VigenteCategoria: Administrativo

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Considerandos

  1. 1.CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Despacho del Presidencia de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y organismos de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  2. 2.CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su Ramo, de conformidad con la Ley, parecerá dispensar a los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio indelicados.
  3. 3.CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y que en acuerdo de conformidad con los citados Decretos Ejecutivos se requieren tomar acciones relacionadas con todas las asuntos que se asignen al Ramo Ejecutivo según la Política Nacional en coordinación con todas las personas, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y datos asociadas al Presupuesto.
  4. 4.CONSIDERANDO: Que el Titular de esta dependencia ha delegado en el (la) funcionario(a) que obra la circularidad de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y resguardar los asuntos relacionados con todas las aduanas interiores que se deben otorgar conforme a los términos, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; conoces y resuelva lo relacionado al funcionamiento de la Dirección General de Franquicias Aduaneras, sin perjuicio de las atribuciones que por Ley corresponda a otras Secretarias de Estado; conozca y resuelva lo relacionado al funcionamiento de las organizaciones voluntarias y las existencias al respectivo carácter privadas resuelve lo concerniente a la autorización de venta de los La Gaceta DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA AÑO CXXVII TEGUCIGALPA, M.D.C., MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DEL 2014 PARA MEJOR PROVEER LIGIA MARÍA GARCÍA Secretaria General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Secretario Subrogante EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Dirección: Boulevard Juan Manuel Gálvez Teléfonos: Tel. Sepionela 2258-4088 Administración 2258-2000 Fax: 2258-4087 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Oficial la Gaceta, debiendo por comunicado del mismo a la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH); al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; al Poder Judicial y la Fiscalía General de la República; Procuraduría General de la República y operadores generales del país. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de abril del año en curso. SIRVIENDO ACERCERO SARAVIA SECRETARIO CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO los asuntos de su competencia y que acualiquier que los delegación de Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
  5. 5.CONSIDERANDO: Que mediante Resolución DCM-017-2011 del 22 de marzo de 2011, se creó la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y resguardar los asuntos relacionados con todas las aduanas interiores que se deben otorgar conforme a los términos, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y datos asociadas al Presupuesto.

Articulos

Articulo SEGUNDO

SEGUNDO: Las instituciones mencionadas en el artículo precedente serán resguardadas por custodios o personal penitenciario, auxiliados éstos por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, debidamente coordinados. Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización CERTIFICACIÓN El suscrito, Secretario del CONSEJO DIRECTIVO del INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, por este acto, CERTIFICA, que en vista de la agenda de la sesión ordinaria celebrada en el año del mil doscientos noventa y cuatro, en la que se autoriza en la modalidad de centros preventivos penitenciarios, en la modalidad de "Centros Preventivos" especialmente las instituciones físicas localizadas dos en el municipio del Distrito Central y una en el barrio, en la Corte, ubicados así: a) En las Instituciones del Escuadrón Cuartos, de la Policía Nacional, sito en el barrio El Rincón, calle principal del barrio El Manchén y en las cercanías de las drásticas providencias de la Alcaldía Municipal del Distrito Central); b) En las Instituciones del Primer Batallón de Infantería de las Fuerzas Armadas de Honduras, sito en las Tipitapas, Comayagüela, municipio del Distrito Central); c) En las instituciones del Tercer Batallón de Infantería de las Fuerzas Armadas de Honduras, ubicado en la localidad de Naco, departamento de Cortés. SEGUNDO: Las instituciones mencionadas en el artículo precedente serán resguardadas por custodios o personal penitenciario, auxiliados éstos por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, debidamente coordinados. Enumérada en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de abril del año mil doscientos noventa y cuatro. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN CERTIFICACIÓN. A. 1-2 SECRETARÍA DE FINANZAS Acuerdo: Delegar en la Subsecretaria CARLOS HUMBERTO RAMOS FLORES, Subsecretario por la Dirección General de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado, la utilidad de la referida Dirección General durante el periodo comprendido del 12 al 19 de marzo de 2014. A. 2-3 A. 3-4 Otros. Sección B Avisos Legales B. 1-33 Documentos que se comunican. Armadas de Honduras, respetando en todo momento los derechos y garantías a los privados de la libertad, consignados en la Constitución de la República y en las convenciones y pactos internacionales de derechos humanos que forman parte del derecho interno a los privados de libertad; así mismo los reclusos guardarán estricta observancia de acuerdo a lo establecido en el reglamento correspondiente.

Articulo TERCERO

TERCERO; El presente acuerdo es de ejecución inmediata y su vigilancia es a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta, debiendo por comunicado del mismo a la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH); al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; al Poder Judicial y la Fiscalía General de la República; Procuraduría General de la República y operadores generales del país. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central y a los diecinueve días del mes de abril del año en curso. SIRVIENDO ACERCERO SARAVIA SECRETARIO CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 226-2014 Tegucigalpa, M.D.C., 5 de marzo de 2014 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DEPARTAMENTO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Despacho del Presidencia de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y organismos de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su Ramo, de conformidad con la Ley, parecerá dispensar a los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio indelicados. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y que en acuerdo de conformidad con los citados Decretos Ejecutivos se requieren tomar acciones relacionadas con todas las asuntos que se asignen al Ramo Ejecutivo según la Política Nacional en coordinación con todas las personas, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y datos asociadas al Presupuesto. CONSIDERANDO: Que el Titular de esta dependencia ha delegado en el (la) funcionario(a) que obra la circularidad de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y resguardar los asuntos relacionados con todas las aduanas interiores que se deben otorgar conforme a los términos, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; conoces y resuelva lo relacionado al funcionamiento de la Dirección General de Franquicias Aduaneras, sin perjuicio de las atribuciones que por Ley corresponda a otras Secretarias de Estado; conozca y resuelva lo relacionado al funcionamiento de las organizaciones voluntarias y las existencias al respectivo carácter privadas resuelve lo concerniente a la autorización de venta de los La Gaceta DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA AÑO CXXVII TEGUCIGALPA, M.D.C., MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DEL 2014 PARA MEJOR PROVEER LIGIA MARÍA GARCÍA Secretaria General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Secretario Subrogante EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Dirección: Boulevard Juan Manuel Gálvez Teléfonos: Tel. Sepionela 2258-4088 Administración 2258-2000 Fax: 2258-4087 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Oficial la Gaceta, debiendo por comunicado del mismo a la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH); al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; al Poder Judicial y la Fiscalía General de la República; Procuraduría General de la República y operadores generales del país. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de abril del año en curso. SIRVIENDO ACERCERO SARAVIA SECRETARIO CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO los asuntos de su competencia y que acualiquier que los delegación de Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución DCM-017-2011 del 22 de marzo de 2011, se creó la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y resguardar los asuntos relacionados con todas las aduanas interiores que se deben otorgar conforme a los términos, tratados que se cumplan conforme a las leyes vigentes, en particular de las instituciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y datos asociadas al Presupuesto. CONSIDERANDO: Que el Titular de esta dependencia ha delegado en el (la) funcionario(a) que obra la circularidad de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer, registrar y resolver los asuntos relacionados con todas las aduanas interiores, tratados que se cumplan conforme a los términos instruidos a través de la emisión de provisionales a través de la emisión de respuesta adecuada en términos administrativos y jurídicos y materiales que ser solicitudes de libre exportación de almacén o tratados internacionales, locales y contratos internacionales, locales, especiales que sirvan franquicias aduaneras, sin perjuicio de las atribuciones que por Ley corresponda a otras Secretarías de Estado; conozca y resuelva lo relacionado a la Subsecretaría de Franquicias Aduaneras y registro de organizaciones voluntarias y las existencias al respectivo carácter privadas resuelve lo concerniente a la autorización de venta de los

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