VigenteCategoria: Financiero y Tributario
4 de febrero de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,506

Diario Oficial la Gaceta

Considerandos

  1. 1.Que en el Artículo 6 de la Ley del Banco Central de Honduras, se establece que el Directorio del Banco Central de Honduras estará integrado por cinco (5) directores, de los cuales uno será Presidente de la Institución y otro Vicepresidente; y, que los miembros del Directorio serán nombrados por el Presidente de la República por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
  2. 2.Que al tenor de lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley del Banco Central de Honduras, los miembros del Directorio durarán (4) años en el desempeño de sus cargos.
  3. 3.Que el período para el cual fue nombrado como Director del Banco Central de Honduras el ciudadano EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES venció el veintisiete (27) de enero de 2021.
  4. 4.Que el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo Número 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de enero del mismo año delegó en el Secretario Privado y Jefe de Gabinete Presidencial con rango de Secretario de Estado, ciudadano Ricardo Leonel Cardona López, la potestad de firmar los Acuerdos de Nombramiento -- 1 of 2 -- y demás actos administrativos de movimiento de personal; regulados por la Ley de Servicio Civil y otras leyes, así como, demás personal que por cualquier modalidad preste sus servicios en dichas Secretarías de Estado y demás Instituciones dependientes del Poder Ejecutivo; inclusive los Acuerdos que por mandato expreso de la Constitución de la República o de la Ley, sean de libre nombramiento o remoción del Presidente de la República.

Articulos

Articulo 1

Nombrar al ciudadano EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, en el cargo de Director del Banco Central de Honduras, a partir del cuatro (4) de febrero de 2021 hasta el veintisiete (27) de enero de 2025.

Articulo 2

Al nombrado se le asignará el sueldo que para dichos funcionarios está presupuestado en la Institución para la cual prestará sus servicios.

Articulo 3

El nombrado tomará posesión de su cargo el cuatro (4) de febrero de 2021, una vez que haya prestado su correspondiente Promesa de Ley.

Articulo 4

El nombrado deberá presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Activos y Pasivos ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo que manda la ley.

Articulo 5

El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ, SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO ACTUANDO POR DELEGACIÓN MEDIANTE ACUERDO NÚMERO 009-2018 MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o -- 2 of 2 --

Leyes relacionadas