferta y una declaración jurada de la institución bancaria que emita la Garantía de acuerdo a la forma establecida en los documentos de la licitación, copia de escritura, copia de DNI de representante o apoderado legal de la empresa, Copia de RTN, Constancia de estar inscrito en la ONCAE, constancia de estar sujeto al régimen de pagos a cuentas, Constancia de Solvencia de la SAR, constancia de no tener cuentas pendientes con el Estado por parte de la Procuraduría General de la República. Santa Rita, Yoro, 28 de mayo del 2024. Lic. Mario Alexi Caballero H. Alcalde Municipal 28 J. 2024 -- 21 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN "REPARACIONES Y MEJORAS AL INSTITUTO CENTRAL VICENTE CACERES, UBICADO EN COLONIA TILOARQUE, MUNICIPIO DEL D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN". LPN-SE-OBRA-DIGECEBI-003-2024 l. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas a participar en Licitación Pública Nacional LPN-SE- OBRA-DIGECEBI-003-2024 a presentar ofertas selladas para REPARAClONES Y MEJORAS AL INSTITUTO CENTRAL VICENTE CACERES, UBICADO EN COLONIA TILOARQUE, MUNICIPIO DEL D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN. 2. El financiamiento para realización del presente, proceso proviene de los Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita ante la Dirección de General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI), en atención al Ing. Juan Carlos Coello Diaz, Director General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, Teléfono 2220-5583, Ext. 1332. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, Dirección General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er. nivel del Edificio Cuerpo Bajo B, del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., en un horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. a partir del día 3 de junio del 2024, o mediante solicitud por correo electrónico a adquicisiones.digecebi@se.gob.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", www.honducompras.gob.hn. 5. La fecha límite para recibir ofertas será a las 1:30 p.m. del 22 de julio del 2024 en las instalaciones de la Secretaría de Educación, en las oficinas de la Dirección General Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles, 3er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B del Centro Cívico Gubernamental, las ofertas fuera del plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de oferentes o representantes que deseen asistir en la dirección indicada el 22 de julio del 2024 a la 1:45 p.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta original a nombre de la SECRETARIA DE EDUCACION, con una vigencia de treinta (30) días calendarios después de la expiración de la fecha de la oferta, contados a partir del día de la fecha de apertura de la oferta y por un monto equivalente a por lo menos del dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., jueves 13 de junio del 2024 ING. JUAN CARLOS COELLO DIAZ Director General Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Acuerdo N°. 0551-SE-2024 28 J. 2024 -- 22 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 Aviso de Licitación Pública REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OBRA “PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCION DE EDIFICIO # 1, CENTRO DE CULTURA POPULAR EN EL DEPARTAMENTO DE EL PARAISO” LPN-001-SE-DGME-DGA-OBRA-2024 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-001-SE-DGME- DGA-OBRA-2024 a presentar ofertas selladas para el proceso de Obra “PRIMERA ETAPA DE CONSTRUCCION DE EDIFICIO #1, CENTRO DE CULTURA POPULAR EN EL DEPARTAMENTO DE EL PARAISO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Dirección General de Adquisiciones; Abogado Jam Cirus Majano Claros, Director General de Adquisiciones, y teléfonos 2220-5583, 2222-1225, Ext. 1124. En la dirección indicada al final de este Llamado, 1er. Piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C. de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación de 9:00 am a 5:00 pm., o mediante correo electrónico a la dirección: dirección.adquisiciones@se.gob.hn. A partir de la Publicación el día lunes 24 de junio de 2024. Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn) en la misma fecha antes indicada. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Secretaría de Educación, Centro Cívico Gubernamental, Blv. Juan Pablo II, primer nivel, Edificio Cuerpo Bajo B, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 2:00 pm del día jueves 25 de julio de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 pm del día jueves 25 de julio de 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la oferta por el valor y forma tal y como se establece en el artículo 99 de la Ley de Contratación del Estado. Tegucigalpa, M.D.C., 24 de Junio de 2024. PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION 28 J. 2024 -- 23 of 44 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572 AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL ENP-CPN-GA-UI-02-2024 “SUPERVISION DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE LA AMPLIACION DE LA TERMINAL MARITIMA DE GRANELES LIQUIDOS DE PUERTO CORTESˮ 1. La Empresa Nacional Portuaria, que en adelante será denominada como "La ENP", invita a las "Empresa Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas de la Empresa Nacional Portuaria", precalificadas en Obras Logísticas que a continuación se detallan: Consultores en Ingeniería S.A. de C.V. (CINSA), Saybe y Asociados S. de R.L., Consultoría, Diseño y Supervisión S.A. de C.V. (CDS), Ingeniería Orvipe S.A. de C.V., Asociación de Profesionales S.A. de C.V. (ASP), Técnica de Ingeniería S.A. (TECNISA), Asociación de Consultores en Ingeniería S. de R.L. (ACI), Consultores Asociados Metropolitanos S.A. de C.V. (CAM), Diseño Construcción y Medio Ambiente (DICOMA) S. de R.L., Consultores Asociados de Honduras S. de R.L. de C.V. (CONASH), Gabinete Técnico S.A. de C.V. (GATESA), a presentar oferta Técnica y Económica conforme los Términos de Referencia del Concurso Público Nacional ENP-CPN-GA-UI-02-2024 para la "Supervisión del Proyecto de Construcción de la Ampliación de la Terminal Marítima de Gráneles Líquidos de Puerto Cortés". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente concurso, a partir del 17 de junio de 2024, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo No.1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, Torre 2, noveno piso, Boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa M.D.C., a partir de la fecha en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo al pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos del Concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. La documentación Legal así como las ofertas técnicas y económicas, deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa