VigenteCategoria: Financiero y Tributario
6 de enero de 2023 | La Gaceta No. 36,122

Diario Oficial la Gaceta

Considerandos

  1. 1.Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
  2. 2.Que mediante Resolución No.574- 11/2021 del 18 de noviembre de 2021 se aprobaron las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales para la administración eficiente de dichas reservas, con el fin que se garantice su disponibilidad para minimizar la vulnerabilidad del país en tiempos de crisis o impactos negativos en los mercados de capitales internacionales y aumentar la confianza de que el país tiene la capacidad para cumplir con sus compromisos de deuda externa.
  3. 3.Que el Departamento de Reservas I n t e r n a c i o n a l e s , 1 m e d i a n t e 1 memorándum RIN-747/2022 del 24 de noviembre de 2022, recomendó al Comité de Inversiones una revisión a las mencionadas Políticas de Inversión con el propósito de armonizar a una calificación crediticia mínima de largo plazo de A- para todo tipo de emisor resultando en mayores oportunidades para diversificar la cartera administrada.
  4. 4.Que el Comité de Inversiones, en Sesión Ordinaria N°4/2022 del 30 de noviembre de 2022, estimó necesario y conveniente someter a consideración de este Directorio la aprobación de modificación a las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales para adecuar las calificaciones crediticias mínimas, siendo coherente con la tolerancia al riesgo de un banco central.
  5. 5.Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
  6. 6.Que mediante Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado fijará las tarifas que el Banco Central de Honduras, cobrará a los usuarios de los servicios de custodia y registro de valores.
  7. 7.Que el Artículo 51 del Acuerdo No.08/2022 emitido por este Directorio el 19 de mayo de 2022, contentivo del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), dispone que el BCH, por medio de su Directorio, establecerá el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento.
  8. 8.Que los artículos 8, inciso f) y 42 del Acuerdo No.02/2017 aprobado por este Directorio el 28 de septiembre de 2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, establecen que las Instituciones del Sistema Financiero (ISF) participantes deberán efectuar el pago de los servicios por la utilización del Sistema de Inversiones Obligatorias (SIO); asimismo, que el BCH, cobrará a las ISF por los servicios que preste dicho sistema, disponiendo que la forma, tipo y periodicidad de la retribución serán fijadas mediante resolución que emita el Directorio del BCH, la cual servirá para cubrir costos asociados a la operación y mantenimiento del sistema.
  9. 9.Que mediante Resolución No.285- 6/2022 del 16 de junio de 2022, el Directorio del BCH aprobó la nueva estructura de tarifas aplicadas por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH; indicando que dichas tarifas deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH.
  10. 10.Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.201 del 21 de diciembre de 2022 y con base en la opinión OM-1655/2022 del 12 de diciembre de 2022, resolvió someter a la aprobación del Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir del 1 enero de 2023, por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores -- 5 of 6 -- Sección B Avisos Legales que para tal efecto lleve el BCH, así también por los servicios que presta el SIO.

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