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25 de marzo de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,494

Gaceta 36,494 LUNES 25 DE MARZO DEL 2024

Considerandos

  1. 1.Que la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), es una Secretaría de Estado perteneciente al Poder Ejecutivo, constituida mediante Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 35,892 en fecha 06 de abril del 2022. Institución Pública que tiene la finalidad principal de prevenir y combatir la corrupción, en el ejercicio de la función administrativa del Estado en apego a las directrices provenientes de la Presidencia de la República.
  2. 2.Que la STLCC es la Secretaría de Estado encargada de lo concerniente al diseño, promoción, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas y estrategias anticorrupción relacionadas con la transparencia, prevención y rendición de cuentas en Honduras, con el objeto de fomentar las prácticas del buen gobierno, impulsando la interacción constructiva entre las autoridades mediante el fortalecimiento de procesos.
  3. 3.Que la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI), mediante Decreto Ejecutivo PCM 26-2007 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No 31,462 en fecha 20 de noviembre del 2007. Está constituido como un organismo técnico especializado del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), y según su ámbito de competencia podrá interrelacionarse con el control interno de la administración municipal; fungirá como órgano del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos e informará jerárquicamente al Presidente de la República. CONSIDERANDO: Para el logro de su objetivo la ONADICI tendrá atribuciones de desarrollo, coordinación, promoción, capacitación, evaluación, información, asesoría y seguimiento del proceso de control interno que, en el marco de las normas generales o rectoras de control interno del Tribunal Superior de Cuentas, debe establecer cada institución u organismo bajo el ámbito de su competencia, para lograr los objetivos previstos en su plan operativo anual y en el respectivo presupuesto.
  4. 4.Que la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC) en su rol rector de estas acciones, ha delegado en la Oficina Nacional de Desarrollo Integral de Control Interno (ONADICI) el desarrollo de herramientas de control interno, por lo que en el ejercicio de sus funciones de desarrollo de normativa técnica específica de control interno, elaboró la Estrategia para la Implementación del Marco Rector del Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI) en Municipalidades, en consonancia con las Normas Rectoras de Control Interno, emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC). -- 1 of 19 --
  5. 5.Que la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON) es una entidad civil, representante de las autoridades municipales a nivel nacional, encargada de promover la autonomía y democracia municipal, impulsar la modernización de la gestión pública, fomentar el desarrollo integral de los municipios, fortalecer el gobierno local, incidir en los órganos del Estado para la elaboración de políticas, planes y programas que contribuyan al desarrollo municipal y promover proyectos de ley en beneficio de los intereses comunes de los municipios.
  6. 6.Que la STLCC y la AMHON celebraron en fecha once (11) de enero de dos mil veintitrés (2023) un Convenio Marco de Cooperación, con el objetivo de articular esfuerzos que contribuyan al fortalecimiento de la función administrativa en los gobiernos locales del país, en procura de crear bases sólidas para que las municipalidades alcancen altos estándares de transparencia, prácticas anticorrupción, modernización, control interno municipal y rendición de cuentas, a través de la implementación de estrategias multisectoriales, formación ético-administrativa, análisis del marco legal y asistencia técnica.
  7. 7.Que las MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno y administración del Municipio y existe para lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral y la preservación del medio ambiente, con las facultades otorgadas por la Constitución de la República y demás leyes.
  8. 8.Que según lo establecido en el artículo 5, numeral 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, “son sujetos pasivos de la ley, por tanto, están sujetos a sus disposiciones: La Administración Pública descentralizada, incluyendo las autónomas, semiautónomas y municipalidades.
  9. 9.Que el Marco Rector de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI), actualizado mediante la publicación en el Diario Oficial La Gaceta No 35,795 de fecha 11 de diciembre del 2021. CONSIDERANDO: El Marco Rector de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI), adecuadamente implementado por los servidores públicos, desde las más altas autoridades y directivos es uno de los elementos más eficaces para el logro de los objetivos institucionales con ética, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y cuidado del ambiente, así como para prevenir e identificar oportunamente errores, irregularidades y actos de corrupción. Es una de las mejores inversiones de los recursos públicos, para generar confianza en la ciudadanía, fortalecer la institucionalidad y la buena gobernanza.
  10. 10.Que es necesario la emisión de normas para mejorar los procedimientos, medidas, recomendaciones para la aplicación de los sistemas de control interno del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
  11. 11.Que es necesario realizar un abordaje metodológico viable que permita la implementación de la normativa del Marco Rector de Control Interno (MARCI) en las municipalidades, basado en un aprovechamiento de los recursos técnicos y humanos disponible con el fin de fortalecer -- 2 of 19 -- la gestión municipal con ética, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y cuidado del ambiente.
  12. 12.Que para asegurar la correcta implementación del Marco Rector de Control Interno (MARCI) y la uniformidad en el diseño y aplicación de los controles internos por parte de las autoridades, directivos y todos los servidores públicos que laboran en las municipalidades y mancomunidades, la Oficina Nacional de Desarrollo Integral de Control Interno (ONADICI) ha elaborado la Estrategia para la Implementación del Marco Rector del Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI) en las municipalidades. C O N S I D E R A N D O : Q u e m e d i a n t e A c u e r d o Ejecutivo No. 299-2022 de fecha 07 de abril del 2022, se nombró al ciudadano Ángel Edmundo Orellana Mercado como Secretario de Estado en los Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, con facultades suficientes para emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de sus funciones.

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