Vigente
Decreto No. 266-2013 | 9 de noviembre de 2018 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,790

"Artí­culo 1.- Instruir a la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS), a realizar todas las acciones para la correcta administración, desarrollo, implementación, ejecución y cumplimiento de todas y cada una de las partes de la Ley Marco del Sistema de Protección Social, la Ley de Inclusión Financiera y demás instrumentos relacionados"

Considerandos

  1. 1.Que corresponde al Presidente de la República dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública, nombrar a los funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades y adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes.
  2. 2.Que de acuerdo al Artículo 14, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública corresponde al Presidente de la República la dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado y por ende la creación de las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  3. 3.Que uno de los objetivos fundamentales del Estado es tomar medidas para el mejoramiento de la situación económica y social que resulten en mejores oportunidades para todos y que propicien el desarrollo de Honduras.
  4. 4.Que la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS) participa en la coordinación, planeamiento, seguimiento y evaluación de los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social.
  5. 5.Que mediante Decreto Ejecutivo número No. PCM-060-2016, en Consejo de Secretarios de Estado, el Presidente de la República acuerda en su Artículo (3) Priorizar el Sistema Nacional de Seguridad Social como uno de los sistemas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) y trasferir los fondos a la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social. -- 1 of 3 --

Articulos

Articulo 1

Instruir a la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS), a realizar todas las acciones para la correcta administración, desarrollo, implementación, ejecución y cumplimiento de todas y cada una de las partes de la Ley Marco del Sistema de Protección Social, la Ley de Inclusión Financiera y demás instrumentos relacionados.

Articulo 2

La Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS) debe colaborar con el Presidente de la República y Secretarios de Estado en el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación de los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social y otras atribuciones y competencias que el Presidente de la República le asigne.

Articulo 3

Instruir a las Secretarías de Estado, así como a otras dependencias del Estado que resulten relacionadas o involucradas con los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social, dar el apoyo requerido por la UPPS en el marco de sus competencias.

Articulo 4

El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá́ publicarse en el Diario Oficial de la República, “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO -- 2 of 3 -- ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL. OCTAVIO SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO. -- 3 of 3 --